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3.9.07

De la "permisología" a lo inconstitucional


Como si no fuera poco tener que escuchar a diario la mediocridad gubernamental que alude al cumplimiento de las leyes y los reglamentos como el proceso de "permisología" y que se refiere a la evaluación de solicitudes y permisos como "la aprobación" de permisos (nótese que el referente es la acción de aprobar), ahora el gobierno impunemente hace alarde de su capacidad de plasmar en una órden ejecutiva otro golpe a nuestro sistema de derecho, obviando la separación de poderes y dejando en manos del Secretario de Desarrollo Económico aquello que el pueblo, a través de la legislatura, delegó a otras instituciones. Vea la OE y sienta el sabor de la inconstitucionalidad. Más adelante comentaremos.

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POR TANTO: YO, ANÍBAL ACEVEDO VILÁ, Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en virtud de los poderes inherentes a mi cargo y de la autoridad que me ha sido conferida por la Constitución y las Leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por la presente dispongo lo siguiente:


El Proyecto Demostrativo del Nuevo Modelo Operacional-Virtual en el Otorgamiento de Permisos

PRIMERO: Se establece el Proyecto Demostrativo del Nuevo Modelo Operacional-Virtual en el Otorgamiento de Permisos, para facilitar el diseño, evaluación e implementación del Nuevo Modelo Operacional-Virtual en el Otorgamiento de Permisos, cuyo fin es lograr que las agencias e instrumentalidades públicas relacionadas con la evaluación de proyectos y concesión de permisos, en el ámbito de la planificación, evalúen y tramiten los casos con mayor eficiencia.


SEGUNDO: El Proyecto Demostrativo atenderá las solicitudes, consultas y demás procesos correspondientes a la Junta de Planificación (JP) o la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE) en virtud de las leyes y reglamentos que rigen el desarrollo integral de Puerto Rico, y sujeto a las normas establecidas mediante las Guías Operacionales que se aprobarán a tenor con el inciso (D) del párrafo dispositivo Decimosexto de esta Orden Ejecutiva, siempre que se trate de usos, obras u otras actividades en los siguientes municipios: Canóvanas, Cataño, Dorado, Loíza, Toa Alta, Toa Baja, Trujillo Alto, Vega Alta y Vega Baja.


TERCERO: El Proyecto Demostrativo contará con un Comité Ejecutivo, tres Comités Técnicos Interagenciales y un Coordinador General, inter alia, sujeto a lo establecido en esta Orden Ejecutiva.

Comité Ejecutivo y Coordinador General del Proyecto Demostrativo


CUARTO: El Comité Ejecutivo del Proyecto Demostrativo del Nuevo Modelo Operacional-Virtual en el Otorgamiento de Permisos (en adelante, el “Comité Ejecutivo”), estará constituido de la siguiente forma:


A. El Comité Ejecutivo estará compuesto por el Secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), el Presidente de la Junta de Planificación (JP), el Administrador de la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE), el Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y el Presidente de la Junta de Calidad Ambiental (JCA).


B. El Comité Ejecutivo será presidido por el Secretario del DDEC.

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De primera intención nos preguntamos: ¿Cuáles son las funciones de este comité ejecutivo?. ¿Qué tipo de casos atenderá? y ¿Qué procesos está sustituyendo? Bajo la excusa de que es necesario agilizar la aprobación de permisos se pasa por alto el cumplimiento de leyes y reglamentos válidamente adoptados, dejando por ejemplo en manos del Departamento de Desarrollo económico el liderato de la evaluación de solicitudes que son deberes ministeriales de otros jefes de agencias según delegado por ley. De entrada debemos señalar que el Secretario del DDEC no tiene facultad en ley para atender ningún asunto dispuesto en las leyes orgánicas ni en los reglamentos de la JP, ARPE, JCA ni DRNA. Asimismo, hay una serie de delegaciones por ley exclusivas a ciertos jefes de agencia, tomándo en cuenta el peritaje de cada una de éstas. Cabría preguntarnos si a raíz de este proyecto los tribunales variarían la doctrina de presunción del expertise de las agencias en tanto el DDEC es quien lidera este proyecto, en lugar de las agencias delegadas primariamente. Por otra partecabría preguntarnos ¿a qué técnicos seleccionaran para formar parte de este proyecto piloto y cómo harán esa selección, bajo qué criterios? ¿Por qué y qué criterios llevaron a que el proyecto demostrativo comenzará en los mencionados pueblos? ¿Acaso no coincide con los proyectos polémicos que precisamente la ciudadanía está cuestionando?
No me cabe la menor duda de que las funciones delegadas por el ejecutivo contravienen las dispuestas por nuestra legislatura mediante su poder legislativo, lo que constituye un claro acto ultra vires del ejecutivo, es decir, un claro acto inconstitucional. Altamente preocupante es que el Gobernador mediante un decreto, cambie los procesos de solicitudes de permisos y evaluación de propuestas cambiando así los reglamentos aprobados bajo los procesos de la Ley de procedimiento administrativo uniforme. Si para algo fue creada esta ley fue para garantizar de cierta forma que las acciones cuasi-legislativas y cuasi-judiciales llevadas a cabo por las agencias del ejecutivo no traspasaran las facultades del ejecutivo para reemplazar sub silentio las funciones de las otras dos ramas de gobierno.
Pero la gravedad del asunto no estriba en la violación de una ley, ni siquiera en que esta OE cambie la forma en que se evalúan las acciones que tendrán impacto ambiental en el país, la gravedad del asunto estriba en que el gobernador, mediante esta orden ejecutiva, de espaldas al sistema democrático, en contravención a la soberanía que reside teóricamente en la legislatura, y en completa exclusión de la participación ciudadana, ha cambiado las reglas del juego sin antes pasar por el escrutinio público. Es un asunto de poder. El gobernador pretende concentrar el poder en La Fortaleza dando al traste con los procesos que garantizan que la ciudadanía sirva de agente fiscalizador ante las actuaciones arbitrarias de las agencias. En esta ocasión lo hace bajo la premisa de que es necesario agilizar "la permisología¨, con serias repercusiones para nuestro entorno pero también para nuestra aspiración a procesos transparentes y democráticos.