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6.6.14

Convocatoria Revista Jurídica UPR

Comparto la convocatoria de la Junta de la Revista Jurídica de la UPR para el próximo año académico.

Convocatoria de artículos, 
Volumen LXXXIV, Núm. 1 

Reciban un cordial saludo de parte de la Junta Editora del Volumen LXXXIV de la 
Revista Jurídica de la Universidad de Puerto Rico. Como parte de nuestras labores, 
hemos comenzado el proceso de evaluación de los artículos que se incluirán en nuestro 
primer número del Volumen LXXXIV. Deseamos extenderle una invitación para que se 
unan al grupo de autores y autoras de renombre que publican sus artículos anualmente 
en nuestras páginas. 

En la Revista Jurídica consideramos un nutrido número de trabajos de diversa índole de 
autores con distintos trasfondos académicos. De conformidad con nuestro objetivo de 
estimular la discusión y propender al desarrollo del Derecho puertorriqueño, la Revista 
Jurídica considera trabajos escritos por estudiantes, académicos, profesionales, 
miembros de la judicatura y personas cuyos estudios no se limitan estrictamente al 
campo del Derecho. 

Los trabajos sometidos deberán ser redactados en inglés o en español y guardar alguna 
relación con el Derecho o con asuntos jurídicos de interés relacionados a dicha 
disciplina. Los trabajos a considerarse no deberán exceder el límite de setenta (70) 
páginas – es decir, deberán contener entre 20,000 y 35,000 palabras aproximadamente. 
Asimismo, los autores deberán conformar sus escritos al estilo de citación y política 
editorial que dispone nuestro Manual de Edición, disponible en el portal electrónico de 
la Revista (www.revistajuridicaupr.org/manual-de-edicion/), y subsidiariamente, a las 
reglas de citación de The Bluebook: A Uniform System of Citation (19th ed.). De igual 
forma, se requiere que los trabajos sean sometidos en formato Word. 

Los escritos deben ser enviados a: revjurupr@gmail.com. De tener cualquier duda o 
pregunta no duden en comunicarse con nosotros escribiendo al referido correo 
electrónico o llamando al 787‐999‐9665. 


La fecha límite para la entrega de artículos es el 1 de septiembre de 2014. 

5.6.14

Nueva nominada al Supremo

En el día de ayer el Gobernador de Puerto Rico anunció la nominación de la licenciada Maite Oronoz, como candidata a Jueza Asociada del Tribunal Supremo de Puerto Rico. Ya hemos anticipado algunas reacciones informalmente (digo informalmente porque nos encontramos en pleno desarrollo del debate y en la discusión de perspectivas) por las redes sociales pero estamos observando de cerca los procesos, la nominación, las reacciones de la ciudadanía y de los grupos de interés, para emitir un análisis por este y nuestro otro blog derechoalderecho. Ya hay unos temas que son evidentes en la prensa y en la esfera pública y asuntos que han planteado individuos y grupos que apoyan y que critican el nombramiento, que sin duda abrirán el debate: "la primera persona abiertamente homosexual designada al máximo foro judicial", en palabras de la portada de El Nuevo Día, la acogida positiva que le han dado algunas y algunos miembros de la comunidad LGBTTI, su experiencia profesional como Procuradora General, su experiencia como abogada del Municipio de San Juan en el famoso caso de "cateo patrio", su vínculo con el partido en el poder y con sectores de privilegio al interior de la profesión legal, entre otros. Evidentemente, estos y otros asuntos y criterios darán pie a la discusión.

El próximo lunes grabaremos un podcast que estará disponible por aquí y en la sección Pensar el Derecho. Tan pronto tengamos los detalles lo anunciaremos. Allí discutiremos estos temas a fondo.

Por ahora dejo un enlace a los distintos artículos y entradas que hemos emitido en relación a las nominaciones y el proceso de confirmación de jueces y juezas del Tribunal Supremo de Puerto Rico, que pueden leer en derechoalderecho o en nuestro libro Derecho al Derecho: intersticios y grietas del poder judicial de Puerto Rico. Además de los temas antes mencionados, mi última columna de opinión en la Revista digital 80grados puede servir como una especie de guía de posibles preguntas para la nominada y del debate y la deliberación pública en este proceso. 

De más está decir que reiteramos lo que hemos dicho antes sobre el proceso de confirmación de jueces y juezas al Tribunal Supremo de Puerto Rico: es imperativo que el proceso sea transparente, con tiempo suficiente para la participación de la ciudadanía, la ponderación responsable de los criterios pertinentes, libre de prejuicios que empañen la dignidad de la nominada y en un proceso de amplia deliberación en el mejor sentido democrático.

Resumo algunos de los temas, puntos y preguntas de mi columna de abril del año en curso: ¿Quien dice neutralidad? yo digo derechos.

- La vida profesional de la nominada: "Me interesaría enfocar no en las características de lo que hará éste o ésta una vez sea Juez(a), sino plantear una relación entre las características de lo que ha sido la vida profesional del nominado(a) y el desempeño posterior que quisiéramos como integrante del Tribunal Supremo. Se trata de desestabilizar un tanto la concepción de lo que sería “el buen juez o jueza” imparcial luego del nombramiento, para mirar lo que ha sido su parcialidad antes del nombramiento. Y esto porque pienso que hoy día hay una situación tan grave de acceso a la justicia, desigualdad por identidad y material y derechos sin reivindicar, que estoy convencida que lo mejor que podríamos hacer es reconocer lo falaz de la idea de neutralidad judicial y abogar por un tribunal capaz de atajar estos desbalances."

-Hoja de vida: De ahí que a la ciudadanía le convendría, es más, requiere urgentemente de un nominado o nominada que de antemano cuente con un quehacer y unas experiencias relacionadas a estos asuntos. Me refiero a abogados y abogadas de derechos humanos, activos en la práctica pro-bono, juristas conocedores de la importancia de los derechos civiles, sociales y económicos, en fin, aquellos y aquellas que conocen de cerca la tragedia de representar a minorías o a víctimas de patrones culturales violentos, como las mujeres. Por supuesto, nada de esto excluye que otros candidatos puedan contar con el conocimiento o sensibilidad de entender estos reclamos de derechos, pero lo cierto es que a este tipo de abogados o abogadas consciente o inconscientemente se les excluye por no haber sostenido una práctica que se vincula a las arterias del poder o el status quo.

-"Activista" por los derechos; alguien que crea en los derechos: ¿Alguien Activista? Ciertamente. Pero activistas hay de diferentes tipos. Me refiero a aquellos y aquellas en cuya hoja de vida profesional esté dedicarse a la protección de aquellos y aquellas que viven en un estado perpetuo de carencia de derechos, al punto de que se les hace difícil poder reivindicarlos. ¿Por qué no? Diría que todos los abogados y abogadas a quienes se considere para integrar el Tribunal Supremo han sido activistas. La diferencia está en el objeto de su activismo. Hay activismo partidista, no deseable hoy día si se quiere reivindicar la imagen y legitimidad del Tribunal Supremo, hay activismo corporativo, el cual ya cuenta con suficientes frentes y representantes y hay activistas de derechos. Lo digo en serio y sin ambages. El país y la institución máxima adjudicadora de derechos necesita alguien que no solo se tome los derechos de los más vulnerables en serio sino que haya vivido una práctica profesional acorde.

-Cumplimiento con Canon 1 de Ética Profesional: Las violaciones diarias de derechos y la falta de acceso a la justicia para sanarlas, tendrían que ser razón  urgente para una profesión legal más activa en el cumplimiento con el Canon 1, quien no lo hace no es neutral, todo lo contrario, incumple su deber profesional. Habría que decirlo, una práctica que se aparte de esta responsabilidad no debería ser considerada para ocupar un lugar en una institución que precisamente debe gozar de la confianza del país. 

-Conceptos de Igualdad y Dignidad: Reconocer que el concepto de igualdad y dignidad no son solo aspiraciones, sino que tienen implicaciones materiales, concretas en la vida y el modo de vida de los ciudadanos. Quien sea nominado y luego confirmado debe tener una hoja clara sobre esto. Hay que garantizar que quien integre el Tribunal haya reconocido y sepa reconocer la importancia de los derechos como ‘cartas de triunfo’, al decir de Ronald Dworkin, sepa tomarse los derechos en serio. Ahora mismo hay en Puerto Rico ciudadanos de segunda categoría y ¿para qué sirve la institución principal en la garantía de derechos sino para asegurar que en la arena política cada ciudadana y ciudadano pueda participar y ser igual en el derecho a tener derechos?. No hay que tener temor en exigir que los integrantes del foro garante de esa igualdad tengan claro lo que significa la igualdad de derechos y lo inaceptable que es que las preferencias sexuales de los ciudadanos sea justificación para negarle los mismos derechos que al resto. 

-Acceso a la Justicia y Derechos Sociales: Con un serio problema de acceso a la justicia y en tiempos en que las políticas de austeridad sacrifican a los más vulnerables, es preciso y sin ambages, contar con una persona nominada cuya hoja profesional demuestre que conoce o ha visto de cerca esa vulnerabilidad, que conoce de derechos sociales, que tiene clara la importancia de tomarse en serio los derechos de todos, sí, pero sobre todo de los y las a las que ya por décadas y en un ciclo sin fin, se les ha violentado. 

-Importancia de la libertad de expresión y del derecho a la protesta y a resistir el derecho en un estado democrático de derecho: Teóricamente lo ha dicho Rawls, Habermas, Dworkin,  Arendt: un estado democrático de derecho se robustece con el derecho a la protesta y con la desobediencia civil si es preciso y todos esta teoría adquiere materialidad cuando hacemos evidente que en una sociedad democrática obedecer no puede ser ciegamente, sino que requiere un escrutinio de sus ciudadanos. Para eso se requiere, no solo que la sociedad tenga eso claro, sino que la tercera de la rama, la garante de derechos, sea firme en afianzar y fortalecer esos derechos que garantizan una democracia robusta.  No, no es a alguien de ‘ley y orden’ en el sentido estricto, al que buscamos, sino a alguien que sea lo suficientemente sensible a esas distinciones político-jurídicas.

-Derecho a la intimidad: No hay que abundar en los retos que las nuevas tecnologías y los desarrollos de la ciencia nos plantean. Tampoco dejar de reconocer las tentaciones del Estado y los gobiernos en violar derechos civiles y pasar de la ralla en la vigilancia de los ciudadanos amparándose en la seguridad. Para garantizar que eso no ocurra, necesitamos que quien adjudique esté consciente de la importancia de los derechos civiles, del papel que juegan en una democracia, que sea de mente amplia para los nuevos imaginarios sociales y sus implicaciones.

-El derecho a ser diferente en una sociedad secular en principio pero cuya religiosidad se ha normalizado: Lo que antes se buscaba proteger era la libertad de culto, hoy día es precisamente la libertad de no-culto y a ese ciudadano que también tiene libertad de pensamiento y de asociación, habría que defenderlo con igual amplitud o mayor, dado el caso de la normalización de puntos comunes basados en el cristianismo. Es necesario que el juez o jueza que integre el Tribunal pueda hacer las distinciones entre sus preferencias personales y aquella función de ser garante de quien difiere de éstas porque es diferente y piensa diferente.

"Las experiencias importan, importa la hoja de vida profesional de quien ha llevado una práctica de la profesión muy de cerca de quienes no tienen voz ni formas de hacer valer sus derechos, la mayoría de las veces derechos que ni siquiera están en disputa sino que simplemente no se pueden hacer valer. Hace falta, para afianzar la confianza de la ciudadanía en esta institución, abogados y abogadas que hayan demostrado un compromiso ético profesional e inconformidad con el estado de cosas actual."