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29.7.13
Despenalización del aborto en Chile
Por aquí dejo la carta que suscribimos para la Despenalización del aborto en Chile publicada en el día de ayer en el periódico chileno El Mercurio. Agradecemos apoyo y difusión. Gracias al blog Ante la Ley, por su publicación. En el blog encontrarán más del contexto que da lugar a este debate.
27 de julio de 2013
Señor Director:
La marcha del jueves en favor de la despenalización del aborto en Chile no puede dejarnos indiferentes. La Constitución reconoce a las personas, en el art. 19 N° 1, el derecho a la vida e incorpora un mandato diferenciado al legislador para que proteja la vida intrauterina. Ello significa que la protección del no nacido no debe efectuarse a través de la vía punitiva, puesto que el derecho penal opera siempre como ultima ratio , es decir, solo cuando no sea posible lograr el fin buscado por medios menos lesivos.
Además, debemos recordar que la interrupción del embarazo en situaciones en que concurren circunstancias inexigibles a una mujer fue parte de nuestra legislación, en el Código Sanitario, hasta 1989.
El caso de las niñas violadas, que fue el detonante de la masiva marcha del jueves, exige a la autoridad pertinente la protección de las menores, por lo que no se las puede transformar nuevamente en víctimas al imponerles la carga de soportar un embarazo resultante de una violación, bajo el pretexto de que son demasiado jóvenes como para tomar la decisión de abortar. Una deficiente política pública en materia de protección de la infancia vulnerable no se repele por medio de la criminalización y del amparo de las injusticias estructurales de nuestra sociedad.
El sistema interamericano, recordemos, protege íntegramente a la mujer de los menoscabos generados a partir de embarazos que colocan en riesgo su derecho a la integridad. Así lo muestran, por ejemplo, las medidas provisionales ordenadas por la Corte Interamericana para el caso "Beatriz" (El Salvador, 2013), las medidas cautelares decretadas por la misma Corte para el caso "Amelia" (Nicaragua, 2010) y lo resuelto en el caso "Artavia Murillo vs. Costa Rica" (2012), donde se concluye que "la protección del embrión es gradual e incremental según su desarrollo" (§ 257, 264, 265 y 316) y que "a la luz de la Convención, la vida desde la concepción y antes del nacimiento es un derecho excepcionable o limitable en la medida en que entre en conflicto con otros derechos de la mujer embarazada" (§ 264).
Por todas estas consideraciones, estimamos que existen razones suficientes para que se descriminalice, con urgencia y a lo menos parcialmente, la interrupción del embarazo en Chile.
Alejandra Zúñiga-Fajuri, Profesora de Derecho Constitucional Universidad de Valparaíso.
Juan Carlos Ferrada, Profesor de Derecho Administrativo Universidad de Valparaíso.
Luis Villavicencio, Profesor de Filosofía del Derecho Universidad de Valparaíso
Jaime Bassa, Profesor de Derecho Constitucional Universidad de Valparaíso.
Felipe Gorigoitía, Profesor de Derecho Procesal Universidad de Valparaíso
Inés Robles, Profesora Clínica Jurídica Universidad de Valparaíso
Marcela Aedo, Profesora de Derecho Universidad de Valparaíso.
Carlos Navia, Profesor de Filosofía del Derecho Universidad de Valparaíso.
Paula Quintana, Profesora de Sociología Universidad de Valparaíso.
Juan Sandoval, Profesor de Psicología Social Universidad de Valparaíso.
Osvaldo Corrales, Profesor de Psicología de la comunicación Universidad de Valparaíso.
Elena Brauchy, Académica Departamento de Salud Pública Universidad de Valparaíso.
Yanira Zúñiga, Profesora de Derecho Constitucional Universidad Austral.
Fernando Muñoz, Profesor de Derecho Constitucional Universidad Austral.
Pablo Marshall, Profesor de Derecho Constitucional Universidad Austral.
Felipe Ignacio Paredes, Profesor de Derecho Constitucional Universidad Austral.
Daniela Accatino, Profesora de Teoría del Derecho Universidad Austral.
Alberto Coddou, Profesor de Derecho Universidad Diego Portales.
Tomás Vial, Profesor de Derecho Constitucional Universidad Diego Portales.
Domingo Lovera, Profesor de Derecho Constitucional Universidad Diego Portales.
Lidia Casas, Profesora e Investigadora Centro Derechos Humanos Universidad Diego Portales.
Matías Guiloff, Profesor de Derecho Administrativo Universidad Diego Portales.
Marcelo Montero, Profesor de Filosofía del Derecho Universidad Diego Portales.
David Quintero, Profesor de Derecho Civil y Teoría del Derecho Universidad Diego Portales.
José Luis Ugarte, Profesor de Derecho Laboral Universidad Diego Portales.
Daniel Rey, Profesor de Derecho Universidad Diego Portales.
Ester Valenzuela, Profesora de Derecho Universidad Diego Portales.
Diana Maquilón, Profesora de Derecho Universidad Diego Portales.
Tomás Jordán, Profesor de Derecho Constitucional Universidad Diego Portales.
Jaime Couso, Profesor de Derecho Penal Universidad Diego Portales.
Eduardo Chia, Investigador Fundación Instituto Igualdad/Profesor Introducción al Derecho Universidad Andrés Bello.
Pablo Contreras, Profesor de Derecho Constitucional Universidad Alberto Hurtado.
Jorge Contesse, Profesor de Derecho Rutgers University/Universidad Diego Portales
Rodrigo Karmy, Profesor de Filosofía Política Universidad de Chile.
María José López, Profesora de Ética y Filosofía Política Universidad de Chile.
Juan Pablo Mañalich, Profesor de Derecho Penal Universidad de Chile.
Javier Contesse, Profesor de Derecho Penal Universidad de Chile.
Salvador Millaleo, Profesor Investigador Centro de Derecho Informático Universidad de Chile.
Ana Lya Uriarte, Investigadora Centro de Derecho Ambiental Universidad de Chile.
Ximena Insunza, Investigadora Centro de Derecho Ambiental Universidad de Chile
Claudia Sarmiento, Profesora de Derecho Universidad de Chile.
William García, Profesor de Derecho Universidad de Chile.
Mauricio Tapia, Profesor de Derecho Civil Universidad de Chile.
Sebastián Ríos, Profesor de Derecho Civil Universidad de Chile.
Gabriel Hernández, Profesor Derecho Civil Universidad de Chile.
Carlos Urquieta, Profesor de Derecho Civil Universidad de Chile.
Rodrigo Gil, Profesor de Derecho Civil Universidad de Chile.
Francisca Román, Profesora de Derecho Civil Universidad de Chile.
Joaquín Polit, Profesor de Derecho Civil Universidad de Chile.
María Luisa Bascur, Investigadora Centro de Derechos Humanos Universidad de Chile.
Catalina Lagos, Investigadora Centro de Derechos Humanos Universidad de Chile.
Andrés Estefane, Investigador Centro de Estudios de Historia Política Escuela de Gobierno Universidad Adolfo Ibáñez.
Susana Gazmuri, Investigadora Centro de Estudios de Historia Política Escuela de Gobierno Universidad Adolfo Ibáñez.
Daniel Loewe, Profesor e Investigador Escuela de Gobierno Universidad Adolfo Ibáñez.
Verónica Undurraga, Profesora de Derecho Constitucional Universidad Adolfo Ibáñez.
Constanza Salgado, Profesora de Derecho Universidad Adolfo Ibáñez.
Héctor Morales, Profesor de Derecho Universidad Adolfo Ibáñez.
Esteban Pereira, Profesor de Derecho Universidad Adolfo Ibáñez.
Pablo Grez, Profesor de Derecho Constitucional Universidad Adolfo Ibáñez.
Ignacio Castillo, Investigador Centro de Estudios de Derecho Penal Universidad de Talca.
Lieta Vivaldi, Profesora de Derecho Universidad de Talca.
Rebeca Errázuriz, Profesora de Sociología Universidad de Talca /Universidad de Chile.
Carlos Cabezas, Profesor Derecho Penal Universidad de Antofagasta.
Luis Varela, Profesor de Derecho Penal Universidad de Antofagasta.
Juan Paulo Ovalle, Profesor de Derecho Universidad de Antofagasta.
Christian Viera, Profesor de Derecho Constitucional Universidad Viña del Mar.
Bruno Aste, Profesor de Derecho Constitucional Universidad de Viña del Mar.
Alfonso Henríquez, Profesor de Derecho Universidad de Concepción.
Ernesto Riffo, Profesor de Derecho Universidad Católica Silva Henríquez.
Hassam Akram, Profesor Facultad de Ciencias Sociales y Políticas Universidad Academia de Humanismo Cristiano.
Mauricio Salgado, Profesor de Sociología Universidad Andrés Bello.
Tania de Armas, Profesora de Sociología Universidad de Playa Ancha.
Cristián Venegas, Profesor de Sociología Universidad de Playa Ancha.
Alfonso Ruiz Miguel, Catedrático de Filosofía del Derecho Universidad Autónoma de Madrid, España.
Cristina Sánchez, Profesora Titular de Filosofía del Derecho Universidad Autónoma de Madrid, España.
Elena Beltrán, Profesora de Filosofía del Derecho Universidad Autónoma de Madrid, España.
Silvina Álvarez, Profesora Titular de Filosofía del Derecho Universidad Autónoma de Madrid, España.
Pablo de Lora, Profesor de Filosofía del Derecho Universidad Autónoma de Madrid, España.
Yolanda Guerrero, Directora del Instituto de Estudios de la Mujer Universidad Autónoma de Madrid, España.
Pilar Folguera, Profesora de Historia Contemporánea Universidad Autónoma de Madrid, España.
Virginia Maquieira, Directora Cátedra UNESCO de Igualdad entre Mujeres y Hombres Universidad Autónoma de Madrid, España.
Amparo Moreno, Profesora de Psicología Universidad Autónoma de Madrid, España.
Máriam Martínez-Bascuñán, Profesora de Ciencia Política Universidad Autónoma de Madrid, España.
Raquel Osborne, Profesora de Sociología Universidad de La Laguna, España.
María José Guerra, Profesora de Filosofía Moral Universidad de La Laguna, España.
Ángeles Sierra, Profesora de Filosofía Universidad de La Laguna, España.
Gerardo Pisarello, Profesor Titular de Derecho Constitucional Universidad de Barcelona, España.
Eleonora Lamm, Investigadora Observatorio de Bioética y Derecho de la Universidad de Barcelona, España.
Lorena Garrido, Profesora Facultad de Derecho Universidad Autónoma de Barcelona, España.
Encarna Bodelón, Profesora Titular de Filosofía del Derecho Universidad Autónoma de Barcelona, España.
Renato Cristi, Professor Department of Philosophy Wilfrid Laurier University, Canadá.
Wolfgang Heuer, Profesor de Ciencia Política Universidad Libre de Berlín, Alemania.
Rodolfo Vázquez, Profesor de Derecho Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM), México.
Arnoldo Kraus, Profesor Investigador Universidad Nacional Autónoma de México, México.
Mina Piekarewicz, Colegio de Bioética A.C., México.
María Luisa González Marín, Investigadora Instituto Investigaciones Económicas Universidad Nacional Autónoma de México, México.
Alicia Girón, Investigadora Instituto de Investigaciones Económicas Universidad Nacional Autónoma de México, México.
Alma Beltrán y Puga, Investigadora Grupo de Información en Reproducción Elegida, México.
Gustavo Ortiz Millán, Investigador Instituto de Investigaciones Filosóficas Universidad Nacional Autónoma de México, México.
Héctor A. Mendoza, Profesor Investigador División de Estudios de Posgrado Facultad de Trabajo Social Universidad Autónoma de Nuevo León, México.
Roberto Gargarella, Investigador Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas-CONICET, Argentina.
Florencia Luna, Directora Programa de Bioética FLACSO-Argentina/Investigadora Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas-CONICET, Argentina.
Alba Ruibal, Investigadora Adjunta Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas-CONICET, Argentina.
Gabriela Irrazábal, Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas-CONICET, Argentina.
Lucas Arrimada, Profesor de Derecho Universidad de Buenos Aires, Argentina.
Marcelo Alegre, Profesor de Derecho y Filosofía Universidad de Buenos Aires, Argentina.
Roberto Saba, Profesor de Derecho Constitucional Universidad de Buenos Aires/Universidad de Palermo, Argentina.
Cecilia Fernández, Profesora de Derecho Penal Universidad de Buenos Aires, Argentina.
Juan Antoniassi, Profesor de Derechos Humanos Universidad de Buenos Aires, Argentina.
Mariano Fernández Valle, Profesor de Derecho Universidad de Buenos Aires/Universidad de Palermo, Argentina.
Cecilia Fernández, Investigadora UBACYT Universidad de Buenos Aires, Argentina
Inés Jaureguiberry, Profesora de Derecho Constitucional Universidad de Buenos Aires/Universidad de Palermo, Argentina.
Natalia Gherardi, Profesora de Derecho Universidad de Buenos Aires/Universidad Nacional de Lanús, Argentina.
María Gisela Matia, Docente Universidad de Buenos Aires, Argentina.
Paola Bergallo, Profesora de Derecho Universidad de Palermo, Argentina.
Agustina Ramón, Profesora de Derecho Universidad de Palermo/ Universidad San Andrés, Argentina.
Sonia Ariza, Investigadora Programa Género y Derecho Universidad de Palermo.
Esteban Rodríguez, Docente e Investigador Universidad Nacional de Quilmes/Universidad Nacional de La Plata, Argentina.
Daniela Heim, Profesora de Derecho Universidad Nacional de Río Negro, Argentina.
Camila Blanco, Investigadora Universidad Nacional de la Plata, Argentina.
Pablo Grillo Ciocchini, Profesor de Derecho Procesal Universidad Nacional de La Plata/Universidad de San Andrés, Argentina.
Laura Casas, Profesora Adjunta de Derecho Constitucional Universidad Nacional de Tucumán, Argentina.
Pablo Camuña, Profesor de Derechos Humanos y Garantías Universidad Nacional de Tucumán, Argentina.
Mariana Soledad Álvarez, Profesora de Derechos Humanos y Garantías Universidad Nacional de Tucumán, Argentina.
Soledad Deza, Directora del Centro de Estudios de Genero de la Universidad San Pablo-T, Argentina.
Mónica Tarducci, Docente y Directora de Posgrados en Estudios de Familia, Universidad Nacional de San Martín, Argentina.
Juan Vaggione, Profesor de Derecho Universidad Nacional de Córdoba/Investigador Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas-CONICET, Argentina.
Víctor Guzmán, Profesor Universidad Nacional de Córdoba/Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, CONICET, Argentina.
María Eugenia Monte, Investigadora Programa de Derechos Sexuales y Reproductivos Universidad Nacional de Córdoba, Argentina.
María Angélica Peñas, Investigadora Programa de Derechos Sexuales y Reproductivos Universidad Nacional de Córdoba, Argentina.
Candelaria Sgró, Investigadora del Programa de Derechos Sexuales y Reproductivos de la Universidad Nacional de Córdoba, Argentina.
Alejandra Pérez Scalzi, Coordinadora Académica del Programa Género y Derechos Universidad Nacional de Córdoba, Argentina.
Débora Imhoff, Docente e Investigadora Facultad de Psicología Universidad Nacional de Córdoba, Argentina.
Raquel Drovetta, Becaria Posdoctoral CONICET/Instituto Interdisciplinario de Estudios de Género Universidad de Buenos Aires/Investigadora Programa de Derechos Sexuales y Reproductivos Universidad Nacional de Córdoba, Argentina.
Eduardo Mattio, Docente e Investigador de la Facultad de Filosofía y Humanidades Universidad Nacional de Córdoba/Universidad Católica de Córdoba, Argentina.
José Manuel Morán, Investigador Centro de Investigaciones Jurídicas y Sociales /Programa de Derechos Sexuales y Reproductivos Universidad Nacional de Córdoba, Argentina.
Marisa Fassi, Doctoranda Programa Internacional Derecho y Sociedad 'Renato Treves'- Universita degli studi di Milano, Italia. Investigadora del Programa de Derechos Sexuales y Reproductivos de la Universidad Nacional de Córdoba, Argentina.
Milisenda Natalia, Investigadora Programa de Derechos Sexuales y Reproductivos Universidad Nacional de Córdoba/Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas-CONICET, Argentina.
Maximiliano Campana, Investigador Programa de Derechos Sexuales y Reproductivos Universidad Nacional de Córdoba/Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas-CONICET, Argentina
Leticia Gavernet, Profesora de Sociología Universidad Nacional de Córdoba/Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas-CONICET, Argentina.
Laura Judith Sánchez, Investigadora Programa de Derechos Sexuales y Reproductivos Universidad Nacional de Córdoba/Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas-CONICET, Argentina.
Paola Garcia Rey, Abogada. Amnistía Internacional Argentina.
Mónica Roa, Directora de Programas Women's Link Worldwide, Colombia.
Ariadna Tovar, Abogada Senior Women's Link Worldwide, Colombia.
Santiago Pardo, Abogado Women's Link Worldwide, Colombia.
Sarah Houlihan, Abogada Women's Link Worldwide, Colombia.
Paloma Soria Montañez, Abogada Senior Women's Link Worldwide. Colombia.
Rodolfo Arango, Profesor Titular de Filosofía Universidad de los Andes, Colombia.
Natalia Ángel, Profesora de Derecho Constitucional Universidad de Los Andes, Colombia.
Mauricio Albarracín, Profesor de Derecho y Diversidad Sexual Universidad de Los Andes, Colombia.
César Osorio, Profesor Investigador Sociología del Derecho Universidad Pedagógica Nacional, Colombia.
Natalia Guzmán, Asesora Jurídica Secretaría General Universidad Nacional de Colombia, Colombia.
Viviana Bohórquez, Investigadora Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, Colombia.
Camilo Bernal, Investigador Corporación Punto de Vista, Colombia.
Horacio Sivori, Investigador post-doctoral Centro Latinoamericano Sexualidad y Derechos/Instituto de Medicina Social Universidade do Estado do Rio de Janeiro, Brasil.
Beatriz Galli, Relatora del Derecho a la Salud Sexual y Reproductiva de la Plataforma Brasileña Dhesca/Ipas-Brasil.
Laiany Rose Souza Santos, Movimento de Mulheres Camponesas-MMC. Pesquisadora em Laboratório de Estudos Rurais e Urbanos-Laberur, Brasil.
Ximena Casas, LLM. International Law and Human Rights Columbia University/ Planned Parenthood Federation of America.
Susana Chávez, Consorcio Latinoamericano Contra el Aborto Inseguro/Directora Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos, Perú.
Mónica Arango, Abogada, LLM. Harvard University School of Law, EE.UU.
Lucas Mac-Clure, LLM. Juridical Science Doctor Candidate Yale University Law School, EE.UU.
Ariel Dulitzky, Clinical Professor of Law and Director of the Human Rights Clinic University of Texas, EE.UU.
Caroline Bettinger-López, Associate Professor of Clinical Legal Education University of Miami School of Law, EE.UU.
Rachel Alfonso Olivera, Académica Universidad de la Habana, Cuba.
Patricia Otón Olivieri, Presidenta Asociación Puertorriqueña Pro Bienestar de la Familia, Puerto Rico.
Chloé Georas, Profesora Escuela de Derecho Universidad de Puerto Rico, Puerto Rico.
Érika Fontanez, Profesora Escuela de Derecho Universidad de Puerto Rico, Puerto Rico.
Ana Matanzo, Catedrática de Derecho Universidad de Puerto Rico, Puerto Rico.
María Jiménez, Directora Clínica Asistencia Legal Escuela de Derecho Universidad de Puerto Rico, Puerto Rico.
Beatriz Llenín-Figueroa, Profesora Departamento de Humanidades Universidad de Puerto Rico, Puerto Rico.
Lissette Rolón, Profesora Departamento de Humanidades Universidad de Puerto Rico, Puerto Rico.
Esther Vicente, Catedrática de Derecho Universidad Interamericana de Puerto Rico, Puerto Rico.
13.6.13
Juan Pablo Mañalich: “El temor a la AC es la patología de la historia política de Chile” | El Dínamo
Entrevista a nuestro querido amigo y colega Juan Pablo Mañalich: “el temor a la Asamblea Constituyente es la patología de la historia política de Chile”.
Juan Pablo Mañalich: “El temor a la AC es la patología de la historia política de Chile” | El Dínamo: " “el temor a la Asamblea Constituyente es la patología de la historia política de Chile”"
El hijo PS del ministro de Salud, Jaime Mañalich, firmó junto a otros 120 profesores de Derecho una inserción llamando a “marcar tu voto por una Asamblea Constituyente”. En esta entrevista dice que hay temores infundados a esta vía y explica porqué está por la candidatura de Bachelet.
Este domingo, Juan Pablo Mañalich, profesor del Departamento de Ciencias Penales de la Universidad de Chile e hijo mayor del ministro de Salud, Jaime Mañalich, nuevamente apareció firmando un texto público.
Esta vez no fue una carta al director apoyando el matrimonio homosexual. El abogado que se inscribió en el Partido Socialista el 12 de marzo del 2010 -pocas horas después de que Sebastián Piñera asumiera como Presidente de Chile- firmó, junto a más de 120 profesores de Derecho de varias universidades, una inserción llamando a “marcar tu voto por una Asamblea Constituyente”.
Mañalich ganó notoriedad en medio de las movilizaciones estudiantiles cuando criticó la llamada Ley Hinzpeter al ser invitado como penalista a la Cámara de Diputados, y señaló luego que ese proyecto“pretende criminalizar la participación en marchas”. Pese a haber estado 14 meses en Alemania haciendo una residencia post doctoral, dice que siente “gran expectación por cómo se viene el año en lo político”.
A pocos pasos de la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile, y con un café en una mano y un libro en la otra, el jurista accedió a conversar con El Dínamo para defender la vía de una Asamblea Constituyente. Dice que es un mecanismo “especialmente idóneo para dar lugar a un proceso constituyente” y acusa de “falta de honestidad intelectual” a quienes advierten que la medida va por fuera de la institucionalidad.
Además señala que “el temor a la Asamblea Constituyente es la patología de la historia política de Chile”y que en nuestra sociedad “hay un sector de la derecha chilena a la cual el pueblo de Chile debería tenerle justificado temor”.
Asimismo, señala que sin un candidato que haya votado por el No en el Plebiscito de 1988, “la derecha jamás hubiese llegado al poder”. Un tema vetado, sin embargo, es la gestión de su padre en la cartera de Salud. Dice que prefiere “pasar”, porque afirma no le gusta “introducir la variable ‘familiar’”.
- Fuiste uno de los 112 profesores de derecho que llamaron este domingo a marcar el voto en las próximas elecciones presidenciales por una Asamblea Constituyente. ¿Por qué surge esta iniciativa?
-La iniciativa específica de publicar ese extracto en ese medio de prensa ese día, surge a consecuencia de un esfuerzo de parte de un grupo de académicos que quizá tiene en común pertenecer a un determinado eslabón generacional, con matices, por apoyar esta convocatoria que ya se encuentra institucionalizada a través de esta campaña Marca tu voto, y que promueve la táctica de que en la elección de noviembre de este año, quienes sufraguen dejen un registro escrito en el voto de la demanda de un proceso constituyente en Chile.
-La iniciativa específica de publicar ese extracto en ese medio de prensa ese día, surge a consecuencia de un esfuerzo de parte de un grupo de académicos que quizá tiene en común pertenecer a un determinado eslabón generacional, con matices, por apoyar esta convocatoria que ya se encuentra institucionalizada a través de esta campaña Marca tu voto, y que promueve la táctica de que en la elección de noviembre de este año, quienes sufraguen dejen un registro escrito en el voto de la demanda de un proceso constituyente en Chile.
Lo crucial de parte de los profesores que suscribimos esa declaración es dar cuenta de la razonabilidad y la urgencia de hacer oídos a esa demanda por un proceso que culmine con una constitución democráticamente legítima para Chile. El punto consiste en que sean profesores de derecho quienes suscriben esa declaración, precisamente para salir al frente de quienes sugieren o afirman que la propuesta de favorecer un proceso constituyente – o quizá cabría decir reconstituyente- en Chile, responda a pulsiones y oleajes provenientes de países vecinos, hermanos a lo nuestros, que en modo alguno necesitan corresponderse con la situación que vive en Chile.
-Si el Servel anunció que no contabilizará los AC en los votos y hay una cuarta urna, sirve seguir llamando a marcar el voto?
-No me sorprende, pero eso no obsta que puede tener sentido marcar el voto, porque el cómputo del Servel es el que tiene relevancia para determinar el resultado del proceso electoral en su conjunto, pero eso no quiere decir que informalmente pueda hacerse un cómputo políticamente relevante de los votos marcados de esa manera. Nadie está esperando que el Servel explícitamente oficialice cuál sea la prevalencia de esa eventual marca del voto. Lo que importa es que eventualmente pueda constatarse por parte del pueblo de Chile que hay una voluntad abrumadoramente mayoritaria favorable a una redefinición constitucional de la forma política de Chile, esa es la apuesta.
-No me sorprende, pero eso no obsta que puede tener sentido marcar el voto, porque el cómputo del Servel es el que tiene relevancia para determinar el resultado del proceso electoral en su conjunto, pero eso no quiere decir que informalmente pueda hacerse un cómputo políticamente relevante de los votos marcados de esa manera. Nadie está esperando que el Servel explícitamente oficialice cuál sea la prevalencia de esa eventual marca del voto. Lo que importa es que eventualmente pueda constatarse por parte del pueblo de Chile que hay una voluntad abrumadoramente mayoritaria favorable a una redefinición constitucional de la forma política de Chile, esa es la apuesta.
-¿Qué contexto político social facilita la aplicación de una Asamblea Constituyente? Existen esas características hoy en Chile?
-Tengo cierto recelo frente al intento de justificar, o a rechazar, una iniciativa como esta por referencia de lo que ha sido el caso en países vecinos de Chile y también por referencia de países que no son vecinos pero que en nuestra tradición cultural y política tienen importancia inequívoca, como el caso de España y el proceso de Génesis de la Constitución post-franquista. Y no porque yo creo que uno no pueda aprender de esos procesos, todo lo contrario. Sino que porque yo pienso que la cuestión relevante hoy día en Chile es en qué situación se encuentra el país y en qué medida un proceso de redefinición constituyente, más que entroncar con procesos similares o disimiles desarrollados en otros lugares, se hace cargo de un proceso histórico truncado en Chile.
Creo que la pregunta por la legitimidad de un proceso constituyente en Chile tiene que estar más bien referida a la situación que vive Chile transcurrido más de 20 años de gobierno post dictactorial y transcurrido, desde su aprobación en un plebiscito dudoso, 30 años de primero progresiva y después definitiva, vigencia de la constitución de Pinochet.
-Tengo cierto recelo frente al intento de justificar, o a rechazar, una iniciativa como esta por referencia de lo que ha sido el caso en países vecinos de Chile y también por referencia de países que no son vecinos pero que en nuestra tradición cultural y política tienen importancia inequívoca, como el caso de España y el proceso de Génesis de la Constitución post-franquista. Y no porque yo creo que uno no pueda aprender de esos procesos, todo lo contrario. Sino que porque yo pienso que la cuestión relevante hoy día en Chile es en qué situación se encuentra el país y en qué medida un proceso de redefinición constituyente, más que entroncar con procesos similares o disimiles desarrollados en otros lugares, se hace cargo de un proceso histórico truncado en Chile.
Creo que la pregunta por la legitimidad de un proceso constituyente en Chile tiene que estar más bien referida a la situación que vive Chile transcurrido más de 20 años de gobierno post dictactorial y transcurrido, desde su aprobación en un plebiscito dudoso, 30 años de primero progresiva y después definitiva, vigencia de la constitución de Pinochet.
Entonces, ¿que la Constitución se impuso de manera ilegítima podría ser uno de los principales fundamentos a favor de la AC?
-Ese diagnóstico se queda corto, porque el problema no es la sola falta de legitimidad de origen, sino que hay una conexión interna entre esa falta de legitimidad de origen, -y no cualquier falta de legitimidad de origen, sino que esa Constitución que llegó a imponerse bajo las circunstancias que vivía Chile en 1980- y la imposibilidad de revertir esa ilegitimidad de origen (…) ¿Es casualidad que esa Constitución haya sido impuesta de ese modo? No es casualidad alguna y por eso que la vida política de los chilenos y chilenas bajo esa Constitución está llegando a un punto ciego porque la práctica política ha demostrado al cabo de estos veintitantos años que es imposible que el pueblo de Chile se apropie de esa Constitución como propia.
-Ese diagnóstico se queda corto, porque el problema no es la sola falta de legitimidad de origen, sino que hay una conexión interna entre esa falta de legitimidad de origen, -y no cualquier falta de legitimidad de origen, sino que esa Constitución que llegó a imponerse bajo las circunstancias que vivía Chile en 1980- y la imposibilidad de revertir esa ilegitimidad de origen (…) ¿Es casualidad que esa Constitución haya sido impuesta de ese modo? No es casualidad alguna y por eso que la vida política de los chilenos y chilenas bajo esa Constitución está llegando a un punto ciego porque la práctica política ha demostrado al cabo de estos veintitantos años que es imposible que el pueblo de Chile se apropie de esa Constitución como propia.
Esto queda demostrado con los muchos intentos de reforma a la Constitución…
-Justamente a propósito de eso, me llaman mucho la atención argumentos del tipo, ‘ojo, que esta Constitución ha sido modificada en un sinnúmero de ocasiones’, lo cual demuestra la posibilidad del proceso político posterior de redefinir sus términos. Pero esto no es una consideración puramente cuantitativa en el sentido de que nos detengamos a contar cuántas modificaciones ha sufrido esta Constitución. La pregunta es si esas modificaciones han podido tener impacto en la forma en que la práctica política se desenvuelve, y la respuesta a esa pregunta es evidente: no, no ha podido. Pero el punto es que no ha podido porque no puede.
-Justamente a propósito de eso, me llaman mucho la atención argumentos del tipo, ‘ojo, que esta Constitución ha sido modificada en un sinnúmero de ocasiones’, lo cual demuestra la posibilidad del proceso político posterior de redefinir sus términos. Pero esto no es una consideración puramente cuantitativa en el sentido de que nos detengamos a contar cuántas modificaciones ha sufrido esta Constitución. La pregunta es si esas modificaciones han podido tener impacto en la forma en que la práctica política se desenvuelve, y la respuesta a esa pregunta es evidente: no, no ha podido. Pero el punto es que no ha podido porque no puede.
“El mito del orden Portaliano”
¿En este momento es el único camino la Asamblea Constituyente? ¿De qué otra forma podría llegar a establecerse una nueva Constitución en Chile?
-Tengo la impresión de que uno se ha encontrado en esta discusión con el siguiente problema: ¿es la asamblea constituyente un simple medio para alcanzar un fin? Cuando discutimos sobre Asamblea Constituyente estamos discutiendo sobre un mecanismo para impulsar un proceso que tendría que culminar en la adopción por parte del pueblo de Chile de una Constitución que el pueblo de Chile reconozca como propia. Hay algo infundado en la idea de que en razón de lo anterior, una Asamblea Constituyente es un simple medio entre otros. Digo eso porque yo pienso que uno llega a la demanda por una Asamblea Constituyente como el mecanismo a privilegiar por decirlo así, porque uno llega por defecto. Si uno se imagina otras posibilidades , esas otras posibilidades no resultan igualmente atractivas desde el punto de vista de la fuerza legitimante del mecanismo, o bien no resultan viables de facto.
-Tengo la impresión de que uno se ha encontrado en esta discusión con el siguiente problema: ¿es la asamblea constituyente un simple medio para alcanzar un fin? Cuando discutimos sobre Asamblea Constituyente estamos discutiendo sobre un mecanismo para impulsar un proceso que tendría que culminar en la adopción por parte del pueblo de Chile de una Constitución que el pueblo de Chile reconozca como propia. Hay algo infundado en la idea de que en razón de lo anterior, una Asamblea Constituyente es un simple medio entre otros. Digo eso porque yo pienso que uno llega a la demanda por una Asamblea Constituyente como el mecanismo a privilegiar por decirlo así, porque uno llega por defecto. Si uno se imagina otras posibilidades , esas otras posibilidades no resultan igualmente atractivas desde el punto de vista de la fuerza legitimante del mecanismo, o bien no resultan viables de facto.
¿Pero cuáles son esas posibilidades?
-Es que la Constitución de 1980 no va a ser objeto de una transformación vía práctica política que se someta ingenuamente a los términos de esa Constitución. Ese es el resultado irrefutable que arroja los 20 años de gobierno de la Concertación. Mantenerse ingenuamente dentro de los términos de la Constitución de 1980 no va a llevar a un proceso de redefinición que logre abrir espacio para un proceso político diferente. No significa que la única posibilidad sea recurrir al mecanismo de Asamblea Constituyente, pero yo pienso que la que uno tiene que ver es que una Asamblea Constituyente es un mecanismo especialmente idóneo para dar lugar a un proceso constituyente. El concepto de Asamblea Constituyente es un concepto que no tiene una sustancia intrínseca. No tiene una sustancia propia. Asamblea constituyente es asamblea con capacidad de dar lugar a un proceso constituyente, por lo tanto, cuál sea la forma de ese proceso no es algo que esté prejuzgado por el concepto de Asamblea Constituyente. Y no hay nada en la experiencia histórica inmediata de los países vecinos, de lo no tan vecinos, o de los intentos fallidos que arroja la propia historia política de Chile, que nos fuerce a vernos encasillados dentro de posibilidades prefiguradas. La radical fuerza política de un proceso constituyente está dada por la circunstancia de que no hay términos anteriores a ese proceso constituyente que puedan determinar cuál será su resultado. Creo que eso en parte explica por qué hay tanto temor asociado al uso de esa etiqueta, pero ese es un temor que es la patología de la historia política de Chile. O sea, lo que algunos historiadores y constitucionalistas llaman el mito del ‘orden Portaliano’. La república de Chile jamás ha estado preparada para hacerse la pregunta en primera persona plural de cómo vamos a definir los términos de nuestra propia vida política.
-Es que la Constitución de 1980 no va a ser objeto de una transformación vía práctica política que se someta ingenuamente a los términos de esa Constitución. Ese es el resultado irrefutable que arroja los 20 años de gobierno de la Concertación. Mantenerse ingenuamente dentro de los términos de la Constitución de 1980 no va a llevar a un proceso de redefinición que logre abrir espacio para un proceso político diferente. No significa que la única posibilidad sea recurrir al mecanismo de Asamblea Constituyente, pero yo pienso que la que uno tiene que ver es que una Asamblea Constituyente es un mecanismo especialmente idóneo para dar lugar a un proceso constituyente. El concepto de Asamblea Constituyente es un concepto que no tiene una sustancia intrínseca. No tiene una sustancia propia. Asamblea constituyente es asamblea con capacidad de dar lugar a un proceso constituyente, por lo tanto, cuál sea la forma de ese proceso no es algo que esté prejuzgado por el concepto de Asamblea Constituyente. Y no hay nada en la experiencia histórica inmediata de los países vecinos, de lo no tan vecinos, o de los intentos fallidos que arroja la propia historia política de Chile, que nos fuerce a vernos encasillados dentro de posibilidades prefiguradas. La radical fuerza política de un proceso constituyente está dada por la circunstancia de que no hay términos anteriores a ese proceso constituyente que puedan determinar cuál será su resultado. Creo que eso en parte explica por qué hay tanto temor asociado al uso de esa etiqueta, pero ese es un temor que es la patología de la historia política de Chile. O sea, lo que algunos historiadores y constitucionalistas llaman el mito del ‘orden Portaliano’. La república de Chile jamás ha estado preparada para hacerse la pregunta en primera persona plural de cómo vamos a definir los términos de nuestra propia vida política.
Crees que “si se votara en el Congreso Nacional y se formara la Asamblea Constituyente, la derecha sería ampliamente más representada en dicha instancia que las fuerzas que hoy la propugnan o solicitan”, como dijo Escalona?-A lo que creo que esa observación apunta es a que hay un sector de la derecha chilena respecto de la cual el pueblo de Chile debería experimentar justificado temor y eso es algo que uno no puede soslayar y el punto creo que ha tratado de desatacar Camilo Escalona varias veces va por ahí. Ahora, es difícil establecer un punto de vista neutral a la hora de juzgar si eso es sabiduría históricamente obtenida por parte de personas que perteneces a la generación de Escalona que fueron protagonistas y testigos del terror que en Chile miles de personas sufrieron como expresión de esa disposición política de la derecha chilena. Por eso marcaba que era importante al grupo generacional a la que pertenece el grupo de profesores que suscribimos esa declaración. Siendo del todo sensato el llamado a la prudencia, yo no creo que la situación política de Chile sea prudente apostar por el esfuerzo de dar lugar a una transformación de proceso político en términos internos a lo que hace posible a la constitución de 1980, no creo que eso sea prudente. Y creo que ese es el punto de la tan citada y mal entendida observación de mi colega Fernando Atria respecto a que la salida de la situación en que nos encontramos va a tener lugar por las buenas o las malas, en el sentido de que no es prudente esperar que ocurra por las malas. (…) No creo que sea prudente esperar a que podamos transitar un camino institucional ingenuamente desde adentro, porque ya sabemos que eso no va a ocurrir.
¿La idea de la AC surge por el gobierno de Piñera y los movimientos sociales que surgieron en él?
-Yo tengo la impresión de que con la llegada de la derecha a La Moneda, se cortó un hilo que era muy fino pero nada de débil y que consistía en una cierta solidaridad con el hecho de que al menos parcialmente quienes tenían el poder político bajo los términos de la Constitución de Pinochet no estaban del todo cómodos con el orden que les tocaba administrar. Ahora yo no creo que eso sea una señal de virtud moral de la Concertación, ni mucho menos. Michelle Bachelet personificaba la incomodidad con la administración de un orden, en cierta medida creo, ajeno. Al asumir el gobierno actual cualquier sensación de incomodidad pasó al olvido. Eso es algo que, en terminología economista, uno podría decir como una externalidad positiva del hecho de que el actual gobierno esté ejerciendo el poder. Esa solidaridad algo derrotista llegó a su fin inmediatamente. El punto es que creo que eso ya es irreversible.
-Yo tengo la impresión de que con la llegada de la derecha a La Moneda, se cortó un hilo que era muy fino pero nada de débil y que consistía en una cierta solidaridad con el hecho de que al menos parcialmente quienes tenían el poder político bajo los términos de la Constitución de Pinochet no estaban del todo cómodos con el orden que les tocaba administrar. Ahora yo no creo que eso sea una señal de virtud moral de la Concertación, ni mucho menos. Michelle Bachelet personificaba la incomodidad con la administración de un orden, en cierta medida creo, ajeno. Al asumir el gobierno actual cualquier sensación de incomodidad pasó al olvido. Eso es algo que, en terminología economista, uno podría decir como una externalidad positiva del hecho de que el actual gobierno esté ejerciendo el poder. Esa solidaridad algo derrotista llegó a su fin inmediatamente. El punto es que creo que eso ya es irreversible.
En esa línea, lo más probable es que no exista un segundo gobierno de Alianza entonces…
-Creo que sin un candidato que en su momento se hubiese declarado partidario de votar que No en el plebiscito de 1988, la derecha jamás hubiese llegado al poder. Entiendo que los candidatos que están ahora en posición no caben bajo esa descripción. Y creo que eso a la vez da cierta luz de por qué la Concertación se mantuvo en el poder durante esos 20 años, a pesar de la inequívoca decepción creciente por parte de su propio electorado. Creo que buena parte de las personas que votamos por Lagos o Bachelet lo hicimos para impedir que quienes validaron, apoyaron, aceptaron o no condenaron la desaparición de personas, el exterminio de adversarios, la tortura como método de gobierno, se hicieran de nuevo del poder formal.
-Creo que sin un candidato que en su momento se hubiese declarado partidario de votar que No en el plebiscito de 1988, la derecha jamás hubiese llegado al poder. Entiendo que los candidatos que están ahora en posición no caben bajo esa descripción. Y creo que eso a la vez da cierta luz de por qué la Concertación se mantuvo en el poder durante esos 20 años, a pesar de la inequívoca decepción creciente por parte de su propio electorado. Creo que buena parte de las personas que votamos por Lagos o Bachelet lo hicimos para impedir que quienes validaron, apoyaron, aceptaron o no condenaron la desaparición de personas, el exterminio de adversarios, la tortura como método de gobierno, se hicieran de nuevo del poder formal.
“Voy a votar por Michelle Bachelet”
Eres militante PS, ¿Michelle Bachelet es tu candidata o no lo tienes tan claro aún?
Sí, lo tengo claro. Voy a votar por Michelle Bachelet.
Sí, lo tengo claro. Voy a votar por Michelle Bachelet.
¿Y por qué votarás por ella?
-En las circunstancias actuales no se me ocurriría votar por un candidato distinto. Precisamente en el momento en que se ha abierto la posibilidad de la conformación de una fuerza mayoritaria que impugne y supere el orden impuesto a través de la Constitución de Pinochet. Es necesario colaborar en el esfuerzo de que esa posibilidad se materialice. La única candidatura que está algo más cerca de poder generar la plataforma política necesaria para ello es, actualmente, la candidatura de Michelle Bachelet. Por supuesto, estoy consciente de que esto puede sugerir alguna dosis de candor. Pero pienso que sin una cierta dosis de candor no es posible apostar por la transformación del status quo. El día en que todos seamos cínicos será el día en que ya no haya espacio para la política.
-En las circunstancias actuales no se me ocurriría votar por un candidato distinto. Precisamente en el momento en que se ha abierto la posibilidad de la conformación de una fuerza mayoritaria que impugne y supere el orden impuesto a través de la Constitución de Pinochet. Es necesario colaborar en el esfuerzo de que esa posibilidad se materialice. La única candidatura que está algo más cerca de poder generar la plataforma política necesaria para ello es, actualmente, la candidatura de Michelle Bachelet. Por supuesto, estoy consciente de que esto puede sugerir alguna dosis de candor. Pero pienso que sin una cierta dosis de candor no es posible apostar por la transformación del status quo. El día en que todos seamos cínicos será el día en que ya no haya espacio para la política.
En el debate ella dijo que la opción de la AC era una alternativa más y que solo podía llamarse dentro de un marco institucional. ¿Qué opinas de eso?
-Entiendo que esa es una definición que aún está pendiente al interior de su equipo. El favorecimiento de un proceso consituyente a través de la vía de una Asamblea Constituyente en los términos que ha sido presentado en la parrilla de posibilidades que se estarían barajando no va por fuera de la institucionalidad. Entiendo que la propuesta que se ha asociado a uno de los miembros de este comité asesor no es -a pesar de la caricatura- una propuesta que se sitúe por fuera de la institucionalidad. Ahí lo que se está constatando es la posibilidad de impugnar ante el Tribunal Constitucional una convocatoria a plebiscito por parte del Presidente o la Presidenta de la República depende de la concurrencia de la voluntad de los integrantes de una u otra cámara, a diferencia de lo que sucede para la impugnación ante el Tribunal Constitucional de la constitucionalidad de alguna ley, y en la medida en que esa posibilidad de impugnación no se active, entonces en términos de la constitución vigente no podría haber objeción a su validez. Y es muy interesante eso que para un jurista, abogado, debería ser más o menos evidente, sea objeto de tanto tremendismo en la discusión más especializada, me llama la atención la imagen del derecho que se muestra en algunos pronunciamientos que han sido especialmente ácidos de la vialidad jurídica de esa propuesta.
-Entiendo que esa es una definición que aún está pendiente al interior de su equipo. El favorecimiento de un proceso consituyente a través de la vía de una Asamblea Constituyente en los términos que ha sido presentado en la parrilla de posibilidades que se estarían barajando no va por fuera de la institucionalidad. Entiendo que la propuesta que se ha asociado a uno de los miembros de este comité asesor no es -a pesar de la caricatura- una propuesta que se sitúe por fuera de la institucionalidad. Ahí lo que se está constatando es la posibilidad de impugnar ante el Tribunal Constitucional una convocatoria a plebiscito por parte del Presidente o la Presidenta de la República depende de la concurrencia de la voluntad de los integrantes de una u otra cámara, a diferencia de lo que sucede para la impugnación ante el Tribunal Constitucional de la constitucionalidad de alguna ley, y en la medida en que esa posibilidad de impugnación no se active, entonces en términos de la constitución vigente no podría haber objeción a su validez. Y es muy interesante eso que para un jurista, abogado, debería ser más o menos evidente, sea objeto de tanto tremendismo en la discusión más especializada, me llama la atención la imagen del derecho que se muestra en algunos pronunciamientos que han sido especialmente ácidos de la vialidad jurídica de esa propuesta.
Y se ha satanizado ampliamente desde todos los sectores…
-O sea, eso se puede decir y habrá que ver quién tiene los mejores argumentos al final, pero descartarla como una vía que va por fuera de la institucionalidad, me parece especialmente ingenuo, porque no hay nada en esa propuesta que suponga contravenir esa institucionalidad. O sea se están interpretando determinadas disposiciones de la constitución vigente y se están sacando consecuencias desde el punto de vista de lo que es posible hacer en atención a esas disposiciones según cómo se encuentran redactadas esas disposiciones. Y digamos, eso es algo que caracteriza a la profesión del abogado en su cotidianidad más obvia, solo veo falta de honestidad intelectual en esa objeción. No estoy diciendo que haya deshonestidad intelectual en la oposición per se a esa vía, sino que revestir con esa argumentación las posiciones sabidas no es intelectualmente honesto.
-O sea, eso se puede decir y habrá que ver quién tiene los mejores argumentos al final, pero descartarla como una vía que va por fuera de la institucionalidad, me parece especialmente ingenuo, porque no hay nada en esa propuesta que suponga contravenir esa institucionalidad. O sea se están interpretando determinadas disposiciones de la constitución vigente y se están sacando consecuencias desde el punto de vista de lo que es posible hacer en atención a esas disposiciones según cómo se encuentran redactadas esas disposiciones. Y digamos, eso es algo que caracteriza a la profesión del abogado en su cotidianidad más obvia, solo veo falta de honestidad intelectual en esa objeción. No estoy diciendo que haya deshonestidad intelectual en la oposición per se a esa vía, sino que revestir con esa argumentación las posiciones sabidas no es intelectualmente honesto.
Los estudiantes han sido muy críticos de la ambigüedad de la candidata de tu partido. ¿Crees que existen razones para encantarse con candidaturas alternativas como la de Marcel Claude?
-Hay muchas razones que explican por qué la candidatura de Marcel Claude puede estar resultando atractiva para personas que han hecho suyas demandas que están definiendo la agenda política actual y, por supuesto, que hay justificadísimo recelo y resquemor respecto de la viabilidad de que otras candidaturas puedan materializar el proceso político que lleve a la realización de esas demandas. Pero eso define cualquier escenario de campaña electoral y no veo ninguna razón para alarmarse por eso. Me parece del todo sensato y si algún candidato o candidata quiere disputar ese sector del electorado va a tener que dar muestras de su compromiso con el proceso conducente a la transformación del país en esa línea.
2.5.13
Convocatoria: "On Revolution, After 50 years" (U. Diego Portales, Chile)
CFP: Hannah Arendt’s “On Revolution” after 50 years
September 25–26, 2013
Keynote speakers:
Jean Cohen (Columbia University)
Robert Fine (University of Warwick)
In March 1963, The Viking Press published Hannah Arendt’s book “On Revolution”. Since then, the book has provoked a significant amount of controversy, yet at the same time it has been relatively neglected compared to Arendt’s other major works. On the occasion of the 50th anniversary of its publication, the present conference seeks to explore the legacy of “On Revolution”, assessing its relevance for contemporary social and political thought. We invite proposals for presentations that engage with the historical analyses, theoretical positions, and political conclusions of Arendt’s book.
Possible topics include, but are not limited to:
- Revolutionary experiences and traditions
- New beginning, foundation, event: Moments of extraordinary politics
- Relations and tensions between the political and the social
- Self-government, radical democracy, and the council system
- Sovereignty, law, and constituent power
We welcome submissions of both complete papers and extended abstracts of around 500 words. They may be in English or in Spanish and must be prepared for blind review. They should be sent to coloquio_onrevolution@mail.udp.cl. The deadline is June 28, 2013. Notices of acceptance will be sent by July 15, 2013.
The conference is hosted by the Instituto de Humanidades and the Facultad de Ciencias Sociales e Historia of the Universidad Diego Portales. For additional information, please contact the organizers, Rodrigo Cordero Vega and Wolfhart Totschnig, at the email address above.
1.12.11
Chile: geografía y poder (Ciudadlab Chile)
Tráiler - CIUDADLAB Chile: Geografía y poder from CIUDADLAB on Vimeo.
Viernes 9 de diciembre 2011.
Laboratori o de Artes Binarios 1206
Ave. Ponce de León: Segundo local a la izquierda después de pasar la Avenida Roberto H. Todd (Parada 18 - cerca del Museo de Arte Contemporá neo)
Luego de su regreso a la democracia en la última década del siglo pasado, Chile ha evidenciado un crecimiento en distintos quehaceres y la arquitectura ha sido parte de ello. Chile tuvo una intensa presencia en los medios en este pasado 2010 y ahora en el 2011, las inclemencias, negligencias y levantamientos le hicieron portada en el globo completo. Pero antes que eso Chile ha establecido un lugar firme en el tablero del panorama mundial, y la arquitectura y el proyecto de ciudad evidencian las preocupaciones, pero además los problemas, de un país que tiene una estrecha relación con su geografía física, pero a su vez política.
Para esta investigación sobre las ciudades de Santiago, San Pedro de Atacama y Valparaíso en Chile colaboraron con CIUDADLAB: Edgardo Cádiz Rivera, Athos Castro Falcón, Lorena Matos Cardona, Josean Merced Domenech, Demi Pennock Rodríguez y Mariana Dolores Rivera.www.ciudadlab.com
16.3.10
Chile, el terremoto y el mito (Juan Pablo Mañalich)
El queridísimo amigo y colega Juan Pablo Mañalich escribe aquí en el semanario Claridad, sobre el terremoto en Chile: Chile, el terremoto y el mito. Reproduzco abajo su ensayo.
Chile, el terremoto y el mito
He recibido una invitación de Claridad para contribuir con un artículo acerca del reciente terremoto y maremoto que azotó a Chile hace algo más de una semana. En la invitación se indicaba que el artículo podía ser testimonial o analítico. En mi caso, la alternativa es sólo aparente. Los habitantes de Santiago, la capital, en general estamos lejos de haber experimentado algo parecido a lo que vivieron, y siguen viviendo, los habitantes de la zona centro-sur del país. Pero esta precisión es, todavía, demasiado gruesa. Porque quizá lo más aterrador de este terremoto haya sido constatar, en los días inmediatamente siguientes, que en lo que se ha dado en llamar el “sector oriente” de Santiago –que agrupa las comunas en que viven los grupos de mayor poder adquisitivo –prácticamente no había huellas del sismo. “Es como vivir en otro mundo”, me dijo alguien que comentaba la abismante divergencia entre la propia situación inalterada y las incesantes imágenes de prensa que daban cuenta de la devastación padecida por los pobladores de Talca, Constitución, Concepción, y otros muchos asientos urbanos y rurales.
En esa oración, “es como vivir en otro mundo”, hay una sola palabra de más: la preposición “como”. Porque si Wittgenstein tenía razón, y “el mundo es la totalidad de los hechos, no de las cosas”, entonces es literalmente cierto que el mundo de muchos de los afectados por el terremoto es distinto del mundo en que se escriben estas letras.
En este abismo de lo inconmensurable, ha emergido, una vez más, un mito recalcitrante de la narrativa oficial cuando se trata de la reacción colectiva a algún “desastre natural” de proporciones: Chile es un país solidario. éste es un eslogan que se repite, una y otra vez, hasta quedar grabado por insistencia en el aparato psíquico de todo “buen chileno”, y ha vuelto a mostrar resultados. Tras una jornada televisada de 25 horas de transmisión ininterrumpida, la campaña “Chile ayuda a Chile” no sólo logró cumplir con la recaudación esperada, sino que la duplicó, alcanzándose una suma de más de 60 millones de dólares. Algo que no deja de ser una demostración de la baja carga tributaria que soportan las grandes empresas cuyos gerentes y ejecutivos pasaban por el escenario, uno tras otro, a anunciar su sustancial aporte.
Este mito del Chile intrínsecamente solidario se reactiva de un modo abiertamente funcional a la interpretación hegemónica de lo acontecido: lo que aquí ha ocurrido es una catástrofe natural. Por supuesto, esto es trivialmente correcto, siempre que las diferencias preexistentes en cuanto a infraestructura también sean perfectamente naturales. (No hay que olvidar que en Santiago el terremoto alcanzó los 8 grados en la escala de Richter.) Que ésa sea la interpretación hegemónica vuelve bastante comprensible la perplejidad que, al mismo tiempo, medios, analistas y autoridades han mostrado frente a lo que llegó a ser llamado “el terremoto social” desencadenado por la catástrofe sísmica. En los días inmediatamente posteriores, y particularmente en la ciudad de Concepción, se produjeron episodios de “saqueo” desenfrenado de muchos establecimientos comerciales, lo que en definitiva determinó que la Presidenta de la República se viera forzada a decretar un estado de excepción constitucional que todavía se mantiene en la zona, y que ha significado que, a muy pocos días de entregar el poder al entrante gobierno de derecha recientemente elegido, el último gobierno de la concertación tuviese que contemplar cómo los militares se hacen cargo de restablecer el orden público en medio de toques de queda – algo que en Chile no ocurriría desde la dictadura militar.
Lo más curioso a este respecto, sin embargo, es la facilidad con que, en eso que algunos llaman la “opinión pública”, se impuso, como algo esencialmente obvio, una tajante y categórica diferenciación de aquellos casos en que la sustracción recaía sobre “bienes de primera necesidad”, lo cual no sería justificable, pero sí comprensible, frente a aquellos otros casos, muy distintos, de “vandalismo” y “pillaje” protagonizados por inescrupulosos movidos por el lucro y el ánimo de aprovechamiento, frente a los cuales clamara un generalizado sentimiento de indignación, que llevó a muchos a declararse avergonzados de comprobar que “no éramos todo lo bueno que creíamos”. éstos son los mismos que ni siquiera llegan a advertir que el modo de comportamiento de semejantes “vándalos” y “pillos” es esencialmente fiel al modus vivendi que descansa en el modelo fanáticamente neo-liberal que constituye buena parte de eso que aquí se conoce como el “legado del gobierno militar”. Sí, ese mismo modelo que por dos décadas – tiempo necesario para generar la protección de la amnesia – fuera administrado, a veces de mala gana, pero en general con bastante disciplina y éxito, por la coalición de fuerzas democráticas que ahora se lo entrega de vuelta, bien conservado, a aquellos que, al amparo del régimen de Pinochet, lo diseñaron e implementaron. (Baste aquí apuntar que cuatro ministros integrantes del nuevo gabinete estudiaron economía, ni más ni menos, en la Universidad de Chicago.)
El Presidente electo recibe, este jueves 11 de marzo, un país que ahora más que nunca parece mostrarse dispuesto a aceptar su proyecto de “gobierno de unidad nacional”. La campaña televisiva del último fin de semana, que terminó con la Presidenta de la República y el Presidente electo arriba de un mismo escenario sosteniendo la bandera nacional, le ha servido de consagración plástica. Es una amarga ironía que el año 1978, durante el periodo de mayor brutalidad en la persecución y exterminio de los adversarios de la dictadura militar, fuese exactamente ese mismo formato el que lograra, así se nos dice, unir a una nación dividida. Tal es el rendimiento del mito de la solidaridad en Chile: produce la farsa de un vínculo histérico entre quienes quizá habiten un mismo territorio, pero no el mismo mundo.
El autor es profesor de Derecho en Santiago, Chile y recientemente estuvo como profesor visitante en la Universidad de Puerto Rico, Río Piedras.
28.11.09
homenaje a Victor Jara
El próximo jueves 3 de diciembre comienza una jornada de homenaje al gran Victor Jara, que incluirá un funeral-homenaje de su pueblo chileno a 36 años de su muerte.
El cantautor y director teatral chileno, compositor y cantor de 'El Cigarrito', 'Te Recuerdo Amanda', 'El Derecho de Vivir en Paz', y 'A Desalambrar' entre tantas otras hermosas todas alusivas a la justicia social y a las vidas de los más desprotegidos, fue tomado prisionero durante el golpe en la Universidad Técnica del Estado, donde trabajaba, y permaneció con 600 estudiantes y profesores para defender el gobierno de Allende. Los militares lo trasladaron al Estadio Chile (que hoy lleva el nombre de Víctor Jara), donde después de torturarlo lo acribillaron.
vayan honores para Victor Jara!.
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