26.3.11

HOY! Dona y contribuye a salvaguardar un espacio importante

La sede del Colegio de Abogados de Puerto Rico ha servido a través del tiempo como punto de encuentro de abogados y abogadas y para la consecusión de actividades ciudadanas que encaminan la defensa de los derechos humanos, el acceso a la justicia, la democratización del conocimiento jurídico y la producción de saberes y gestas para hacer de nuestra sociedad una más justa.

Como sabemos, la sede está en peligro a raíz de una sentencia que injustamente condena al Colegio a la devolución a ciertos colegiados de pequeñas sumas individuales que juntas suman $500,000 y que ponen en riesgo la sede del Colegio. A esta institución profesional y social se le quiere eliminar porque a través de los años ha sido efectiva en denunciar las injusticias y velar por los derechos de los ciudadanos e individuos frente al Estado y propicia un perfil de abogado y abogada comprometido con la sociedad en que vive. Todos y todas debemos cooperar para evitar que esto suceda y nos quedemos sin sede, lugar de encuentro y reunión, uno de los pocos lugares en que podemos ser ciudadanos.

HOY se celebra un radiomaratón para este propósito. Puedes ir a la sede del Colegio o donar por vía telefónica o por Internet. Este blog apoya esta gestión y te invita a que te unas en la defensa de este espacio que tanto nos ha posibilitado.

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Los donativos se pueden hacer a nombre de
Fundación del Colegio de Abogados.
El número de la cuenta para depósitos es:
7867653516
Banco de la cuenta es: Oriental Bank

También pueden donar usando la siguiente página
www.conelcolegioporpuertorico.com

25.3.11

"La obligación de los jueces del Supremo no incluye imponer(nos) su propio código de moralidad"

Los últimos dos posts los dediqué al tema de la última opinión del Tribunal Supremo, Pueblo v. Flores Flores, una determinacion que subcategoriza a las mujeres víctimas de la violencia de pareja y las deja desprovistas de la protección especial de la Ley por ser 'adúlteras'.  Resulta tan trágico este trato desigual y esta 'marca' sobre las mujeres que se hace difícil, por lo insólito, comentar esta opinión. Y es que en algunos asuntos una pensaría que no hay que retomar o re-debatir ciertos temas, aspectos, ideas y entendidos que una creería ya superados, es decir, esos mínimos sobre los que una pensaría que hay un resguardo de consenso. Pero no, lamentablemente no es así y francamente cansa que no lo sea y se hace insostenible que cada día que pasa una se sorprenda más de las opiniones y de la pobreza de esta institución a la que se nos pide que miremos con respeto profesional y a la que una quisiera mirar al menos con un mínimo de respeto intelectual del cual derivar quehacer jurídico. Pero (otro pero), penosamente habría que decir que cada día esa propia institución nos lo hace más dificil, se invalidan a sí mismos. Valga decir que desde ya categorizamos esta opinión del Supremo en nuestra categoría de "tragedias jurídicas".

Por eso, no quiero tomar tiempo para comentar  a fondo lo que me parece una sentencia vergonzosa de nuestro Tribunal Supremo, una que me avergonzaría francamente de tener que discutir entre mis alumnos, de comentar con seriedad entre mis colegas en Puerto Rico y de tener que hacer alusión a ella entre juristas y académicos del Derecho con quienes tengo contacto fuera del país. La construcción ilógica de los argumentos en esta opinión de conformidad es cuando menos impresentable, ninguna conclusión se deriva de la premisa que la precede ni de las citas del texto de la ley a las que se alude. Es simplemente una determinación sin fundamento lógico-jurídico y me atrevo a aseverarlo incluso en términos de teoría penal, que no es mi área de expertise.  Ni hablar del tema de género, de los debates doctrinales sobre una sociedad igualitaria, el rol de los jueces y la adjudicación y de lo mucho que se ha dicho y escrito sobre el tema del constitucionalismo y la democracia. 

Dicho esto y para beneficio de quienes estén interesados en contra-argumentos sobre la determinación del Supremo, comparto la Parte IV de la opinión disidente de la Jueza Fiol Matta que en gran medida recoge suscintamente lo que quisiera resaltar y criticar de esta nefasta sentencia del Supremo puertorriqueño. Se trata de argumentos bastante obvios que francamente una no ve cómo todavía en opiniones de un Tribunal Supremo se haría  necesario enfatizarlos. Afortunadamente, tenemos esta opinión disidente de las que una da gracias y se agarra profesional e intelectualmente, porque de lo contrario solo restaría decir "no hay Derecho".... (las citas están omitidas).

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IV 

La  Ley  54  no  requiere  de  la  víctima  una  cualidad  especial,  como  lo  sería  la  fidelidad. Tampoco  impone  una cualidad  especial  a  la  relación,  como  lo  sería  la legalidad.  Por el contrario, el legislador quiso incluir las relaciones consensuales dentro del ámbito protegido por el estatuto especial, porque reconoció que se trata de una realidad social moderna en la cual se pueden suscitar los incidentes de violencia que la Ley 54 pretendió atender.150 Es  importante  enfatizar  que  este  estatuto  protege  a  la persona  que  sufre  la  violencia,  no  a  la  relación constituida con su agresor.

No  proteger  a  una  víctima  de  violencia  doméstica porque  está  o  estuvo  involucrada  en  una  relación  adúltera implicaría  castigarla  doblemente.  Recibiría  así  el  castigo de  ser  víctima  de  su  agresor  y  el  castigo  de  la indiferencia  del  Estado.152  No  podemos  pasar  por  alto  que esa  indiferencia  a  la  destrucción  de  la  integridad  física  y psíquica  de  un  ser  humano  es  contraria  a  nuestros principios  constitucionales.  La  Carta  de  Derechos  de  la  Constitución  de  Puerto  Rico  consagra  que  “la  dignidad  del ser  humano  es  inviolable”,  lo  cual  incluye  el  derecho  a  la vida  que  también  está  reconocido  expresamente. La  palabra “vida”  se  incorporó  en  nuestra  Constitución  para  significar tanto  el  “hecho  de  continuar  uno  respirando”  como  otros derechos  que  son  “necesarios  para  el  debido desenvolvimiento  de  la  personalidad  humana”.154    Así,  el Estado  es  el  responsable  de  proteger  los  derechos constitucionales  de  las  personas  y,  para  ello,  debe  ser activo y efectivo. 

El  Tribunal  Supremo  es  uno  de  los  componentes  del Estado  llamados  a  cumplir  con  ese  deber  de  protección.  No es  un  foro  para  pasar  juicio  sobre  la  moralidad  de  la conducta  de  los  ciudadanos  y  las  ciudadanas.  En  palabras  de la  profesora  Ivette  Ramos  Buonomo:  “La  obligación  de  los jueces  del  Tribunal  Supremo  es  definir  la  libertad  de todos,  hacer  respetar  los  derechos  fundamentales  de  todos. Ello no incluye imponer su propio código de moralidad”.155  

Y  si  fuéramos  a  entrar  en  consideraciones  morales, tendríamos  que  concluir  que  lo  inmoral  sería  abandonar  a una  persona  afligida  por  la  violencia  de  su  pareja.  No podemos,  en  un  afán  de  promover  una  visión  de  lo  que consideramos  que  debe  ser  el  comportamiento  adecuado, negarle  protección  a  una  persona  que  ve  en  peligro  su seguridad  y  su  vida.  No  debemos  enclaustrarnos  en categorías  absolutas  del  bien  y  el  mal  para  condenar  todo lo  que  no  se  ajuste  a  nuestra  visión  de  lo  que  es correcto.156  

El  adulterio,  independientemente  de  nuestro criterio  moral,  no  puede  ser  la  razón  por  la  cual  le neguemos  a  una  mujer  los  remedios  que  la  legislación  ha  dispuesto  para  ayudarla  a  salvarse  de  una  pareja  que  le hace  daño.  Hacerlo  constituiría  un  atropello  a  un  valor mucho  más  poderoso  en  nuestro  ordenamiento  jurídico  y  en nuestros  cimientos  como  sociedad:  el  respeto  a  la  vida humana.  

24.3.11

Mujeres A

Una nueva categoría ha creado el Tribunal Supremo: las mujeres A. Vea la nueva categoría en la última determinación del Tribunal Supremo de PR que le niega la protección de la Ley de Violencia Doméstica a mujeres víctimas de violencia en relaciones extramaritales (mujeres A, "Adulterinas"). 

Sepa usted que, como van las cosas y quizás con los nuevos jueces que nombrarán, poco nos falta para que leamos una opinión de un futuro juez que en un caso como este disienta por razones como la siguiente:

"El Juez(a) asociado(a) X, disiente de la decisión emitida hoy por entender que la mujer A debió haber sido lapidada y apedreada en la plaza pública de su lugar de residencia".

No se extrañe. Pronto, muy pronto en este bendito cuasi-país.

Fundamentecatos (Miguel Rodríguez Casellas)

In Re Pueblo v. Flores Flores. (Digo yo)


La virtud es adictiva. El placer de fabricar la verdad y vivirla como ciencia moral envicia.

Se debe sentir bien rico eso de decirle a los demás como tienen que vivir, y clasificarlos, juzgarlos, asignarles número en la escala de santidad. Sentirse mejor que todos, sentirse más trascendentales que usted y yo: superiores, selectos, seguros, ¡qué rico!

Quitarle el monopolio del bien a la religión es el bad trip de los adictos al culto. Quitarles el control sobre la moralidad es dejarlos sin droga y negocio. Protestan, como cartel narcotraficante de su propio vicio. Insisten, con mucho ruido, en meternos la jeringuilla con o sin permiso. Aprovechan los excedentes de ansiedad de un mundo convulso para distribuir su verdad como si fueran los únicos dueños del punto.

Todo es oposición a liberar costumbres, alegando una próxima legalización del bestialismo, la pederastia y el canibalismo como consecuencia inevitable. Se propone como Cuco la vuelta a la barbarie con cada nueva ley desreguladora del enjambre social judeocristiano. Cada libertad ganada sería un paso atrás—dicen.

¡Mentiras del demonio! Son los fundamentalistas de la fe los que quieren que volvamos atrás pero sin decirnos cuán atrás. Pregunto, ¿cuán atrás? ¿Al momento en que se le negaba el voto a las mujeres y existían subordinadas al albedrío de los hombres? ¿A un pasado esclavista y negrero? ¿A un mundo plano? ¿A las guerras santas? ¿O aún más atrás?

Habría que curar al mundo de este dengue veraniego: un tanque de fumigación contra el vicio de la virtud. Aguantaría la peste insecticida con tal de bajarles el volumen. Levantarse al otro día con un aire menos tóxico, sí. Respirar en una atmósfera de esperanza, respeto y tolerancia, al fin.

Dios es veneno en la boca de esta gente. Los mártires de ayer quieren ser las bestias del circo mediático de hoy. Narcisistas son; el disfraz de virtud apenas les cubre la soberbia.

Habrá que amarlos, hasta que aprendan.

9.3.11

Mañana: Conversatorio sobre las transformaciones en la Universidad

Recordatorio: MAÑANA

CONVERSATORIO
Entre lo común y lo público: las transformaciones en la Universidad
En esta actividad damos inicio a una conversación sobre la defensa del conocimiento como bien común distinguible de lo público y la defensa de la Universidad pública desde bases renovadas.


El mismo estará a cargo de las profesoras

Madeline Román y Marlene Duprey

jueves 10 de marzo 2011 
7:00 p.m
Sala-Teatro Beckett
Ponce de León 1008 Altos

* textos y conferencias relevantes a la discusión:

-Margarita Mergal, De las Sombras a las Ideas
-Wendy Brown, Save the University.

8.3.11

Camus y la rebeldía

Albert Camus escribió El hombre rebelde (1951), una disertación filosófica sobre la injusticia y la rebeldía, y el papel del resentimiento en esta ecuación. Su publicación desató una de las polémicas más famosas e interesantes entre la izquierda intelectual parisina, que lo acusó de ubicarse en un 'buenismo sospechosamente apolítico', y cuya crítica principal la hizo Jean Paul Sarte en "Les Temps Modernes"

En el documental "Camus: Una tragedia de la felicidad", se describe esta obra de Camus, como preludio a la presentación del famoso debate Camus-Sartre, de la siguiente forma: 

"El hombre rebelde es el que dice que no al mundo tal y como es y que rechaza la legitimación de un crimen en nombre de una felicidad hipotética, por venir. El fin nunca justifica los medios." Camus, en esta obra, "rehabilita la ética, se opone rotundamente a la filosofía que justifica el crimen en nombre de una historia endiosada". 

Compartimos un fragmento del excelente documental. 

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6ta Jornada Ambiental (ANDA)

La Asociación Nacional de Derecho Ambiental (ANDA) - Capítulo Estudiantil presentan su 6a Jornada Ambiental: "Agricultura Ecológica, Soberanía Alimentaria y Políticas Publicas para un Puerto Rico Sustentable" a celebrarse del 17 de marzo al 5 de abril.

*** ACTIVIDADES - ITINERARIO *** 


17 marzo - 
Cine Foro en Sierra Club: Documental DIRT

23 marzo - 
Agricultura Ecológica en Puerto Rico: Contexto, Viabilidad y Opciones para la Sustentabilidad. Nelson Álvarez Febles. Hora: 7:30pm en el Aula Magna (en adelante, L-1) de la Escuela de Derecho de la UPR. 

24 marzo - 
Vulnerabilidad de los Sistemas de Suministros de Alimentos en Puerto Rico. Dra. Myrna Comas Pagan, profesora de Economía Agrícola en el RUM. Video entrevista con el Dr. Miguel Altieri, profesor de entomología tropical en la Universidad de Berkley, California. L-1


27 marzo -
Taller Teórico y Práctico de Agricultura Ecológica, con Nelson Álvarez Febles y el agricultor Raúl Rosado. Visita a Finca en Producción en Cupey. Abierto para Publico en General. 


29 marzo - 
Problemas Ambientales y Sociales de la Agricultura Contemporánea. Invitados: Carmelo Ruiz, Juan Rosario, Representante del Dept. de Agricultura. L-1 


31 marzo - 
Situación y Proyección Futura de la Agricultura Ecológica en Puerto Rico, vista desde la Academia. Invitados: Franklin Roman, Dr.Daniel Pesante. 
L-1


2 abril - 
**10 am: Conversatorio con agricultores orgánicos sobre las políticas públicas agrarias en Puerto Rico. Invitados: Raúl Rosado, Adrián Jordán, Freddy “Fello”, Raulito Mari, moderador: Nelson Álvarez Febles. 

** 1:30 pm: Formas de organización (cooperativas, corporaciones especiales de trabajadores, fideicomisos de tierra) para financiar y desarrollar proyectos de agricultura sustentable. Invitados: Ramón Colón López, Salvador Tió. L-2, Escuela de Derecho, UPR


3 abril - 
en Mercado Urbano de la Placita Roosevelt (10 am): Charla sobre Organización, Producción y Mercadeo de Productos Orgánicos. Participación de Agricultores Ecológicos, Comercializadores, Productores y Consumidores. Organizado por la Cooperativa Madre Tierra y la Organización Boricuá de Agricultores Ecológicos. 


4 abril - 
Seminario sobre Organización, Producción y Mercadeo de Productos Orgánicos. Participación de Agricultores Ecológicos, Comercializadores, Productores y Consumidores. Organizado por la Cooperativa Madre Tierra y la Organización Boricuá de Agricultores Ecológicos. L-1


5 abril - 
Foro Sobre Manejo Agroforestal en Puerto Rico. Invitados: Dr. Ariel Lugo, Marie Angie Ramos. L-1 


***Actividades a Realizarze en la Escuela de Derecho de la UPR a las 7:30pm ***

7.3.11

Supremo de EEUU deniega recurso del Caño

Tribunal Supremo de los EEUU no acoge el recurso de certiorari presentado por el Fideicomiso
Comunidad evaluará reclamo de justa compensación

San Juan – El Tribunal Supremo de los EEUU no acogió el recurso de certiorari presentado por el Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña, mediante el cual cuestionó el fin público de la ley que le arrebató las tierras a los residentes de las comunidades de Caño. 

“Nosotros estábamos conscientes de las pocas probabilidades que hay de que el Tribunal Supremo acoja un recurso de certiorari, pero decidimos presentarlo y agotar todos los recursos legales a nuestra disposición. Nuestras comunidades quieren permanecer y beneficiarse de las mejoras al Caño.  Se trata de las tierras que construyeron nuestros abuelos.  No nos vamos a conformar con migajas, “dijo Lucy Cruz, presidenta del Grupo de las Ocho Comunidades (G-8).

El Tribunal Supremo de los EE.UU. acoge aproximadamente uno de cada 180 recursos de certiorari que se le presentan. 

Conforme a la Constitución, para que el gobierno expropie bienes privados tiene que mediar un fin público y justa compensación.  En abril de 2010, el Primer Circuito de Apelaciones de Boston determinó que la Ley 32 tiene un fin público, y abrió las puertas para que el Fidecomiso reclame justa compensación.

“El liderato comunitario se reunirá próximamente para, a base de las expresiones realizadas por el Circuito de Apelaciones de Boston, proceder a reclamar justa compensación por la incautación de los terrenos de la comunidad,“ señaló la licenciada María E. Hernández, presidenta del Fideicomiso de la Tierra. 

“Queremos dejar claro que nuestro Fideicomiso continua trabajando por la comunidad.  A pesar de los retrocesos que ha implicado la Ley 32, que nos deja a merced de los especuladores, seguimos buscando formas para proveer vivienda asequible a nuestras familias,” recalcó Cruz. 

La presidenta del G-8 y la presidenta del Fideicomiso manifestaron además el agradecimiento de las comunidades al Bufete Jenner & Block LLP por preparar el recurso de certiorari sin costo para el Fideicomiso, así como a los abogados Judith Berkan, Mary Jo Méndez y Pedro Saadé de la Clínica de Asistencia Legal de la UPR por llevar el caso gratuitamente en el Tribunal Federal.

Vea, además, la nota en el NYT.

5.3.11

Nueva publicación: Análisis y perfil adjudicativo Tribunal Supremo de PR


Celebramos la publicación del número 80 de la Revista Jurídica de la Universidad de Puerto Rico que recoge varios artículos producto de un seminario de Teoría del Derecho y Adjudicación, titulado ANÁLISIS Y PERFIL ADJUDICATIVO DE LOS JUECES Y JUEZAS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO. Como verán se publican varios artículos de la autoría de estudiantes de Derecho que como se explica más adelante, analizaron los perfiles adjudicativos de los jueces y juezas del Tribunal Supremo de Puerto Rico. Felicito a los y las estudiantes por un excelente trabajo en el seminario, durante su investigación y finalmente en la fase de publicación. Agradezco, además, a quienes apoyaron el proyecto y reconocieron su importancia.

A continuación presento un fragmento de la antesala que escribí para el número en la que explico el origen de la publicación y la metodología que utilizamos en el seminario. Más adelante se incluyen enlaces a las versiones electrónicas de algunos de los artículos ya publicados en el número 80. Les invitamos a leerlos, a compartirlos, a conversarlos y criticarlos, en fin, a continuar esta labor académica e intelectual que nutre la actividad del pensar el Derecho, y por ende, se dirige siempre a transformarlo..

Salud!.

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ANTESALA: OBSERVANDO A LOS JUECES Y JUEZAS COMO
OPERADORES DEL DERECHO
Érika Fontánez Torres

Las razones (expuestas en las opiniones de los jueces y juezas) a su vez, todas, sin excepción alguna, parten de entendidos teóricos que además se producen al interior del Derecho, entendidos que agrupamos bajo la disciplina de la Teoría del Derecho y que atienden las preguntas más básicas sobre el quehacer jurídico: (1) ¿Qué es el Derecho? ¿Es la norma? ¿Incluye los principios? ¿Es distinto o inseparable de la moral? ¿De la justicia? ¿Es el poder y la política o la ideología de quienes lo tienen? (2) ¿Cómo se insertan los jueces y juezas en la ecuación del Derecho? ¿Qué rol tienen? ¿Leer el texto de la ley y ceñirse a lo allí establecido? ¿Interpretar el Derecho en su mejor luz? ¿Adecuar un resultado conforme a principios o conforme al impacto de su decisión? ¿Resolver conforme a la decisión más justa? Con estas preguntas nos adentramos entonces al campo interno del Derecho y de la teoría jurídica, pero sin olvidar que la observación sobre cómo los jueces y juezas responden a estas interrogantes, aunque sea subyacentemente, persigue entender las dinámicas del Derecho como sistema social.

En este número encontrarán el resultado de esa observación. Nos propusimos la encomienda en principio simple: entender y develar los presupuestos que nuestros jueces y juezas tienen sobre dos preguntas principales: ¿qué es el Derecho? y ¿cuál debe ser el rol de un juez o una jueza y su metodología de adjudicación a la hora de atender controversias de diversa naturaleza? Lo publicado aquí recoge el fruto del seminario de Teoría del Derecho titulado Análisis y perfil adjudicativo de los Jueces y Juezas del Tribunal Supremo de Puerto Rico. En éste, quince estudiantes de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, bajo la docencia de la profesora que suscribe, analizaron las concepciones sobre lo que es el Derecho, sus valoraciones y las metodologías jurídicas de cada uno de los jueces del actual Tribunal Supremo de Puerto Rico en un periodo de tiempo concreto. Desde un abordaje teórico del Derecho y mediante un análisis riguroso de las opiniones, los y las estudiantes analizaron la concepción de cada juez o jueza sobre el rol judicial, los valores que consideran que sus decisiones deben promover, su visión sobre el orden político y democrático, así como sus tendencias en diversas áreas del Derecho y las garantías constitucionales, como por ejemplo en los procesos penales y los derechos individuales, como el derecho a la intimidad.

Los hallazgos tienen varios propósitos. Valga apuntar, en primer lugar, que el abordaje que utilizamos fue de carácter cualitativo y no cuantitativo- empiricista, por lo que no pretendemos hacer generalizaciones cientificistas con lo aquí expuesto.4 Más bien, el valor de este ejercicio y publicación surge de dos aspectos, uno teórico-académico y otro más de índole profesional. En cuanto al último, siempre es importante conocer desde el punto de vista analítico-normativo, el o los perfiles valorativos y adjudicativos de cada juez y jueza a largo plazo y conformar así un perfil adjudicativo de esta importante institución que es el Tribunal Supremo. Eso nos permite dar cuenta a la profesión del vínculo existente entre las premisas teóricas inarticuladas que los jueces y juezas tienen en el ejercicio de la adjudicación y el efecto o impacto real o práctico que pueda tener esto sobre la adjudicación de conflictos o controversias particulares.

Hay quienes podrían abogar por alguna especie de predicción sobre cómo los jueces y juezas adjudicarían determinadas controversias a base de este perfil. Por otra parte, el mapa adjudicativo trazado permite comenzar a mirar a esa institución y a sus componentes desde abordajes distintos y de esta forma contribuir al debate público sobre la naturaleza, alcance, poder y actuación del poder judicial en el País, sobre todo del Tribunal Supremo. Los jueces y juezas, desde el proceso de su nominación, confirmación y en su quehacer, deben mirarse de cerca, no con miras a que se vea afectada su independencia judicial, sino con el fin del mejoramiento de su desempeño y la legitimidad de sus actuaciones. Sin crítica, sin discusión sobre el rigor de sus razones, sin la exigencia de que se expliciten los fundamentos jurídicos ofrecidos, corremos el riesgo de que la rama judicial y su diseño institucional deje de ser efectivo como garante de derechos en nuestro sistema político. De ahí la importancia de una comunidad jurídica vigorosa en escudriñar, tanto desde una óptica normativa como teóricamente, la producción de sus pronunciamientos.

Pero el valor de este ejercicio está lejos de ser solamente práctico. Como bien dijo Derrida, el quehacer universitario debe ser un quehacer sin condición.5 Y es que nos corresponde desde la universidad promover el pensar y producir re flexión y conocimiento sobre estos asuntos. Pensar el Derecho es pensar su quehacer y develar sus premisas sin condiciones, visibilizar lo que subyace invisible a las razones y fundamentos de los jueces y juezas, esos que, al decir de Bourdieu, son actos performativos, pronunciamientos que configuran las realidades sociales.6 Entonces, nos corresponde desde aquí develar esas premisas teóricas de los operadores jurídicos, describirlas, en primer lugar, para luego invitar a la crítica y a, ¿por qué no?, la exigencia de un mejoramiento en la calidad de los argumentos y verdades que desde el Derecho se producen. Por eso, estos artículos tienen sobre todo que ver con el quehacer académico desde ese punto de vista, para insertarnos de manera más activa en el quehacer de la teoría analítica del Derecho e incentivar a una mayor producción en ese ámbito. Se trata de insertarnos más activamente en las discusiones globales de la teoría jurídica contemporánea.

¿Cómo lo hicimos? En primer lugar, los y las estudiantes estudiaron y discutieron a profundidad las diferentes corrientes teóricas del Derecho (iusnaturalistas, normativistas, transnormativistas, sociológicas, feministas, postestructuralistas) y las metodologías y teorías de adjudicación, a saber,el formalismo jurídico, y sus variables normativistas como la ex- puesta por RonaldDworkin,13 las corrientes antinormativas y sociológicas del Derecho como el realismo jurídico norteamericano y los diferentes instrumentalismos y corrientes pragmáticas y otros abordajes teóricos del Derecho como los estudios críticos del Derecho y el feminismo.  Para analizar las opiniones del Tribunal Supremo de Puerto Rico se utilizó la metodología de análisis y matriz diseñada y aplicada por el doctor Efrén Rivera Ramos en su curso de Teoría del Derecho y aplicada en su libro THE LEGAL CONSTRUCTION OF IDENTITY: THE JUDICIAL AND SOCIAL LEGACY OF AMERICAN COLONIALISM IN PUERTO RICO.14   Esta metodología consiste en analizar las opiniones emitidas por los jueces y juezas según varios parámetros que consisten en: su concepción del Derecho, la validez o criterios para juzgar la validez de su decisión, la metodología de interpretación, los valores que consideran que la
decisión debe proveer y su concepción sobre la función de los tribunales. Se utilizó para esto una matriz en formato de tabla también diseñada por el doctor Rivera Ramos. 

Para fines de la publicación y el análisis, seleccionamos el periodo de opiniones emitidas por el Tribunal Supremo desde el 2004 hasta el 2009. Los y las estudiantes trabajaron principalmente en pareja uno o más jueces y examinaron las opiniones de éstos durante este periodo, seleccionando las más relevantes de acuerdo con los temas de mayor interés público y tomando en cuenta las decisiones de mayor impacto jurídico en el desarrollo del Derecho durante ese pe riodo. Los análisis cubren opiniones emitidas por los jueces Francisco Rebollo López, Jaime B. Fuster, Federico Hernández Denton y Baltazar Corrada del Río, las juezas Liana Fiol Matta y Anabelle Rodríguez y los recientemente nombrados Rafael L. Martínez Torres, Eric V. Kolthoff Caraballo y la jueza Mildred Pabón Charneco, conscientes del reducido número de opiniones que fueron emitidas por éstos al momento del cierre del seminario.15 Para diversificar la muestra, se seleccionaron opiniones en dos grandes áreas: Derecho Público y Derecho Privado, con una gama heterogénea entre éstas. Además, se tomaron en cuenta prioritariamente aquellas opiniones que generaron opiniones mayoritarias, junto a opiniones de conformidad y disidentes, en las que se podía apreciar claramente la diferencia entre los argumentos jurídicos y premisas teóricas de cada uno de los jueces y juezas. Los y las estudiantes, junto a la profesora, discutieron una preselección de las opiniones y las tabularon conforme a los criterios antes señalados. Una vez seleccionadas las opiniones finales, cada grupo comenzó el análisis y la aplicación de la tabla metodológica diseñada por el profesor Rivera Ramos. 

Uno de los objetivos siempre en mente fue la importancia de producir conocimiento sobre la aplicación de las teorías de la adjudicación y los perfiles adjudicativos de nuestros jueces y juezas. Se trató de un ejercicio de aplicación de teoría a las opiniones, por lo que ambas cosas están imbricadas, es decir, explicitar a manera de narración cómo las opiniones analizadas ilustran las premisas teóricas y ofrecerle así una especie de perfil de cada juez o jueza en las distintas
materias.

El resultado lo verán ustedes en cada uno de los artículos que este Número y el próximo recogen.16 En éstos, los y las estudiantes del seminario esbozaron con un gran rigor académico e intelectual la teoría que nutrió su análisis de los casos seleccionados, una reseña de cada caso de acuerdo con las áreas del Derecho escogidas, la discusión de las premisas sobre el Derecho y sobre la función judicial que podían develarse de las opiniones y los fundamentos explicitados por cada juez o jueza y finalmente un panorama o mapa cognitivo de los supuestos teóricos de éstos, a manera de conclusiones y hallazgos. La mayoría de los y las estudiantes pudo percatarse de una especie de eclecticismo en la adjudicación de los jueces y las juezas, aunque ciertamente, en cada uno de ellos sobresalían ciertas premisas sobre el Derecho y el ejercicio de la adjudicación.

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Artículos
ANÁLISIS Y PERFIL ADJUDICATIVO DE LOS JUECES Y JUEZAS DELTRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO








3.3.11

Noticias desde el Caño! (Programa ENLACE Caño Martin Peña)

-Presidente Obama incluye asignación de $100,000 para el Caño en su petición de presupuesto

El proyecto de rehabilitación ambiental del Caño Martín Peña es uno de los sólo cuatro proyectos de la categoría General Investigations que el Presidente de los EE.UU., Barack Obama, incluyó en su petición de presupuesto para el año fiscal 2012.   De aprobarse por el Congreso de los EE.UU., la asignación de $100,000 permitirá al Cuerpo de Ingenieros evaluar si el proyecto de rehabilitación ambiental del Caño es viable y si el estudio de viabilidad que prepara ENLACE cumple con los requerimientos federales.  De conformidad con la Ley Federal para el Desarrollo de Recursos de Agua, la viabilidad demostrada del proyecto es una condición esencial de la autorización de los $150M para el dragado del Caño. 

-Jóvenes del Caño reciben reconocimiento por iniciativas de prevención de la violencia contra la mujer

L@s Lideres Jóvenes en Acción, Inc.  (LIJAC) recibieron el premio JUVENTUD 360 de Liderazgo Juvenil Comunitario por presentar una propuesta para la prevención de violencia en Puerto Rico.  La propuesta, que se destacó por su innovación, fue presentada y galardonada el pasado viernes 25 de febrero de 2011 durante la Convención Juventud 360,  auspiciada por el Boys & Girls Club of Puerto Rico.  La propuesta de LIJAC se titula: “Quileando la Violencia Machista: Promoviendo el pensamiento crítico hacia la prevención de la violencia contra la mujer, en las y los jóvenes participantes del II Torneo de Voleibol Comunitario de las comunidades del Caño Martín Peña.”  Felicitamos a l@s jóvenes de LIJAC, a su coordinadora, la trabajadora social comunitaria y voluntaria Lumary Soto Nieves, y al personal de la Oficina de Participación Ciudadana y Desarrollo Social de ENLACE.

-CAUCE y The Big Think Group se unen al Programa de Alfabetización de Adultos

Durante el mes de enero de 2011, l@s voluntari@s del programa de alfabetización de adultos del Comité ENLACE Dominicano recibieron dos talleres sobre técnicas no tradicionales de educación a adultos.  Contamos la investigadora y experta en el tema Ana Luisa Baca, quien coordina un exitoso programa de alfabetización en Río Piedras desde el Centro de Acción Urbana, Comunitaria y Empresarial (CAUCE).   Asimismo, la empresa de relaciones públicas y mercadeo con sede en Santurce, The Big Think Group, donó $1,000 a nuestro programa de alfabetización, para adquirir materiales.  Con estos importantes aportes, CAUCE y The Big Think Group se unen al equipo de aliados que han hecho esta importante iniciativa una realidad, y que incluye al Consulado General de la República Dominicana en Puerto Rico, al G-8 y a la Junta de Residentes de Buena Vista Santurce.  

-Estudiantes de la ArqPoli presentan propuestas para el Caño

Dos grupos de estudiantes de la Escuela de Arquitectura de la Universidad Politécnica de Puerto Rico realizaron propuestas de diseño vinculadas el Plan de Desarrollo Integral.  L@s estudiantes del Prof. Miguel Rodriguez Casellas propusieron alternativas para atender de forma creativa los espacios vacantes que están surgiendo en los márgenes del Caño, según se van realojando familias y mientras se concreta el dragado.  Por su parte, l@s estudiantes del Prof.  Oscar Oliver, desarrollaron conceptos de vivienda multifamiliar, instituciones educativas y espacios públicos, a partir de las disposiciones del Plan de Desarrollo Integral Los trabajos servirán de base para explorar estos temas con los residentes y líderes comunitarios.  ENLACE, el G-8 y la Universidad Politécnica tienen un acuerdo colaborativo desde 2009 y el Decano de la Escuela de Arquitectura, Carlos Betancourt, ha sido instrumental en asegurar la coordinación de nuevos proyectos bajo dicho acuerdo.

Creative Commons Salon: Puerto Rico (LiberARTE)


"Luego de la adaptación de licencias "genéricas" de Creative Commons al contexto legal de Puerto Rico y su lanzamiento en el 2008, CCPR se ha dedicado a integrar activamente el uso de licencias al quehacer cultural de la isla. Como parte de dicha iniciativa, hemos organizado un "CC Salon", un evento social en el cual diferentes comunidades creativaspodrán orientarse acerca de las ventajas de las licencias, así como su aplicación práctica, mientras comparten entre sí en un contexto de expresión artística diversa.

6:00pm Presentación de Elizabeth Stark, exponente del movimiento de cultura libre y profesora de derecho, tecnología y sociedad en la Universidad de Yale.

7:00pm
-Music presentaciones de Los Niños Estelares y Norenid Feliciano
-Poetry Lectura de poesía, organizada por la escritora Yara Liceaga
-Arts creación in situ de obra de artes plásticas, organizado por el artista Nathan Budoff

Los estudiantes de la Clínica de Derecho Cibernético ofrecerán, además, orientaciones individualizadas en su exhibidor informativo con materiales educativos tales como folletos, presentaciones digitales, tutoriales y muestras de materiales bajo licencias CCPR."
Auspicia Microjuris

La actividad se llevará a cabo en el Centro para Puerto Rico (Fundación Sila M. Calderón) en Río Piedras, el 6 de marzo de 2011.

La Clínica de Derecho Cibernético está dirigida por la Profesora Chloé S. Georas

Clínica de Asistencia Legal de la Escuela de Derecho UPR (787) 999-9579.

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