27.10.12

Nuevo libro: Paul Kahn piensa con Schmitt la soberanía y la teología política

Nos llega cortesía de nuestro colega y amigo, el Prof. Daniel Bonilla, de la Universidad de los Andes en Bogotá, Colombia, la nueva publicación de la serie Nuevo Pensamiento Jurídico (Siglo del Hombre Editores). Ya en otras ocasiones hemos comentado la excelencia de esa serie de publicaciones, que no debe faltar en la biblioteca de quienes tienen interés por examinar el fenómeno del Derecho y pensar sobre lo jurídico y lo político.

En esta ocasión, Nuevo Pensamiento Jurídico publica en español el libro del Profesor Paul Kahn, de la Universidad de Yale: Teología Política: cuatro nuevos capítulos sobre el concepto de soberanía. En éste, Kahn examina, pensando con Schmitt, el concepto soberanía y su relación con el derecho para el contexto norteamericano. Pensando con Schmitt, más que pensando sobre él (la frase es del propio Kahn), Kahn centra su propósito en "interpretar discrecionalmente la Teología Política" (de Carl Schmitt).

Dejo la descripción del libro en su contraportada y más adelante un fragmento de la tabla de contenido. Ya comenzamos su lectura.

“El descubrimiento de la obra de Carl Schmitt ha sido desafortunadamente más político que filosófico. Kahn, profesor de Derecho en la Universidad de Yale, toma el enfoque opuesto: se concentra en una obra relativamente breve, pero fundamental, de Carl Schmitt, Teología política, con el fin de extraer las consecuencias filosóficas de las que el propio Schmitt podría no haber sido consciente. Es más, es capaz de hacerlo gracias a su profundo conocimiento de la teoría estadounidense del derecho. Al usar ejemplos provenientes de la experiencia jurídica estadounidense, muestra que el razonamiento radical que nutrió las elecciones políticas de Schmitt ─¡malísimas!─ se fundamenta en una filosofía de la libertad que únicamente se puede realizar cuando se garantiza la libertad de la filosofía. Kahn nos muestra que ese es el significado cardinal de la 
definición, tan a menudo citada como mal entendida, que hace Schmitt del soberano: 'Soberano es quien decide sobre el estado de excepción'. Los lectores de esta concisa obra hallarán que, al final, comprenden mejor el pensamiento de Schmitt, pero además que les ha ayudado a repensar los valores aparentemente manifiestos del pensamiento jurídico liberal. Tendrán el placer de observar como Paul Kahn reinterpreta el famoso argumento de Schmitt de que 'todos los conceptos centrales de la moderna teoría del Estado son conceptos teológicos secularizados' en el sincero diálogo que Kahn establece diestramente con Schmitt. Al evitar las largas discusiones académicas, la polémica política y la erudición exegética, Kahn ha escrito una obra crítica que une la política y la filosofía en una síntesis única”. 

Dick Howard, Profesor Emérito de Stony University.

21.10.12

Regalos para un mundo en común


Marzo 2011: Un árbol pequeñito, hecho de páginas de un libro, aparece en una mesa en la Biblioteca Escocesa de Poesía. Diminutos pajaritos de papel cuelgan de las hojas del árbol, hecho de las letras y páginas del poema ‘A trace of Wings’ de Edwin Morgan. Nadie sabe cómo llegó allí. Nadie sabe cuándo ni quién lo colocó allí. Solo tenía una pequeña nota que decía:

“It started with your name @byleaveswe live and became a tree… we know that a library is so much more than a building full of books… a book is so much more than pages full of words… This is for you in support of books, libraries, words and ideas…”

Apenas comenzaba el misterio.

Junio 2011: Tres meses más tarde en la Biblioteca Nacional de Escocia, justo cuando en el debate público se discutían los recortes al presupuesto de todas las bibliotecas públicas en el Reino Unido, surgió una nueva aparición. Un tocadiscos y un ataúd, hechos escultura de papel del libro de Ian Rankin Exit Music (2007) y de la edición del siglo 19 de The Casquet of Literature. ¿Irán la música y las palabras hacia la oscuridad?. En esta ocasión la misteriosa escultura de papel tenía una nota que decía: “…& against their exit”.

Junio
Julio
Agosto
Noviembre ....

Continuaron apareciendo los misteriosos regalos, hechos de libros y temas relativos a la literatura, el arte, el cine y todos con la misma nota: “in support of books, libraries, words and ideas…”

Temas inspirados por Les Miserables, de Victor Hugo, citas de Francis Coppola, poemas de Edwin Morgan, El extraño caso de Dr. Jekill and Mr. Hyde, de Stevenson. Aparecieron sorpresivamente en lugares como la Casa del Cine en Edimburgo, el Festival Internacional del Libro de Edimburgo, el Museo Nacional de Escocia y el Museo de los Escritores.  Los libros, las palabras y las ideas de otros, de ella y nuestros, transformados en más de una cosa. Eso dice la artista:

“In making sculptures from books I saw a pale shadow of the wonder that is reading, where black marks can become scientific theories, romantic poems…gruesome stories. This raises the question ‘does a book on being read remain a book?’ And so I chose to transform the books into other things…” The Artist.


Las misteriosas esculturas de papel han llamado la atención de todo el mundo literario y han hecho visible esos lugares amables que hoy por hoy se encuentran en peligro por ser lugares de encuentro que no responden a razones del mercado. La o el artista es completamente anónimo(a), deja mensajes y contesta preguntas anónimamente. Su impulso para producir obras de arte no es el beneficio de la tan sobre-estimada propiedad intelectual. La artista se comunica con su mundo inmediato y nos hace comunicarnos entre nosotros sobre la importancia de los lugares, los libros, las palabras y las ideas. Eso basta. 



No puedo dejar de pensar en las pequeñas esculturas, en su significado, en las palabras del artista. Fui a verlas ayer (19.oct.2012), aprovechando que las reunieron en una sola exhibición. De más está decir que la exhibición fue gratuita. GIFTED to the City of words and ideas, es el nombre de la exhibición. Diez piezas. A todas las piezas, la artista le colocaba la misma nota en que identificaba la diminuta escultura como “a gift”. Un regalo, una donación. Me encontré allí con mucha otra gente que admiraba la delicadeza del trabajo, la genialidad de la hazaña y la sensación de que la o el artista (pienso y la nombro más como mujer por la caligrafía de sus notas, pero a fin de cuentas eso no es importante) nos hace parte de una comunidad, nos empuja a encontrarnos y a ver el valor de ese encuentro, de esas pasiones comunes, por las palabras, las letras, las ideas. Su intervención, sin asumir una identidad que reclame propiedad alguna por su trabajo, solo responde a entrar a un mundo en común que la conforma y nos conforma. Estar allí, en presencia de esos regalos fue esperanzador, fue sentirme otra vez parte de un mundo y no una individua en continua búsqueda de un espacio en el cual encajar, sino yo misma en tanto un lugar en común.

Al final, dejé plasmado un mensaje en el libro de firmas. Agradecí a esa anónima artista por hacernos parte de un mundo común, por crearlo, por recordarnos el fin en sí mismo que tienen los libros, las bibliotecas, las palabras, las ideas.

Un reportaje de la BBC sobre el fenómeno:

 

10.10.12

Derecho al derecho: Intersticios y grietas del poder judicial en Puerto Rico
















Muy pronto encontrarán en las librerías del país nuestro más reciente proyecto-libro: Derecho al Derecho: intersticios y grietas del poder judicial en Puerto Rico, co-editado por Érika Fontánez Torres e Hiram A. Meléndez Juarbe (Editora Educación Emergente, 2012). El trabajo cuenta con colaboraciones de los co-editores del blog, así como de los y las colegas Efrén Rivera Ramos, Esther Vicente, Julio Fontanet, Luis José Torres Asencio, Verónica Rivera Torres, Ana Matanzo Vicéns, Guillermo Rebollo Gil y Carlos Mondríguez Torres, entre otros.
En el mismo espíritu de reflexión crítica y con la misión de democratizar la discusión sobre lo jurídico que hemos mantenido en el blog por casi cuatro años, el libro gira en torno a los temas de la observación del poder judicial, la legitimidad de la judicatura, la importancia de la crítica a este poder desde la academia y desde la profesión, así como la necesidad de fiscalización de la Rama. Abordamos, además, temas fundamentales al estado de la educación y la profesión jurídica.

8.10.12

The friend (Agamben and Aristotle)

Para Chloé S.

A propósito de lo ontológico de la amistad y del amigo(a), Giorgio Agamben nos cita con agudeza a Aristóteles, de su Nichomachean Ethics

“And if the one who sees perceives (aisthanetai) that he sees, the one who hears perceives that he hears, the one who walks perceives that he walks, and similarly in the other cases there is something that perceives that we are in activity (otienergoumen), so that if we perceive, it perceives that we perceive, and if we think, it perceives that we think; and if perceiving that we perceive or think is perceiving that we exist (for as we said, existing [to einai] is perceiving or thinking); and if perceiving that one is alive is pleasant (edeon) in itself (for being alive is something naturally good, and perceiving what is good as being there in oneself is pleasant); 

and if being alive is desirable, and especially so for the good, because for them existing is good, and pleasant (for concurrent perception [synaisthanomenoi] of what is in itself good, in themselves, gives them pleasure); and if, as the good person is to himself, so he is to his friend (since the friend is another self [heteros autos]) then just as for each his own existence (to auton einai) is desirable, so his friendʼs is too, or to a similar degree. But as we saw, the good manʼs existence is desirable  because of his perceiving himself, that self being good; and such perceiving is pleasant in itself. 

In that case, he needs to be concurrently perceiving his friend – that he exists, too—and this will come about in their living together, conversing and sharing (koinonein) their talk and thoughts; for this is what would seem to be meant by “living together” where human beings are concerned, not feeding in the same location as with grazing animals. 

… For friendship is community, and as we are in relation to ourselves, so we are in relation to a friend. And, since the perception of our own existence (aisthesis oti estin) is desirable, so too is that of the existence of a friend. "

Y nos dice Agamben: 

“Friendship is the instance of this concurrent perception of the friendʼs existence in the awareness of oneʼs own existence. But this means that friendship also has an ontological and, at the same time, a political dimension. The perception of existing is, in fact, always already divided up and shared or con-divided. Friendship names this sharing or con-division. There is no trace here of any inter-subjectivity—that chimera of the moderns—nor of any relation between subjects: rather, existing itself is divided, it is non-identical to itself: the I and the friend are the two faces—or the two poles—of this con-division.” 

-Giorgio Agamben, “The Friend”, p. 32-34, in What is an Apparatus? (2009).

1.10.12

Hannah Arendt and the Law

Acaba de publicarse este excelente libro titulado "Hannah Arendt and the Law" (Hart, 2012), editado por Marco Goldoni, profesor de Teoría del Derecho en la Universidad de Glasgow y Christopher McCorkindale.

Tiene entre sus escritores al propio Marco Goldoni, al también profesor de Teoría del Derecho, Emilios Christodoulidis (mi supervisor de Ph.D.)  y a Seyla Benhabib, que como saben, hemos reseñado antes por aquì. El prólogo es de Richard Bernstein.

Muy pronto estaremos de vuelta con algunas entradas sobre el libro. Salud!

Dejo aquí la descripción de la editorial:

This book fills a major gap in the ever-increasing secondary literature on Hannah Arendt's political thought by providing a dedicated and coherent treatment of the many, various and interesting things which Arendt had to say about law. Often obscured by more pressing or more controversial aspects of her work, Arendt nonetheless had interesting insights into Greek and Roman concepts of law, human rights, constitutional design, legislation, sovereignty, international tribunals, judicial review and much more. This book retrieves these aspects of her legal philosophy for the attention of both Arendt scholars and lawyers alike. The book brings together lawyers as well as Arendt scholars drawn from a range of disciplines (philosophy, political science, international relations), who have engaged in an internal debate the dynamism of which is captured in print. Following the editors' introduction, the book is split into four Parts: Part I explores the concept of law in Arendt's thought; Part II explores legal aspects of Arendt's constitutional thought: first locating Arendt in the wider tradition of republican constitutionalism, before turning attention to the role of courts and the role of parliament in her constitutional design. In Part III Arendt's thought on international law is explored from a variety of perspectives, covering international institutions and international criminal law, as well as the theoretical foundations of international law. Part IV debates the foundations, content and meaning of Arendt's famous and influential claim that the 'right to have rights' is the one true human right.


28.9.12

No a la pena de muerte

Puerto Rico mantiene el dictamen de su razón pública; una vez más decimos NO a la PENA de MUERTE.


28 de septiembre de 2012

UN DICTAMEN DESDE LA RAZÓN

Mantener incólume la densidad ética de nuestra Constitución es una obligación de todos los puertorriqueños, más aún cuando se trata de un principio fundamental desde el cual se desarrolla el resto de los criterios morales que nos organizan dinámicamente como humanidad.
Por ello, la decisión unánime de un jurado federal de decirle “no” a la pena de muerte en Puerto Rico y condenar a cadena perpetua al convicto de asesinato y narcotráfico Edison Burgos Montes, constituye un paso trascendental de defensa de la dignidad de la vida y de nuestra reafirmación moral como pueblo. 

Es altamente significativo que, por cuarta ocasión, un jurado seleccionado por su apertura a la pena capital, vuelve a considerar, en el plano federal, que hay formas racionales para que un asesino convicto, como es el caso del comerciante yaucano, pueda pagar por los crímenes que ha cometido. De este modo, estos 12 puertorriqueños han salvaguardado la integridad de nuestra Constitución. También ha evitado el renacimiento del engendro de un Estado homicida del que Puerto Rico se ha distanciado por vía de hecho desde 1927 y por vía de derecho desde 1929. 

Esta decisión es verdaderamente histórica porque se da en el contexto de un país que sabe que debe resolver el gravísimo problema de la criminalidad que nos azota, pero que ha evitado -expresamente mediante sufragio- las rutas que limitan derechos y no van a la raíz auténtica de los problemas. La decisión del jurado confirma una ruta trazada ya, de modo indeleble, en nuestra Constitución. El tema, aunque adquiere otra dimensión, no ha terminado. La Fiscalía federal proyecta en Puerto Rico juicios de pena de muerte en dos casos el año próximo.

Es incomprensible que las autoridades federales se empeñen en solicitar una aplicación de la ley ofensiva al sentir moral de los puertorriqueños, y no menos desfasada en el plano universal de los derechos humanos que defienden las democracias modernas. Hacemos, pues, un llamado para que se aseguren de que en pleno desarrollo del siglo XXI no se permita que un pueblo imponga sobre otro un designio contrario al respeto innegociable a la vida de la persona, sea ella inocente o culpable. 

El asunto requiere la formulación de nuevas estrategias, tanto en el plano gubernamental como cívico y educativo, dirigidas a salir de una vez por todas de esta pesadilla que nos abruma cada cierto tiempo. Debe entonces el liderato político comprometerse públicamente a impulsar una revisión en propiedad de estas disposiciones, para que pueda superarse esta lastimosa incongruencia que lastima el ser puertorriqueño.

Una gran mayoría, en la serenidad de la reflexión, reprueba la pena de muerte, abolida estatutariamente en 1929. Por este motivo, se recoge llana y sucintamente en la Carta de Derechos. Así, cuando surgen los inevitables infortunios y se disparan contradictoriamente nuestras emociones, tenemos la garantía de una Carta confiable donde hemos dejado impreso, para ampararnos en ella, lo mejor de nuestra voluntad personal y colectiva. 

Ahora, incluso en medio del dolor que con frecuencia impide una racionalidad despejada, escuchamos las palabras aleccionadoras de la madre de la informante de la DEA asesinada, Madelyn Semidey Morales. Georgina Morales afirmó con gran sentido de proporción y coherencia un día antes del veredicto: “Justicia debe imponer el castigo, pero castigo de cárcel”. 

El pueblo puertorriqueño se ha pronunciado con entereza una y otra vez. Es hora de acatar definitivamente el dictamen de su sabiduría.

27.9.12

US Supreme Court: What's next?

-Affirmative action
-1965 Voting Rights Act
-Same-Sex Marriage:


"This term, which opens Monday, October 1, promises to be almost as controversial. Whether the results will be as happily surprising for liberals is a much tougher question. Where the Court’s biggest cases last term dealt with the relative powers of the federal and state governments, this term they focus on equality. The Court has already agreed to hear a challenge to the University of Texas’s affirmative action program. It is also very likely to hear a constitutional challenge to a central provision of the 1965 Voting Rights Act, as well as at least one and possibly two cases concerning same-sex marriage (issues I will discuss in subsequent blog posts).

At stake in all of these cases is the meaning of the Constitution’s guarantee of equal protection of the law, a right that the nation has struggled over since its inception and that still means radically different things to different people. Does equality allow a university to take racial diversity into account in its admissions process? Does a commitment to equal voting rights justify making certain states and counties seek the Justice Department’s approval of any change in their voting laws, as the Voting Rights Act has required since its enactment in 1965? And perhaps most controversially of all, does equality demand that Congress, or the states, treat same-sex marriages the same as marriages between a man and a woman?"

21.9.12

Faltan voces femeninas: la OPDEM y la OMED alertan sobre falta de representación femenina en análisis auspiciado por la Academia de Jurisprudencia


La Organización Pro Derechos de las Mujeres (OPDEM), estudiantes de Derecho de la UPR y la Organización de Mujeres Estudiantes de Derecho (OMED) de la Universidad Interamericana presentan el siguiente comunicado de prensa en atención a una actividad de la Academia Puertorriqueña de Jurisprudencia y Legislación en la que se analizarán "las tendencias recientes" del Tribunal Supremo de Puerto Rico. (Ver comunicado e invitación abajo).

Como bien se señala en este comunicado, lamentablemente, en el panel de invitados que analizará las tendencias recientes de nuestro Tribunal Supremo, no habrá ni una sola mujer y cabe preguntarse si el tema de género será tema de análisis, no solo como tema en sí mismo, sino además, desde una perspectiva transversal en tantos otros temas que componen la tendencia en las opiniones del Tribunal Supremo de Puerto Rico en los pasados años. Habría que añadir que el tema de la poca inclusión femenina en la Academia es un tema estructural que también habría que abordar y atender.

Ciertamente, el tema de género, y implicaciones directas para las mujeres, ha sido uno de los temas de mayor relevancia en las últimas opiniones del Tribunal Supremo. Desde este blog y desde derechoalderecho, hemos comentado y analizado algunas de estas opiniones y debates suscitados sobre este tema, que incluso ha incluido la mención de ambos blogs

No dudamos de la calidad ni capacidad de los panelistas para analizar y comentar rigurosamente las tendencias en el proceso adjudicativo y valga decir que estamos conscientes que la inclusión de mujeres en el panel no tiene en sí misma que garantizar un análisis de calidad. No obstante, incuestionablemente, la discusión y el análisis desde una diversidad de perspectivas y miradas, sería mucho más incisivo, acertado y holístico y daría pie a un abordaje, no solo mucho más rico, sino además, más a tono con una perspectiva igualitaria e inclusiva. Un panel que incluya mujeres es condición primordialísima para este propósito. En cuanto al análisis en sí mismo, no hay duda de que cualquier abordaje que deje fuera sustantivamente el tema de género en las últimas tendencias del Tribunal Supremo estaría penosamente incompleto. 

En cualquier caso, diría que viene siendo hora de que estos asuntos no se dejen a la improvisación y a la normalidad del techo de cristal que yace sobre nosotras.  Desde la Academia, la Escuela de Derecho y la Universidad, habría que hacer  todos los esfuerzos que correspondan. Nos solidarizamos desde aquí con la expresión de ambas organizaciones.  
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21 de septiembre de 2012

Mujeres estudiantes de Derecho de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico y de la Universidad Interamericana se pronunciaron hoy en reclamo por la ausencia de representación femenina en un panel que analizará las tendencias recientes del Tribunal Supremo de Puerto Rico.

El panel, auspiciado por el Presidente y el Pleno de Académicos Numerarios de la Academia Puertorriqueña de Jurisprudencia y Legislación, se presentará esta tarde en la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico. Entre los propósitos de esta institución se encuentra el “contribuir a las reformas y progreso de la legislación puertorriqueña”. Sin embargo, dicho panel estará compuesto sólo por profesores y/o licenciados. Actualmente, sólo tres mujeres son "académicas de números" en la Academia.

Según datos de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, para este año académico 2012-2013, 57% de la matrícula de nuevo ingreso son mujeres. Es en atención a esta realidad, cónsona con la de otras disciplinas en la misma institución y en espacios profesionales en Puerto Rico, que las estudiantes exigieron mayor representatividad en este foro y en los demás foros académicos y profesionales relacionados con el Derecho.

“Reconocemos la necesidad de que se analicen estos temas, que nos atañen a todos y a todas, desde varios ángulos, incluyendo la perspectiva de género. Resulta imprescindible que se otorgue oportunidad a académicas, juristas, profesoras y licenciadas para que contribuyan y enriquezcan la discusión sobre un tema tan importante. La aportación de las mujeres, además de necesaria, es igualmente válida, importante y académica a la de los profesores que participarán en el panel”, expresaron las futuras abogadas.

Además de sentenciar que la voz de las mujeres no puede continuar silenciada, las estudiantes interpretaron la ausencia de profesoras en el panel como un "retroceso en las discusiones y el diálogo, como una forma de excluir a las mujeres de las discusiones importantes en Puerto Rico". "Esta exclusión y silenciamiento ha sido objeto de discusión en otros espacios. Así lo señalamos en el Primer Encuentro de Mujeres Estudiantes de Derecho celebrado por la Comisión de la Mujer del Colegio", afirmaron. Las estudiantes exhortan a que estas discusiones sean espacios para construir equidad y analizar con perspectiva de género las opiniones recientes del Tribunal Supremo, algunas de las cuales han afectado negativamente tanto a las mujeres como las comunidades LGBTT en Puerto Rico.

Organización Pro Derechos de las Mujeres (OPDEM), Escuela de Derecho UPR
Organización de Mujeres Estudiantes de Derecho (OMED), Facultad de Derecho, Universidad Interamericana


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                              Conversatorio sobre Tendencias Recientes del
                                    Tribunal Supremo de Puerto Rico  
                                                                      
                                                                      
                                          con los Académicos        
                                                                      
                                                                      
                                      Prof. Carlos Ramos González  
                                    Prof. Ernesto L. Chiesa Aponte    
                                  Prof. José Julián Álvarez González
                                      Dr. Efraín González Tejera  
                                    Lic. Salvador Antonetti Zequeira  
                                      Prof. Antonio García Padilla  
                                                                      
                                                                      
                              el viernes, veintiuno de septiembre de dos
                                                mil doce,              
                                    a las siete de la noche en los    
                                            Salones 201 y 202          
                                        de la Escuela de Derecho      
                              de la Universidad Interamericana de Puerto
                                                  Rico.                
                                                                      
                                  Este conversatorio es parte del ciclo
                                          académico 2012-2013.      

8.9.12

"Ways of Listening" (Tilda Swinton and John Berger).

Tilda Swinton escribió el guión para este documental, "Ways of Listening" en el que conversa con John Berger, sobre el silencio, sus lugares comunes, la memoria y los trazos de la historia, el dibujo, la cocina y los poemas; la vida. Conmovedor. (Producido por The London Consortium). La presentación del documental formó parte de los eventos esta semana en Londres en conmemoración del 40 aniversario de la obra de John Berger, G.

31.8.12

"I have always written only for myself. To clarify things, to clarify things with myself" (Herta Müller)

Foto de Roberto Gargarella.
Herta Müller. 

En estas noches leo The Land of Green Plums, de Herta Müller:

"The words in our mouths do as much damage as our feet on the grass. But so do our silences.

Edgar was silent.

To this day, I can't really picture a grave. Only a belt, a window, a nut, and a rope. To me, each death is like a sack. 

Anyone who hears that, said Edgar, is bound to think you've lost your mind. 

And then, I have the feeling that whenever someone dies he leaves behind a sack of words. 
And barbers, and nail-clippers -- I always think of them, too, since the dead no longer need them. And they don't ever lose buttons either.

Maybe they sense the dictator was a mistake in a different way than we did, said Edgar.

They have proof enough, because we considered ourselves a mistake. Because in this country, we had to walk, eat, sleep, and love in fear, until it was once again time for the barber and the nail-clippers."

La fuerza de su narrativa eriza. Deja a una en completo silencio, en absoluto proceso de duelo con una misma.

Sobre escribir, Herta Müller dice lo siguiente, en una de las entrevistas a raíz del Premio Nobel de Literatura (2009):


[MG] When you started to write, for whom did you write, and whom do you write for now?


[HM] Well, actually, I have always written only for myself. To clarify things, to clarify things with myself, to understand in an inner way what is actually happening. Or: What has become of me? I come from a very small village, and then came the city, and there were always discontinuities and then I was a minority, German ... and one didn't belong anyway. Then I had this major conflict with my compatriots, with the German minority: they excommunicated me, already when I wrote my first book, as someone who fouls their own nest, so to speak, because I wrote about the situation with the involvement with National Socialism, and about the archaic fossilized way of life in the village, about its ethnocentrism. And they did not forgive me for that.



They wanted literature about their homeland, "Heimatliteratur", and they felt that I, well that I compromised them. It is a very conservative minority and thus I was excluded, and I was excluded from Romanian society for political reasons. And then I came to Germany and here in Germany I was always the Romanian, and in Romania I was always the German. So somehow one is always the other ...



[MG] Yes, indeed. Is that important, do you think, that you felt you were on the outside?



[HM] I don't know whether it's important. It's certainly something one can do without. And sometimes it hurts. People want to belong in certain respects, but it was as it was and I got used to it and at some point it was just a matter of fact. And that's what it is. And, one can't force oneself upon people and betray the way one thinks? If I don't belong because of what I think and because of my opinions, then so be it. What can one do about it? One can't bend over backwards or pretend to be someone else just to belong. And in any case it doesn't work. Once you no longer belong, it's over.



[MG] Is literature for you ... writing ... does one have to be very honest?



[HM] Yes, one has to be honest with oneself. Through writing one experiences something different to what one experiences with the five senses one has because language is a different métier. And in writing one searches, and that is what keeps one writing, that one sees and experiences things from another angle entirely, one experiences oneself during the process of writing. Writing itself does not know what it looks like while one is doing it, only when it's finished. And as long as I am writing I am in safekeeping, then I have some idea of how life could go on, and when I get to the end of a text I don't know it anymore.

24.8.12

Do I imagine myself to be influential? No. I want to understand (Hannah Arendt)





“You ask about the effect of my work on others. If I may wax ironical, that is a masculine question. Men always want to be terribly influential, but I see that as somewhat external. Do I imagine myself to be influential? No. I want to understand. And if others understand –in the same sense that I have understood—that gives me a sense of satisfaction, like feeling at home”

Hannah Arendt, Essays in Understanding (1994), p. 3.

La vulnerabilidad de quien escribe (entrevista a Ian McEwan).

El famoso escritor inglés Ian McEwan acaba de lanzar su última novela, Sweet Tooth, en el Festival Internacional del Libro en Edimburgo. La BBC2 le hace una entrevista en la que, entre otras cosas, expone lo que considera, su vulnerabilidad como escritor. 

Dejo un clip de la entrevista y la nota de la BBC. Además, pueden leer en The Guardian una reseña crítica de la novela. 


Aquí el artículo en el TVblog de la BBC. 

18.8.12

The demon of fear


“Fear is arguably the most sinister of demons nesting in the opens societies of our time. But it is the insecurity of the present and uncertainty about the future that hatch and breed the most awesome and least bearable of our fears. That insecurity and uncertainty, in its turn, is born of the sense of impotence: we seem to be no longer in control, whether individually, severally or collectively –and to make things still worse, we lack the tools that could elevate politics to the level where power has already settled, and so enable us to recover and retake control over the forces that shape our shaped condition while determining the range of our possibilities and the limits to our freedom to choose: control which has now slipped or has been torn out of our hands. The demon of fear will not be exorcised until we find (or more precisely construct) such tools.”

-Zygmunt Bauman, “Uncertainty and Other Liquid-Modern Fears”, in Jiri Priban, Liquid Society and Its Law (2007), page 36. 

17.8.12

"Derecho a tener derechos" o del por qué de la defensa del derecho constitucional a la fianza-Madeline Román (en 80grados)

Se pregunta Giorgio Agamben (1998) en su libro La vida desnuda, ¿será posible que haya vidas que no tengan valor jurídico alguno? Pienso que la pregunta es importante pues hay quienes ven los derechos como privilegios de las llamadas buenas personas y esas mismas personas creen que pueden quitarlo a otros  desde el entendido de que, como dice el título de uno de los libros de Michel Foucault, La sociedad debe ser defendida.

La pregunta también es importante porque, si bien la preeminencia del derecho positivo ha tenido como efecto toda una juridización de la sociedad, esto es, una tendencia a representar las relaciones jurídicas como si fuesen humanas, lo cierto es que detrás de cada debate de derechos se encuentran las vidas irremplazables de la gente y el carácter que de único, que de singular,  tienen las personas y los eventos.

Todo para comunicar que, a mi modo de ver, el debate en torno al derecho constitucional de la fianza desborda lo jurídico. Es un debate enteramente político y político en el sentido amplio de relaciones de poder en sociedad.
La pregunta que tendríamos que hacernos también es, ¿cómo es que hemos llegado hasta aquí? ¿Cómo es que ciertos  imaginarios de violencia y de ley se han enraizado al punto de constituirse casi en un segundo sentido común para la gente?

Encuentro en la discusión de René Girard de su libro La violencia y lo sagrado sobre el espectáculo de la violencia sacrificial una pista importante. Plantea Girard (1979), por ejemplo, que ya en el contexto de las sociedades sacrificiales la violencia sólo puede ser pensada en términos de sacrificio. El tránsito de la violencia de toda una colectividad a la violencia del uno (esto es, a la violencia representada como violencia de un sujeto en su carácter singular) se produce a través del emerger de la figura de la víctima. La víctima  es el sustituto de todos/as los miembros de la comunidad ofrecida por la comunidad misma. El sacrificio tiene la función de proteger a la comunidad de su propia violencia. Los elementos del disenso, dispersos por toda la comunidad, son condensados en la figura de la víctima y la violencia del todo es aliviada temporeramente por el sacrificio de ésta. Producir un culpable, alguien a quién echarle la culpa, encontrar un responsable del acontecer, condensar en un sujeto la violencia de toda una colectividad, en esto consiste el proceso de conversión de la violencia del todo a la violencia del uno. Plantea Girard que hay sociedades en las que categorías completas de sujetos  son sistemáticamente reservadas para el sacrificio en aras de proteger otras categorías de sujetos. Entre la comunidad (de iguales) y estas categorías completas de sujetos hay una diferencia: la condición de  extraños o de extrangeros, una condición servil o cualquier atributo que los coloque en los márgenes de la sociedad(de iguales). La estructura compleja de la violencia tiene que ver con la invisibilización  de esa violencia de toda una colectividad y del operar, al decir de Pedro Cerruti, de “una cultura siempre sujeta al retorno de aquello que ha debido excluir para constituirse como tal y que impone la necesidad de nuevos sacrificios” (2010:280). Es ese espectáculo de la violencia sacrificial el que está implicado en la reflexión de Zygmunt Bauman al plantear:

La nuestra es una época proclive a chivos expiatorios -ya sea de los políticos que hacen de sus vidas un desastre, de los criminales salidos de la sordidez de las calles o de barrios peligrosos, o de los ‘extraños’ entre nosotros. La nuestra es una época de cerraduras patentadas, alarmas antirobo, cercas de alambre de púas, grupos vecinales de vigilancia y personal de seguridad; asimismo de prensa amarillista ‘de investigación’ a la pesca tanto de conspiraciones con las que poblar de fantasmas un espacio público ominosamente vacío como de nuevas causas capaces de generar un ‘pánico moral’ lo suficientemente feroz como para dejar escapar un chorro de miedo y de odio acumulados. (2003:44)

En este sentido, el primer paso hacia una discusión más compleja de este drama político en torno al derecho constitucional a la fianza es el reconocimiento de la violencia propia, la violencia de los buenos ciudadanos. Esto es, la violencia de aquellos que se colocan en calidad de gatekeepersde los derechos y de los derechos que debe o no disfrutar el otro.

Encuentro otra pista importante en la obra de Michel Foucault particularmente en sus reflexiones sobre la biopolítica como forma de gobernabilidad contemporánea. Para Foucault, ya al interior de esa forma de gobernabilidad denominada como biopolítica, el enemigo se representa como amenazas a la calidad de vida de las personas. Esto propicia una subjetivación en la que, algunos sectores entienden que es necesario erradicar ciertos “males sociales” como única forma de mantener eso que llaman “calidad de vida”. De ahí que, para Michel Foucault (1997), en el contexto de la biopolítica, la criminalidad se tramite racistamente. El clasismo, la xenofobia, el sexismo, la homofobia, son los rostros de esta violencia de la biopolítica en la que está puesto que unos deben ser sacrificados como manera de mantener la calidad de vida de otros. Por ejemplo, el contraste de procedencias sociales e imaginarios de vida entre el joven asesinado Stefano Cornelis Steensbakkers Betancourt, fenotípicamente blanco, hijo del comerciante Eric Steenbakkers, “un muchacho bueno, un caballero, un artista en todo el sentido de la palabra, un líder”, descrito así por amigos de su familia, maestros y compañeros deBaldwin School, joven de ascendencia holandesa, que hablaba tres idiomas, vecino de la urbanización El Prado en Guaynabo cuya meta era especializarse en Relaciones Internacionales, vis a vis la representación que se hace de  aquellos que fueron identificados como sus victimarios: Alexis Amador Huggins,  fenotípicamente negro, 21,22 ó 23  años de edad, desempleado,  técnico de refrigeración, vecino del barrio Bairoa, en Caguas, y  Jordan Ayala Cruz, “un mozalbete conocido como Menor”, “Menor” “como se conoce en el bajo mundo”, con domicilio en Las Palmas, Cataño,  no es (a mi modo de ver) el contraste entre el sujeto decente del contrato versus el sujeto criminal sino el contraste entre un sector minoritario de nuestra sociedad y un social generalizado en condiciones de precariedad material y simbólica cada vez más abismal.

Debo precisar aquí que no se trata  de pensar este drama jurídico/político desde las coordenadas simples propuestas por la distinción ricos y pobres, sino desde el reconocimiento profundo de nuestra complicidad con eso que Slavoj Zizek (2008) denomina la violencia objetiva, aquella que se encuentra en lo que se nos representa como el orden normal de las cosas. Es esta violencia objetiva, sistémica, la que imposibilita la reflexión sobre la violencia como problema político condenándonos a verla siempre como si se tratase de un problema moral. Para Zizek, lo urgente es el análisis de las imbricaciones complejas entre esa violencia objetiva y la violencia subjetiva (esto es, aquella que se atribuye al sujeto en su caracter singular). Cada vez que asumimos el problema de la violencia y de la criminalidad desde una posición de exterioridad como el problema de un otro, volvemos a activar el imaginario sacrificial por la vía del discurso de ley y orden.

El título de este foro me permite también entrar en una reflexión sobre las relaciones entre la memoria y el olvido. La larga trayectoria de debate en Puerto Rico (que usualmente olvidamos) en torno a la centralidad del derecho constitucional a la fianza se vincula justamente a la diversidad de contextos históricos en que este derecho ha querido restringirse o eliminarse siempre a partir del drama pedestre de la política partidista en Puerto Rico, de lo que sus incumbentes son capaces de hacer en aras de prevalecer y de su bancarrota intelectual a la hora de lidiar con el problema de la violencia y de la criminalidad contemporánea. Sin embargo, todos esos contextos han sido, a su vez, oportunidades para hacer pasada de balance de lo que evidentemente  sabemos: que no existe vínculo alguno entre la eliminación o la restricción del derecho constitucional a la fianza y la criminalidad; que, como tendencia, “de todas las personas que reciben fianza por cualesquiera delitos, sólo entre un 1.5% y un 2.7% violan las condiciones que se le imponen” (Colón Morales, 2012), que la fianza es un derecho constitucional que descansa en la presunción de inocencia de la persona y que, como ha sido debatido públicamente en diversidad de ocasiones,  la fianza se ha convertido en un dispositivo punitivo en manos de poder discresional de los jueces al punto de que,  “se priva de la libertad bajo fianza a un 92% de los acusados de asesinato al tiempo que se imponen fianzas promedio que son imprestables” (Colón Morales, 2012).

Es importante poner en foco aquí, lo que ha sido señalado por diversidad de constitucionalistas y criminalistas: que la eliminación o restricción del derecho constitucional a la fianza, al abonar a la presunción de culpabilidad de la persona y desde el efecto multiplicador en la constricción de derechos que esto produce, “constituye un duro golpe al derecho constitucional de igual protección de las leyes y un ataque a todas las demás salvaguardas del debido proceso de ley”1. La limitación al derecho constitucional a la fianza es también, de facto, un reforzamiento de la pena privativa de libertad como castigo privilegiado abiertamente antagónico al avance de la justicia restaurativa en el plano global sobretodo en su reconocimiento de que la cárcel como institución de encierro ha producido más problemas de los que ha podido solucionar, ampliando y ahondando el problema de la exclusión política y social. Como vemos, es evidente la pregunta forzada que se deriva de este cuadro de denuncias. Si una medida no incide de ninguna manera con su propósito expreso, qué otra cosa se puede pensar sino que la misma obedece a racionalidades políticas de otro orden. Y es este el asunto, a mi modo de ver, políticamente más preocupante. Los intentos de restricción del derecho constitucional a la fianza obedecen (a mi modo de ver) a una voluntad de exclusión y de gobierno (dentro y fuera del aparato del Estado) pues desde una cierta mentalidad de gobierno es infinitamente más fácil sacar de circulación a unos cuantos (desde imaginarios de limpieza de la sociedad) que tomar las difíciles decisiones que tendríamos que tomar de querer y, de optar, por lidiar con este problema de la violencia y de la criminalidad de maneras más cónsonas con la complejidad de los tiempos. Después de todo, es evidente que el Estado ya no tiene el monopopio de la fuerza y la violencia, el narcotráfico se la disputa todos los días y de maneras contundentes, pero es evidente también que la limitación al derecho a la fianza no toca por ningún lado ese poder paralelo al poder que es el narcotráfico.

A otro nivel, es importante tener en cuenta aquí el que, como tendencia, la notoriedad mediática que se le atribuye a ciertos asesinatos-mayormente aquellos que envuelven víctimas de los sectores medios y/o acomodados tiende a acompañarse tanto de un trámite racista del problema de la violencia y de la criminalidad como de tendencias a la ampliación del lado punitivo y represivo del Estado: las distintas marchas en contra de la violencia y el  despliegue mediático de los  asesinatos de Natalio (Talito) Bayonet Tartak, hijo del Dr. Bayonet Tartak en el 1987, el de Nicole Muñíz, hija de Nestor Muñíz, empresario en San Juan en el 2003 y, ahora, el de Stefano Steensbakkers el pasado mes de junio constituyen expresión de esta tendencia vis a vis la naturalidad con la que se asumen los cientos y cientos de víctimas que cobran la virulencia contra el otro y esa guerra, en el sentido literal de la palabra, que es el narcotráfico.

¿Por qué no considerar también que la gobernabilidad moderna descansa en lo que Zymunt Bauman (2004) denomina la “producción oficial del miedo” (entendido como la capitalización y el desplazamiento de los imaginarios de incertitumbre y vulnerabilidad propiamente humanos al ámbito del problema de la seguridad pública) y en una mobilización constante de estos sentimientos en el espacio mediático?  El miedo es el efecto más productivo del poder y, éste es, paradojalmente, el único espacio en el que los Estados contemporáneos ejercen un cierto tipo de soberanía. Es decir, soberanía en el sentido de representar como legítimo el disponer de aquellos sectores poblacionales (las poblaciones sobrantes, los indeseables, los “desechos de la fábrica del orden”) simbólica y materialmente  excluídos de toda comunidad política.

Me permito traer a la considerción de ustedes otra observación importante. Como tendencia, cada vez que se propone enmendar la Constitución en Puerto Rico la enmienda en sí misma tramita toda una involución jurídica. Casi siempre es para recortar derechos históricamente conquistados en el terreno de diversidad de luchas. En este sentido, el proyecto dirigido a enmendar la Constitución tramita una respuesta conservadora y, a su vez, la respuesta del lado de sus opositores, en la necesaria defensa de los derechos adquiridos, lo que se produce es una defensa de la Constitución como documento congelado, marcado indeleblemente por lo establecido por los llamados founding fathers (todos padres, nunca madres). Este tratamiento de la Constitución en Puerto Rico  contrasta significativamente con el constitucionalismo europeo, significante éste que nos permite caer en cuenta cómo, en este otro contexto, la Constitución aparece como  un documento vivo sujeto a discusión permanente desde el horizonte de una democracia cada vez más inclusiva cuya concresión se expresa a través de una ampliación constante de los derechos, incrementando de esta manera, como plantea Fernando Savater (2003), las libertades efectivas de aquellos sectores que todavía los disfrutan sólo de forma minusválida.

Es en este punto donde la obra de la filosofa política Hannah Arendt y paticularmente su frase the right to have rights /el derecho a tener derechos, para algunos la frase menos comprendida del pensamiento de Arendt (Birmingham,2006),  termina siendo central. ¿Qué intenta comunicar Hannah Arendt con esa frase “derecho a tener derechos” y por qué, a mi modo de ver, es esa la reflexión más importante a la que remite el presente debate sobre el derecho constitucional a la fianza? Su relevancia estriba en que nos permite reconocer que lo que está en juego en este debate es el principio de la humanidad misma, pues, para Hannah Arendt, la idea de humanidad (liberada ya de toda metafísica y de todo sentimentalismo) implica nuestra obligación de asumir responsabilidad por todos los crímenes cometidos por todas las personas. Y esta responsabilidad remite al reconocimiento doble y simultáneo de la capacidad humana de hacer el mal, esto es, del reconocimiento de nuestra capacidad de destrucción, así como del reconocimiento de un contexto contemporáneo en el que la presencia de cientos de miles de personas sin medios de subsistencia, sin vivienda, sin Estado, económica y/o socialmente redundantes, sin cobijo jurídico alguno, tiene que movernos a conceder a que el derecho de cada sujeto de pertenecer a la humanidad tiene que ser garantizado por la humanidad misma y no por los poderes soberanos (Birmingham, 2006).

El problema es que los Estados modernos y el mundo del derecho positivo han equiparado los derechos con los derechos de los ciudadanos excluyendo- ahora- no sólo al amplio mundo de los no ciudadanos sino también a aquellos simbólicamente expulsados de la ciudadanía (desde el rechazo de lo que se entiende es su diferencia). Como sabemos, están los que se han escandalizado porque los confinados del país voten también en el referendum en torno a la enmienda constitucional al derecho a la fianza. Esos que se escandalizan son justamente aquellos que no han comprendido el señalamiento profundo de Michel Foucault en su libro Vigilar y castigar en torno a que, no es que el crimen nos vuelva ajenos a la sociedad, sino que vivimos en sociedad como si fuésemos extraños. La formulación moderna de los derechos ató los derechos al poder de la soberanía y de lo que se trata es de que los derechos no pueden estar atados al Estado ni tampoco a esa pretendida soberanía (del pueblo) colectiva y racista sobre la que descansa el Estado mismo, pues es precisamente la diversidad de rostros que asume el racismo, el obstáculo mayor a la posibilidad de una humanidad en común y al reconocimiento de nuestra común implicación en los difíciles problemas vinculados a la violencia y a la criminalidad contemporánea.

El sujeto de derecho no conforma una naturaleza fija -mucho menos buena- los derechos no son privilegios de los llamados buenos ciudadanos sino que están marcados por la incertidumbre y la impredictibilidad humana. La singularidad de cada sujeto es justamente a lo que apunta nuestra condición humana y no hay que olvidar el señalamiento de Hannah Arendt en torno a que el primer paso en aras de constituir una población en superflua (esto es sin valor jurídico alguno) es quitarles sus derechos. Para Arendt, de ahí a los campos (de concentración) hay un solo paso. La ley tiene que hacerse acompañar de la legitimidad de la ley misma. Y es, al decir de Peg Birminghan (2006), el derecho a la insurrección, esto es el derecho a cuestionar la legitimidad de la ley, lo constitutivo de un sistema democrático.  Es en nombre del derecho a tener derechos –es decir en nombre de “la capacidad de actuar juntos y comenzar algo nuevo” (Birmingham, 2006) que decimos NO a la enmienda constitucional al derecho a la fianza.

Referencias
Agamben, G. (1998). Homo Sacer: Sovering Power and Bare Life. California:Standford Univesity Press
Bauman. Z. (2004). Wasted Lives:Modernity and Its Outcasts.Cambridge:Polity Press
Birmingham, P. 2006. Hannah Arendt and Human Rights. Indiana: Indiana University Press
Cerruti, Pedro (2010). El sacrificio como matriz jurídico-política: Crítica del fundamento biopolítico de la comunidad. Revista Pléyade. Núm. 5
Colón- Morales, R. (2012).  El acosado y vilipendiado derecho a la finanza.80grados, 1ro junio.
Foucault,  M. (1997). Society Must Be Defended. New York:Picador.
Foucault, M. (1983). Vigilar y castigar. México:Siglo Veintiuno, editores.
Girard, R. (1979). Violence and the Sacred. Baltimore:The John Hopkins University
Zizek, S. (2008). Violence. New York: Picador.
Texto de la ponencia presentada en el Foro Criminalización del derecho a la fianza: Memoria, Criminalidad y Política. Escuela de Derecho, Universidad Interamericana de Puerto Rico. 15 de mayo del 201
1.    Planteamiento de la abogada de Asistencia Legal, Verónica Vélez en el Programa Pesquisa Boricua, Bonita Radio. San Juan, Puerto Rico Recuperado de http://bonitaradio.net/audios-y-videos-2/ []

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