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4.4.14

¿Quien dice neutralidad? Yo digo derechos (En 80grados)

El miércoles pasado participé en el Foro: "La Vacante en el Tribunal Supremo", auspiciado por el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico. La Revista 80grados en su nueva edición publica la ponencia que allí presenté. Puede accederla aquí. La reproduzco abajo.


Propongo apartarnos de la trampa de la neutralidad. No, no queremos a alguien neutral, queremos y es deseable alguien cuya hoja de vida refleje haber estado del lado de los derechos y del acceso a la justicia. Nada menos se merece el país. Me explicaré.

Cada vez que surge una vacante al Tribunal Supremo de Puerto Rico se mencionan “nombres”. Usualmente, los nombres están vinculados en su trayectoria profesional con el partido en el poder, herederos de alguna tradición familiar en la abogacía, ubicados en algunos de los lugares comunes de la marca de cotejo del llamado éxito en la profesión. Ninguno es neutral. Su trayectoria, la mayoría de las veces, ha estado ‘limpia’. Pero esa limpieza cuesta porque por lo general se refiere a una práctica que aunque ‘exitosa’ conforme a los parámetros de la profesión, ha sido deliberadamente cautelosa en no incomodar demasiado el estado de cosas de injusticias que prevalece, o incluso, en mantenerlo.  Y así, nos hemos acostumbrado a que la mayoría (a veces, no todos) de esos nombres, ‘suenan’ porque son los ‘nombrables’, ciertamente a veces con méritos y potencial de tener las características que hoy día son lugares comunes en lo que debe ser un buen Juez o Jueza: imparciales, con temperamento judicial, gran estudioso(a) de controversias jurídicas o con experiencia como juez o jueza. Cierto. Todo esto es importante, pero plantearé aquí que no es suficiente, no hoy en el estado de situación en que nos encontramos. Propongo, en su lugar, remediar este consenso eufemista que prima en la discusión de los nombramientos que se hacen al Tribunal Supremo. A veces no queremos entrar a propuestas sustantivas so pena de no entrar en asuntos ‘controversiales’.  Propongo que esta vez lo hagamos distinto y en su lugar propongamos lo que para mí serían las características que el país necesita en una persona que hoy día integre el Tribunal.

Comencemos por enumerar las características del deber ser consensuado, es decir, lo que debe ser un buen Juez o Jueza para los parámetros de la gran mayoría de la profesión. El lugar común es que no necesariamente importa lo que ha sido su práctica profesional o desempeño antes de desempeñarse como juez o jueza, siempre que éste tenga temperamento judicial, imparcialidad, neutralidad y fidelidad en la aplicación de la ley, entre otros atributos. Pero como dije, nombrar esto no necesariamente nos lleva a un buen lugar. Por eso, lo primero que haría sería emplazar ese lugar común, es decir, ese consenso. Me interesaría enfocar no en las características de lo que hará éste o ésta una vez sea Juez(a), sino plantear una relación entre las características de lo que ha sido la vida profesional del nominado(a) y el desempeño posterior que quisiéramos como integrante del Tribunal Supremo. Se trata de desestabilizar un tanto la concepción de lo que sería “el buen juez o jueza” imparcial luego del nombramiento, para mirar lo que ha sido su parcialidad antes del nombramiento. Y esto porque pienso que hoy día hay una situación tan grave de acceso a la justicia, desigualdad por identidad y material y derechos sin reivindicar, que estoy convencida que lo mejor que podríamos hacer es reconocer lo falaz de la idea de neutralidad judicial y abogar por un tribunal capaz de atajar estos desbalances.

Habría que desajustar la teoría liberal de la “neutralidad judicial”. Porque después de todo, diría el profesor de Harvard Duncan Kennedy, la aceptación sin más de la idea de la neutralidad judicial, aunque loable, “reproduce y refuerza las desigualdades sociales”.1 Si algo es necesario hacer institucionalmente hoy día es precisamente atender esos desfases de crasa desigualdad. ¿Cómo entonces actuar y lograr, más que meramente aspirar, a una Corte Suprema que responda a una sociedad más igualitaria? ¿Qué tiene de malo preguntarse esto y tomarselo en serio? Propongo, lo que hace unos años expuse en la Revista digital 80grados: rasgar las paredes del poder judicial.2 Aceptando la teoría de adjudicación del profesor Kennedy, abogaría por salir de una vez y por todas de dos entendidos comunes y aspiracionales. El primero, que el Juez o la Jueza es un sujeto neutral, una especie de ‘robot programado’, libre de experiencias previas. Pero esto conllevaría también reconocer que tampoco es lo opuesto: un ser absolutamente libre de en su poder decisional de hacer lo que quiera. En resumen, habría que empezar por reconocer que los jueces no son sujetos tabula rasa, jueces tipo Hércules al decir de Ronald Dworkin3 , y por ende, no están exentos de subjetividades y experiencias. Tocaría entonces pensar en ¿qué experiencias y subjetividades debe tener un Juez o Jueza del Supremo.

Lo segundo que habría que explicitar en la mesa de discusión es que la argumentación jurídica no es sino una especie de “manipulación de material jurídico, entendido éste como un medio para justificar soluciones jurídicas”4 , pero aún así, hay en el argumento jurídico y en su material una ‘restricción de bastante fuerza”. En otras palabras, no hay que negar que la argumentación jurídica es una rama de la argumentación ética, por lo tanto, el elemento ético-político siempre está presente. Lo que hay es que reconocerlo. La pregunta entonces sería ¿qué entendidos mínimos de ética política deben ser los que conformen el quehacer judicial?. El decir que no existe neutralidad, pues, no conlleva necesariamente el resultado de que no que hay decisiones mejores que otras o más correctas y de hecho, que hay decisiones inaceptables incluso desde el razonamiento jurídico o contrarias la idea de que todos tenemos derecho a tener derechos. Por ejemplo, diría que esas decisiones inaceptables serían aquellas que nieguen, por caso, la igualdad política de cada uno de los ciudadanos, como en los casos de AAR Exparte ((188 DPR 380.)) (Opinión sobre la petición de adopción de una madre lesbiana) o Pueblo v. Flores Flores5 (Opinión que le negó protección a una mujer por estar en una relación adúltera). Esas decisiones simplemente no pueden convivir con el principio básico de igualdad, principio que debe ser uno de los puntos de partida ético-políticos de quien adjudique con relación a otros derechos.

Abordemos la Pregunta 1: ¿Qué experiencias y subjetividades debe tener un(a) aspirante a Juez o Jueza del Supremo?.
El estado de cosas hoy por hoy, sabemos, grita violaciones de derechos, desigualdad, serias carencias para viabilizar el acceso a la justicia, patrones discriminatorios.    Si partimos de ese estado de cosas, un estado de cosas que difícilmente alguien se atrevería a negar -como es el caso de la crisis de acceso a la justicia- no necesitamos entonces hablar de candidatos o candidatas a jueces que sean neutrales ante esta situación. Antes bien, más que árbitros que canten bolas y strikes -frase notoria utilizada por el Juez Presidente del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, John Roberts- necesitamos nominados que hayan visto y mirado a los ojos y, si posible, de cerca las implicaciones de esa crisis. No hay duda que las experiencias que ese abogado o abogada haya tenido enriquecen las perspectivas y ayudarían a poner en un contexto justo las peticiones ante el Tribunal. Decir que el candidato o la candidata sepa ser neutral o imparcial es un punto común que no nos dice mucho respecto a este aspecto. ¿Y están ahí los jueces para algo más que cantar bolas y strikes en el juego? Ciertamente que sí, están como garantes de los derechos que el Estado u otra parte violente y sobre todo, como garantes de los derechos fundamentales y constitucionales, lo que incluye la dignidad y la igualdad de los sujetos políticos. De ahí que a la ciudadanía le convendría, es más, requiere urgentemente de un nominado o nominada que de antemano cuente con un quehacer y unas experiencias relacionadas a estos asuntos. Me refiero a abogados y abogadas de derechos humanos, activos en la práctica pro-bono, juristas conocedores de la importancia de los derechos civiles, sociales y económicos, en fin, aquellos y aquellas que conocen de cerca la tragedia de representar a minorías o a víctimas de patrones culturales violentos, como las mujeres. Por supuesto, nada de esto excluye que otros candidatos no puedan contar con el conocimiento o sensibilidad de entender estos reclamos de derechos, pero lo cierto es que a este tipo de abogados o abogadas consciente o inconscientemente se les excluye por no haber sostenido una práctica que se vincula a las arterias del poder o el status quo.

Por eso, me atrevo a sugerir, ¿Alguien Activista? Ciertamente. Pero activistas hay de diferentes tipos. Me refiero a aquellos y aquellas en cuya hoja de vida profesional esté dedicarse a la protección de aquellos y aquellas que viven en un estado perpetuo de carencia de derechos, al punto de que se les hace difícil poder reivindicarlos. ¿Por qué no? Diría que todos los abogados y abogadas a quienes se considere para integrar el Tribunal Supremo han sido activistas. La diferencia está en el objeto de su activismo. Hay activismo partidista, no deseable hoy día si se quiere reivindicar la imagen y legitimidad del Tribunal Supremo, hay activismo corporativo, el cual ya cuenta con suficientes frentes y representantes y hay activistas de derechos. Lo digo en serio y sin ambages. El país y la institución máxima adjudicadora de derechos necesita alguien que no solo se tome los derechos de los más vulnerables en serio sino que haya vivido una práctica profesional acorde. Éstos en cambio, son ‘penalizados’ por carecer de ‘neutralidad’ por dedicarse a una práctica que no hace sino cumplir responsablemente con el Canon 1 de Ética de la profesión.

Lo cierto es que sabemos que existen los abogados y abogadas, juristas, que se dedican a la práctica de los derechos humanos, a las llamadas ‘causas justas’ o de interés público, a un quehacer ético-profesional comprometido con el mejoramiento de la sociedad, con una práctica activa pro-bono. Éstos sin embargo, pagan el precio de que se les excluya de ser considerados para ocupar cargos de gran relevancia para el país bajo la idea de que son
muy “pro-activos” o de que otro tipo de profesional lleva una práctica más neutral, capaz de ser ‘imparcial’. 


Habría que decir que esa neutralidad o imparcialidad, es pues falaz. Las violaciones diarias de derechos y la falta de acceso a la justicia para sanarlas, tendrían que ser razón  urgente para una profesión legal más activa en el cumplimiento con el Canon 1, quien no lo hace no es neutral, todo lo contrario, incumple su deber profesional. Habría que decirlo, una práctica que se aparte de esta responsabilidad no debería ser considerada para ocupar un lugar en una institución que precisamente debe gozar de la confianza del país. 

Eso no quiere decir que ese Juez o jueza siempre adjudicará a favor de esos grupos o individuos, ni que no deberá ejercer su rol con apertura e imparcialidad, sino que en tanto se ha expuesto, a diferencia de otros usualmente seleccionados, a un contexto de país que todavía buena parte de la profesión desconoce, que le es absolutamente ajeno, esa experiencia enriquecerá y potenciará un Tribunal más competente y justo. Por supuesto, que todos los casos no son de este tipo, pero ciertamente su ubicación allí va a significar un cambio para el mejoramiento del estado de cosas respecto a la adjudicación en la reivindicación de derechos y el acceso a la justicia.

Abordemos la pregunta número 2: ¿Qué entendidos mínimos de ética política deben ser los que conformen el quehacer judicial?.
Lo primero que habría que decir es que no debemos temer a trazar unos entendidos mínimos ético-políticos que son el marco de referencia en la adjudicación de derechos constitucionales. No es nada radical lo que digo. Cualquier liberal como el reconocidísimo filósofo del derecho estadounidense Ronald Dworkin, al hablar de tomarse los derechos en serio, defendió la idea de principios como la equidad y la igualdad, entre otros, como parámetros jurídicos desde los cuales atender los casos difíciles. Es necesario que quien sea nominado no solo retóricamente entienda esos entendidos sino que a los ciudadanos nos interesaría ver cuál ha sido su compromiso con esos parámetros. No podemos, pues, dejar un vacío, a la suerte del futuro del Tribunal, el cumplimiento y la materialización de estos parámetros. La idea de neutralidad o imparcialidad sin más no nos permite poner en discusión la importancia de estos entendidos. La discusión no sería fácil, pero la laguna que deja el silencio del entendido de que el Derecho no se posiciona sobre ninguna propuesta ético-política es falsa y resultaría mejor propiciar una discusión transparente sobre esto (Como por ejemplo, fue el caso del proceso de nominación y escrutinio de la hoy Jueza Ginsgburg al Supremo de EEUU).  En ese sentido, por último, preguntaría en voz alta ¿Cuáles son los grandes retos jurídicos que enfrentaremos en los próximos años? y qué tendría que decir un nominado y nominada sobre esto. Expondré solo algunos de los temas que pueden servir de punta de lanza para una discusión sustantiva.
  1. Igualdad y Dignidad- Reconocer que el concepto de igualdad y dignidad no son solo aspiraciones, sino que tienen implicaciones materiales, concretas en la vida y el modo de vida de los ciudadanos. Quien sea nominado y luego confirmado debe tener una hoja clara sobre esto. Hay que garantizar que quien integre el Tribunal haya reconocido y sepa reconocer la importancia de los derechos como ‘cartas de triunfo’, al decir de Ronald Dworkin, sepa tomarse los derechos en serio. Ahora mismo hay en Puerto Rico ciudadanos de segunda categoría y ¿para qué sirve la institución principal en la garantía de derechos sino para asegurar que en la arena política cada ciudadana y ciudadano pueda participar y ser igual en el derecho a tener derechos. No hay que tener temor en exigir que los integrantes del foro garante de esa igualdad tengan claro lo que significa la igualdad de derechos y lo inaceptable que es que las preferencias sexuales de los ciudadanos sea justificación para negarle los mismos derechos que al resto. En fila esta la adopción igualitaria, el matrimonio igualitario y los derechos patrimoniales igualitarios. La situación actual es inaceptable y tomarse los derechos en serio significaría exigir que quien ocupe una silla en ese Tribunal tenga claro lo que es la igualdad.
  2. Derechos económicos, sociales y culturales- Es en tiempos de crisis precisamente en que no podemos darnos el lujo de sacrificar los resguardos que ofrece el Derecho como tampoco bajar las expectativas de lo que se espera en términos de los tribunales como garantes de los derechos de los ciudadanos, sobre todo de aquellos ya apaleados sustantiva y procesalmente, por eso, con un serio problema de acceso a la justicia y en tiempos en que las políticas de austeridad sacrifican a los más vulnerables, es preciso y sin ambages, contar con una persona nominada cuya hoja profesional demuestre que conoce o ha visto de cerca esa vulnerabilidad, que conoce de derechos sociales, que tiene clara la importancia de tomarse en serio los derechos de todos, sí, pero sobre todo de los y las a las que ya por décadas y en un ciclo sin fin, se les ha violentado. No hay ni debe haber paños tibios aquí. Puerto Rico requiere de un Tribunal en el que la mayoría apaleada pueda poner su confianza en que sus derechos se verán sin que la excusa de una venda sirva para dar al traste con los derechos sociales.
  3. Derecho a la protesta- Teóricamente lo ha dicho Rawls, Habermas, Dworkin,  Arendt: un estado democrático de derecho se robustece con el derecho a la protesta y con la desobediencia civil si es preciso y todos esta teoría adquiere materialidad cuando hacemos evidente que en una sociedad democrática obedecer no puede ser ciegamente, sino que requiere un escrutinio de sus ciudadanos. Para eso se requiere, no solo que la sociedad tenga eso claro, sino que la tercera de la rama, la garante de derechos, sea firme en afianzar y fortalecer esos derechos que garantizan una democracia robusta.  No, no es a alguien de ‘ley y orden’ en el sentido estricto, al que buscamos, sino a alguien que sea lo suficientemente sensible a esas distinciones político-jurídicas.
  4. Derecho a la intimidad-No hay que abundar en los retos que las nuevas tecnologías y los desarrollos de la ciencia nos plantean. Tampoco dejar de reconocer las tentaciones del Estado y los gobiernos en violar derechos civiles y pasar de la ralla en la vigilancia de los ciudadanos amparándose en la seguridad. Para garantizar que eso no ocurra, necesitamos que quien adjudique esté consciente de la importancia de los derechos civiles, del papel que juegan en una democracia, que sea de mente amplia para los nuevos imaginarios sociales y sus implicaciones.
  5. El derecho a ser diferente en una sociedad laica en principio pero cuya religiosidad se ha normalizado. Lo que antes se buscaba proteger era la libertad de culto, hoy día es precisamente la libertad de no-culto y a ese ciudadano que también tiene libertad de pensamiento y de asociación, habría que defenderlo con igual amplitud o mayor, dado el caso de la normalización de puntos comunes basados en el cristianismo. Es necesario que el juez o jueza que integre el Tribunal pueda hacer las distinciones entre sus preferencias personales y aquella función de ser garante de quien difiere de éstas porque es diferente y piensa diferente.
De manera que no, no buscamos ni debemos buscar a alguien neutral para el Tribunal Supremo, sino a alguien que haya estado y esté comprometido con el cumplimiento con los derechos, con la idea y el mandato de igualdad, con medidas para palear la falta de acceso a la justicia. Buscamos a un o una integrante que pueda tener en su haber las indicaciones de que cree en el derecho a la diferencia, en la sociedad plural, de que conoce y preferiblemente, se ha destacado en estas áreas, que sabe la importancia de constituirse en garante de derechos en situaciones de crisis y más allá de lugares comunes poco cuestionados. Las experiencias importan, importa la hoja de vida profesional de quien ha llevado una práctica de la profesión muy de cerca de quienes no tienen voz ni formas de hacer valer sus derechos, la mayoría de las veces derechos que ni siquiera están en disputa sino que simplemente no se pueden hacer valer. Hace falta, para afianzar la confianza de la ciudadanía en esta institución, abogados y abogadas que hayan demostrado un compromiso ético profesional e inconformidad con el estado de cosas actual. Ese estado de cosas no es neutral, beneficia a unos pocos y es en detrimento de muchos violentados de su derecho a tener derechos. De manera que la prioridad debe estar ahí, y de esos hay, y muchos, solo hace falta verlos, dejar de invisibilizarlos, re-enfocar la mirada fuera de los partidos, de los fieles, de los que siempre han estado en el otro doblez su hoja de vida.

13.11.10

Rasgar las paredes del poder Judicial (en Revista 80grados)

Rasgar las paredes del Poder Judicial

POR ÉRIKA FONTÁNEZ TORRES | 12 DE NOVIEMBRE DE 2010 | 11:35 AM – SIN COMENTARIOS

Ilustración por Kike Estrada

“Lo que se intenta preservar es una instancia simbólica, el Juez, de la misma forma como se pretenden conservar figuras como la del padre o la del sacerdote. El Juez (en mayúscula) es posiblemente la imagen paradigmática de la coherencia, el referente que compensa en el nivel simbólico la incoherencia omnipresente en la vida cotidiana. La retórica de la neutralidad se mantiene, en fin, porque nosotros queremos creer que es cierta”.

-Duncan Kennedy, Libertad y restricción (César Rodríguez Garavito, estudio preliminar, 2005; Nuevo Pensamiento Jurídico).

En su famoso ensayo sobre el campo jurídico, La fuerza del Derecho, Pierre Bourdieu señala que el Derecho es parte de lo que hace al mundo social al producir categorías, ofrecer ‘soluciones’ a las controversias y configurar realidades particulares. De ahí que convenga entonces mirar de cerca las prácticas del Derecho, su producción de UNA verdad particular y los quehaceres de sus protagonistas. Y entre los protagonistas del Derecho están los jueces y juezas, los portadores de la palabra autorizada. Los jueces y juezas pronuncian lo que Es el Derecho. Sobre esto nos dice Bourdieu:

A diferencia del insulto proferido por un simple particular que, en tanto que discurso privado, idios logos, no compromete sino a su autor y no tiene apenas eficacia simbólica, la sentencia del juez, que termina los conflictos o negociaciones a propósito de las cosas o de las personas proclamando públicamente en última instancia lo que ellas son verdaderamente, pertenece a la clase de actos de nominación o de instauración y representa la forma por excelencia de la palabra autorizada, de la palabra pública, oficial que se enuncia en nombre de todos y enfrente de todos.

Su poder reside, de hecho, en la producción de UNA verdad, una que además, pretende ser neutral y universal, apolítica. Los jueces y juezas, sobre todo si se trata de quienes componen el Tribunal Supremo, son quienes llevan a cabo esos actos mágicos, estos enunciados performativos que legitiman el curso de acción que dicta el Derecho para las controversias sociales que tocan a su puerta. Por eso, la respuesta de éstos debe también seguir una lógica y un razonamiento autorizado, tanto en el campo jurídico como en el político. Una de esas lógicas, de esas premisas sobre la cual se sostiene su poder es la diferencia entre Derecho y Política. La idea del Juez o Jueza neutral, de un recinto de jueces impermeable a la ideología, a las influencias de ‘lo político,’es uno de los pilares del sistema liberal y de la legitimidad del Derecho como autoridad.

De ahí que uno de los elementos fundamentales de la Teoría del Derecho contemporánea es la pregunta por el papel que juega la ideología en la adjudicación de los jueces y las juezas: ¿son éstos y éstas aplicadores neutrales de normas jurídicas o, en su lugar, creadores y creadoras de Derecho según valoraciones políticas o morales? En la teoría del Derecho para quien concibe el ordenamiento jurídico como un sistema perfectamente armónico, certero y neutro, como una ciencia capaz de deslindarse de la política y ofrecer una respuesta correcta, la actividad judicial no es sino una actividad técnica y neutra, libre de la indeseable ideología. Bajo esta idea, el juez y la jueza tienen como función exponer meramente lo que ya el ordenamiento jurídico estableció, es decir, lo que dice la ley. En general, esta es la premisa hegemónica en nuestro sistema. Con algunas variantes, el sistema está cimentado en que la figura de estos sujetos, llamados jueces y juezas, no hacen sino aplicar la ley, por lo tanto no son políticos. Cuando el ejercicio de los jueces se aparta de esta premisa, su proceder hace ruido, incomoda, se trastocan las bases originales de este arreglo.

La realidad es que esto último ocurre cotidianamente. No pocas veces criticamos abiertamente alguna decisión judicial por su resultado, nos indignamos cuando vemos en la sala del tribunal a un juez o jueza que no sigue las pautas del razonamiento autorizado por el Derecho y denunciamos que las decisiones judiciales son el resultado de motivaciones políticas, morales o ideológicas. En otras palabras, los jueces y juezas fallan y se apartan de las premisas de autoridad válidas, pero el fallo no es sistémico, es decir, pese a eso, las togas van y vienen y seguimos aceptando su autoridad, el ejercicio de su poder. Lo cierto es que aún cuando los debates de teoría jurídica incluyen algunos intentos de demostrar el carácter político-ideológico del Derecho y en específico, de la judicatura, para poder funcionar, descansamos en una idea contraria, necesitamos de esa distinción de Derecho y Política, para continuar de la mano con un sistema republicano de gobierno, organizado alrededor de la idea de los derechos.

Lo ocurrido en los pasados días en la Rama Judicial, sin embargo, ha provocado un ruido ensordecedor. Lo ocurrido parece distinguirse de aquellas situaciones en que uno que otro juez o jueza se aparta de la idea del juez ‘apolítico’. Los cuatro integrantes de menor antigüedad en el Tribunal Supremo de Puerto Rico se han quitado la toga de la neutralidad y ha desafiado la escisión entre Derecho y Política. Es esto lo que ha provocado la indignación de gran parte de la profesión legal en el país, el silencio de aquellos y aquellas que saben que esta vez “se les fue la mano”, la incredulidad, desesperanza y molestia de gran parte de la población. Como ha señalado el profesor Hiram Meléndez Juarbe en varias entradas del blogderechoalderecho.com, los jueces y juezas recién nombrados en el Tribunal Supremo se han colocado en el ámbito de lo político y se han autoconstituido en una identidad de jueces representantes del partido en el poder o, como los llama la prensa, en una identidad de ‘jueces estadistas’. Así, sin discusión ni deliberación con sus pares, han pasado a peticionar -con razones no poco cuestionables-, un aumento en el número de jueces al Supremo. Es evidente que su actuación no es sino el desenlace de lo que en su día advirtió el partido en el poder, que se darían ‘un banquete Supremo’.

Los jueces de la palabra autorizada han refrendado esa lógica del banquete político, se han hecho formar parte de ella. Siendo así, tenemos entonces a una institución cuya legitimidad está en juego, que ha desafiado abiertamente la distinción entre Derecho y Política, que camina por las afueras de las razones válidas que establece el razonamiento jurídico para legitimar su autoridad, en otras palabras, estamos ante una institución rasgada, que se nos ha desvestido sin que hayamos tenido que hacer mucho esfuerzo para hacer transparente su poder desnudo. Entonces, ¿qué hacemos? ¿Cómo nos ubicamos ante esta realidad en la que “la palabra autorizada” pierde la fuerza y eficacia simbólica?

Una alternativa es hacernos de la vista larga, continuar como si funcionara. Mantener el mito de la neutralidad (aún en su fragilidad). Después de todo, la idea de un escenario que sea capaz de deslindarse de lo político, capaz de salvaguardar derechos, podría ser en el fondo un tipo de inercia inescapable. El andamiaje social sobre el cual operamos descansa en esto y en el fondo puede ser que queremos creer en esto. Y es que en esta idea de un sistema judicial distinguible del político e impermeable a la ideología, surgen dos tipos de intereses: “(a) la gente quiere creer en [la idea de la neutralidad del Juez] porque no hacerlo provocaría angustias basadas en la centralidad de los jueces en el sistema político, y (b) la gente quiere creer en ella porque la creencia satisface, a cierta distancia, desde una cierta lejanía social, una agradable fantasía sobre las posibilidades de ser en el mundo”.

Me temo que los problemas en nuestro país son tan apremiantes que en gran medida la gente de a pie –para bien o para mal- parece necesitar cada vez más del sistema legal, casi como única esperanza. Por eso funcionan como si funcionara. Al sistema legal acuden aun quienes son capaces de deconstruirlo, lo usan instrumentalmente hasta los que han sabido denunciar la ideología que lo atraviesa, tocan a sus puertas aquellos y aquellas para las cuales no queda alternativa posible para reivindicar o mantener lo poco que tienen, y evidentemente, lo usan sin problemas quienes tienen interés en mantener su poder. En general, se acude al Derecho casi al mismo paso al que la gente se convierte a la religión, y, valga decir, con el mismo acto irracional de fe. En otras palabras, el Juez y el Sacerdote son personajes que sabemos al borde de la muerte pero que nos negamos a dejarlos morir.

Cierto, siempre está la alternativa del no-reconocimiento, del abandono del sistema legal, de señalar sus fallas, falacias, conspiraciones, y descartarlo del todo, con las implicaciones que eso pueda conllevar y si las circunstancias permiten asumir en su complejidad las consecuencias de que Derecho es Política. Aunque para esto falta mucho todavía, me temo que hará falta un jamaqueo sistémico mucho mayor que el aumento en el número de jueces y mientras tanto demasiadas cosas van pasando. Habrá que ver, con la línea de sucesos ocurridos en los pasados meses respecto a la Rama Judicial, quizá me equivoque.

Así, que una cosa es lo que quisiéramos y otras sus posibilidades. La realidad es que, aún con lo ocurrido en los pasados días en la Rama Judicial, haría falta mucho más para que el discurso liberal del Derecho y con éste la idea de la neutralidad del sistema judicial se trastoque lo suficiente como para provocar una crisis sistémica. Hay demasiados intereses y arreglos que descansan y dependen de estas premisas discursivas, incluso los intereses de aquellos y aquellas que -a falta de otro proyecto o por convencimiento- todavía operan y creen firmemente en la idea de los derechos, en un sistema legal que -aunque sea contingentemente- pueda resolver algunos asuntos, paliar la inequidad, las carencias más acuciantes, las injusticias más evidentes. Entonces, ante este escenario, la pregunta que se impone es ¿qué hacer ante un poder judicial que ejerce su autoridad abiertamente en el mundo del como si?

Quizá es muy temprano aún para aventurarnos en respuestas, habrá que seguir pensando y tomándole el pulso al desarrollo de estos acontecimientos y los posibles cambios en cómo se concibe el Tribunal Supremo y cómo la ciudadanía reconceptualiza su papel. No obstante, desde ya quisiera proponer unos parámetros que entiendo son importantes para continuar con el debate sobre el tema, ubicarnos en estos escenarios y pensar en alternativas.

Complejizar el debate

Al igual que la discusión en el resto de los temas en el país, en el análisis del poder que tiene el Tribunal Supremo urge salir de la dicotomía PNP v PPD. Evidentemente, lo ocurrido en estos días hay que denunciarlo vigorosamente como un acto reprochable del partido en el poder y, peor aún, de los propios jueces que con su actuación asumen una identidad ‘estadista’ en su ubicación desde el Tribunal Supremo. No obstante, si bien las pujas de poder evidentes ante nuestros ojos nos indican disputas y diferencias partidistas éstas, ni remotamente son las únicas.

En el ámbito de la política, también se podría describir personajes de uno y otro partido en términos de ideologías, visiones de mundo, discursos, creencias y no encontraríamos diferencia alguna. Falta complejizar, ir a los detalles de las diferencias, cuál es su filosofía política, cómo conciben al Estado, qué políticas libertarias o igualitarias proponen, qué políticas públicas guiarán su gestión política. Lo mismo sucede con el Tribunal Supremo. Podríamos decir que son pocos los casos que se atienden en clave partidista. Para quienes acuden al Tribunal a reivindicar derechos hay otros asuntos que urge conocer sobre cómo piensan estos jueces y para los cuales quizás no hay distinciones entre ellos, o muy pocas, o quizás con un debate robusto en esa dirección podamos comenzar a romper los bloques partidistas.

Piénsese en los temas de familia: ¿cómo conciben la familia? ¿cuán conservadores son en términos de concebir al matrimonio como único arreglo institucional constitucionalmente válido? ¿qué lectura constitucional privilegian en términos de los derechos al matrimonio igualitario? ¿qué interpretación están dispuestos o dispuestas a adoptar respecto al derecho a la intimidad? ¿respecto al derecho al divorcio no contencioso? ¿cuál es su respuesta adjudicativa cuando un demandante va al Tribunal a exigir que se le reconozca la libertad de hacer un cambio de nombre porque ha cambiado su sexo?

En muchos de estos temas no habrá diferencia o habrá muy poca si los jueces o juezas pertenecen a uno u otro partido, pero estas diferencias pasan desapercibidas porque a la hora de los nombramientos o de hablarse públicamente sobre el Supremo no se hacen estas distinciones. Estos temas se invisibilizan y el Tribunal adopta, cómodamente y sin ruido, decisiones sumamente conservadoras, restrictivas de derechos fundamentales importantes, incluso en cruces de líneas partidistas. Lo mismo con respecto a su visión sobre los derechos sociales, la protección al propietario con poder económico, la protección del individuo frente al Estado en casos criminales, los derechos laborales, la separación de Iglesia y Estado. ¿Cuántos jueces objetaron la reciente opinión de mayoría que citó con autoridad UNA versión de la Biblia? ¿Se dividieron por líneas partidistas?

En otras palabras, si el Tribunal Supremo se convierte en un asunto público, hay que rasgar sus paredes en toda su complejidad y visibilizar todas las dinámicas de poder que allí operan. Debemos prestarle más atención a cómo deciden los jueces o juezas en temas tan diversos como los derechos y libertades civiles, las mujeres y minorías, el medioambiente. Quizá sus decisiones coincidan con su identificación partidista, quizá no. Si no queremos contribuir a que casos desafortunados como el del aumento sin debate ocurran en la Rama Judicial, el país necesita estar preparado para que con el debate público estas situaciones puedan enfrentarse. Eso implica conocer más de cerca la complejidad de lo que allí ocurre y, sobre todo, conocer de primera mano, cómo le afecta directamente el tipo de persona y la composición de quienes tienen el poder de la palabra autorizada.

Ampliar el medio desde el cual se hace la crítica, democratizarla

Me gustaría llamar la atención sobre la importancia de que la prensa y los comentaristas radiales rebasen el descansar sólo en la opinión de expertos legales sobre el tema, para incursionar en la opinión que tiene la ciudadanía sobre esa rama de gobierno. Los asuntos como estos no se pueden dejar solamente en manos de ‘los expertos’, tienen que implicar una discusión ciudadana amplia. Para comenzar, vale recordar que estos expertos a su vez tienen intereses ante los foros judiciales, postulan y están sujetos a las dinámicas de poder al interior del Derecho. En muchos casos, por la dinámica misma se autocensuran. Además, aun cuando algunos puntos requieren de la especialización de juristas, éstos deben poder explicar de forma tal que el ejercicio de creación de opinión pública no descanse exclusivamente en sus miradas y argumentos. Es un tema principalísimo en el diseño institucional democrático, concierne a asuntos de índole político y social en su sentido más amplio, por la que aun cuando las instituciones como la Legislatura, nos cierra las puertas, hay otras formas en que se puede provocar una discusión pública amplia, inclusiva y vigorosa sobre estos temas.

Sería interesante indagar a fondo sobre la legitimidad con que goza esa institución, cuánto la gente la conoce, la medición de la confianza de la ciudadanía en el sistema judicial, la percepción y medición sobre la imparcialidad de los jueces y lo que esto implica para el importantísimo tema del acceso a la justicia. Habría que preguntarle a la ciudadanía sobre su experiencia en el sistema de justicia, en la atención que han recibido sus casos, incluirlos en el debate de los derechos individuales, más allá del partido al que pertenezcan.

Además, convendría insistir, más allá del debate PNP v. PPD, en preguntas como: ¿Cómo beneficia a alguien de Las Marías un aumento en el Tribunal Supremo?¿es deseable? ¿para quién? ¿para todos? ¿conviene para la diversidad? ¿ayudará en una pronta solución de controversias en casos criminales, en civiles, en corporativos? ¿mejorará el acceso a la justicia a los y las ciudadanos que quedan fuera de ese acceso? ¿ayudará para mejorar la atención a casos presentados por Asistencia Legal, Servicios Legales? ¿fortalecerá arreglos institucionales más justos, más inclusivos y más igualitarios? ¿Cómo provocar discusión y deliberación sobre estas preguntas y otras legítimas que deberían hacerse?

Ya hemos hecho hincapié en que a pesar de que el tema de la política partidista es un tema protagónico, resulta importante que las miradas a las implicaciones de esto se diversifiquen, se profundicen mediante un análisis que ponga de manifiesto preguntas como las anteriores, más allá del asunto partidista y que el ciudadano de a pie forme parte de la discusión, reconociendo y opinando sobre las implicaciones de esto en su vida diaria y que el debate incluya sus opiniones sobre cómo decide el Tribunal en diferentes áreas del Derecho o cómo actúa.

Ampliar y fortalecer una visión crítica del Derecho: exigir razones

Si como sociedad estamos inmersos en un mito liberal de la neutralidad del Derecho del cual no podemos escapar, entonces debemos seguir insistiendo una y otra vez y hasta el cansancio que la autoridad del Derecho y de los pronunciamientos de los jueces tiene que venir acompañado de razones, de fundamentos válidos que nos permitan legitimar su autoridad. No basta con que los jueces “dicten sentencia” y ejerzan poder sobre el resto. No basta su autoridad si no fundamentan y explicitan sus razones. Ahora, no basta que expongan razones sino que éstas tienen que ajustarse a lo que hemos determinado propio para esta rama de gobierno. En este sentido, habría que recordarles en cada instancia a los jueces (y ahora con refuerzos) que su poder se enmarca en un esquema en el que sirven de principales garantes de los derechos del resto de la sociedad, sobre todo de las minorías. Este asunto hay que insertarlo mucho más en la discusión pública. Exigir una y otra vez en que en nuestro sistema, su actuación no puede responder a que éstos se conciban como parte de un caucus partidista en la judicatura. La Judicatura no opera ni puede operar bajo esa lógica y de alguna manera hay que prevenir que esa lógica se normalice sin que haya resguardos de crítica o que simplemente se acepte por resignación.

El poder simbólico de los jueces del que hablaba Bourdieu tiene que estar fundamentado en razones que el sistema jurídico-político reconozca como válidas, nunca en razonamientos de otros sistemas sociales, como los político-partidistas. Nos corresponde a todas insistir sobre esto, aunque parezca básico. Ante la normalización de la división del Supremo por caucus partidistas, habría que insistir incluso en el uso del lenguaje. Me resisto a llamar a los jueces de menos antigüedad jueces ‘estadistas’ para que con ese hecho se normalice semejante práctica que tiene serias consecuencias materiales sobre la vida de tanta gente. Nuevamente, hay que develar otros patrones y promover la discusión y normalización de otros estándares que rechacen las paradojas que actualmente sufrimos.

Mantener una crítica vigorosa a los jueces y juezas

Finalmente, urge que la ciudadanía conozca más de la Rama Judicial, quienes son sus jueces, su funcionamiento, lo que allí ocurre. Si esa Rama de gobierno se ha concebido como política, entonces nos corresponde fiscalizarla como al resto se fiscaliza, acaso con mayor vigor, en tanto no están sujetos a procesos eleccionarios. La Rama Judicial, como la tercera de las ramas de gobierno, debe estar igual o más sujeta que las otras a una amplia crítica y ante la situación que enfrentamos, esa crítica debe fortalecerse. Es vital que la ciudadanía siga de cerca las determinaciones y el funcionamiento del sistema judicial. Más aún cuando los jueces no son electos. Éstos determinan la forma en que en nuestra sociedad se interpretan las leyes, se resuelven los casos que nos afectan a todos y se interpreta la Constitución.

Pero suele amenazarse a los abogados y abogadas que cuestionamos las actuaciones de los jueces con que de hacerlo, habremos violentado los Cánones de Ética Profesional. Ya en otros espacios he expresado que ese no puede ser un subterfugio para acallar la crítica. Si alguien -en un sistema democrático de derecho- debe y tiene la responsabilidad de exponer a la ciudadanía miradas críticas sobre lo que acontece en esa Rama son precisamente los juristas pues sirven de traductores jurídicos para el resto del país. En estos tiempos, esa crítica es aún más acuciante.

Corresponde a los abogados y abogadas presentar libre y públicamente las posibles preguntas y cuestionamientos en torno a los debates jurídicos y las actuaciones del Supremo. Esto debe hacerse en toda su complejidad y sin condición. Bajo el palio de los Cánones de Ética profesional, no debe coartarse la posibilidad de cuestionamiento por parte de la ciudadanía y con ello la posibilidad de una democracia saludable y robusta, capaz de cuestionar y modificar sus instituciones. La balanza, sobre todo en estos tiempos, debe inclinarse hacia el valor de la libertad de crítica amplia y no al revés.

De la misma manera, aquellos que nos dedicamos a la enseñanza del Derecho y que analizamos las decisiones judiciales en revistas académicas, también nos compete desarrollar y fomentar aún más el pensamiento crítico, lanzar preguntas, incomodar y provocar dudas y cuestionamientos sobre el Derecho.

Si la Rama Judicial ha decidido desafiar la distinción Derecho y Política entonces debemos crear las condiciones para que el país conozca de cerca esta Rama, la fiscalice y le exija cuentas como una Rama política más. Toca rasgar más a fondo y con mayor complejidad las paredes del Supremo. Hay que seguir pensando en nuevas formas de hacerlo.

Bibliografía
Pierre Bourdieu, La fuerza del Derecho: elementos para una sociología del campo jurídico 153-220 (Carlos Morales de Setién Ravina trad., Uniandes 2000) (1987).
Duncan Kennedy, “El comportamiento estratégico en la interpretación jurídica”, en Izquierda y Derecho: ensayos de teoría jurídica crítica; Siglo XXI, 2010).

http://www.80grados.net/2010/11/rasgar-las-paredes-del-poder-judicial/

8.11.10

el Juez, el Padre y el Sacerdote

“Lo que se intenta preservar es una instancia simbólica, el Juez, de la misma forma como se pretenden conservar figuras como la del padre o la del sacerdote. El Juez (en mayúscula) es posiblemente la imagen paradigmática de la coherencia, el referente que compensa en el nivel simbólico la incoherencia omnipresente en la vida cotidiana. La retórica de la neutralidad se mantiene, en fin, porque nosotros queremos creer que es cierta”.

-Duncan Kennedy, Libertad y Restricción (César Rodríguez Garavito, Estudio preliminar, 2005; Nuevo Pensamiento Jurídico).

..pronto, en la Revista 80grados.net...

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