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22.8.14

Sobre la rebeldía de la inconformidad (En 80grados)

El pasado 14 de agosto tuve el privilegio de que el Colegio de Abogados y Abogadas y la Comisión de la Mujer del Colegio, me otorgara la Medalla Nilita Vientós Gastón 2014. La Revista 80grados publica hoy el mensaje de agradecimiento que ofrecí en la ceremonia. Nuevamente agradezco al Colegio y a la Comisión, así como a todas las personas involucradas, semejante honor.  Gracias también a la Revista 80grados por publicar el mensaje. Lo comparto.

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Sobre la rebeldía de la inconformidad
Érika Fontánez Torres

Mensaje de agradecimiento en ocasión de la otorgación de la Medalla Nilita Vientós Gastón del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico.

14 de agosto de 2014.
Miramar, Puerto Rico.

Buenas noches a todos y todas:
Agradezco a todos y todas su presencia y su compañía esta noche. No es un decir, realmente lo agradezco porque la sensación que una adquiere cuando la llaman para decirle que le han otorgado un reconocimiento es, al menos para mí, una de mucha tensión. ¡Es realmente un trauma ante lo que implica el señalamiento de la singularidad! Y esto porque esa singularidad supone un destaque del quehacer de una a partir de los parámetros del quehacer de otra. Y esa otra es nada menos que Nilita Vientós Gastón, así que el asunto es más agónico aún. Y en esa agonía, una tiende a preguntarse, sin falsas modestias: “¡Ay, y ¿qué he hecho yo para merecer esto?¡”. Eso fue lo primero que le dije a Verónica Rivera cuando me dio la noticia. Y claro, los minutos y horas que apenas  le siguieron a la noticia hasta este momento, vienen acompañados por la angustia de lo que implica esa singularidad: la propia. Pensando en eso y leyendo a y sobre Nilita*  es inevitable asombrarse y decir: ¡Cuánto quehacer! ¡Que impresionante!, pero más importante, ¿Qué se requiere para emularlo, para emularlo colectivamente, es decir, qué se requeriría para propiciar muchas pequeñas Petronilas, muchas Nilitas?.

Así que, a partir de este último punto, he decidido cambiar la pregunta de esta noche de una que inquiera sobre el ¿qué he hecho yo? a: ¡¡¿Qué hemos hecho nosotras y nosotros para merecer esto?!! Y ¡¿Qué hace falta que hagamos en el futuro?! De esta forma, la reflexión esta noche se convierte en una en que la singularidad no es mía sino de todos y todas las que aquí hoy nos reunimos y de quienes aunque no están han tenido que ver con que aquí estemos. Empezando por Nilita y continuando con  tantos y tantas otras que caminan y han caminado bajo sus mismas pasiones, entregas y sombreros, me convoca preguntar: ¿Cuáles han sido o son las características o, digamos, los sombreros, que se han puesto ese cúmulo de personas, incluyéndola, que han posibilitado nuestra reunión de hoy y la otorgación de este premio?

Comienzo con una intervención de Michel Foucault en Le Monde[1], en la que aborda el quehacer intelectual pero en la que destaca un asunto que yo diría que nos compete a todos y todas en tanto ciudadanos y en particular a los y las abogadas y juristas. Explicaba Foucault que para él, ser intelectual es ser anti-estratégico (acaso estratégicos eran los políticos políticos profesionales –los de cualquier línea ideológica- aquellos que por un fin particular asumían una conducta calculadora). Ser intelectual, en todo caso se trataba de una conducta no previsible como estratégica, de otra cosa, de:
Ser respetuoso cuando una singularidad se subleva, intransigente cuando el poder infringe lo universal. Elección simple, labor penosa: porque hay, a la vez, que acechar un poco por debajo de la historia, lo que la rompe y la agita, y velar un poco por detrás de la política sobre lo que debe incondicionalmente limitarle”.
El respeto de la singularidad que se subleva; el deber de la intransigencia cuando el poder infringe lo universal; los límites incondicionales de la política.[2] Creo que entre todos sus quehaceres, una podría ubicar a Nilita Vientós Gastón en esa línea anti-estratégica. Respetuosa de la resistencia y la lucha por la singularidad (reclamaba la singularidad para sí misma como sabemos incluso en sus atuendos), pero intransigente con el poder que infringe aquello universal (contra aquello que soslaya la democracia, el voto, el derecho a la lengua, la justicia social).

Además, se trataba de una artista de nuevos imaginarios, de una incomodadora por excelencia. Ya sabemos algo de sus andanzas. Pero el asunto es que esa no solo era Nilita. Conozco a muchas y muchos con esas características aunque no necesariamente con las oportunidades para emular la vasta cantidad de quehaceres que ella nos legó y que muy agradecidamente celebramos hoy. Estuve pensando en aquellos y aquellas a quienes en todo caso tendría que agradecer hoy y me doy cuenta que compartimos con ella esos dos renglones de lo anti-estratégico: el respeto por lo que se subleva, la intransigencia contra cierto ejercicio del poder. Pienso en mi mamá, por ejemplo, que está aquí hoy  y veo en ella a una Nilita, distinta, cierto, pero con las mismas capacidades en todos los renglones de su vida. Y así, veo y pienso que he sido afortunada en darme con gente molestosa, inconforme, capaz de irrumpir valientemente en una sala de autoridad y denunciar, con la bondad de compartir lo propio. Se trataría entonces de ampliar esa red, de posibilitar más esas andanzas, de generar el apoyo necesario para las nilitas, para las bibliófilas, las melómanas, las abogadas y los abogados intelectuales públicos, las obsesas y obsesos  en compartir la literatura y los saberes.

Y es que todo eso, sobre todo ser intransigente con el poder cuando se requiere serlo, incomodar, siempre es un riesgo y habría que decirlo, en muchas ocasiones es un privilegio. Se requiere pues de una infraestructura humana -que trasciende la persona y se instala en la comunidad- la política, la institucional, la familiar también. Para esa intransigencia se necesitan ejemplos y apoyo incondicional: por ejemplo, un padre y una madre como los míos, Francisco y María Isabel, duchos en el arte de retar el status quo, siempre escépticos con la autoridad, veteranos en la valentía de cruzar las fronteras de lo permitido e incluso de lo legal (y como ellos tantos otros y otras); se necesita familia y amigos y amigas que sirven de apoyo y, sobre todo, se necesitan instituciones desde las cuales pueda ejercerse el riesgo de la libertad y que prioricen su importancia.
Nilita, por ejemplo, tenía una gran biblioteca que ubicaba en su hogar pero que convirtió en un lugar público para tertulias, pensares, compartires y su quehacer también estaba respaldado por instituciones, las que ella formó pero también las que la formaron: las universidades, un Ateneo, una comunidad académica vibrante desde la cual intercambiar y compartir sus ideas, en otras palabras, los recursos necesarios para publicar y generar saberes y conocimiento. Por eso, de todo lo que hoy me apetece destacar sobre este Premio y sobre Nilita Vientós Gastón, destacaría en su quehacer la importancia de las instituciones, las que fundó y las que la formaron.

Las instituciones importan y no solo por la pertenencia y membresía a éstas sino porque ese quehacer como el de Nilita que fortalece y le da rigor al espacio desde el cual pensar otros mundos y fortalecer la democracia y el intelecto, se cimienta y adquiere materialidad en el diseño de estas. Aprovecho hoy, pues, para destacar dos instituciones que han sido vitales para mí y que han estado recientemente en riesgo; instituciones que incluso hay quienes hoy día cuestionan su pertinencia y su propósito: la Universidad de Puerto Rico y el Colegio de Abogados y Abogadas. ¡Qué dos lugares para afianzar el respeto por la sublevación de lo singular y mantener la intransigencia cuando el poder infringe lo universal!. Y sin embargo, muchas veces se minimiza su importancia, se instrumentaliza o banaliza la acción y el quehacer que desde allí surge. Y no se trata de instituciones fáciles, por supuesto que no, más bien todo lo contrario, es precisamente desde su complejidad, desde la pluralidad que las constituye, que éstas adquieren mayor significado. Pensar el derecho, por ejemplo, pensar en otros mundos, no se da en el vacío, surge de las oportunidades, de la comunidad que se crea, del diseño de quehaceres que se fomenta y la materialidad que se privilegia desde instituciones como estas. Por eso, nos urge su fortalecimiento. En su desemantelamiento y en su debacle se nos van pedacitos de vida, pedacitos de Nilita, posibilidades de libertad, visualizaciones de futuros.

De ahí mi agradecimiento esta noche a quienes me preceden, a quienes hoy constituyen y han mantenido estas instituciones. Por supuesto, va mi agradecimiento a mi familia, a mis amigas y amigos; a la Escuela de Derecho y a su Decana Vivian Neptune, y sobre todo, a la Universidad de Puerto Rico, institución que a pesar de los embates se mantiene firme como uno de los pocos bastiones para el ejercicio de esa libertad tan necesaria de pensar imaginarios, cuestionar los existentes y proponer nuevos. La Universidad es ese lugar en el cual surgen quehaceres como el de Nilita, un lugar para pensar lo posible como una vez nos convocara el muy querido y también reconocido Efrén Rivera Ramos; y, por supuesto, gracias al Colegio de Abogados y Abogadas y a sus comisiones, como la Comisión de la Mujer.

Gracias a Mariana Iriarte, Verónica Rivera Torres, a todas las miembras y miembros de la Comisión, por su reiterada inconformidad, a la Presidenta, la licenciada Ana Irma Rivera Lassén. A mis colegas y amigos que son parte de esa comunidad que le da contexto a las posibilidades de un quehacer como el de Nilita: Efrén Rivera Ramos, Ana Matanzo Vicens, Michel Godreau, Mariluz Jiménez, Chloé Georas, Hiram Meléndez Juarbe. A mis estudiantes y exalumnos, un agradecimiento especial por su entusiasmo y constante inspiración.

Recibo la Medalla Nilita Vientós Gastón como un acto de continuidad con esa rebeldía de la inconformidad y con ese compromiso con la incomodidad que, entre otras cosas, destacaron a esta gran mujer. Convoco, si me permiten, además, a establecernos como meta la defensa de las posibilidades que nos dan instituciones como la Universidad de Puerto Rico y el Colegio de Abogados y Abogadas para ejercer la libertad, denunciar injusticias, pensar lo impensado, diseñar y compartir irrupciones. En otras palabras, en el recibimiento de esta Medalla, las y los invito a que vistamos sombreros que trastoquen la normalidad y que no dejen pasar desapercibidas las injusticias, a asumir atuendos atrevidos que nos permitan pensar a sus anchas lo jurídico, lo político, lo común, la humanidad.





* Hago un paréntesis para agradecer a la colega y amiga Ana Matanzo quien en el 2007-2008, justo cuando estaba haciendo una investigación sobre la reforma agraria en Puerto Rico y la implantación de la Ley de los 500 Acres, en un almuerzo trajo a mi atención que Nilita tuvo a su cargo la implantación de esta ley y los casos contra corporaciones azucareras que incumplían. Desde entonces la figura de Nilita me provocó aún más curiosidad y de ahí fui directo a mi blog en ese momento para escribir sobre Nilita. Desde entonces sigo sus pasos y más recientemente, a través de la Revista 80grados y el dossier que han publicado en su conmemoración, he leído varias de sus columnas y artículos que me parecen particularmente pertinente hoy por la valentía en señalar temas importantes como la importancia de la democracia, la libertad de expresión la separación Iglesia-Estado. Les recomiendo busquen el dossier de 80grados y exploren la pertinencia impresionante de la voz de Nilita.
[1] Le Monde nº 10661, 11 de mayo de 1979. Se trata de una cita que lleva semanas cautivándome y en la cual he estado pensando incesantemente, así que la comparto hoy. Gracias a Juan Carlos Quintero Herencia que la compartió en la red social de Facebook.
[2] Pienso en esto e inevitablemente pienso en Gaza, en Palestina, en estos días.

Grupos de Estudio sobre Teoría y Metodología Jurídica

Este semestre daremos comienzo en la Escuela de Derecho de la UPR a un ciclo de discusión como parte de la tarea de pensar el Derecho. El 11 de septiembre daremos comienzo a lo que será una serie de Grupos de Estudio, abiertos a toda la comunidad académica. El primer tema que abordaremos por este semestre será la Teoría y la Metodología jurídica, que en principio estará a cargo del profesor Hiram Meléndez Juarbe y quien aquí escribe. 

Dejo los detalles del primer y esperamos que un nutrido grupo de la comunidad académica se una. Se trata de una de varias formas de no solo pensar el Derecho sino, además, concebir nuevos imaginarios para éste. ¡Salud!.

El  primer ciclo tendrá como eje Temas Recientes en Metodología y Teoría del Derecho 

Primera Sesión: Legalismo Liberal,  11 de septiembre de 2014

Jeremy Waldron, The Rule of Law in Public Law (2014) (18 páginas).  Disponible en SSRN: http://ssrn.com/abstract=2480632
This paper explores the possibility of a conception of the rule of law that is oriented specifically to public law. It is not a conception of the rule of law that privileges private law rights (like rights of property) nor is it an abstract or anodyne conception that is supposed to apply to all areas of governance indiscriminately. Instead this is an account of the rule of law that takes the mission of public administration seriously and seeks to establish it on a footing of legality rather than managerialism, while at the same time acknowledging that sometimes private interests have to give way to the interests of the public.

Segunda Sesión: Crítica a los Derechos, 9 de octubre de 2014

Robin L. West, A Tale of Two Rights (2014) (21 páginas). Disponible en SSRN: http://ssrn.com/abstract=2479387
In part I of this article the author identifies and criticizes a cluster of constitutional rights, which she argues does tremendous and generally unreckoned harm to civil society, and does so for reasons poorly articulated in earlier critiques. At the heart of the new paradigm of constitutional rights that the author believes these rights exemplify is a "right to exit." On this conception of individual rights, a constitutional right is a right to "opt out" of some central public or civic project. This understanding of what it means to have a constitutional right hit the scene a good two decades after civic republicans and critical legal theorists mostly had formed their respective critiques of individual rights. Consequently, such thinkers failed to incorporate the notion of constitutional rights into their critiques. The particular exit rights that she enumerates – that is, the rights to exit from the benefits and responsibilities of public projects, including public education, publicly funded policing, civil rights commitments, and public health projects – harm civil society in profound ways not appreciated by rights critics in the 1970s and 1980s. The harm these rights do, the author states, borrowing language from the title of Thomas Mann and Norman Ornstein’s recent book, has turned out to be even worse than it might have seemed in the heyday of our rights critiques. The author urges a reinvigorated rights critique that centers on these new rights and new harms.

In part II the author discusses a countertrend: the expansion of civil rights beyond those enumerated in the Civil Rights Act of 1964. Some of our most newly created civil rights, generally created by Congress and state legislatures rather than announced by courts, in effect extend to individuals various rights to enter civil society, or some civil project close to its core. She calls these civil rights "rights to enter"– these include, for example, the right to a high quality and public education, the right to purchase health insurance at affordable costs, the right to a safe home and neighborhood free of gun violence, the right to nurture a newborn or sick family member while not losing one’s job, the right to marry whom one loves regardless of sex, and the right to work and school environments free of discriminatory animus. All of these civil rights, imperfectly recognized in various statutes, invite participation in some core sphere of civil society: education, insurance markets, neighborhoods, family, marriage, or employment. These civil "rights to enter," which stand in contrast to constitutional "rights to exit," exemplify both an old idea that dates back to the early days of the republic, and a new idea that invites participation in a radically transformed civil society. Not only are these rights not harmful to civil society, they are integral to it.

The author states that, generally, civil rights to enter are clearly not buttressed by constitutional rights to exit, and increasingly are threatened by them. First, both our historical and more modern civil rights to enter civil society – the various civil rights won in the nineteenth century by freed slaves and wives, and in the twentieth century by racial and religious minorities; women; the disabled; the elderly; school children; gay, lesbian and transgendered citizens; laborers; economically struggling parents; and the victims of hate crimes and private and domestic violence – are not constitutional rights at all, and for the most part the courts have declared as much. Although there exists a civil right to these societal benefits, there is no clearly defined constitutional right to an adequate public education, to a police force, to some measure of health care, to be free of private discrimination in employment, to safe and fairly remunerated labor, or to help with child care while employed. All of these rights, however, are at least arguably civil rights. And some of them are core civil rights. But increasingly the Constitution not only fails to protect these civil rights but also threatens to undermine them, insofar as it grants individuals and corporations the right to exit precisely those civil projects and legal institutions that civil rights seek to guarantee others the right to enter. Civil rights and constitutional rights are thus decidedly not co-constitutive of a unified constitutional tradition, or of an articulable American identity, or a distinctively American conception of the nature of rights. Rather, civil rights and constitutional rights are on a collision course.

In both parts the author suggests that the almost ten-year-old constitutionally grounded, individual right to bear arms, particularly when combined with the broadened understanding of self-defense embodied in "stand your ground" laws, jointly constitute a paradigmatic, and maybe the paradigmatic, "exit right." By contrast, the civil rights to physical security, and to state protection against private violence that interrupts it, are at least as old as the Constitution itself, and exemplify the civil rights paradigm that she tries to describe: the right to state protection against private violence is the quintessential and foundational "right to enter." The author concludes with the observation that, while the constitutional right to own and use a gun and the civil right to protection from the state against private violence, are in obvious tension, the constitutional right to gun ownership recognized by the Supreme Court does not necessarily foreclose the possibility of a civil right to decent effective gun-control laws. Perhaps if we could spark a renewed civil rights movement, aimed at legislative activism rather than judicial activism, we might inspire a lawful and politically salient civil response to the threats to our safety and the tears to our social fabric that are occasioned by the Court’s newfound constitutional right to own and use lethal weapons. The same may also be true more broadly. The author’s general conclusion is that the way to repair the damage done to civil society by constitutional exit rights might be simply to reinvigorate our civil rights agenda.

Tercera Sesión:  Derecho y Análisis Económico, 13 de noviembre de 2014

Neil Siegel, Collective Action Federalism and Its Discontents (2013) (31 páginas). Disponible en http://ssrn.com/abstract=2294510 
An increasing number of scholars argue that the Commerce Clause is best read in light of the collective action problems that the nation faced under the Articles of Confederation. The work of these “collective action theorists” is reflected in Justice Ginsburg’s opinion in National Federation of Independent Business v. Sebelius. Writing for four Justices, she stressed the “collective-action impasse” at the state level to which the Affordable Care Act responds.

In its purest form, a collective action approach maintains that the existence of a significant problem of collective action facing two or more states is both necessary and sufficient for Congress to address the problem by relying on the Commerce Clause. Unlike nationalist defenders of unlimited federal commerce power, a collective action approach does not ask whether the regulated conduct substantially affects interstate commerce in the aggregate. Unlike federalist defenders of limited federal commerce power, a collective action approach does not focus on the distinction between economic and noneconomic conduct, or between regulating and requiring commerce.

Accordingly, nationalists may agree that a collective action problem is sufficient for Congress to invoke the Commerce Clause, but they will disagree that it is necessary. By contrast, federalists may agree that a collective action problem is necessary for Congress to invoke the Commerce Clause, but they will disagree that it is sufficient.

This Essay anticipates such criticism. Regarding the nationalist critique of a collective action approach, I argue that the nationalist “substantial effects” test imposes no judicially enforceable limits on the scope of the Commerce Clause. I also argue that nationalists may define multistate collective action problems too narrowly. In addition to races to the bottom, collective action problems include interstate externalities that do not cause races to the bottom.

Broadening the definition of multistate collective action problems to include interstate externalities gives rise to the federalist objection that every subject Congress might want to address can plausibly be described as a collective action problem. Federalists may further object that the Commerce Clause is limited to “Commerce.” In response, I argue that “Commerce” is best understood broadly to encompass many social interactions outside markets, as Professors Jack Balkin and Akhil Amar have urged. I also argue that a collective action approach need not validate unlimited federal commerce power. Specifically, I identify three ways of limiting the kinds of interstate externalities that justify use of the Commerce Clause.