
21.11.09
nuestro corazón con Casa Pueblo

alerta roja en los balnearios y en el país
'Los ciudadanos pueden disfrutar de las aguas de los siguientes balnearios y playas, sin inquietarse por la contaminantes nocivos: playa Buyé en Cabo Rojo, Seven Seas Fajardo, Punta Santiago Humacao, Balneario de Patillas, Punta Guilarte Arroyo, Caña Gorda Guánica, Playa Santa Guánica, Playa Combate Cabo Rojo, Balneario de Añasco, Punta Salinas en Toa Baja, Balneario de Carolina...."..
Balneario de Carolina, ja!, ¿cuál? el que está en litigio contra el hotel Marriot? ¿ese?
Después de leer esto hasta la saciedad y escuchar la advertencia de que no nos inquietemos, no es la alerta de la bandera amarilla lo que provoca indignación, es leer así, tranquilita, que podemos disfrutar el resto de los balnearios, del resto del país, comprar en Navidad y celebrar en grande. Pero mientras tanto, una se topa con tener que ir a una vista en el tribunal a defender de las garras del lucro de unas pocas compañías (que son las mismas de siempre, con los mismos abogados de siempre y los mismos accionistas de siempre), precisamente a uno de estos contados balnearios que quedan sin las benditas heces fecales, porque ya que dañaron el resto, ahora hasta los pocos espacios sin mierda nos quieren quitar.
Y ahí en pleno tribunal, una se da cuenta que los pocos balnearios sin esterococos, que lo poco que queda del país sin heces fecales, es objeto todo de negociaciones entre el gobierno y las compañías. Nos dan copia de la transacción que hicieron entre pares para que quedes tranquila. Al otro día vuelves a ver en el periódico la alerta de bandera amarilla y el aliciente de que el Balneario objeto de transacción y negociación contractual está en la lista de los que 'no tiene contaminantes nocivos'.
Y una cuestiona a la ciencia, a las muestras y a los estudios; porque algo le dice a una que ahí precisamente es que está lo nocivo, lo que requiere no una alerta amarilla sino roja.
20.11.09
Cardozo y Quintero: La Ventana
la ventana. los tonos.
las pupilas.
la que contempla: la
ventana.
lo que la ventana
contempla: lo
muriente.
las pupilas de la ventana. los
tonos que contempla. los tonos
de lo muriente. lo
que contempla en lo muriente:
los tonos.
lo muriente
del contemplar. lo
muriente del contemplar
de la ventana. la
ventana del contemplar
lo muriente. los tonos
de lo muriente. las
pupilas del contemplar
muriente
de la ventana
contemplada
-poema completo.
mañana: 'Desayuno calle' en el Caño Martin Peña
19.11.09
A propósito del profesorado...
A propósito de que en estos días/meses/año académico, nos estamos planteando la Escuela que queremos ser por los próximos años y la educación jurídica que queremos que nuestra Universidad provea, cuelgo este escrito sencillo pero certero de Umberto Eco sobre la pregunta: ¿de qué sirve un(a) profesor(a)? ¿qué busca(mos)? ¿a qué aspira(mos)? ¿cuál es su(nuestro) rol y la razón de su(nuestro) desempeño?. Aquí va con algún énfasis provisto.
Agradezco a Myrta que me pasó este artículo hace ya más de un año.
¿De qué sirve el profesor?
Por Umberto Eco Para LA NACION
grado en Derechos Humanos y Mujeres de U. Chile

El Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile, en conjunto con el Instituto Interamericano de Derechos Humanos(IIDH), la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), el Centro de Estudios en Derechos (CEDE) y la Universidad de Costa Rica (UCR); tiene el agrado de anunciar la realización del diploma "Derechos Humanos y Mujeres: Centroamérica".
Más información aquí.
Para detalles, puede comunicarse con:
columna: Elevados
19-NOVIEMBRE-2009 | MIGUEL RODRÍGUEZ CASELLAS
BUSCAPIÉ
Elevados
A Schroeder.
Aun cuando desternillen de la risa sus argumentos fariseos de vida comunitaria, los vecinos de Miramar tienen un punto: el propuesto viaducto elevado es una aberración.
Confieso que dejé de simpatizar con los miramarinos desde que les dio con aferrarse al clavo caliente de la historicidad manufacturada del barrio para consolidar su estatus de urbanización cerrada. Dejaron ver entonces, mis distinguidos vecinos de Santurce, un temperamento segregacionista, insolidario y agorafóbico.
Para muestra el PTA de Perpetuo.
No hay por qué asumir la integridad de la historia cuando ha integrado a tan pocos. Por eso tiene más méritos defender al desintegrado Caño que protestar por elevados en la “zona histórica” de Miramar.
Aún así, hay que oponerse a los elevados porque son otra manifestación del boricua que huye por la vía fácil. Es casándome salgo de papi, preñándome salvo la relación, comprando combato la depresión.
Elevar es desahuciar la planta baja de la ciudad, la misma donde desembocan los conflictos y desigualdades que obligan al debate, la convergencia y la participación. Nada que pueda gustarle a un gobierno aferrado a sus tácticas de evasión, que prefiere imponer un segundo piso antes que remodelar. Abajo dejan lo irresuelto: tecatos, peatones, desempleados.
Fue culpa de los “cierres comunitarios”. Al dejar la ciudad sin atajos, la presión por llegar a la anticlimática casa de urbanización forzó una infraestructura elevada. Así se fue desnaturalizando el menguante espacio público.
Quienes no comulgan con este orden son expulsados del País. Como el amigo obligado a emigrar tan pronto se supo estigmatizado por la mayoría bruta. He ahí otro talento desterrado por la complacencia puertorriqueña.
Cuando el extranjerizado artista presenció la construcción del elevado que discurriría sobre su cadáver, empacó el espíritu y se fue a un país con cabeza, porque mientras Puerto Rico corre sin rumbo a 65 millas por hora, hay lugares donde aún se camina despacio, con los pies en la tierra y mejor acompañado.
El autor es decano de la Escuela de Arquitectura de la Politécnica.
18.11.09
columna: Cartas a los Jueces
18-NOVIEMBRE-2009 | EFRÉN RIVERA RAMOS
CATEDRÁTICO DE DERECHO
Cartas a los jueces
En pleno apogeo del régimen nazi en Alemania, el entonces ministro de Justicia de Hitler le envió una serie de comunicaciones a los jueces alemanes. Esas “cartas a los jueces”, como se les ha llegado a conocer en la posteridad, tenían un propósito simple: “orientar” a los jueces de todos los niveles sobre los principios que debían regir sus decisiones, particularmente aquellas que tuvieran implicaciones políticas.
Las cartas expresaban sin ambages que los jueces estaban subordinados al Führer y a su gobierno. Se les instruía que debían interpretar y aplicar la ley según los dictados de la ideología y el proyecto histórico del Partido Nacional Socialista. Si para ello tenían que apartarse de la letra de la ley, según estaba consignada en los códigos y otros textos jurídicos, no debían vacilar en hacerlo. Lo importante era que se lograran los altos propósitos del régimen, del partido y del gobierno.
Esa intervención extrema con la independencia judicial se hacía a contrapelo de lo dispuesto en la Constitución de Weimar, que en su artículo 102 proclamaba: “Los jueces son independientes y están sujetos sólo a la ley”. Para fortalecer este mandato, la Constitución prohibía la destitución o suspensión arbitraria de los jueces, así como el establecimiento de “cortes excepcionales”.
Antes del ascenso de Hitler al poder destacados juristas alemanes habían dedicado innumerables pasajes a comentar este mandato constitucional, preciándose de las protecciones que ese texto fundamental extendía a los ciudadanos frente a los posibles desmanes de los poderes políticos.
Pero esas garantías no fueron obstáculo para que el régimen nacionalsocialista arremetiera desde sus inicios contra la independencia de los jueces en el desempeño de sus funciones.
Pronto el partido comenzó a purgar el sistema de jueces que no se ajustaran a sus requerimientos políticos o cuya procedencia familiar no satisficiera los nuevos requisitos de pureza racial. Se establecieron cortes especiales para juzgar determinados delitos dotadas de jueces afines a los objetivos del partido de gobierno. El gobierno central emitía directrices a los tribunales supremos regionales y aun al Tribunal Supremo de la nación.
Mientras todo ello ocurría, los juristas partidarios de Hitler elaboraron hasta su máxima expresión el llamado “principio del Führer”. El principio afirmaba que el Führer era la fuente última de derecho. Su voluntad debía hacerse cumplir frente a cualquier disposición legal contraria a ella.
Al principio algunos procuraron justificar este entendido con la alegación de que Hitler había sido electo al poder por el pueblo alemán. Y el mandato expresado en las elecciones debía ponerse en vigor por todos los funcionarios del gobierno, incluidos los jueces.
Pero eventualmente aún esa explicación se abandonó, afirmándose que el Führer encarnaba la voluntad de la nación, sin necesidad de plebiscitos o referendum. El “principio del Führer” se estiró a tal grado que Hitler intervendría personalmente en los procesos judiciales, revocando absoluciones o condenas, según su parecer.
Las famosas “cartas a los jueces” no vendrían a ser sino un intento más de validación de todo ese proceso.
Guiados por estos criterios, muchos jueces alemanes privaron de la propiedad, sentenciaron a prisión, enviaron a campos de concentración o condenaron a muerte a innumerables personas. Como sabemos, eventualmente algunos de esos jueces tuvieron que responder por sus acciones. El grupo más notorio fue aquel juzgado en los juicios de Nuremberg, una vez concluida la Segunda Guerra Mundial.
El ejemplo es extremo, lo admito. Pero a veces el relato de lo extremo puede servir para recordarnos que la vigilancia nunca está de más. Y que si bien no puede decirse que estemos ante situación semejante, conviene detectar cualquier asomo de prácticas que nos puedan conducir en dirección parecida -aunque sea remotamente parecida- para atajarlas a tiempo. Después de todo, cuando, por descuido o por lo que sea, se empieza a aceptar con naturalidad la creencia de que las decisiones judiciales deben estar orientadas por los resultados de las elecciones, ¿quién sabe a dónde se pueda llegar?
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no hay nada que añadir....
17.11.09
finalmente, la opinión del Supremo sobre zmt
Sí, finalmente nuestro Tribunal Supremo emitió la opinión que esperábamos sobre la zona marítimo terrestre (zmt) y los bienes de dominio público marítimo terrestre. Se trata del caso Blas Buono v. Vélez Arocho, en el que se dilucida la metodología de deslinde de la zmt que debe llevar a cabo el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y la interpretación de algunos aspectos de su definición según las leyes españolas, la Ley de Puertos nuestra de 1968 y el Reglamento 4860 del DRNA.
La opinión fue emitida por la Jueza asociada Anabelle Rodríguez, con una opinión concurrente en parte y disidente en parte de la Jueza asociada Liana Fiol Matta.
Se que urge un análisis detallado de la opinión y se lo he prometido a muchos y muchas, pero como estoy corta, cortísima, cortitísima de tiempo, les hago un micro-resumen comentado (como las micro-mareas de las costas puertorriqueñas, que no son sensibles según el criterio legal español aplicado al Mediterráneo) y les prometo uno más serio, detallado y rigurosamente comentado para el próximo mes (se bien que debo análisis de varias opiniones!). Aquí va.
El punto prinicipal era determinar si en las áreas en que 'son sensibles las mareas' (si es que existen esas áreas en PR), el DRNA puede utilizar criterios científicos como los rasgos geográficos y topografía para llevar a cabo el deslinde y si además de esos criterios, podría utilizar criterios como las mayores olas en los temporales en áreas en que 'no son sensibles las mareas'. Recordemos qeu la definicón de zmt que data desde fines del Siglo XIX alude a la sensibilidad o no de las mareas, según el contexto continental español. La opinión de mayoría determina que el DRNA puede utilizar otros elementos bióticos y topográficos, entre otros elementos científicos de su expertis, para deslindar un área en que son sensibles las mareas, pero no puede utilizar además el criterio de las olas en los temporales, sino que este último criterio solo se utilizará para aquellas áreas en que 'no son sensibles las mareas'. Dispone, además, que la definición de zmt y la normativa hay que atemperarla a la protección constitucional de los recursos naturales y a la política pública ambiental. Asimismo, establece que los manglares que tienen influencia de la marea son parte de la zmt.
Hay pronunciamientos muy importantes en esta opinión que habrá que resaltar en otro momento y que a mis ojos le parecen muy buenos. Pero debo señalar que el punto clave que nos ha detenido por mucho tiempo en este tema aquí no se atiende directamente: ¿dónde, si en algún sitio, procede aplicar el criterio de la sensibilidad o insensibilidad de las mareas? ¿Acaso la definición que apunta a este asunto proviene de un contexto (el español) que habría que atemperarlo al puertorriqueño para entonces determinar si la definición -tal y como está y como se está interpretando- lejos de atender la política jurídica que se busca proteger, la soslaya? ¿Cómo debemos interpretar esa definición? Ahí estriba la importancia de los señalamientos de la opinión disidente.
La disidencia de la Jueza Fiol radica en un desacuerdo metodológico con la interpretación textualista, formalista, de la mayoría. Disiente en lo referente a la limitación que se le impone al DRNA de utilizar el criterio de las olas y otros criterios científicos y lo más importante, contextualiza la definición de la 'sensibilidad de las mareas' al contexto geográfico español del cual surge la definición. Es decir, no basta la contextualización histórica, sino que además debido al alto interés público de este tema- que incluye protección ambiental y a la vida y propiedad- habría que contextualizar la definición a nuestras realidades geográficas, distintas del binomio español geográficamente hablando, y atemperar la definición española sobre sensibilidad-no sensibilidad de las mareas a nuestras costas. Para mí esta es la clave de su disidencia y la clave del asunto de hermenéutica que ha detenido al DRNA por años (por supuesto, junto a otros factores). Esto último le corresponde al DRNA, por ser la agencia con el peritaje y la opinión mayoritaria lo precluye. La Jueza Fiol Matta, nuevamente clara, con una metodología y línea de adjudicación certera e impecable.
Esto a vuelo de pájaro. Luego sigo...
16.11.09
Análisis del Término 2008-09 Tribunal Supremo
La Escuela de Derecho de la UPR y su Programa de Educación Jurídica Contínua llevará a cabo este próximo fin de semana el
XX Repaso: Análisis del Término 2008-2009
Descripción: Seminarios para la discusión y el análisis crítico de la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico del término desde el 1ro de junio de 2008 hasta el 31 de julio de 2009.
Se incluyen las siguientes materias: Derecho Notarial, Sucesiones, Etica, Derecho Probatorio, Derecho Procesal Penal, Derecho Penal, Obligaciones y Contratos, Derecho Laboral, Responsabilidad Extracontractual, Derecho Constitucional, Derecho Procesal Civil, Derecho de Familia, Derecho Hipotecario, Derechos Reales** y Derecho Administrativo.
- Viernes 20 y Sábado 21 de noviembre de 2009 • viernes 8:30 a.m. - 5:00 p.m. y sábado 8:30 a.m. - 4:00 p.m.
- Viernes 5 y Sábado 6 de febrero de 2010 • viernes 8:30 a.m. - 5:00 p.m. y sábado 8:30 a.m. - 4:00 p.m.
- Profesores y Profesoras de la Escuela de Derecho • Hotel Conrad San Juan Condado Plaza • Costo $360.00 (Incluye matrícula, materiales, pago de créditos EJC, meriendas y almuerzos) • 12.5 Horas crédito en EJC (incluye 1.5 en Notaria y 1.5 en Etica)
- -Interesados llamar al Programa de Educación Jurídica Contínua al 787.999.9608.
14.11.09
UNI-Andes con dos nuevos textos vitales sobre justicia social y medioambiente

12.11.09
Por la prensa del país
Ante la situación que atraviesa la prensa, que se intensifica con el cierre de Prensa Asociada, María de Lourdes Martínez, productora y periodista, y estudiante de Derecho de nuestra Escuela, nos comparte este escrito con sus reflexiones sobre la defensa e importancia de la prensa. Tremendo. Suscribimos tus palabras. Gracias María de Lourdes!.
POR LA PRENSA DEL PAIS
Un médico no se queja de trabajar su guardia de 36 horas. El médico siente la pérdida de un paciente con el que luchó para salvarle la vida. El médico goza de la rehabilitación de sus pacientes. Él cumple con un gran fin social y lo siente cada vez que sale por las puertas plegadizas del hospital con su estetoscopio colgando de su cuello tenso.
De igual forma, y con un salario en extremo mucho menos oneroso, el periodista trabaja veinticuatro horas sin descanso. Investiga e interviene en nombre de la verdad. Aprendí a respetar a la prensa del País desde mi primer semestre en la Escuela de Comunicación. Aprendí y experimenté que es trabajo extremadamente sacrificado, retador y apasionante.
El periodista se atribula pero calla. Vive junto al País las injusticias, los sufrimientos en masa, las sinrazones individuales y experimenta el silencio que permea en las desigualdades más sencillas. El periodista denuncia como puede y dentro del marco que se lo permiten. El periodista sincero hace todo cuanto está a su alcance por dejar un pedacito de justicia en todo trabajo que realiza. El periodista no solamente informa, el periodista cumple con un fin social fundamental.
Desde hace varios años (dos, tres), los centros de periodismo en el País han cerrado talleres. Gloria Soltero, otrora ancla del noticiero de TUTV, hoy, Puerto Rico TV, dijo, cuando despidió el noticiario que le ofreció taller por tantos años dijo que “Un sin prensa, es un pueblo esclavo”. El despido de decenas de empleados de TUTV sucedió hace unos meses atrás.
Ayer se anunció el cierre de Prensa Asocidada (AP), dejando fuera a otros buenos periodistas del País, de los mejores. Para aquellos que no estén familiarizados con el trabajo de AP en la Isla, pues sepan que éstos son fuente de un sinnúmero de noticias que los medios tradicionales no pueden cubrir o que si éstos no existieran, no llegarían a la atención de medios grandes como periódicos diarios, radioemisoras y cadenas de televisión, quienes permiten a su vez una difusión más amplia.
Las grandes corporaciones mediáticas predijeron el cierre de talleres periodísticos. No obstante, su predicción se basaba en la convergencia mediática y las nuevas formas de hacer periodismo. La historia sin embargo, ha sido distinta. Una reorganización de la compañía, común subterfugio estos días, es la excusa para despedir a más periodistas y en específico para echar a la calle a los periodistas de AP en el País.
Los despidos y las amenazas no pueden amedrentar la prensa del País. Con la frente en alto y la sed de denunciar las injusticias y de informar al País, hoy más que nunca los periodistas son necesarios. Tienen que dar la batalla a la imposición de los grandes.
¡Que las y los periodistas sirvan de inspiración para otros frentes de lucha!
11.11.09
ONU acoge querella sobre Villas del Sol
miércoles, 11 de noviembre de 2009
Actualizado hace 1 horas (07:39 p.m. )
Prensa Asociada
La Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra acogió el caso de Villas del Sol, una comunidad de rescatadores de terreno que ha estado asediada por las autoridades para que abandonen la tierra que ocuparon ilegalmente, informó el miércoles la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, en inglés).
"La ONU acogió nuestra querella de forma urgente debido a la amenaza de inminente desahucio mediante fuerza, pautados para el fin del mes de diciembre", dijo William Ramírez Hernández, director ejecutivo de ACLU en Puerto Rico.
Destacó, que la ONU, mediante la Relatora de Vivienda, la profesora Raquel Rolnik, celebró una vista el 4 de noviembre con los abogados en Puerto Rico, Nueva York y Washington, D.C. de la ACLU, sobre la querella sobre violaciones de derechos humanos contra residentes de Villas Sol en Toa Baja, 26 kilómetros al oeste de San Juan.
Según Ramírez, la Relatora sobre Vivienda e Indigencia de la ONU celebró la vista "por su carácter urgente aunque no estaba en agenda".
"Por entender, además, que existe peligro inminente de violaciones de derechos humanos por la insistencia del gobierno de Puerto Rico de negarle a esta comunidad, con sobre 300 niños de temprana edad, acceso a servicios esenciales, como lo es el agua y la energía eléctrica", explicó Ramírez.
Los terrenos fueron declarados inhabitables tras graves inundaciones ocurridas producto del huracán Georges en 1998.
El Departamento de la Vivienda gestiona en los tribunales el desalojo de los residentes de Villas Del Sol argumentando que los terrenos son peligrosos por inundables.
El fin de semana pasado el presidente del Colegio de Médicos, Eduardo Ibarra, donó a los vecinos de Villas del Sol, en su carácter personal, un predio de terreno en Arecibo, 77 kilómetros al oeste de San Juan, para que desarrollen allí su comunidad.
El Gobierno ha dicho que los planes de desalojo continúan.