14.2.15

Haydeé Colón: un ejemplo para poner el Derecho en contexto

Con mucho pesar recibimos hoy la noticia de que la líder comunitaria Haydeé Colón falleció anoche. Desde aquí celebramos su vida, su gesta y su voz. Haydee ha sido una de las voces más valiosas que sin ambages siempre denunció las injusticias ambientales, las fallas del derecho y de los procesos administrativos, la política en contra de la participación ciudadana, las componendas de los sectores poderosos en contra de comunidades y grupos más vulnerables y las desigualdades en el acceso de la ciudadanía para hacer valer sus derechos. 

Su acción ciudadana fue incansable, siempre dispuesta a representar a su comunidad y a la de otros y otras, dando apoyo, denunciando, exigiendo el mejor derecho y acceso a la educación -defendiendo las escuelas-, compareciendo a vistas públicas y siempre dispuesta a compartir sus experiencias para que otros y otras se activaran en la exigencia de una democracia participativa. Haydee fue una guerrera en defensa de la participación ciudadana amplia y a ella le debemos en el mundo del derecho buenos precedentes y excelentes huellas en el proceso de abrir puertas para la ciudadanía en los procesos de intervención a favor del interés público.

Tuve el privilegio de conocer a Haydee, de compartir con ella y de contar con su presencia en diversas actividades, su generosidad me permitió entrevistarla para dejar para la posteridad sus perspectivas sobre el derecho, sobre el sistema judicial y sobre el Derecho Administrativo. Su quehacer dejó jurisprudencia tanto en el Tribunal Supremo como en las salas de recursos extraordinarios y, sobre todo, abrió puertas en las agencias como el Departamento de Recursos Naturales y la Junta de Planificación. Su día a día de activismo nos permitía acercarnos a lo que yo llamo el Derecho en Contexto, así que fue un gran ejemplo visible para aquellos y aquellas que buscamos que el derecho sirva de instrumento para lograr mayores instancias de justicia. 

Haydee nunca dijo que no a una invitación a la Universidad de Puerto Rico para compartir con los y las estudiantes y con la comunidad universitaria lo que es poner el Derecho en contexto y pudimos visitarla varias veces a Caimito y a otros escenarios para conocer de primera mano cómo el sistema jurídico pone trabas a un desarrollo y una calidad de vida digna para su comunidad. 

Desde aquí le rindo homenaje a esta mujer tan valiosa para el país, a esa voz que no solo nos deja su gesta y su ímpetu, sino también el convencimiento de que la justicia hay que buscarla y crearla día a día y con tesón. Ella fue ejemplo. Sigamos en su nombre.

Comparto varios fragmentos de entrevistas y conversaciones que tuve con Haydee en diferentes momentos y sobre procesos administrativos en los que participó en defensa del medioambiente. Haydee, firme como siempre, decía lo que tenía que decir. 

Incluyo un fragmento de un artículo publicado en la Revista Jurídica en el 2006 en el que expongo parte de una entrevista que le hicimos a Haydee, entre otros líderes comunitarios, para que nos narraran sus perspectivas sobre el derecho, lo jurídico, los procesos administrativos y judiciales y los jueces y juezas; y otro en que la entrevista giró en torno al tema de la participación ciudadana y que se publicó en la Revista del Colegio de Abogados y Abogadas. También comparto un fragmento de Ambigüedad y Derecho, que recoge la lucha de Haydee Colón y la Comisión de Ciudadanos al Rescate de Caimito para salvaguardar la Quebrada Chiclana. Por ambas entrevistas le estaré siempre agradecida, por todo lo que aprendí de ella. 
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En Primera Jornada Ambiental 2006: Una experiencia Académica y de Acceso a la Justicia, 75 Rev. Jur. UPR 465 (2006). 

"Sobre el sistema legal, la líder comunitaria Haydeé Colón no dejó dudas de que percibe una carencia absoluta de legitimidad que inclina la balanza a favor de ciertos sectores. Ésta se refirió a dos sistemas constitucionales “paralelos”: una "constitución paralela", exclusiva para los “poderosos y los adinerados”, titulada "Sálvese quien pueda". 

Señaló: "Es como si de momento alguien dijera, quítale la alfombra a esa comunidad porque quiero las tierras donde están. El marco legal te protege contra eso, pero esa otra constitución no". Haydée Colón mencionó que es muy difícil para las agencias gubernamentales como el Departamento de la Familia, Educación y el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, encargadas del desarrollo social del país, enfrentarse a otras agencias a las cuales llamó “pulpos” , tales como la Junta de Planificación y la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE). Según dijo “en una comunidad valoran las cuerdas, no la gente. Si se valorara la gente, se les otorgaba salud, educación, servicios a la comunidad”. 

En cuanto al mismo tema abordado por Haydée Colón, sobre la legitimidad de las agencias de gobierno y la rama judicial, el ingeniero Figueroa coincidió con ella y señaló como ejemplo que “desarrolladores poderosos” tienen acceso fácil al poder gubernamental y son donantes políticos: 

Ahora mismo hay desarrolladores en la comisión que evalúa el desempeño de los jueces. Los jueces los nombran y los confirman políticos cuyas campañas son pagadas por los desarrolladores, porque la única industria local que hay es la de la construcción- destrucción, y ésa le paga a los políticos. Por lo tanto, tú no puedes desconectar el sistema judicial de los políticos porque nacen de ahí."

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En El derecho a participar: normas, estudios de caso y notas para una concreción, 68 Rev. Col. Abog. 631-680 (Número 4) :

"La Comisión presentó nuevos argumentos ante el Oficial Examinador para que se descartaran las guías debido a que éstas permitían entubar la quebrada. En cuanto al remedio técnico más apropiado, como veremos, el sistema, no empece los principios que garantizan la participación ciudadana, descansa en la figura mítica del experto. Vale reproducir una cita de Haydeé Colón en las vistas públicas en la que explica las razones que la llevan a participar aún cuando no tiene acceso a “los técnicos”: 

Y a cuenta de qué los ciudadanos, posiblemente no tenemos acceso a los foros y a los técnicos que ellos [tienen], pero tenemos acceso a la lógica y tenemos acceso a ver el comportamiento de las aguas y de la naturaleza. Por eso entendemos que estas guías no cumplen con los deberes ministeriales que le corresponde dirigir al Departamento de Recursos Naturales. 

Finalmente, el 10 de julio de 2002, el Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una sentencia en la que ordenaron al DRNA un asunto fundamental: darle audiencia pública a la Comisión para evaluar las Guías y presentar sus defensas contra cualquier irregularidad en el proceso. El Tribunal expidió el mandamus para que el DRNA resolviera de “manera final el asunto de la quebrada” y advirtió que el DRNA debía “darle la oportunidad a la Comisión de Ciudadanos a evaluar las Guías y presentar sus comentarios” y que “cualquier procedimiento que se realice sin la participación de la Comisión de Ciudadanos no prevalecerá” (énfasis suplido). La vista se celebró el 31 de octubre de 2002. Comparecieron a la vista la Comisión, AH, el abogado representante del interés público y dos interventores adicionales (aquí identificados como HA y CP) y varios peritos ingenieros y geólogos. Sobre el proceso de las vistas Haydeé Colón nos señaló: 

Hay momentos en el país donde el representante político tiene poder. Ya no. Ya no. Ya estos intereses se han insertado en las agencias de tal manera que, que neutralizan toda la participación de la ciudadanía. ...Yo me acuerdo siempre una vez que yo llegué al Departamento de Recursos Naturales, saliendo de una vista. Éramos como diez o doce, eh, este nos avisan que tenemos esa vista y vamos para allá y cuando llegamos allá, estaba el Departamento de Recursos Naturales como con tres o cuatro abogados y estaba AH Development con los abogados de Fiddler[2] y ellos eran como, entre todos eran como diez. Y nosotros éramos más, pero entonces me dijeron que yo podía entrar y ellos se tenían que quedar afuera. 

… 

Indagamos en los fundamentos que le dieron para excluirlos del proceso y se nos contestó que los abogados de la otra parte habían expresado que a ellos no se les podía dar participación porque “están emocionales”. Sobre las vistas públicas, Haydeé Colón también señala: 

Entonces empezaron las vistas públicas. En las vistas públicas, ya la licenciada Jéssica Rodríguez, habíamos quedado en que nosotros íbamos a participar como ciudadanos porque también el proceso nos ayudaba a crecer. Este no es el caso donde tú se lo dejas al abogado y que el abogado se encargue y no me digas nada y tráeme la solución. No, no, no, no, no. Este es el caso donde, abogado tu escenario es el, el Tribunal Supremo, nosotros nos dedicamos a la opinión pública. Y pues, tuvimos esa oportunidad de participar en lo de la opinión pública. Cada vez que íbamos a las vistas, ese proceso de participación ciudadano, ciudadana, era una burla. 

Le preguntamos sobre el proceso de vistas públicas previo a la construcción de la urbanización Montehiedra, sobre lo que Haydeé detalla: 

Se las ingeniaron para hacer unas vistas públicas donde, cuando uno las lee se da cuenta de cuán falta fue la participación de la ciudadanía. Ahí ellos están hablando de los impactos. Y el oficial examinador lo que le dice al, a esas personas es que dejen las manos del desarrollador resolver las inquietudes que trajeron. Cuando en la posición de la Junta debió haber sido, si hay participación ciudadana es, cómo usted responde, y esos impactos que ellos están diciendo, ustedes se tienen que asegurar de que no, no estén. "

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En Ambigüedad y Derecho: Ensayos de Crítica Jurídica (2014); sobre la Comisión de Ciudadanos al Rescate de Caimito y el proceso de la restauración de la quebrada Chiclana:

"Como parte del proceso de expansión urbana en Puerto Rico, en la década del 70, se inició un rápido proceso de construcción de complejos de vivienda, urbanizaciones y edificios de apartamentos en el área rural de Caimito, un barrio al Sur de San Juan, capital del país. Uno de los procesos más notables en el Barrio Caimito durante la década del 90, fue la construcción de un proyecto de vivienda de alto costo llamado Montehiedra. El proyecto conocido como “Comunidad Montehiedra” incluyó unidades de vivienda de alto costo (aproximadamente $300,000 en adelante), un centro comercial de carácter regional, oficinas, entre otras construcciones. Montehiedra fue desarrollada por la compañía AH Development Inc. (en adelante, AH o AH Development). Este nuevo desarrollo creó un espacio ocupado por personas de altos ingresos económicos con realidades económicas, sociales y culturales distintas a las de los residentes del Barrio Caimito, en San Juan. El proceso de urbanización fue adentrándose más a los espacios de los ya residentes de Caimito, lo que provocó que éstos se sintieran excluidos de su barrio, particularmente debido a que, dado el costo de las nuevas viviendas, éstos no contarían con la oportunidad de continuar viviendo allí.[1] Los vecinos veían cómo iban desapareciendo los bosques, ríos, montes y quebradas del área rural de Caimito y cada vez se acercaban más los efectos de este desarrollo sobre sus residencias.[2]

A raíz de los eventos urbanizadores, los residentes crearon la Comisión de Ciudadanos al Rescate de Caimito (CCRC). La CCRC surgió en respuesta a lo que ya para algunos residentes del barrio Caimito era evidente: el proceso de urbanización no planificada no los tomaba en cuenta, los excluía y tenía efectos detrimentales sobre su calidad de vida. Esto provocó que se organizaran con el objetivo de promover una mejor calidad de vida, evitar las decisiones unilaterales sobre su entorno y “rescatar” a Caimito del proceso que estaba ocurriendo. 

En el 2000, surgió un incidente que acaparó la atención de muchos de los residentes de Caimito. AH Development, en el proceso de construir una de las secciones de Montehiedra, había sepultado una quebrada con toneladas de terreno. Curiosamente, la quebrada no tenía nombre en los mapas topográficos pero los residentes de Caimito la habían nombrado hacía muchos años. Se trataba de la Quebrada Chiclana. La “desaparición”[3] de la quebrada causó consternación en el barrio, lo que llevó a la CCRC a organizarse en diferentes escenarios para denunciar lo ocurrido y conseguir su restauración. Fue la CCRC la que alertó a las agencias reguladoras sobre lo ocurrido. Producto de su denuncia se hizo una querella formal contra la compañía por el relleno ilegal de una quebrada y la remoción de material de la corteza terrestre sin los permisos de las agencias. 

El relleno de la quebrada por parte de AH, ocasionó la destrucción de su entorno y de los recursos naturales e inundaciones a residencias de algunos residentes, poniendo en riesgo sus vidas y propiedades.[4] Denunciaron el relleno como parte de un “desarrollo irresponsable en Caimito”.[5] La CCRC le requirió al gobierno y a la compañía, la restauración de la quebrada a su “estado natural” y exigieron participación en el proceso administrativo.

La controversia tuvo presencia en la esfera pública,[6] en la Legislatura, en las agencias administrativas del Ejecutivo y en los tribunales. Varios actores fueron protagonistas de los eventos alrededor de esta controversia: residentes, académicos, científicos, abogados y abogadas, ingenieros, políticos, proyectistas, periodistas, entre otros. El reclamo de la CCRC para participar del proceso y asegurarse que la quebrada fuera restaurada y AH multado, acaparó la atención pública, provocó la atención de los partidos políticos y tocó las puertas del sistema legal. En el transcurrir del proceso administrativo, a la CCRC se les excluyó de la toma de decisiones sobre la selección de un remedio para la restauración de la quebrada, bajo el fundamento de que se trataba de asuntos propios al peritaje de la agencia. La inacción de la agencia en determinar un remedio para la quebrada llevó el caso hasta el Tribunal Supremo de Puerto Rico en busca de un remedio. El Tribunal Supremo ordenó al Departamento de Recursos Naturales (DRNA) a llevar a cabo una vista para darle participación a la CCRC y el DRNA llevó a cabo la vista para cumplir con el requisito de participación.[7] Pero los abogados de la agencia, así como los ingenieros y los de la empresa respectivamente, llegaron a unos acuerdos para que sólo se restaurara la quebrada ‘parcialmente’. Se aprobaron unas guías para ese propósito, a lo que la CCRC se opuso, lo que dio lugar al caso administrativo y a lo que aquí se reseña. Años más tarde y a insistencia de la CCRC, finalmente se emitió una resolución que ordenó a AH restaurar la quebrada a su “estado natural”. La CCRC fue actora partícipe en los procesos de restauración." 


12.2.15

Conversatorio con Mireia Sallarés en Derecho UPR



LAS MUERTES CHIQUITAS es un documental y proyecto interdisciplinario, resultado de cuatro años de investigación, en el cual se entrevistan a más de treinta mujeres de México de diferentes edades, estratos sociales, profesiones y religiones.   Las mujeres entrevistadas hablan directamente sobre el orgasmo, el placer, el dolor, el poder y la violencia.  Sus historias de vida nos llevan a conocer sucesos relacionados con los feminicidios de Ciudad Juárez, las prostitutas de barrios marginados, profesoras de universidad, exiliadas de guerras europeas, cero positivas, homosexuales, transexuales, ex-guerrilleras de los años setenta, burguesas, indígenas, estudiantes, madres, abuelas, hijas... mujeres.  Estas historias de vida, reivindicadas como patrimonio de la humanidad, son el centro de sus investigaciones sobre las estructuras de los contextos sociales y culturales en las que estamos tod@s inmersos.  

CO-AUSPICIAN:

ESCUELA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO

BETAL-LOCAL

ESCUELA GRADUADA DE TRABAJO SOCIAL

ORGANIZACIÓN PRO DERECHOS DE LA MUJER DE LA ESCUELA DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO

Seminario: Contratos Gubernamentales: Legislación y Jurisprudencia

El viernes 20 de febrero, estaremos en el Programa de Educación Jurídica Continua de la Escuela de Derecho UPR, ofreciendo el seminario: Contratos Gubernamentales: Legislación y Jurisprudencia.

Puede acceder a información y hoja de registro aquí.


10.2.15

Segundo Ciclo de Grupos de Estudio: Teoría de la Pena

Este jueves, 12 de febrero, retomamos los Grupos de Estudio en la Escuela de Derecho de la UPREste ciclo tendrá como eje la Teoría de la Pena y sus sesiones serán dirigidas por el profesor Oscar Miranda-MillerEl trabajo a discutirse en cada sesión se describe a continuación y se acompaña su enlace en internet.

Primera Sesión: El retributivismo

Jueves 12 de febrero de 2015

Salón de la Facultad

12 pm – 1 pm

MICHAEL MOORE, Closet Retributivism, en PLACING BLAME: A GENERAL THEORY OF THE CRIMINAL LAW 83 (1997), disponible en https://www.scribd.com/doc/254569953/Moore

Retributivism as a theory of punishment has enjoyed some resurgence among the legal theorists of the past thirty years—in marked contrast to the theory’s earlier decline throughout most of this century, when it was often regarded as a remnant of our barbarous past. This chapter is designed to persuade those who have not worked through any theoretical arguments in favour of retributivism how they themselves might be retributivists—closet retributivists, perhaps, but retributivists nonetheless. By “retributivist” I refer to one who believes that the justification for punishing a criminal is simply that the criminal deserves to be punished. What I mean by “closet” retributivism is a retributive theory held by those who have not thought through a theory of punishment, but who show themselves to be retributivists in the judgements they make and the reasons for which they make them. By and large I do not in this chapter attempt to show that such persons should be retributivists; only to show that they are.

Segunda Sesión: Las sanciones alternativas

Jueves 3 de marzo de 2015

L-6

12 pm – 1 pm

Dan M. Kahan, What Do Alternative Sanctions Mean?, 63 U. CHI. L. REV. 591, 592 (1996), disponible en https://www.scribd.com/doc/254569819/Kahan

The singularity of American criminal punishments has been widely lamented. Imprisonment is harsh and degrading for offenders and extraordinarily expensive for society. Nor is there any evidence that imprisonment is more effective than its rivals in deterring various crimes. For these reasons, theorists of widely divergent orientations--from economics-minded conservatives to reform-minded civil libertarians--are united in their support for alternative sanctions.
The problem is that there is no political constituency for such reform. If anything, the public’s commitment to imprisonment has intensified in step with the theorists’ disaffection with it. In the last decade, prison sentences have been both dramatically lengthened for many offenses and extended to others that have traditionally been punished only with fines and probation.
. . . The political unacceptability of alternative sanctions, I will argue, reflects their inadequacy along the expressive dimension of punishment. The public rejects the alternatives not because they perceive that these punishments won’t work or aren’t severe enough, but because they fail to express condemnation as dramatically and unequivocally as imprisonment.


Tercera Sesión: El hacer justicia controlando el crimen

Jueves 9 de abril de 2015

Salón de la Facultad

12 pm – 1 pm

Paul H. Robinson, The Ongoing Revolution in Punishment Theory: Doing Justice as Controlling Crime, 42 ARIZ. ST. L. J., 1089 (2010-2011), disponible en https://www.scribd.com/doc/254568778/Robinson

You probably remember from your first-year criminal law class the age- old tension between the retributivists who want to punish offenders because they deserve it, they see deserved punishment as a value in itself, and the utilitarians (or instrumentalists), who believe that punishment must have some more practical justification, such as avoiding future crime, perhaps through deterrence, incapacitation of the dangerous, or rehabilitation. The dispute between these two groups is classically thought to be irresolvable. The two are simply using different currencies and think different things to be important.
One of the most exciting developments in current punishment theory suggests that these two positions may not be entirely irresolvable, at least in a sense. You all know the American Law Institute and the Model Penal Code that it promulgated in 1962. Almost three-quarters of the states have since codified their criminal law in ways modeled after that code. Last year, for the first time in forty-six years, the Model Penal Code was amended to change the section setting out the purposes of the code, its provisions, and how those provisions are to be interpreted. And much of what I will talk about today is the story, in intellectual terms, of how that change in perspective came about.

5.2.15

Acceso a los tribunales y justicia (sobre conferencia de la Jueza Fiol Matta)

En noviembre pasado la Jueza Presidenta del Tribunal Supremo de Puerto Rico, Liana Fiol Matta, visitó a la Universidad de Trinity para dictar una conferencia sobre los tribunales y el acceso a la Justicia. En esta la Jueza Fiol Matta alude a uno de los temas que más nos atañe respecto a la Rama Judicial: el estado de cosas respecto a cómo esta rama y en especial una institución como el Tribunal Supremo de Puerto Rico, están o no disponibles y accesibles para la ciudadanía cuándo esta busca precisamente hacer valer derechos y palear el resultado de las desigualdades en el proceso tradicionalmente visto como político. 

Sabemos que existe un problema inmenso respecto a ese acceso. No todos los ciudadanos y ciudadanas tienen igual acceso y así, se convierte esta Rama en una instancia más de desigualdad y de falta de oportunidades. ¿Qué debe hacer entonces esta rama de gobierno para atajar ese acceso desigual? Y ¿cómo la forma de decidir de los jueces y juezas y el cómo conciben su función, perpetúa este estado de cosas?

En su conferencia, la Jueza Fiol Matta alude a estas dos preguntas de manera directa y propone respuestas concretas. Comparto el video y un fragmento de la ponencia gracias a Microjuris.  En el blog de Microjuris se reseña y traduce la conferencia y aparecen ambas cosas. 
Foto: Mauricio Pascual, Colección El Mundo.
Desahucio Villa Sin Miedo.

Pienso que el mundo jurídico, pero también la ciudadanía en general, debe tomar estas preguntas en serio (y también las respuestas que la Jueza ofrece), mantener viva esta conversación y exigir -a tono con la importancia que tiene el tema para todos y todas- que no se den por sentado los entendidos que por años nos han arrastrado al estado de cosas en el que nos encontramos. 

Va un fragmento de la ponencia:

"There is another aspect of ―access to justice that questions what happens when people have been able to bring their cases before the courts despite all these problems: once they are there, do they really obtain a just outcome when the judge simply applies the formal norms and procedures of law, or is something else needed to satisfy their cry for justice? 

During all these years serving in the Supreme Court of Puerto Rico, and before that, as a judge in our appellate court, I´ve come to the conclusion that the answer to that question is, simply, no. Experience has taught me that the social and cultural relevance of a specific problem cannot be completely defined and understood when we leave the controversy exclusively in the hands of the law. The possibility that a poor family may have a right to possess a piece of land, even though it has no title; or the adoption of an employment law that guarantees a peaceful working environment by limiting the freedom of speech of its workers, require a broader analysis. Traditional legal reasoning works by applying two basic dichotomies, based on determining what is ―legal, as opposed to ―illegal, and on the idea of ―rights‖ , as opposed to ―duties. 

Legal discourse tries to solve problems of rights and remedies mostly by recurring to a logic based on these dichotomies. In this way the conflict is defined in safe,understandable terms and its limits are clearly described. Unfortunately, this type of reasoning is not enough to obtain just results. When we use it to limit our analysis of a difficult controversy, the social dimension of the problem is inevitably excluded. When we set limits we don´t just describe what is included; we also determine what should be excluded. As a result, the legal process excludes other knowledges, other approaches, other ways of dealing with a problem, and of producing a just or more reasonable outcome." 

2.2.15

Reinicia la campaña "Women of UPR Law"

La NATIONAL WOMEN LAW STUDENTS' ORGANIZATION, Capítulo de la Universidad de Puerto Rico, comenzó el semestre pasado una campaña para dar a conocer las experiencias de mujeres estudiantes de Derecho, sus intereses, perspectivas y preocupaciones. En su blog pueden ver algunas de las entradas de esta campaña del semestre pasado. 

Este semestre la NWLSO continuará la campaña, esta vez incluyendo a profesoras de Derecho. Felicitamos a la organización por esta y otras iniciativas en las que amplían las perspectivas y adelantan los temas de equidad y la importancia de las perspectivas de género en el mundo jurídico. Agradezco, además, la invitación que me extendieron para participar de la campaña y la oportunidad de abordar el tema de la libertad.

¡Visiten su blog!

1.2.15

Urbanizaciones de lujo cerradas: el derecho (de acuerdo con la capacidad adquisitiva) a salirse del régimen jurídico

A propósito del fenómeno de las llamadas "gated communities" o urbanizaciones de lujo cerradas comparto este artículo del periódico El País (gracias Luis José Torres Ascencio) que describe muy bien algunos de los retos de esta modalidad, que es no meramente urbana sino también jurídico-política. Para el caso de Puerto Rico, véase la reciente opinión del Tribunal Supremo de Puerto Rico sobre éstas, Watchtower Bible and Tract Society v. Municipio de Dorado, 2014 TSPR 138 (2014). 

Se trata, como hemos dicho en otros momentos, de una forma particular de excepción al Estado, una forma de escapar a las responsabilidades con el resto de la sociedad, a la reciprocidad y al régimen jurídico-político que en tantas otras circunstancias les sirve a un grupo social para proteger su patrimonio, el mismo que le permite la autoexclusión del cumplimiento con el estado de derecho. 

Como dijera la académica Robin West respecto a las formas en que equivocadamente está asumiéndose el derecho constitucional, los derechos de la comunidad política se desvirtúan para obtener un exclusivo y privilegiado derecho a salir de ésta. En otras palabras, mediante una lectura hiperindividualista y sesgada a favor del liberalismo económico, se permite una especie de compra de acuerdo con el poder adquisitivo, del derecho a salir (a right to exit), es decir, se mantienen formas de aprovecharse de la comunidad política pero se justifica el evadir pertenecer a ella a través del derecho privado y de esta forma se justifica autoexcluirse de las responsabilidades hacia la polis. 

Esta cita del artículo en El País lo explica muy bien:

'La gated community es la negación de la ciudad, pero se convierte, junto a las favelas y los barrios pobres que inevitablemente las acompañan, en representación espacial de las características de la nueva sociedad y de su política de distinción o, en otros términos, de inclusión/exclusión. Pero la gated community, como de forma más discreta el círculo, el club o los impenetrables beau quartiers y de manera más ambigua y adornada los numerosos eco-barrios europeos, es algo más: es un estado de suspensión del orden jurídico-institucional del Estado al que pertenece; es lugar de nuevas y específicas formas de gobernanza construida ad hoc y aceptada en un pacto de mutuo acuerdo por sus habitantes; es Estado dentro del Estado.
Los aspectos jurídico-institucionales de la gated community son tan importantes como los físico-espaciales.'

28.1.15

En Diálogo UPR: Junta de Calidad Ambiental atenta contra la Constitución de Puerto Rico » Diálogo UPR

Por aquí comentamos sobre la negativa de la empresa Energy Answers y de la JCA de cumplir con el derecho a  la información pública que tienen los y las ciudadanas y mediante la cual mantienen en secreto el lugar en que la incineradora depositará las cenizas y desperdicios.

Diálogo UPR | Junta de Calidad Ambiental atenta contra la Constitución de Puerto Rico » Diálogo UPR

"[n]o es la primera vez que la JCA acoge como excepción a estos derechos fundamentales el mantener en secreto cierta información que se aduce es “secreto de negocios” o afectaría la “libre competencia”.

La licenciada Érika Fontánez, profesora de la Escuela de Derecho de la UPR, denunció la falta de transparencia e ilegalidad en la que incurre la JCA al prohibir a los ciudadanos el acceso a información pública y de relevancia social. (Ricardo Alcaraz)
La licenciada Érika Fontánez, profesora de la Escuela de Derecho de la UPR, denunció la falta de transparencia e ilegalidad en la que incurre la JCA al prohibir a los ciudadanos el acceso a información pública y de relevancia social. (Ricardo Alcaraz)

“Resulta no solo ilegal e ilegítima tal abuso del derecho sino que además es perversa pues ni remotamente se compara el derecho de la ciudadanía en este caso de conocer el lugar, la cercanía, las implicaciones, de este negocio. Cualquier empresa o negocio que asuma como parte de su actividad empresarial una actividad como esta tiene la correspondiente responsabilidad social de divulgar la información que le compete a la sociedad y a la ciudadanía en la que opera”, recalcó la abogada.

La compañía Energy Answers comenzaría la construcción de la planta incineradora este año 2015 y al comienzo de sus operaciones utilizará 2,100 toneladas de desperdicios que, a su vez, generarán 399 toneladas de cenizas, cuyo destino final al momento es un misterio.

“Las empresas operan en estados de derecho, en sociedades cuyos miembros tienen derechos, y se supone que la JCA se creó para velar por ellos. El uso de esta excepción es un escándalo más de la falta de transparencia de nuestras instituciones”, denunció Fontánez.

14.1.15

Taller: Leyes que protegen a las mujeres en gestación, parto, postparto y lactancia

Este taller es para mujeres embarazadas o que hayan parido recientemente y que interesen conocer más sobre estos temas. ¡Comparte esta información para que más mujeres embarazadas asistan y conozcan sus derechos!.


4.1.15

Curso intensivo para la reválida (repaso)

Este año, el profesor Hiram Meléndez Juarbe y yo nos unimos al equipo de profesores y profesoras que ofrecerá el curso intensivo (repaso) de la Escuela de Derecho UPR para la reválida a aspirantes al ejercicio de la profesión. El repaso para la reválida de marzo 2015 está pautado para comenzar el 10 de enero y terminará el 10 de marzo. 

Los días 17 y 18 de enero estaré ofreciendo el repaso para las materias de Obligaciones y Contratos y Derechos Reales.

Para registrarse, visita la página del Fideicomiso para la Escuela de Derecho. También puedes bajar la Hoja de registro en este enlace.


15.12.14

Nueva Revista y Convocatoria: DERECHO Y CRITICA SOCIAL

Anunciamos con mucho entusiasmo el nacimiento de una nueva revista jurídica: DERECHO Y CRITICA SOCIAL, de la iniciativa del colega y amigo Pablo Marshall de la Universidad Austral de Chile. Pablo junto al también colega Fernando Muñoz componen el cuerpo editor y en la Junta Asesora tengo el placer de colaborar junto a un grupo extraordinario de estudiosos del derecho y abogados de diferentes puntos en Latinoamérica y con diferentes perspectivas. 

DERECHO y CRITICA social acaba de emitir su primera convocatoria para artículos por lo que los y las invitamos a presentar propuestas y a acoger la Revista como un lugar para discutir ampliamente temas y debates jurídicos contemporáneos que nos reten los entendidos e imaginarios de lo jurídico. Va la convocatoria.



Convocatoria 
Presentación de artículos para el primer volumen de
DERECHO y CRÍTICA SOCIAL

El derecho, ya sea entendido como una ordenación institucional de la vida en común o como un discurso racional sobre las condiciones que permiten dicha ordenación, constituye un mirador desde el cual podemos observar a la sociedad. De la misma manera, a partir de prácticamente cualquier evento social es posible trazar una línea que nos lleve, tarde o temprano, hacia lo jurídico. La profunda interrelación entre el derecho y otras dimensiones de la vida social aconsejan, en consecuencia, que el estudio de lo jurídico se haga desde una perspectiva multidisciplinaria. La importancia de aquello que está en juego en la relación entre lo jurídico y su entorno social exigen que dicho estudio se haga, además, desde una perspectiva crítica.

Inspirada en este diagnóstico, la revista Derecho y Crítica Social (DCS) surge con el objeto de crear una plataforma para el examen crítico de lo jurídico desde las más diversas perspectivas disciplinarias. DCS es una revista académica internacional y multidisciplinaria que se publica en formato electrónico y se sujeta a una estricta política de arbitraje de pares.DCS publicará artículos originales que sean el resultado de investigaciones originales, así como traducciones al castellano de artículos relevantes previamente publicados en otros idiomas. Sin embargo, también persigue el objetivo que los trabajos publicados en ella logren producir una reflexión más allá de lo académico sobre los problemas sociales que afectan Latinoamérica. En particular, DCS está interesada en identificar el rol que cabe al derecho como causa, condición o posible solución de dichos problemas.

Su comité editorial invita a la presentación de manuscritos para su publicación en el primer número de la revista que se publicará durante el año 2015. Son bienvenidas contribuciones de académicos y académicas con afiliación institucional e independiente, así como de estudiantes universitarios. La convocatoria para publicar en DCS es permanente y los manuscritos pueden ser enviados en cualquier fecha. Ello, sin embargo, no garantiza su publicación en el número siguiente a la fecha de aceptación. A modo de sugerencia, se recomienda enviar contribuciones hasta el 30 de mayo para su inclusión en el primer número del año en curso y el 30 de octubre para su inclusión en el segundo número.

Más información sobre la revista, su equipo editorial, el proceso de revisión y publicación de artículos y el detalle de las instrucciones para la preparación de manuscritos pueden encontrarse en su dirección electrónica:

Para cualquier cuestión relacionada con la revista, incluida la presentación de manuscritos, puede contactarse a sus editores en los siguientes correos electrónicos: pmarshall@uach.cl o fernando.munoz@uach.cl

29.10.14

Mañana en Mayaguez (UPR-RUM)



Conversamos sobre AMBIGÜEDAD Y DERECHO.
jueves 30 de octubre en Mayagüez- 

UPR-Recinto de Mayagüez.
10:30am
Celis 009.























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