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4.4.14

¿Quien dice neutralidad? Yo digo derechos (En 80grados)

El miércoles pasado participé en el Foro: "La Vacante en el Tribunal Supremo", auspiciado por el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico. La Revista 80grados en su nueva edición publica la ponencia que allí presenté. Puede accederla aquí. La reproduzco abajo.


Propongo apartarnos de la trampa de la neutralidad. No, no queremos a alguien neutral, queremos y es deseable alguien cuya hoja de vida refleje haber estado del lado de los derechos y del acceso a la justicia. Nada menos se merece el país. Me explicaré.

Cada vez que surge una vacante al Tribunal Supremo de Puerto Rico se mencionan “nombres”. Usualmente, los nombres están vinculados en su trayectoria profesional con el partido en el poder, herederos de alguna tradición familiar en la abogacía, ubicados en algunos de los lugares comunes de la marca de cotejo del llamado éxito en la profesión. Ninguno es neutral. Su trayectoria, la mayoría de las veces, ha estado ‘limpia’. Pero esa limpieza cuesta porque por lo general se refiere a una práctica que aunque ‘exitosa’ conforme a los parámetros de la profesión, ha sido deliberadamente cautelosa en no incomodar demasiado el estado de cosas de injusticias que prevalece, o incluso, en mantenerlo.  Y así, nos hemos acostumbrado a que la mayoría (a veces, no todos) de esos nombres, ‘suenan’ porque son los ‘nombrables’, ciertamente a veces con méritos y potencial de tener las características que hoy día son lugares comunes en lo que debe ser un buen Juez o Jueza: imparciales, con temperamento judicial, gran estudioso(a) de controversias jurídicas o con experiencia como juez o jueza. Cierto. Todo esto es importante, pero plantearé aquí que no es suficiente, no hoy en el estado de situación en que nos encontramos. Propongo, en su lugar, remediar este consenso eufemista que prima en la discusión de los nombramientos que se hacen al Tribunal Supremo. A veces no queremos entrar a propuestas sustantivas so pena de no entrar en asuntos ‘controversiales’.  Propongo que esta vez lo hagamos distinto y en su lugar propongamos lo que para mí serían las características que el país necesita en una persona que hoy día integre el Tribunal.

Comencemos por enumerar las características del deber ser consensuado, es decir, lo que debe ser un buen Juez o Jueza para los parámetros de la gran mayoría de la profesión. El lugar común es que no necesariamente importa lo que ha sido su práctica profesional o desempeño antes de desempeñarse como juez o jueza, siempre que éste tenga temperamento judicial, imparcialidad, neutralidad y fidelidad en la aplicación de la ley, entre otros atributos. Pero como dije, nombrar esto no necesariamente nos lleva a un buen lugar. Por eso, lo primero que haría sería emplazar ese lugar común, es decir, ese consenso. Me interesaría enfocar no en las características de lo que hará éste o ésta una vez sea Juez(a), sino plantear una relación entre las características de lo que ha sido la vida profesional del nominado(a) y el desempeño posterior que quisiéramos como integrante del Tribunal Supremo. Se trata de desestabilizar un tanto la concepción de lo que sería “el buen juez o jueza” imparcial luego del nombramiento, para mirar lo que ha sido su parcialidad antes del nombramiento. Y esto porque pienso que hoy día hay una situación tan grave de acceso a la justicia, desigualdad por identidad y material y derechos sin reivindicar, que estoy convencida que lo mejor que podríamos hacer es reconocer lo falaz de la idea de neutralidad judicial y abogar por un tribunal capaz de atajar estos desbalances.

Habría que desajustar la teoría liberal de la “neutralidad judicial”. Porque después de todo, diría el profesor de Harvard Duncan Kennedy, la aceptación sin más de la idea de la neutralidad judicial, aunque loable, “reproduce y refuerza las desigualdades sociales”.1 Si algo es necesario hacer institucionalmente hoy día es precisamente atender esos desfases de crasa desigualdad. ¿Cómo entonces actuar y lograr, más que meramente aspirar, a una Corte Suprema que responda a una sociedad más igualitaria? ¿Qué tiene de malo preguntarse esto y tomarselo en serio? Propongo, lo que hace unos años expuse en la Revista digital 80grados: rasgar las paredes del poder judicial.2 Aceptando la teoría de adjudicación del profesor Kennedy, abogaría por salir de una vez y por todas de dos entendidos comunes y aspiracionales. El primero, que el Juez o la Jueza es un sujeto neutral, una especie de ‘robot programado’, libre de experiencias previas. Pero esto conllevaría también reconocer que tampoco es lo opuesto: un ser absolutamente libre de en su poder decisional de hacer lo que quiera. En resumen, habría que empezar por reconocer que los jueces no son sujetos tabula rasa, jueces tipo Hércules al decir de Ronald Dworkin3 , y por ende, no están exentos de subjetividades y experiencias. Tocaría entonces pensar en ¿qué experiencias y subjetividades debe tener un Juez o Jueza del Supremo.

Lo segundo que habría que explicitar en la mesa de discusión es que la argumentación jurídica no es sino una especie de “manipulación de material jurídico, entendido éste como un medio para justificar soluciones jurídicas”4 , pero aún así, hay en el argumento jurídico y en su material una ‘restricción de bastante fuerza”. En otras palabras, no hay que negar que la argumentación jurídica es una rama de la argumentación ética, por lo tanto, el elemento ético-político siempre está presente. Lo que hay es que reconocerlo. La pregunta entonces sería ¿qué entendidos mínimos de ética política deben ser los que conformen el quehacer judicial?. El decir que no existe neutralidad, pues, no conlleva necesariamente el resultado de que no que hay decisiones mejores que otras o más correctas y de hecho, que hay decisiones inaceptables incluso desde el razonamiento jurídico o contrarias la idea de que todos tenemos derecho a tener derechos. Por ejemplo, diría que esas decisiones inaceptables serían aquellas que nieguen, por caso, la igualdad política de cada uno de los ciudadanos, como en los casos de AAR Exparte ((188 DPR 380.)) (Opinión sobre la petición de adopción de una madre lesbiana) o Pueblo v. Flores Flores5 (Opinión que le negó protección a una mujer por estar en una relación adúltera). Esas decisiones simplemente no pueden convivir con el principio básico de igualdad, principio que debe ser uno de los puntos de partida ético-políticos de quien adjudique con relación a otros derechos.

Abordemos la Pregunta 1: ¿Qué experiencias y subjetividades debe tener un(a) aspirante a Juez o Jueza del Supremo?.
El estado de cosas hoy por hoy, sabemos, grita violaciones de derechos, desigualdad, serias carencias para viabilizar el acceso a la justicia, patrones discriminatorios.    Si partimos de ese estado de cosas, un estado de cosas que difícilmente alguien se atrevería a negar -como es el caso de la crisis de acceso a la justicia- no necesitamos entonces hablar de candidatos o candidatas a jueces que sean neutrales ante esta situación. Antes bien, más que árbitros que canten bolas y strikes -frase notoria utilizada por el Juez Presidente del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, John Roberts- necesitamos nominados que hayan visto y mirado a los ojos y, si posible, de cerca las implicaciones de esa crisis. No hay duda que las experiencias que ese abogado o abogada haya tenido enriquecen las perspectivas y ayudarían a poner en un contexto justo las peticiones ante el Tribunal. Decir que el candidato o la candidata sepa ser neutral o imparcial es un punto común que no nos dice mucho respecto a este aspecto. ¿Y están ahí los jueces para algo más que cantar bolas y strikes en el juego? Ciertamente que sí, están como garantes de los derechos que el Estado u otra parte violente y sobre todo, como garantes de los derechos fundamentales y constitucionales, lo que incluye la dignidad y la igualdad de los sujetos políticos. De ahí que a la ciudadanía le convendría, es más, requiere urgentemente de un nominado o nominada que de antemano cuente con un quehacer y unas experiencias relacionadas a estos asuntos. Me refiero a abogados y abogadas de derechos humanos, activos en la práctica pro-bono, juristas conocedores de la importancia de los derechos civiles, sociales y económicos, en fin, aquellos y aquellas que conocen de cerca la tragedia de representar a minorías o a víctimas de patrones culturales violentos, como las mujeres. Por supuesto, nada de esto excluye que otros candidatos no puedan contar con el conocimiento o sensibilidad de entender estos reclamos de derechos, pero lo cierto es que a este tipo de abogados o abogadas consciente o inconscientemente se les excluye por no haber sostenido una práctica que se vincula a las arterias del poder o el status quo.

Por eso, me atrevo a sugerir, ¿Alguien Activista? Ciertamente. Pero activistas hay de diferentes tipos. Me refiero a aquellos y aquellas en cuya hoja de vida profesional esté dedicarse a la protección de aquellos y aquellas que viven en un estado perpetuo de carencia de derechos, al punto de que se les hace difícil poder reivindicarlos. ¿Por qué no? Diría que todos los abogados y abogadas a quienes se considere para integrar el Tribunal Supremo han sido activistas. La diferencia está en el objeto de su activismo. Hay activismo partidista, no deseable hoy día si se quiere reivindicar la imagen y legitimidad del Tribunal Supremo, hay activismo corporativo, el cual ya cuenta con suficientes frentes y representantes y hay activistas de derechos. Lo digo en serio y sin ambages. El país y la institución máxima adjudicadora de derechos necesita alguien que no solo se tome los derechos de los más vulnerables en serio sino que haya vivido una práctica profesional acorde. Éstos en cambio, son ‘penalizados’ por carecer de ‘neutralidad’ por dedicarse a una práctica que no hace sino cumplir responsablemente con el Canon 1 de Ética de la profesión.

Lo cierto es que sabemos que existen los abogados y abogadas, juristas, que se dedican a la práctica de los derechos humanos, a las llamadas ‘causas justas’ o de interés público, a un quehacer ético-profesional comprometido con el mejoramiento de la sociedad, con una práctica activa pro-bono. Éstos sin embargo, pagan el precio de que se les excluya de ser considerados para ocupar cargos de gran relevancia para el país bajo la idea de que son
muy “pro-activos” o de que otro tipo de profesional lleva una práctica más neutral, capaz de ser ‘imparcial’. 


Habría que decir que esa neutralidad o imparcialidad, es pues falaz. Las violaciones diarias de derechos y la falta de acceso a la justicia para sanarlas, tendrían que ser razón  urgente para una profesión legal más activa en el cumplimiento con el Canon 1, quien no lo hace no es neutral, todo lo contrario, incumple su deber profesional. Habría que decirlo, una práctica que se aparte de esta responsabilidad no debería ser considerada para ocupar un lugar en una institución que precisamente debe gozar de la confianza del país. 

Eso no quiere decir que ese Juez o jueza siempre adjudicará a favor de esos grupos o individuos, ni que no deberá ejercer su rol con apertura e imparcialidad, sino que en tanto se ha expuesto, a diferencia de otros usualmente seleccionados, a un contexto de país que todavía buena parte de la profesión desconoce, que le es absolutamente ajeno, esa experiencia enriquecerá y potenciará un Tribunal más competente y justo. Por supuesto, que todos los casos no son de este tipo, pero ciertamente su ubicación allí va a significar un cambio para el mejoramiento del estado de cosas respecto a la adjudicación en la reivindicación de derechos y el acceso a la justicia.

Abordemos la pregunta número 2: ¿Qué entendidos mínimos de ética política deben ser los que conformen el quehacer judicial?.
Lo primero que habría que decir es que no debemos temer a trazar unos entendidos mínimos ético-políticos que son el marco de referencia en la adjudicación de derechos constitucionales. No es nada radical lo que digo. Cualquier liberal como el reconocidísimo filósofo del derecho estadounidense Ronald Dworkin, al hablar de tomarse los derechos en serio, defendió la idea de principios como la equidad y la igualdad, entre otros, como parámetros jurídicos desde los cuales atender los casos difíciles. Es necesario que quien sea nominado no solo retóricamente entienda esos entendidos sino que a los ciudadanos nos interesaría ver cuál ha sido su compromiso con esos parámetros. No podemos, pues, dejar un vacío, a la suerte del futuro del Tribunal, el cumplimiento y la materialización de estos parámetros. La idea de neutralidad o imparcialidad sin más no nos permite poner en discusión la importancia de estos entendidos. La discusión no sería fácil, pero la laguna que deja el silencio del entendido de que el Derecho no se posiciona sobre ninguna propuesta ético-política es falsa y resultaría mejor propiciar una discusión transparente sobre esto (Como por ejemplo, fue el caso del proceso de nominación y escrutinio de la hoy Jueza Ginsgburg al Supremo de EEUU).  En ese sentido, por último, preguntaría en voz alta ¿Cuáles son los grandes retos jurídicos que enfrentaremos en los próximos años? y qué tendría que decir un nominado y nominada sobre esto. Expondré solo algunos de los temas que pueden servir de punta de lanza para una discusión sustantiva.
  1. Igualdad y Dignidad- Reconocer que el concepto de igualdad y dignidad no son solo aspiraciones, sino que tienen implicaciones materiales, concretas en la vida y el modo de vida de los ciudadanos. Quien sea nominado y luego confirmado debe tener una hoja clara sobre esto. Hay que garantizar que quien integre el Tribunal haya reconocido y sepa reconocer la importancia de los derechos como ‘cartas de triunfo’, al decir de Ronald Dworkin, sepa tomarse los derechos en serio. Ahora mismo hay en Puerto Rico ciudadanos de segunda categoría y ¿para qué sirve la institución principal en la garantía de derechos sino para asegurar que en la arena política cada ciudadana y ciudadano pueda participar y ser igual en el derecho a tener derechos. No hay que tener temor en exigir que los integrantes del foro garante de esa igualdad tengan claro lo que significa la igualdad de derechos y lo inaceptable que es que las preferencias sexuales de los ciudadanos sea justificación para negarle los mismos derechos que al resto. En fila esta la adopción igualitaria, el matrimonio igualitario y los derechos patrimoniales igualitarios. La situación actual es inaceptable y tomarse los derechos en serio significaría exigir que quien ocupe una silla en ese Tribunal tenga claro lo que es la igualdad.
  2. Derechos económicos, sociales y culturales- Es en tiempos de crisis precisamente en que no podemos darnos el lujo de sacrificar los resguardos que ofrece el Derecho como tampoco bajar las expectativas de lo que se espera en términos de los tribunales como garantes de los derechos de los ciudadanos, sobre todo de aquellos ya apaleados sustantiva y procesalmente, por eso, con un serio problema de acceso a la justicia y en tiempos en que las políticas de austeridad sacrifican a los más vulnerables, es preciso y sin ambages, contar con una persona nominada cuya hoja profesional demuestre que conoce o ha visto de cerca esa vulnerabilidad, que conoce de derechos sociales, que tiene clara la importancia de tomarse en serio los derechos de todos, sí, pero sobre todo de los y las a las que ya por décadas y en un ciclo sin fin, se les ha violentado. No hay ni debe haber paños tibios aquí. Puerto Rico requiere de un Tribunal en el que la mayoría apaleada pueda poner su confianza en que sus derechos se verán sin que la excusa de una venda sirva para dar al traste con los derechos sociales.
  3. Derecho a la protesta- Teóricamente lo ha dicho Rawls, Habermas, Dworkin,  Arendt: un estado democrático de derecho se robustece con el derecho a la protesta y con la desobediencia civil si es preciso y todos esta teoría adquiere materialidad cuando hacemos evidente que en una sociedad democrática obedecer no puede ser ciegamente, sino que requiere un escrutinio de sus ciudadanos. Para eso se requiere, no solo que la sociedad tenga eso claro, sino que la tercera de la rama, la garante de derechos, sea firme en afianzar y fortalecer esos derechos que garantizan una democracia robusta.  No, no es a alguien de ‘ley y orden’ en el sentido estricto, al que buscamos, sino a alguien que sea lo suficientemente sensible a esas distinciones político-jurídicas.
  4. Derecho a la intimidad-No hay que abundar en los retos que las nuevas tecnologías y los desarrollos de la ciencia nos plantean. Tampoco dejar de reconocer las tentaciones del Estado y los gobiernos en violar derechos civiles y pasar de la ralla en la vigilancia de los ciudadanos amparándose en la seguridad. Para garantizar que eso no ocurra, necesitamos que quien adjudique esté consciente de la importancia de los derechos civiles, del papel que juegan en una democracia, que sea de mente amplia para los nuevos imaginarios sociales y sus implicaciones.
  5. El derecho a ser diferente en una sociedad laica en principio pero cuya religiosidad se ha normalizado. Lo que antes se buscaba proteger era la libertad de culto, hoy día es precisamente la libertad de no-culto y a ese ciudadano que también tiene libertad de pensamiento y de asociación, habría que defenderlo con igual amplitud o mayor, dado el caso de la normalización de puntos comunes basados en el cristianismo. Es necesario que el juez o jueza que integre el Tribunal pueda hacer las distinciones entre sus preferencias personales y aquella función de ser garante de quien difiere de éstas porque es diferente y piensa diferente.
De manera que no, no buscamos ni debemos buscar a alguien neutral para el Tribunal Supremo, sino a alguien que haya estado y esté comprometido con el cumplimiento con los derechos, con la idea y el mandato de igualdad, con medidas para palear la falta de acceso a la justicia. Buscamos a un o una integrante que pueda tener en su haber las indicaciones de que cree en el derecho a la diferencia, en la sociedad plural, de que conoce y preferiblemente, se ha destacado en estas áreas, que sabe la importancia de constituirse en garante de derechos en situaciones de crisis y más allá de lugares comunes poco cuestionados. Las experiencias importan, importa la hoja de vida profesional de quien ha llevado una práctica de la profesión muy de cerca de quienes no tienen voz ni formas de hacer valer sus derechos, la mayoría de las veces derechos que ni siquiera están en disputa sino que simplemente no se pueden hacer valer. Hace falta, para afianzar la confianza de la ciudadanía en esta institución, abogados y abogadas que hayan demostrado un compromiso ético profesional e inconformidad con el estado de cosas actual. Ese estado de cosas no es neutral, beneficia a unos pocos y es en detrimento de muchos violentados de su derecho a tener derechos. De manera que la prioridad debe estar ahí, y de esos hay, y muchos, solo hace falta verlos, dejar de invisibilizarlos, re-enfocar la mirada fuera de los partidos, de los fieles, de los que siempre han estado en el otro doblez su hoja de vida.

29.3.14

Foro: La Vacante en el Tribunal Supremo (Colegio de Abogados y Abogadas de PR)

El Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico invita:

¿Es la selección de la persona para presidir nuestro Tribunal Supremo un asunto que impacta únicamente a la comunidad jurídica?

¿Cómo incide esa selección en la percepción del país sobre nuestros tribunales y en el acceso a la justicia?

¿Cuáles deben ser las características de la persona que ocupará la silla de la presidencia de nuestro más alto foro?

Siete figuras de primer orden en la comunidad legal discutirán éstas y otras interrogantes durante el Conversatorio…

LA VACANTE EN EL TRIBUNAL SUPREMO

Miércoles 2 de abril de 2014

7:00pm, Sede del CAPR, Miramar

Primera parte (deponentes):

Lcda. Erika Fontánez Torres —profesora, Facultad de Derecho UPR

Lcdo. Julio Fontanet Maldonado —decano, Facultad de Derecho Interamericana

Lcdo. Pedro Ortiz Álvarez —profesor, Facultad de Derecho PUCPR

Lcda. Ana I. Rivera Lassén— presidenta, CAPR.


Segunda parte (reactores):

Lcda. Ana Paulina Cruz —presidenta, Comisión de Derecho Penal, CAPR

Alana Feldman Soler —directora ejecutiva, Taller Salud de Puerto Rico

Lcdo. Charles Hey Maestre —director, Servicios Legales de Puerto Rico




23.12.13

El Derecho a una vida digna (Mensaje de la Presidenta del Colegio de Abogados y Abogadas)

Mensaje de la Presidenta del CAPR sobre los sucesos recientes en torno a la aprobación de enmiendas al sistema de retiro de los y las maestro@s:

Haciendo una pausa en el día de hoy, en que se cremará el cuerpo de mi madre, quien fue maestra retirada del Departamento de Educación, y en honor a ella hago estas expresiones.

Un tema medular y de tanta importancia para la economía del país, y que toca el derecho que deben tener las personas a tener una vida digna al retirarse, no debe ser resuelto en una sesión corta y apresurada.  Las vistas públicas sobre las enmiendas al sistema de retiro de los maestros y maestras debieron ser abiertas para que las personas que los representan depusieran.

Hoy y siempre, el CAPR está del lado del derecho a la libertad de expresión, fundamental en nuestra sociedad y expresa que no debe haber  restricción de la ciudadanía a las gradas del hemiciclo legislativo. Igualmente, reireamos que el derecho de las personas a tener una vida digna en su jubilación debe ser un tema de la mayor ponderación y análisis. Exhortamos un diálogo sincero y abierto, y el respeto a los derechos ciudadanos.

La manera atropellada en que se dio todo el asunto legislativo hace que al país no le queda claro que no hubiera otras alternativas y ha creado confusión.

La libertad de expresión y el derecho a defender sus posiciones debe garantizarse y el uso de la fuerza no debe ser usado para evitar la protesta legítima y pacífica. Tendremos observadores(as) hoy en el Capitolio.

-Ana Irma Rivera Lassén, Presidenta del Colegio de Abogados y Abogadas

26.3.11

HOY! Dona y contribuye a salvaguardar un espacio importante

La sede del Colegio de Abogados de Puerto Rico ha servido a través del tiempo como punto de encuentro de abogados y abogadas y para la consecusión de actividades ciudadanas que encaminan la defensa de los derechos humanos, el acceso a la justicia, la democratización del conocimiento jurídico y la producción de saberes y gestas para hacer de nuestra sociedad una más justa.

Como sabemos, la sede está en peligro a raíz de una sentencia que injustamente condena al Colegio a la devolución a ciertos colegiados de pequeñas sumas individuales que juntas suman $500,000 y que ponen en riesgo la sede del Colegio. A esta institución profesional y social se le quiere eliminar porque a través de los años ha sido efectiva en denunciar las injusticias y velar por los derechos de los ciudadanos e individuos frente al Estado y propicia un perfil de abogado y abogada comprometido con la sociedad en que vive. Todos y todas debemos cooperar para evitar que esto suceda y nos quedemos sin sede, lugar de encuentro y reunión, uno de los pocos lugares en que podemos ser ciudadanos.

HOY se celebra un radiomaratón para este propósito. Puedes ir a la sede del Colegio o donar por vía telefónica o por Internet. Este blog apoya esta gestión y te invita a que te unas en la defensa de este espacio que tanto nos ha posibilitado.

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Los donativos se pueden hacer a nombre de
Fundación del Colegio de Abogados.
El número de la cuenta para depósitos es:
7867653516
Banco de la cuenta es: Oriental Bank

También pueden donar usando la siguiente página
www.conelcolegioporpuertorico.com

10.2.11

Sépase que NO somos de esa clase

Foto de Xavier Araujo, END.
En el día de ayer el Juez del Tribunal Federal, José Antonio Fusté, emitió una orden requiriendo, entre otras cosas, la cancelación del nombre de dominio www.yonosoydelaclase.com por entender que el Colegio de Abogados estaba “directa o, al menos, indirectamente involucrado con el website”, en violación a una prohibición contra cualquier comunicación con su matrícula sobre el pleito de clase en su contra.

Asimismo, encontró incurso en desacato al Colegio por comunicarse con su matrícula sobre el particular por correo electrónico. Hoy, 10 de febrero, el Presidente del Colegio de Abogados fue arrestado por alguaciles federales, luego que se negara a cumplir con la orden de desacato.

Este es un blog independiente y no tiene ninguna relación con el Colegio de Abogados, por lo que no está sujeto a la Orden del Tribunal Federal que impide a funcionarios del Colegio expresarse sobre este caso y orientar a su matrícula sobre el caso. Véase también esta declaración en el blog Derechoalderecho con el cual contribuimos.

A tales efectos, y en el ejercicio pleno de nuestro derecho a la libertad de expresión, a continuación proveemos los siguientes documentos:

-Copia de la comunicación del Presidente de Abogados, según fue distribuida por email el 7 de febrero, por la cual fue encontrado incurso en desacato (Exhibit 1, Orden del Tribunal). 





-Un formulario preparado, siguiendo las instrucciones del “Notice to Class Action Law Suit”, que todo abogado y abogada puede usar para excluirse de la clase. Debe enviarse por correo con matasellos fechado en o antes del 26 de febrero de 2011. 

-El “Notice to class action law suit” del 26 de enero de 2011. 



-La Orden de Fusté del 9 de febrero, Ordenando el desacato. 





-Orden de Fusté del 10 de febrero, ordenando el arresto del Presidente del Colegio de Abogados tras negarse a cumplir con la orden de desacato. 



-Para mantenerte al tanto, visita


Yo No Soy de la Clase
Formulario
** Si ya enviaste tu exclusión es recomendable que la envíes de nuevo, debido a que el Tribunal Federal invalidó exclusiones a través de un formulario disponible anteriormente. Para ese caso, el profesor José Julián Álvarez González sugiere, mediante email circulado el 10/2/11, añadir el siguiente texto al formulario:

“Last week I sent you a similar notice but, since the order issued by Judge José A. Fusté on Feb. 9, 2011 raises doubts concerning that document’s validity, I hereby send this new one. I want it to be absolutely clear that I do not want to be part of this class and that to keep me within it would violate my rights of freedom of speech and association under the Constitution of the United States.”

Notice to class action law suit
La Orden de Fusté
Orden de Arresto
          ¡Comparte!

26.9.10

La crisis, los derechos y el espacio público (Efrén Rivera Ramos)


Fue una conferencia Magistral, un discurso que nos llenó de energías y que le hace falta al país escuchar. Más allá de tratarse del discurso principal en la Asamblea anual del Colegio de Abogados, se trató de un discurso de país. Quien no estuvo, no debe permitirse dejar de leerlo, aún cuando no sea abogado o abogada, porque su público somos todos y todas. Se trata del discurso magistral del doctor Efrén Rivera Ramos dado el pasado 1ro de septiembre en ocasión de la Asamblea del Colegio.

Hacemos disponible la versión completa, aunque será publicado formalmente en la Revista del Colegio. Como siempre, gracias Efrén, por servirnos de modelo, por darnos tus palabras, tu intelecto, tus ideas, tu sapiencia, todo sin pedir nada a cambio.

salud!.

6.9.10

Asamblea Colegio de Abogados

El próximo fin de semana será la Asamblea del Colegio de Abogados y Abogadas de PR en Fajardo. El sábado 11 de septiembre a las 9am será la Asamblea deliberativa en la que entre otros asuntos se elegirá al nuevo Presidente del Colegio por los próximos dos años.

El orador principal de la Asamblea será el doctor y profesor Efrén Rivera Ramos.

El programa completo de la Asamblea está disponible aquí.

Colegiados, colegiadas y estudiantes de derecho, no falten!. Allí nos vemos.

22.12.09

continúa la defensa del Colegio

Nuevos pasos en la demanda del Colegio de Abogados
Comunicado de Prensa


El Colegio de Abogados presentó en el día de hoy una demanda en el Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala de San Juan, en la cual solicita que se detenga la implantación de las leyes 121 y 135 aprobadas por la Legislatura y que enmiendan la Ley 43 que rige a dicha institución.


En dicha demanda, además de los argumentos planteados previamente en los recursos radicados en el Tribunal Supremo, aparece como demandada, en su carácter oficial, la Oficina de la Administración de Tribunales (OAT) y su directora, la jueza Sonia Vélez Colón, y se añade un nuevo reclamo relativo a la ilegalidad de leyes impugnadas por ser estas violatorias del principio de que una ley no podrá condenar sin la celebración de juicio.


El presidente de los abogados, el Lic. Arturo Hernández, informó que “recurrimos al TPI porque el Tribunal Supremo, en opinión dividida, no aceptó ver el caso en jurisdicción primaria. Los jueces Rivera Pérez y Pabón Charneco”, recordó Hernández, “emitieron voto para desestimar el recurso en sus méritos; los jueces Hernández Denton, Koltoff y Martínez decidieron no asumir jurisdicción original, pero que no desestimarían ya que entendieron que se necesita prueba y el proceso en el TPI; y las juezas Rodríguez y Fiol disintieron. La posición de estas últimas es cónsona con los planteamientos legales que está haciendo el Colegio en cuanto a la jurisdicción del Tribunal Supremo. Ellas hubieran asumido jurisdicción para ver el caso en sus méritos en dicho tribunal”.


Hernández aclaró que el Colegio de Abogados recurrió primero al Supremo “porque es el tribunal creado por nuestra Constitución para ello y el que tiene la obligación y la facultad para regir la profesión legal. El poder legislativo está interviniendo ilegal e inconstitucionalmente con el poder judicial e infringiendo la separación entre las ramas de gobierno que mandata la Constitución. Hay que enfatizar”, expresó, “que este litigio es un litigio de derecho, no de hechos, y considerábamos improcedente acudir al TPI ante la gravedad de la controversia, la urgencia de radicar y porque es un asunto que compete al Supremo por tratarse de la profesión legal”.


El presidente de los togados explicó que “le estamos pidiendo al TPI que, como parte del proceso de Injunction, emita un entredicho provisional para dejar en suspenso la implantación de las dos leyes mientras se ventila el caso. Esperamos”, insistió, “que el TPI falle a nuestro favor porque tenemos un caso sólido desde el punto de vista jurídico a base de los reclamos de inconstitucionalidad que estamos haciendo en torno a las dos leyes mencionadas y el proceso mediante el cual se aprobaron: violación de la separación de poderes, usurpación del poder inherente del Supremo para regir la profesión legal, violación del derecho a la libre expresión y asociación —tanto del Colegio como de sus integrantes— y violación de la sección 17 del artículo III de la Constitución (por violar los requisitos de redacción y trámite en legislación aprobada)”.


Por su parte, el Lic. Harry Anduze, presidente de la comisión especial del Colegio de Abogados que ha estado lidiando con las estrategias contra las leyes que pretenden la descolegiación de la abogacía, informó que “hay dos asuntos nuevos que se han incluido en la demanda radicada ante el TPI: en primer lugar, se incorporó como parte demandada a la OAT y a su directora, la jueza Sonia Vélez Colón, estrictamente en su carácter oficial, para que el Tribunal pueda poner en efecto la sentencia que emita porque es la OAT, brazo ejecutivo del Tribunal Supremo, la que está implantando las disposiciones de las leyes impugnadas”.


“En segundo lugar”, indicó Anduze, “se añadió otro reclamo constitucional: que las leyes 121 y 135 violan la Constitución de Puerto Rico, Artículo II, sección 12 y la Constitución de EEUU (secciones 9 y 10 del Artículo I) al constituir ´bills of attainder´. Estas secciones se refieren,” explicó el abogado, “a legislación que determina la presunta culpabilidad de una persona o entidad jurídica, como es el Colegio, porque hay desacuerdo con sus actuaciones y se aprueba una ley para castigarlo sin la celebración de un juicio. En el caso del Colegio, a pesar de que las vistas públicas reflejaron otra cosa —recordemos las cerca de 90 ponencias y documentos a favor del Colegio en las dos sesiones de vistas y sólo 8 en contra—, los legisladores nos juzgaron partiendo de su ideología política y el castigo, como ya se ha visto, fue legislar para eliminar la colegiación de la abogacía y continuar aprobando otras leyes para ahogarnos e intentar que no sobrevivamos como organización”.


El presidente del Colegio retomó la palabra para afirmar que “los abogados y abogadas han sido solidarios, defensores de su Colegio y han estado respaldando mediante el pago de cuotas y de otras formas. Continuamos realizando nuestro trabajo porque, a partir del análisis que hemos estado haciendo y de la radicación en el Supremo, decidimos que continuaremos funcionando sustentándonos en la ley que nos rige, la Ley 43. En ese sentido”, agregó, “hacemos una exhortación a los compañeros abogados y abogadas que sabemos que están comprometidos con esta institución y que todavía no han venido a pagar su cuota a que lo hagan lo antes posible”.


Organizaciones de la comunidad también han estado dando respaldo. Varias de ellas, según el presidente del Colegio, han confirmado que le solicitarán al TPI intervenir como amigos y amigas de las Corte. Algunas son: Coordinadora Paz para la Mujer, Hermandad de Empleados Exentos No Docentes (HEEND), Asociación Puertorriqueña de Profesores Universitarios (APPU), Unión de Abogados y Abogadas de Servicios Legales, Comisión de Derechos Civiles, Red de Esperanza y Solidaridad, Diócesis Católica de Caguas (REDES), American Civil Liberties Union de Puerto Rico (ACLU) y la Unión de Abogados de Asistencia Legal; y, de Estados Unidos, la Society of American Law Teachers.


Hernández terminó afirmando que “es la intención del Colegio llevar el caso hasta las últimas consecuencias y foros porque la razón, el derecho y la justicia están de nuestra parte”.


Ver enlace a:

· Petición al Tribunal de Primera Instancia

· Moción y memorando de derecho en apoyo a solicitud urgente
de entredicho provisional y vista de injuction preliminar.

24.11.09

Ante el Supremo la colegiación (update)

El Colegio de Abogados presentó hoy un recurso ante el Tribunal Supremo de PR para que se invalide la ley que eliminó la colegiación compulsoria de abogados y abogadas. Más detalles aquí.
-Moción en Auxilio de Jurisdicción
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Comunicado de Prensa:
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ABOGADOS CONSIDERAN NULAS
LEYES QUE LOS DESCOLEGIAN
RADICAN EN TRIBUNAL SUPREMO RECURSOS LEGALES
PARA SUSPENDER IMPLANTACIÓN DE DICHAS LEYES
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Dos recursos legales para que el Tribunal Supremo deje en suspenso la implantación de las leyes 121 y 135 —firmadas recientemente por el gobernador y que pretenden descolegiar la profesión legal— fueron sometidos en el día de hoy en dicho tribunal por el Colegio de Abogados de Puerto Rico argumentando que las mismas son nulas e inconstitucionales.
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-En conferencia de prensa, el presidente de la institución, Lic. Arturo Hernández González, acompañado de los miembros de la Comisión especial para la revisión de la Ley 121 y la Ley 135, presidida por el Lic. Harry Anduze Montaño, informó que “hace apenas una hora, los abogados del Colegio, lidereados por el compañero Harry Anduze radicó en el Tribunal Supremo una Petición en jurisdicción original al Tribunal y una Moción de solicitud de orden provisional en auxilio de la jurisdicción del Honorable Tribunal.
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-En la Petición se le solicita al Supremo que se invaliden las leyes 121 y 135 y que reitere los principios claramente establecidos en los casos Schneider I y Schneider II sobre la constitucionalidad de la colegiación compulsoria y el derecho del Colegio y de sus miembros a la libre expresión. En la Moción”, continuó explicando el presidente de los abogados, “se pide que se deje en suspenso la implantación de las mencionadas leyes para evitar las consecuencias adversas que han comenzado a tener sobre el funcionamiento del propio Tribunal y en la administración de la justicia y el daño sustancial que ha comenzado a sufrir, y continuarán sufriendo, el Colegio y sus miembros”.Hernández explicó que el Colegio de Abogados basa su postura y peticiones al Tribunal Supremo en importantes y sólidos argumentos, algunos de los cuales son:
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-Que las leyes 121 y 135…
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§ Son inconstitucionales pues usurpan el poder inherente del Tribunal Supremo de reglamentar la profesión de la abogacía en Puerto Rico y porque son leyes para revocar decisiones finales de dicho Tribunal.
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§ Violan el principio constitucional de separación de poderes al emitir e imponerle deberes y obligaciones al Tribunal Supremo sobre cómo reglamentar la profesión de la abogacía.
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§ Violan el derecho de libertad de expresión y de asociación del Colegio como institución, derechos garantizados por la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos.
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§ Son inconstitucionales porque violan los derechos de libertad de expresión y de asociación de los miembros del Colegio de Abogados, garantizados también por nuestra Constitución y la Primera Enmienda de la de los EEUU.
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-§ Por carecer de un nexo racional con un fin legítimo del estado, violan el derecho constitucional del Colegio a la igual protección de las leyes, garantizado por la Constitución del ELA y la Quinta y/o Décimocuarta Enmienda a la Constitución de los EEUU.
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§ Violan la prohibición constitucional contra el menoscabo de obligaciones contractuales existentes entre el Colegio, sus miembros y terceros.
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§ Son nulas ya que fueron aprobadas en violación del Artículo III, Sección 17, de la Constitución del ELA, que prohíbe que se apruebe proyecto de ley alguno que contenga más de un asunto, que no esté claramente expresado en su título, y que contenga partes sobre asuntos que no hayan sido expresados en su título.
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§ Tienen la clara intención de afectar directa y discriminatoriamente el funcionamiento del Colegio de Abogados sin estar basado dicho discrimen en hechos que demuestren que el Colegio no cumplió con los propósitos de su ley orgánica antes de la implantación de las nuevas leyes.
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El presidente de los abogados del país indicó que en la Moción sometida se expone al Tribunal Supremo cómo sus propias decisiones en las dos ocasiones en que ha atendido los llamados “casos Schneider” y los mecanismos creados para amparar a los abogados quejosos “atienden de manera constitucional y amplia la organización de la profesión de la abogacía en Puerto Rico y hacen totalmente innecesaria la acción del estado al promulgar las leyes 121 y 135. Pero, más aún”, recalcó Hernández, “aquí de lo que se trata es de que le estamos reclamando al Tribunal Supremo que defienda y mantenga su autoridad para regular la abogacía y restablecer el orden que cumpla con los derechos constitucionales del Colegio y de sus miembros. Esto implica que el Supremo reconozca que se ha violentado la separación constitucional de poderes al haberse dado una intromisión indebida del poder legislativo en las prerrogativas y funciones del poder judicial y que estas leyes afectan directamente el funcionamiento de la rama judicial al imponerle obligaciones sin asignarle fondos para su implantación, lo que, además, crea un disloque administrativo al Tribunal Supremo en múltiples direcciones”.
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Los abogados informaron también que se le enviaron cartas al Gobernador, al Secretario de Justicia y a la Procuradora General informándoles de la radicación de los mencionados recursos legales a las 10:30am del día de hoy y recordándoles que, “de no comparecer los abogados del Estado, se solicitará al Honorable Tribunal que dicte la orden sin vista previa”.
“El Colegio de Abogados quiere recalcar, como hemos estado indicando desde que la Legislatura inició este proceso tan oneroso para el país, que todo lo sucedido ha sido discriminatorio exclusivamente contra nuestra institución —y todo ello por callar a una institución que defiende la verdad de frente—, que en su vendetta por razones políticas los legisladores y el gobernador han estado desinformados y desinformando sobre el Colegio de Abogados y que no tuvieron en cuenta la abrumadora cantidad de ponencias a favor de la permanencia de este Colegio cuando se dieron vistas públicas”, indicó Hernández. “No obstante”, agregó, “nosotros nos amparamos en el convencimiento de que el Colegio prevalecerá eventualmente en todo este asunto”.

17.10.09

ASAMBLEA EXTRAORDINARIA


El Colegio de Abogados de Puerto Rico convoca a todos sus colegiados y colegiadas a:

ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

Re: Eliminación de la colegiación compulsoria

domingo 25 de octubre de 2009

10am

Centro de Bellas Artes de Caguas

NO FALTES!

Yo apoyo al Colegio de Abogados

14.10.09

Abogados y Abogadas AL PARO!

El Colegio de Abogados de Puerto Rico convoca a todos los abogados y abogadas del país a unirse mañana al PARO NACIONAL.

Reunión 8:00am en la sede del Colegio en Miramar, usando como distintivo una camiseta blanca.  Recomendamos llevar un cartel que lea:

 

COLEGIADA/O #12345

PRESENTE

 

Firmes!!!! 


Únete, el valor y la importancia de la colegiatura y del Colegio de Abogados nos compete a todos en el país.

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