25.12.09

(in)justicia al 2009 para las empleadas domésticas


En 1968, Emilia, una enfermera en El Salvador, fue contratada por Anita para acompañarla y cuidarla en Nueva York. Posteriormente se trasladaron a Puerto Rico y Emilia continuó aquí rindiéndo servicios para Anita. Trabajaba 16 horas diarias, siete días a la semana.

Sucede que veinte años antes de estos hechos (1948) la legislatura aprobó la Ley Núm. 379, que estableció ciertas protecciones para los trabajadores y las trabajadoras que incluía un límite a la jornada de trabajo y el pago de un tipo doble de salario por las horas trabajadas en exceso de la jornada legal. PERO, esta ley de protección laboral excluyó de esta protección ‘a personas empleadas en el servicio doméstico'. Aún así, Emilia acudió a los tribunales entendiendo que ella no realizaba labores que se clasificaran como 'servicio doméstico' y solicitó compensación y el derecho a descanso el séptimo día. Anita se negó aduciendo que al Emilia contar con los beneficios de vivir en la casa de Anita, la compensación a la que pudiera tener derecho era compensable con la alimentación y vivienda que le proveía.

En 1968, el Tribunal Supremo de Puerto Rico (Emilia Colocho v. Anita Hebard, 95 D.P.R. 796) resolvió que en efecto, las labores que realizaba Emilia, pese a ser enfermera, eran labores de empleada doméstica: "su labor consistía en preparar los alimentos de la querellada-recurrida, lavar la ropa en máquina y servirle de compañía al ver televisión, al salir de compras y a conversar. Tenía, además, la responsabilidad de la casa completa incluyendo el pago de las cuentas. Le ayudaba, además, a darse el baño personal y le hacía la limpieza liviana de la vivienda". Por tal razón, Emilia no tenía derecho a las compensaciones y protecciones laborales.

El Tribunal de entonces citó a Manresa, Castán y Santa María para recordar que el 'rasgo principal que distingue al trabajador doméstico, el servicio directo de éste para el amo y su familia y la relación de domesticidad, conviviendo ordinariamente el trabajador doméstico con aquéllos'.

El Supremo entendió, sin embargo, que a pesar de que se le excluía de los beneficios de compensación adicional y jornada laboral, sí tenía derecho al séptimo día de descanso y que no podía compensarse el derecho de descanso con el alimento y vivienda.

En este caso el Supremo explicó las razones que en 1948, según los intereses que prevalecieron, justificaban que las empleadas domésticas fueran excluídas de la protección laboral a la que tenían derecho el resto de los trabajadores y trabajadoras, como paga doble y tiempo y compensación por vacaciones:

"Esa desigualdad en términos de protección y beneficios, entre el empleado plenamente amparado por la Ley Núm. 379, supra, y el empleado doméstico, se supone equitativamente balanceada con aquellas facilidades o beneficios intangibles que a éstos, y a veces a sus dependientes, en adición a su salario lo puede brindar la morada de un buen padre de familia, tales como, entre otros, albergue cómodo y seguro, comidas sanas, ropas adecuadas, servicios médicos y medicinas, trato cristiano, mejoramiento intelectual, recreación, uso de propiedades y convivencia familiar". (Válgame!)

¿Parece que tratamos un tema y unas razones decimonónicas, no? Pues no es tan así.

Este año 2009, 41 años después de esta situación en que a Emilia el derecho no le supo reconocer una igualdad en términos de derechos laborales, Rafaela es la sucesora en tiempo de Emilia. Rafaela demandó a Belén para reclamar su derecho al pago por vacaciones y la última, su patrona, se negó a pagarle aduciendo las mismas razones que Anita en 1968. Y es que la ley todavía al día de hoy no le hace justicia a las empleadas domésticas y las excluye injustificadamente de los beneficios de legislación social y laboral a los que tienen derecho el resto de los trabajadores.

Se trata en este caso (Olmo v. Del Valle, 2009 TSPR 22) de Rafaela que vivía en la casa de Belén llevando a cabo funciones que el Tribunal Supremo describe como:

"ser acompañante de la señora del Valle Torruella, estar pendiente de cualquier ayuda que ésta pudiera necesitar, asistirla alcanzándole o consiguiéndole algún objeto, atender el teléfono, la puerta de entrada de la residencia, preparar alimentos, asistirle cuando fuera necesario en el aseo personal, y cualquier otra tarea en el hogar de la señora del Valle Torruella semejante a la función tradicional de una dama acompañante para el cuido de una persona de edad avanzada.
En todo momento la señora Olmo Nolasco llevaba a cabo sus tareas en el ambiente familiar de la residencia de la señora del Valle Torruella".

El Tribunal Supremo actual tuvo que determinar en este caso si las labores que lleva a cabo Rafaela son equivalentes a las de una 'empleada doméstica' y determina, utilizando el caso de Emilia y la misma cita de Manresa y demás (solo que se sustituye la palabra 'amo' por la de 'jefe'), que en efecto se trata de una 'empleada doméstica' y que como tal y por disposición de ley, 61 años después de que se estableciera la exclusión, no tiene derecho a vacaciones.

Quedan rezagos, si no las mismas presunciones, de aquel caso de Emilia y de la ley de 1948 en la que se pretendía justificar que no se le dieran iguales beneficios a las trabajadoras domésticas porque después de todo éstas contaban con la 'gran ventaja' de vivir en la casa de la patrona. Vean por ejemplo cómo en esta opinión del 2009 el Tribunal se siente compelido a enfatizar las ventajas que tuvo Rafaela mientras vivió bajo el techo de su empleadora:

"Es imprescindible mencionar que según acuerdan las partes estas labores se realizaban en un ambiente familiar. Muestra de lo anterior es que la señora Olmo Nolasco contaba con un cuarto independiente preparado para ella, en el cual podía ver televisión, leer o utilizar su tiempo para atender sus necesidades personales cuando la señora del Valle Torruella no necesitaba de sus servicios".

La exclusión de las empleadas domésticas de los beneficios laborales permanece todavía en la ley, sin justificación alguna. Sabemos que el tema del empleo doméstico es un tema tabú en Puerto Rico, poco se quiere hablar o visibilizar sobre las condiciones de trabajo de las empleadas domésticas, muchas de ellas provenientes de la República Dominicana y en situaciones de mucha vulnerabilidad. Hay servicio doméstico parcial (las que muchas gentes llaman 'la señora que limpia', no las nombran y a veces algunos miembros de la familia ni siquiera saben su nombre), pero también hay servicio doméstico a tiempo completo. La situación de vulnerabilidad y necesidad en que muchas de estas mujeres se encuentran -amén de que los sectores con poder e incluso algunos identificados como sectores progresistas, prefieren ni siquiera aceptar que hacen las veces del 'amo' al que se refiere Manresa- hacen que el tema no se atienda como es debido. Nos parece injustificable y una negligencia imperdonable que al día de hoy no se le haga justicia, como comienzo eliminando la exclusión de los beneficios de la Ley 180 (29 L.P.R.A. § 250 et seq. (2008)) , a este sector de mujeres trabajadoras.

A 2009 este es uno de los casos que resolvió en este término el Tribunal Supremo, no muy distinto del de Emilia. Poco ha cambiado. Justicia para ellas, para las mujeres en el empleo doméstico, ya!.

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foto: por Chloé Georas

23.12.09

De Julia para el Caño

Un poema de Julia de Burgos para el Caño...

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Desde el Puente Martin Peña (en Poema en Veinte Surcos, 1938)


Tierra rota. Se hace el día

el marco de la laguna.


Un ejército de casas

rompe la doble figura

de una cierlo azul que abastece

a un mar tranquilo que arrulla.


Un ejército de casas

sobre el dolor se acurruca.


Hambre gorda corta el sueño

de enflaquecidas criaturas

que no supieron morirse

al tropezar con su cuna.


Marcha de anhelos partidos

pica la calma desnuda

donde recuesta su inercia

la adormecida laguna.


Una canción trepa el aire

sobre una cola de espuma.

un verso escapa gritando

en un deliz de la luna.

y ambos retornan heridos

por el desdén de la turba.


¡Canción descalza no vale!

¡Verso sufrido no gusta!

Tierra rota. Fuerza rota

de tanto cavar angustia.


Huesos vestidos alertas

a una esperanza caduca

que le hace mueca en las almas

y se le ríe en las arrugas.


Hacha del tiempo cortando

carne de siglos de ayuna

adentro la muerte manda

afuera el hambre murmura

una plegaria a los hombres

que al otro lado disfrutan

de anchos salarios restados

a hombres obreros que luchan.


¿Respuesta?- Brazos parados.

sobre el mantel. No hay industrias.


¡Obreros! Picad el miedo.

vuestra es la tierra desnuda.

saltad el hambre y la muerte

por sobre la Honda laguna,

y uníos a los campesinos,

y a los que en caña se anudan.


¡Rómpanse un millón de puños

contra moral tan injusta!


¡Alzad, vuestros brazos

como se alzaron en Rusia!


22.12.09

expo: Claridad, 50 años de lucha



apertura de la exposición fotográfica


Claridad 50 años de Lucha

continúa la defensa del Colegio

Nuevos pasos en la demanda del Colegio de Abogados
Comunicado de Prensa


El Colegio de Abogados presentó en el día de hoy una demanda en el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de San Juan, en la cual solicita que se detenga la implantación de las leyes 121 y 135 aprobadas por la Legislatura y que enmiendan la Ley 43 que rige a dicha institución.


En dicha demanda, además de los argumentos planteados previamente en los recursos radicados en el Tribunal Supremo, aparece como demandada, en su carácter oficial, la Oficina de la Administración de Tribunales (OAT) y su directora, la jueza Sonia Vélez Colón, y se añade un nuevo reclamo relativo a la ilegalidad de leyes impugnadas por ser estas violatorias del principio de que una ley no podrá condenar sin la celebración de juicio.


El presidente de los abogados, el Lic. Arturo Hernández, informó que “recurrimos al TPI porque el Tribunal Supremo, en opinión dividida, no aceptó ver el caso en jurisdicción primaria. Los jueces Rivera Pérez y Pabón Charneco”, recordó Hernández, “emitieron voto para desestimar el recurso en sus méritos; los jueces Hernández Denton, Koltoff y Martínez decidieron no asumir jurisdicción original, pero que no desestimarían ya que entendieron que se necesita prueba y el proceso en el TPI; y las juezas Rodríguez y Fiol disintieron. La posición de estas últimas es cónsona con los planteamientos legales que está haciendo el Colegio en cuanto a la jurisdicción del Tribunal Supremo. Ellas hubieran asumido jurisdicción para ver el caso en sus méritos en dicho tribunal”.


Hernández aclaró que el Colegio de Abogados recurrió primero al Supremo “porque es el tribunal creado por nuestra Constitución para ello y el que tiene la obligación y la facultad para regir la profesión legal. El poder legislativo está interviniendo ilegal e inconstitucionalmente con el poder judicial e infringiendo la separación entre las ramas de gobierno que mandata la Constitución. Hay que enfatizar”, expresó, “que este litigio es un litigio de derecho, no de hechos, y considerábamos improcedente acudir al TPI ante la gravedad de la controversia, la urgencia de radicar y porque es un asunto que compete al Supremo por tratarse de la profesión legal”.


El presidente de los togados explicó que “le estamos pidiendo al TPI que, como parte del proceso de Injunction, emita un entredicho provisional para dejar en suspenso la implantación de las dos leyes mientras se ventila el caso. Esperamos”, insistió, “que el TPI falle a nuestro favor porque tenemos un caso sólido desde el punto de vista jurídico a base de los reclamos de inconstitucionalidad que estamos haciendo en torno a las dos leyes mencionadas y el proceso mediante el cual se aprobaron: violación de la separación de poderes, usurpación del poder inherente del Supremo para regir la profesión legal, violación del derecho a la libre expresión y asociación —tanto del Colegio como de sus integrantes— y violación de la sección 17 del artículo III de la Constitución (por violar los requisitos de redacción y trámite en legislación aprobada)”.


Por su parte, el Lic. Harry Anduze, presidente de la comisión especial del Colegio de Abogados que ha estado lidiando con las estrategias contra las leyes que pretenden la descolegiación de la abogacía, informó que “hay dos asuntos nuevos que se han incluido en la demanda radicada ante el TPI: en primer lugar, se incorporó como parte demandada a la OAT y a su directora, la jueza Sonia Vélez Colón, estrictamente en su carácter oficial, para que el Tribunal pueda poner en efecto la sentencia que emita porque es la OAT, brazo ejecutivo del Tribunal Supremo, la que está implantando las disposiciones de las leyes impugnadas”.


“En segundo lugar”, indicó Anduze, “se añadió otro reclamo constitucional: que las leyes 121 y 135 violan la Constitución de Puerto Rico, Artículo II, sección 12 y la Constitución de EEUU (secciones 9 y 10 del Artículo I) al constituir ´bills of attainder´. Estas secciones se refieren,” explicó el abogado, “a legislación que determina la presunta culpabilidad de una persona o entidad jurídica, como es el Colegio, porque hay desacuerdo con sus actuaciones y se aprueba una ley para castigarlo sin la celebración de un juicio. En el caso del Colegio, a pesar de que las vistas públicas reflejaron otra cosa —recordemos las cerca de 90 ponencias y documentos a favor del Colegio en las dos sesiones de vistas y sólo 8 en contra—, los legisladores nos juzgaron partiendo de su ideología política y el castigo, como ya se ha visto, fue legislar para eliminar la colegiación de la abogacía y continuar aprobando otras leyes para ahogarnos e intentar que no sobrevivamos como organización”.


El presidente del Colegio retomó la palabra para afirmar que “los abogados y abogadas han sido solidarios, defensores de su Colegio y han estado respaldando mediante el pago de cuotas y de otras formas. Continuamos realizando nuestro trabajo porque, a partir del análisis que hemos estado haciendo y de la radicación en el Supremo, decidimos que continuaremos funcionando sustentándonos en la ley que nos rige, la Ley 43. En ese sentido”, agregó, “hacemos una exhortación a los compañeros abogados y abogadas que sabemos que están comprometidos con esta institución y que todavía no han venido a pagar su cuota a que lo hagan lo antes posible”.


Organizaciones de la comunidad también han estado dando respaldo. Varias de ellas, según el presidente del Colegio, han confirmado que le solicitarán al TPI intervenir como amigos y amigas de las Corte. Algunas son: Coordinadora Paz para la Mujer, Hermandad de Empleados Exentos No Docentes (HEEND), Asociación Puertorriqueña de Profesores Universitarios (APPU), Unión de Abogados y Abogadas de Servicios Legales, Comisión de Derechos Civiles, Red de Esperanza y Solidaridad, Diócesis Católica de Caguas (REDES), American Civil Liberties Union de Puerto Rico (ACLU) y la Unión de Abogados de Asistencia Legal; y, de Estados Unidos, la Society of American Law Teachers.


Hernández terminó afirmando que “es la intención del Colegio llevar el caso hasta las últimas consecuencias y foros porque la razón, el derecho y la justicia están de nuestra parte”.


Ver enlace a:

· Petición al Tribunal de Primera Instancia

· Moción y memorando de derecho en apoyo a solicitud urgente
de entredicho provisional y vista de injuction preliminar.

21.12.09

taller: Privacidad, identidad e igualdad en una sociedad de redes

La Escuela de Derecho de la Universidad de Ottawa y la Clínica de Derecho

Cibernético de la Universidad de Puerto Rico


invitan al taller:


¿Y nosotros, qué?

Privacidad, Identidad e Igualdad en una Sociedad de Redes


Fecha: Jueves, 14 de enero de 2010


Lugar: Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, Aula Magna L-1


Hora: 10:00 AM – 4:00 PM


Descripción:

Los rápidos desarrollos en la tecnología de la información y las comunicaciones ocurridos durante la última década han tenido un impacto crucial sobre realidades sociales, comerciales y políticas. La percepción que otros tienen acerca de quiénes somos muchas veces tiene menos que ver con lo que decimos sobre nosotros mismos y más con lo que otros dicen o deducen acerca de nosotros. Los identificadores se han convertido en presuntos sustitutos de nuestras identidades. La agregación de datos y los algoritmos actuariales constituyen y limitan la gama de alternativas y oportunidades de vida que están disponibles para nosotros. Las representaciones y descripciones visuales reestructuran la formación y valoración de la identidad. Muchos experimentarán estos desarrollos como cambios transformadores mientras que para otros el mundo se sentirá sorpresivamente igual que antes.


Este taller explora varias tecnologías emergentes y sus implicaciones sociales, éticas y legales. Mediante una investigación de la minería de datos, los espacios de redes sociales y la generación de imágenes neurológicas (neuro-imaging), entre otros, los participantes del taller examinarán los conceptos en constante desarrollo de privacidad, identidad e igualdad en una sociedad de redes.


-Abierto al público en general. Para información adicional, puede llamar a la Clínica de Asistencia Legal de la UPR al 787.999.9579.

-Coordina la Profa. Chloé Georas, profesora a cargo de la Clínica de Derecho cibernético.


PROGRAMA


10:00-10:30 Introducción al Taller y Saludo del Decano

10:30-12:00 Panel 1 – Recopilación de datos: ¿De verdad consentí a eso?

-Jacquelyn Burkell- Factores que afectan el consentimiento en la recopilación de

datos

-Priscilla Regan- Centros de Fusión del Departamento de Seguridad Nacional (Department of Homeland Security) y la agregación de datos

12:00-1:00 Almuerzo

1:00-2:30 Panel 2 – La Tecnología proviene de Marte: Constituyendo al “otro” en espacios

virtuales

-Jenn Barrigar “Walk this way”: Creando, incrustando y reforzando normas vía sistemas de reputación

-Jane Bailey No tienes idea de quién soy: La misoginia en los espacios en línea

2:30-4:00 Panel 3 – Ondas Cerebrales en el Tribunal

-Ian Kerr Tessling en mi Cerebro


-Jennifer Chandler Los tribunales peleando con mi cerebro


18.12.09

Favela Rising (el poder de la percusión!)

Sobre el movimiento de base 'Afro Reggae' en las favelas de Brasil, el documental 'Favela Rising' (Jeff Ziimbalist, Matt Mochary,2005)
salud!

columna: Mezquindad (sí, sobra la mezquindad)


MARI MARI NARVÁEZ
18-Diciembre-2009 | MARI MARI NARVÁEZ

BUSCAPIÉ

Mezquindad

No existe en la noche de todo el Caribe una isla más alumbrada que la nuestra. Si algo nos sobra es electricidad. Y sin embargo, precisamente en la época en que los municipios celebran sus encendidos navideños con el mismo ardor de las fiestas patronales; cuando no queda una casa desprovista de yardas de luces y las estufas cobran nueva vida ante la grasa arrolladora de la temporada, justo ahí se le sigue negando el servicio eléctrico a la comunidad de Villas del Sol.

Está fuera de discusión que el servicio sería temporero y que la comunidad pagaría por él. Ingenieros voluntarios presentaron los planos de infraestructura para que se provea la electricidad de manera segura.

Todos tenemos derecho al servicio eléctrico. Hay naciones (Sudáfrica, por ejemplo) que lo mencionan expresamente en su constitución. Otras como Francia y Finlandia ya reconocen como un derecho fundamental el acceso a Internet. Ése es el nuevo debate en los países desarrollados mientras, en Puerto Rico, los burócratas se cuestionan si el servicio eléctrico es fundamental dentro del derecho a la vida y la salud.

La vida en Villas del Sol se agrava cada día. Las plantas eléctricas hacen un ruido insufrible y emanan gases tóxicos que enferman a la gente.

Poco tendrían que importarnos las constituciones de los países más exóticos del mundo. Tendría que ser más que suficiente saber que hay 211 familias, niños, ancianos, hombres, mujeres, embarazadas, a los que se les niega cubrir sus necesidades elementales.

Nosotros mientras tanto -como si por designación divina mereciéramos más- nos bañamos con agua tibia, espantamos los mosquitos con abanicos, comemos caliente y podemos darles las terapias médicas a nuestros niños y viejos.

Una puede comprender cierta ineptitud estatal; puede hasta resignarse a una política pública bruta y primitiva si le da la gana de ser pesimista. Lo que no se puede tolerar es la mezquindad. No estar dispuestos a ofrecer siquiera aquello que no nos cuesta nada, aquello que nos sobra y que puede hacer una enorme diferencia en la vida de la gente, es una gran canallada.

A este Gobierno le sobra demasiada.

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17.12.09

del blog flp


Dos entradas del blog 'feminist law professors':

-Simposio en marzo 2010 sobre el trabajo de Judith Butler, info aquí.

-Sobre la importancia de contar con mujeres en puestos de poder en las instituciones académicas..., info aquí.


Ostrom y los sesgos (y columna)

Hace unas semanas en la mesa redonda que tuvimos en la Arqpoli, surgió el tema de los proyectos comunitarios y los mecanismos de propiedad colectiva. Trajimos someramente el tema del Premio Nobel de Economía otorgado a Elinor Ostrom, experta economista que ha estudiado los arreglos de propiedad comunal en diferentes partes del mundo y quien ha mirado muy críticamente la idea de que solo a través de los regímenes de propiedad privada es posible salvaguardar los recursos, como lo planteó Hardin en su famoso e hiper-hegemónico ensayo 'La Tragedia de lo comunal'. Ostrom apuesta a lo contrario y sus acercamientos le merecieron el Nobel. Para nuestra alegría y sorpresa, en la mesa redonda estaba uno de sus alumnos, Gustavo García López, geógrafo que completa su doctorado en Política ambiental precisamente bajo la supervisión de Ostrom y quien conoce muy de cerca su trabajo, específicamente en Mexico y los arreglos comunitarios de manejo de bosques bajo propiedad colectiva.

Gustavo trajo a mi atención una desafortunada columna que se publicó en El Nuevo Día por Nicolás Muñoz y que de manera muy irresponsable y acomodaticia utilizó el referente de Ostrom y su Premio Nobel para refrendar las políticas neoliberales adoptadas por el gobierno de Fortuño y atacar las protestas ciudadanas, cuando precisamente Ostrom va en dirección opuesta. (válgame!)

Que esa columna de Muñoz se me haya escapado no me extraña (aunque no me lo perdono!), pero lo que sí hay que remediar urgentemente es que se me haya pasado (más imperdonable aún!) y no hayamos colgado por aquí la respuesta de Gustavo a esa sesgada interpretación (!!). La columna responde la anterior y sí nos ubica en el planteo de la economista y de su importancia para alternativas de propiedad colectiva-comunitaria, sobre todo cuando ya en PR proyectos como Casa Pueblo en Adjuntas, varios arreglos de manejo comunitario de bosques y sobre todo, el Fideicomiso de la Tierra del Caño Martin Peña, sintonizan con los planteamientos de quien precisamente este año fue reconocida como Premio Nobel. Hay que rescatar a Ostrom y revelar su importancia. Hay un mundo crítico allá fuera que va por una dirección y no podemos permitir que esas críticas aquí se invisibilicen o peor, que nos las vendan como lo que no son y las utilicen para propósitos contrarios.

Aquí transcribimos completa la columna de Gustavo. Mil gracias Gustavo por ponernos al día y por contestar públicamente a los malintencionados sesgos.

(El martes de la semana pasada Ostrom recibió el Premio. Puede acceder a su discurso aquí).

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El Nuevo Día 03-Noviembre-2009

El reto a las ortodoxias económicas

GUSTAVO GARCÍA LÓPEZ

CANDIDATO DOCTORAL EN POLÍTICA AMBIENTAL Y ALUMNO DE LA DOCTORA ELINOR OSTROM

Desde el anuncio, en días recientes, de la otorgación del Premio Nobel de Economía del 2009 a la doctora Elinor Ostrom, se han publicado en la prensa del país diversos artículos sobre sus teorías y sobre la relevancia de éstas para enfrentar la actual crisis económica.

Hay quien ha llegado a argumentar que los trabajos de Ostrom apoyan la idea, propulsada por nuestro gobierno actual, de que la empresa privada, y no el gobierno, debe constituir el ‘actor principal’ de la economía.

Nada más alejado de la verdad. Las teorías de Ostrom representan una crítica fundamental a la economía ortodoxa neoliberal, particularmente a la noción de que la privatización es la mejor forma de organizar la gestión económica. Para la investigadora, es necesario superar la dicotomía estado-mercado; más aún, no es posible sostener que la empresa privada es más eficiente que el gobierno.

El éxito de cualquier gestión depende de los arreglos institucionales. Aunque la empresa privada puede funcionar en ciertos contextos, cuando se conduce de manera poco transparente y sin reglas claras resulta ineficiente y desemboca en la inequidad y la corrupción. Esto es precisamente lo que pasó con la privatización del sistema de salud en Puerto Rico y con la desregulación financiera en Estados Unidos.

Ostrom incluso ha demostrado que en muchísimas ocasiones la autogestión de grupos comunitarios puede manejar ciertos recursos con mayor efectividad que la empresa privada o el gobierno, proveyendo protección ambiental y desarrollo social y económico a la comunidad.

Esto pone en tela de juicio otro de los componentes de la política pública del Gobierno: el desmantelamiento de las iniciativas de autogestión comunitaria, en particular el Programa de Comunidades Especiales y el Fideicomiso del Caño Martín Peña.

Por otro lado, Ostrom sostiene que las políticas públicas necesitan un proceso de toma de decisiones transparente, con participación y deliberación de todas las partes, que adjudique responsabilidades, y que distribuya los beneficios equitativamente.

Al contrario de esto, el Gobierno crea comités con representación exclusiva del sector empresarial; ignora los llamados al diálogo por parte de otros sectores; aprueba leyes sin debate público y promueve proyectos que limitan la participación ciudadana en la toma de decisiones, como la propuesta Ley de Permisos.

En fin, de las teorías de la doctora Ostrom podemos concluir que la crisis económica del país se debe a un problema institucional: corrupción generalizada, falta de transparencia e inclusividad en la toma de decisiones, pobre implementación de leyes vigentes, politización del sistema judicial, falta de coordinación interagencial, destrucción de lazos comunitarios y fomento del mantengo.

Y suma y sigue.


16.12.09

paralizan!!

Paralizado el juicio de Villas del Sol!. (y valga decir: RAZONES SOBRAN!, jurídicas y no) salud a todos y todas en el equipo!. (y un brindis especial por Lj!)

nota del endi.

nota de primera hora.
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Tribunal de Apelaciones paraliza juicio de desahucio contra Villas del Sol

miércoles, 16 de diciembre de 2009
Actualizado hace 9 minutos (02:48 p.m. )
Primera Hora

El amplio grupo de abogados que compone la defensa legal de la comunidad Villas del Sol, logró detener en la mañana de hoy el juicio de desahucio contra varios residentes de la comunidad que estaba pautado para los días 17 y 18 de diciembre de 2009, luego de que el Tribunal de Apelaciones declarara ha lugar la Moción en Auxilio de Jurisdicción.

La Autoridad de Tierras se allanó a la petición de los abogados aduciendo que con ello evitaría mayores controversias entre las partes, según se informó en un comunicado de prensa.

La Moción en Auxilio de Jurisdicción se presentó junto a un recurso de Certiorari en la que se presentaron varios señalamientos de error ante la atención del tribunal.

“El Honorable Tribunal erró al asumir jurisdicción sobre codemandados que no son parte en el caso y/o sobre los cuales no obra en el expediente judicial citación alguna. El proceso de diligenciamiento de las citaciones viola las normas que disponen que las partes codemandadas no vienen obligadas a colaborar con el proceso de adquisición de jurisdicción. Además el Honorable Juez efectuó una línea de interrogatorio que nos parece sugestiva y fuera del ámbito de preguntas que puede efectuar un Juez en el ejercicio de su discreción”, explicó el licenciado Alvin R. Couto de Jesús, uno de los abogados portavoces.

La Moción En Auxilio de Jurisdicción es un recurso en el cual las partes comparecientes imploran encarecida y respetuosamente al Tribunal que tenga a bien paralizar el trámite del caso ante el foro apelado hasta tanto se disponga sobre el recurso presentado. “En el caso de Villas del Sol era meritorio que se suspendiera la vista ya que tenemos un caso fuerte en los méritos. Sino se suspendía la sentencia nuestros clientes podían sufrir daño irreparable. Además esta paralización no causa daños a la Autoridad de Tierras y tampoco genera daños al interés público”, indicó Couto. “Todos estos son requisitos para que pueda emitirse favorablemente el Auxilio.”

La paralización es meritoria ya que el foro de instancia cometió una miríada de errores de derecho. “La consecuencia de asumir jurisdicción sobre personas que ni figuran como partes en la demanda o sobre personas sobre las cuales no obra en el expediente citación alguna lesiona gravemente el debido proceso de ley ya que la persona no puede comparecer debidamente al pleito, defenderse y presentar sus defensas. Además hemos hecho hincapié que no debe utilizarse a la policía para emplazar a los demandados, lo cual no tiene precedente alguno en los procesos judiciales en Puerto Rico. ”

Los abogados esperan que se respeten los derechos civiles y constitucionales de los residentes de Villas del Sol y que de ahora en adelante los procesos se lleven conforme a derecho. “Esta comunidad ha sido apabullada por varias fuerzas del estado. Han sufrido eventos de brutalidad policiaca, se les ha acusado en procesos criminales, se le cortó el agua y la luz, se le niegan servicios esenciales. Lo menos que pudiéramos requerirle a los tribunales es que cumplan con las reglas de juego establecidas en estos procesos. Un poco de empatía y compasión no le restaría formalidad a los procesos judiciales. El Tribunal concedió hasta el 12 de enero de 2010 a la Autoridad de Tierras para que conteste los certiorari y luego emitirá un fallo. Antes de ese fallo no hay posibilidad que se vea el juicio de desahucio”, concluyó Couto.

salen a la luz ... contra el Karso

Sépanlo, el Sistema Universitario Ana G. Méndez (SUAGM), las farmacéuticas Abbott Laboratories, Pfizer y Merck Sharp & Dohme se oponen y dificultan la protección de nuestro Karso... ¿porqué será?....

nota del endi aquí y comunicado de prensa de Ciudadanos del Karso (CDK).

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Radican Pleitos en Contra de la Conservación del Karso

Consorcio formado por el Sistema Universitario Ana G. Méndez, farmacéuticas y municipios, además de varias canteras, buscan dejar sin efecto el Estudio del Karso

miércoles, 16 de diciembre de 2009

San Juan – Varios dueños de canteras y la corporación público-privada Iniciativa Tecnológica del Norte (INTENOR), integrada por el Sistema Universitario Ana G. Méndez (SUAGM), las farmacéuticas Abbott Laboratories, Pfizer y Merck Sharp & Dohme, incluyendo algunos municipios del norte de la Isla, radicaron tres demandas para impugnar la vigencia de un estudio realizado por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), y en el cual se recomienda asignarle prioridad a la conservación de un 35% de la totalidad de la zona del karso en Puerto Rico.

El estudio, conocido como el Estudio del Karso, es ordenado por la Ley para la Protección y Conservación de la Fisiografía Cársica de Puerto Rico de 1999 (Ley del Karso).

La información fue dada a conocer por Ciudadanos del Karso (CDK), organización que mantiene una demanda en el Tribunal de San Juan contra el DRNA, la Junta de Planificación y la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE) desde el año 2002, para que completaran y adoptaran las recomendaciones del Estudio del Karso a mas tardar en agosto de 2001, como exige la Ley del Karso. El DRNA completó el mismo en septiembre de 2008, y así lo consignó el Tribunal mediante sentencia en enero de 2009.

“Las demandas radicadas por INTENOR y varios dueños de canteras son un atentado grave contra el desarrollo y la sostenibilidad de Puerto Rico a corto y largo plazo. Irónicamente ponen también en riesgo a la industria farmacéutica y a cerca de una cuarta parte de la población de la Isla, quienes dependen de la conservación de esta zona para poder satisfacer sus necesidades de agua potable,” declaró Abel Vale Nieves, Presidente de CDK.

Este indicó sentirse sorprendido, sobretodo, por la acción tomada por las tres farmacéuticas y el SUAGM como miembros de INTENOR, cuando en años recientes ambas partes han estado promoviendo diferentes iniciativas o estudios dirigidos a conservar y aprovechar de forma responsable los recursos naturales de Puerto Rico.

El Presidente de CDK añadió que debido a la aprobación de numerosos proyectos de construcción aprobados por el Gobierno durante los pasados años se ha fomentado el desparrame urbano en la zona del karso, aún en aquellas áreas que por su pendiente o por la existencia de sumideros representan un peligro para la estabilidad de estructuras.

Entre los casos de deslizamientos, caídas de rocas, colapsos de sumideros e inundaciones que han afectado viviendas en el karso se destacan en los pasados años se encuentran la Urbanización Valle de Aramaná y el Centro de Diagnóstico y Tratamiento en Corozal, las urbanizaciones Monte Verde y Los Rosales II en Manatí, el complejo residencial Estancias de la Fuente en Toa Alta, la comunidad del barrio Unibón en Morovis, la urbanización Cerca del Cielo en Ponce, la comunidad de Alturas de Bélgica en Guánica, el sector Los Molinas en Lares, y recientemente el sector Pringamosa en Vega Alta, y el Barrio Pajuil en Hatillo.

La región del karso ha sido reconocida también por su inmenso valor ecológico. De acuerdo a estudios del Servicio Forestal Federal, del Servicio Federal de Pesca y Vida Silvestre y el DRNA, el karso tiene el mayor número de especies de árboles por unidad de área en toda la Isla, siendo a su vez el hogar de sobre 220 especies de aves, de las cuales 110 son migratorias. Alberga además 35 especies designadas como vulnerables o en peligro de extinción (10 aves, 1 reptil, 2 anfibios y 22 plantas), incluyendo algunas únicas de Puerto Rico.

Contactos:

Abel Vale Nieves (CDK): (787) 384-4406

Marian González (CDK): (787) 781-4550

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