8.12.11

Citizen’s arrest

Citizen’s arrest
Guillermo Rebollo-Gil

“Inexorablemente, en la actualidad el ente responsable de combatir la criminalidad en nuestra sociedad lo es principalmente la Policía de Puerto Rico.

Sin embargo, eso no nos exime de cumplir con la parte que nos toca. Retomemos entonces aunque sea un poco la carga de aquello que en un principio estuvo exclusivamente en nuestras manos.

Porque ciertamente esto se nos ha salido de las manos.”

-Juez Erick Kolthoff

Polis no es slang para policía. Así como la perfección de la comunidad no radica en sus sistemas de vigilancia. Hablar de una responsabilidad compartida al momento de atender un asunto público urgente como lo es la criminalidad en el País es hablar de la responsabilidad de compartir e intercambiar ideas y propuestas concretas en condiciones de igualdad política y social; no de cómo podemos servir de buenos vecinos y buenos informantes a la vez.

Contrario a lo que se puede colegir de los planteamientos del Juez Kolthoff en su columna “Una Responsabilidad de Todos,” Polis no es otra manera de llamar al agua en el punto aunque son los puntos de drogas hoy en día el foco de nuestra atención y preocupación por la violencia que los circunda. Y aunque es cierto que gran parte de nuestra responsabilidad con los nuestros es hacer para que ni establezcan, ni frecuenten, ni tengan que pasar por un punto de drogas en su día a día, lo cierto es que eso no se traduce a cooperación automática con las autoridades como si dicha cooperación fuese un valor o un bien en sí.

La cooperación de nuestra ciudadanía—sobretodo la de aquellos residentes de las comunidades más asediadas por la violencia callejera—con las autoridades no es más que una manifestación de la confianza que dichos ciudadanos y ciudadanas sienten para con los organismos gubernamentales en tanto estos activamente atienden sus necesidades e intereses. En el caso de la Policía de Puerto Rico, la misma no se destaca por este tipo de activismo. Y la falta de cooperación ciudadana muy bien podría interpretarse como el reconocimiento pasivo de que nos han faltado.

Policía no es slang para intruso. Pero no por eso creo en la necesidad del patrullaje sobre el derecho a convivir con otros públicamente y poner mi vida en sus manos a diario, no importa el riesgo pues cuando la confianza en el Estado no es factible, la sociedad civil se reserva el derecho a vivir de espaldas al aparato estatal, a resguardarse de él, a salirse de su vista. Y sépase que se puede ser buen vecino sin vigilancia. Y sépase que se puede servir ética y eficazmente al prójimo sin red de llamadas y códigos de alerta.

Lo que se nos fue de las manos, Sr. Juez, es la antigua creencia (aunque no de los antiguos) que la comunidad no es perfecta sin una idea manipulable del enemigo, sin un boceto del malhechor aplicable a quien convenga. En nuestro contexto local, enemigo es quien comete el delito y enemiga es la comunidad que lo produce, o lo protege o le teme. Esa designación está en manos del Estado. En sus manos, si se quiere. Dígame, por favor, si esa se le fue también.


1.12.11

Chile: geografía y poder (Ciudadlab Chile)


Tráiler - CIUDADLAB Chile: Geografía y poder from CIUDADLAB on Vimeo.

Viernes 9 de diciembre 2011.
Laboratorio de Artes Binarios 1206 
Ave. Ponce de León: Segundo local a la izquierda después de pasar la Avenida Roberto H. Todd (Parada 18 - cerca del Museo de Arte Contemporáneo)


Luego de su regreso a la democracia en la última década del siglo pasado, Chile ha evidenciado un crecimiento en distintos quehaceres y la arquitectura ha sido parte de ello. Chile tuvo una intensa presencia en los medios en este pasado 2010 y ahora en el 2011, las inclemencias, negligencias y levantamientos le hicieron portada en el globo completo. Pero antes que eso Chile ha establecido un lugar firme en el tablero del panorama mundial, y la arquitectura y el proyecto de ciudad evidencian las preocupaciones, pero además los problemas, de un país que tiene una estrecha relación con su geografía física, pero a su vez política.

La exhibición intenta dar un vistazo general a cómo se infiltra, pero a la vez se invisibiliza, el poder en Chile. Un laboratorio de experimentación con el canon neoliberal desde hace ya cuatro décadas, las fisuras y contradicciones de este modelo cada vez quedan más evidenciados en el tablero de contiendas que es la ciudad. El resultado es un país que registra simultáneamente sus apegos y desarraigos a partir de un arreglo delicado entre geografía (contaminación, marginación, expansión y explotación) y el poder (político, económico y cultural).


Para esta investigación sobre las ciudades de Santiago, San Pedro de Atacama y Valparaíso en Chile colaboraron con CIUDADLAB: Edgardo Cádiz Rivera, Athos Castro Falcón, Lorena Matos Cardona, Josean Merced Domenech, Demi Pennock Rodríguez y Mariana Dolores Rivera.www.ciudadlab.com


Claridad tras el lente: colección de fotografías 1960-2010

El semanario Claridad presentará el miércoles, 7 de diciembre a las 7pm, el libro CLARIDAD TRAS EL LENTE, una colección de 300 fotografías representativas de su caudal visual.

La presentación estará a cargo de un panel compuesto por el Dr. Félix Ojeda, el Arquitecto Edwin Quiles, y la Dra. Vélez. Estos compartirán sus reflexiones en torno al contexto histórico de CLARIDAD TRAS EL LENTE, su valor como documento testimonial, y su aportación al caudal artístico y cultural de Puerto Rico.

La actividad forma parte del ciclo Noches de Historia de la Asociación Puertorriqueña de Historiadores (APH).

¨La fotografía constituye un importante documento histórico, y CLARIDAD TRAS EL LENTE constituye un testimonio vital para el estudio de la segunda mitad del siglo 20 en Puerto Rico¨, dijo la Dra. Evelyn Vélez, Presidenta de la APH.

CLARIDAD TRAS EL LENTE consta de unas 300 fotografías de los principales sucesos que marcaron las décadas de 1960 a 2010: las protestas estudiantiles contra el Servicio Militar Obligatorio; los rescates de tierra y el desalojo de Villa Sin Miedo; las luchas por el desalojo de la Marina de EEUU de Vieques y Culebra; la violencia política; y las luchas ambientales, entre otros.

30.11.11

ProBono invita: ¿Legalización del discrimen?

El Probono SOI (Servicios de Orientación al Inmigrante) invita al foro:

¿Legalización del Discrimen?, Desde Arizona hasta Alabama

Se estarán analizando desde un enfoque jurídico y sociológico las leyes antiinmigrantes aprobadas en estados como: Arizona, Carolina del Sur, Utah, Georgia, Indiana y Alabama. 

Jueves 1ro de diciembre
7:30pm
L-1
Escuela Derecho UPR

28.11.11

Courting Justice: mujeres juezas transformando la justicia.



Courting Justice profiles indomitable women judges charged with advancing those rights while confronting the challenges of a male dominated institution. Through the intimate and inspiring stories of women working for change from the bench, Courting Justice tells of South Africa’s transformation to democracy. Vea más información aquí.

27.11.11

Una Corte para vindicar derechos

The constitutional, innovative face of South African law | Pierre de Vos

Foreign visitors expecting to see the sort of neoclassical facade that is traditionally said to embody the authority, certainty and stylistic formality of modern law, must find the South African constitutional court building in Johannesburg a rather odd sight.

Erected on the site of a notorious prison where famous figures such as Mahatma Gandhi, Albert Luthuli and Nelson Mandela were once incarcerated, and incorporating aspects of the original prison (including some of its bricks) in its design, the facade of the building announces its purpose in colourful and informal lettering in all 11 of South Africa's official languages.

The foyer is a spacious, light-filled area with slanting columns jutting out at unexpected angles: an architectural metaphor for trees under which African villagers traditionally resolved disputes. The building itself is a metaphor for the constitution adopted in 1996, whose innovative and sometimes daring provisions are interpreted and fleshed out by the 11 judges of the court, always sitting en banc.

The constitution – which abolished the colonial-inspired system of parliamentary supremacy and established a constitutional democracy with a justiciable bill of rights – is both backward-looking and forward-looking.

It seeks to give legitimacy to (and build on) those aspects of the previous legal order not utterly discredited by the apartheid past and hence confirms that the basic principles of the Roman Dutch and English common law (which applied in the apartheid years) would continue to find application within a new democratic system. Thus, the constitution ensures, to some degree at least, the kind of legal continuity and certainty that traditional common law lawyers are often said to value above all else.

However, it is also said to be a transformative document aimed at facilitating a change in the legal culture as well as in the material conditions of the population of South Africa. In judgments by the constitutional court, in the extra-curial writings of former and present constitutional court judges and in the work of progressive legal academics, the virtues of the "transformative" aspects of the constitution are often praised.

Potentially, one of the most "transformative" (and forward-looking) aspects relates to the application of the bill of rights. The constitution enjoins every court, tribunal or forum in South Africa to "promote the spirit, purport and objects of the bill of rights" when "interpreting any legislation, and when developing the common law or the customary law" (the latter being a system of indigenous law under which many South Africans living in rural areas still function).

The constitutional court relied on this provision to liberalise the common law on defamation, making it far more difficult for a plaintiff to sue a newspaper for libel. It did so by invoking the freedom of expression provision in the bill of rights which, argued the court, required less invasive libel laws than those developed by judges as part of the common law.

Similarly, the constitutional court extended the grounds upon which a citizen may sue the government for delictual damages resulting from negligence by the police officers or other officials in the criminal justice system, invoking the right to bodily integrity to justify this move. First tentative steps have also been made to "transform" the traditional common law rules of the law of contract in order to protect the weaker contractual party in any contractual dispute.

Unlike most traditional human rights charters, the bill of rights binds not only the state but, in many cases, also private individuals and institutions. This means that a private citizen would often be able to invoke its provisions against another private citizen, organisation or big corporation.

This provision is based on the assumption that big corporations such as banks and other powerful individuals such as private landlords, wield enormous (and often destructive) power in a modern state. Human rights abuses are therefore not only (or not even primarily) perpetrated by the state and in order to protect the marginalised and vulnerable the bill of rights cannot merely impose duties on the state. Private individuals and institutions often discriminate against individuals, invade their privacy, treat them without dignity or respect or act against their basic economic and social interests and when they do, the individual can approach the courts to have their rights vindicated.

Traditional lawyers have been critical of some of the "transformative" rulings of the constitutional court, arguing that the pure and beautiful logic that underlies the traditional common law rules are being undermined in a mad bout of political correctness and that free enterprise and commerce are being hamstrung by imposing onerous duties on private citizens and companies that limit their freedom to act and to take commercial risks.

However, in a country in which the law used to be deployed as an instrument of racial oppression, the transformative and pro-poor judgments of the constitutional court are arguably helping to rebuild trust in the legal system and promoting the legitimacy of the law – surely a prerequisite for the proper functioning of a society emerging from a period of lawlessness.

-This is the first of three articles about the South African bill of rights by Pierre de Vos.

24.11.11

columna: Divino (Miguel Rodríguez Casellas).

Divino

Miguel Rodríguez Casellas
Cristo era todo un político. Separó al César de Dios sin indisponer a ninguno de los dos. Se proclamó rey de “otro mundo” con tal de evitarse contiendas jurisdiccionales. Le sacó igual provecho a leales (Pedro), como a traidores (Judas). Talento indudablemente tenía, por eso aún administra una de las mayores audiencias del universo: las almas que creen, creyeron y creerán en él, hasta el día del Juicio Final.

Ejercer la sabiduría divina sobre una humanidad de patrones cambiantes y extendido relativismo secular es un reto. Un “focus group” celestial tendría que haber anticipado el escepticismo que los fieles mostrarían siglos después, cuando cansados de la misma marca comenzarían a mirar los escaparates de otras tiendas compitiendo libremente en el mercado de la fe.

Aseveran que Cristo, como la Mirta de los pelos difíciles, siempre tiene la respuesta. Son sus seguidores los confundidos, guardando silencio o hablando de más, cual políticos sin “media training”, a lo Cox Alomar.

Han sido semanas de tiraera santa, con una interesantísima cartelera encabezada por el arzobispo “puertorriqueñista”, los inquisidores del Opus Dei, y la pléyade de honorables, reverendos y analistas, que hablan como si la fe aún moviera montañas, como si importara.

Todo es muy sospechoso. Para empezar, habría que desconfiar del altar catedralicio dedicado a una patria concebida en singular, sin matices ni plurales inclusivos. Luego está el Opus Dei, que son abejitas adheridas al panal de las clases afluentes. El arzobispo tampoco es distinto a otros, que son aliados de una misma cruzada fundamentalista. Los analistas, por otro lado, son vendedores también. Es decir, que en todo esto hay un resabio de falso antagonismo que se suma a la mentira histórica de justos versus impíos, ángeles o demonios.

Triste es ver a todo un país, con cordilleras enteras que mover, entretenerse pensando que la fe hará el trabajo que a ellos toca hacer. Esa fe, irresponsable y acomodaticia, es otra manifestación de la vagancia boricua. Su Divina Providencia les subsidia la inacción.

“Ayúdate, que yo te ayudaré”, dijo un político famoso. Cristo no fue, aunque debió haberlo dicho.
-El autor es profesor de la Escuela de Arquitectura de la Politécnica.

15.11.11

Hablemos de "derechos democráticos"


A ver si ante la trillada idea de “tus derechos terminan donde comienzan los míos”,  empezamos a concebir los derechos del otro como condición esencial y posibilitadora de los míos. Quizás así es más factible conversar públicamente sobre derechos perennemente en pugna como los de expresión, educación, salud, laborales, de las mujeres… A ver si comenzamos a hablar de nuestros derechos como “derechos democráticos” más que como derechos puramente individuales.


No es posible nunca tener derechos individuales definidos de manera aislada, sino solamente en contextos de relaciones sociales que definen posiciones determinadas de sujeto. Se tratará siempre, por consiguiente, de derechos que involucran a otros sujetos que participan de la misma relación social.

"Podemos deducir una precondición básica para una concepción radicalmente libertaria de la política: la renuncia a dominar –intelectual o políticamente—todo presunto fundamento último de lo social. Toda concepción que pretenda basarse en un saber acerca de este fundamento se encuentra, tarde o temprano, enfrentada a la paradoja rousseauniana según la cual los hombres deben ser obligados a ser libres.

Este cambio en el estatus de ciertos conceptos, que transforma en lógicas sociales a los que antes eran fundamentos, nos permite entender la variedad de dimensiones en las que una política democrática se basa. Nos permite, para comenzar, precisar el sentido y los límites de lo que podemos denominar como “principio de equivalencia democrática”. El sentido, por cuanto resulta claro que el simple desplazamiento del imaginario igualitario no es suficiente para producir una transformación en la identidad de los grupos sobre los cuales ese desplazamiento opera. Sobre la base del principio de igualdad, un grupo corporativamente constituido puede reclamar sus derechos a la igualdad con otros grupos, pero en la medida en que las demandas de los diversos grupos son diferentes y, en muchos casos, incompatibles entre sí, esto no conduce a ninguna equivalencia real entre las diversas reivindicaciones democráticas. En todos aquellos casos en que la problemática del individualismo posesivo es mantenida como matriz de producción de la identidad de los distintos grupos, este resultado es inevitable. Para que haya una “equivalencia democrática” es necesario algo distinto: la construcción de un nuevo “sentido común” que cambie la identidad de los diversos grupos, de modo tal que las demandas de cada grupo se articulen equivalencialmente con las de los otros. En palabras de Marx: “que el libre desarrollo de cada uno sea la condición para el libre desarrollo de todos los demás”.

O sea, que la equivalencia es siempre hegemónica en la medida en que no establece simplemente una “alianza” entre intereses dados, sino que modifica la propia identidad de las fuerzas intervinientes en dicha alianza. Para que la defensa de los intereses de los obreros no se haga a costa de los derechos de las mujeres, de los inmigrantes o de los consumidores, es necesario que se establezca una equivalencia entre estas diferentes luchas. Es sólo bajo esta condición que las luchas contra el poder llegan a ser realmente democráticas, y que la reivindicación de derechos no se lleva a cabo a partir de una problemática individualista, sino en el contexto del respeto de los derechos a la igualdad de los otros grupos subordinadas.

… la demanda de igualdad no es suficiente, sino que debe ser balanceada por la demanda de libertad, lo que nos conduce a hablar de democracia radicalizada y plural. Una democracia radicalizada y no plural sería la que constituiría un solo espacio de igualdad sobre la base de la vigencia ilimitada de la lógica de la equivalencia, y no reconocería el momento irreductible de la pluralidad de espacios.

Este principio de separación de espacios es la base de la demanda de libertad. Es en él donde reside el principio del pluralismo, y donde el proyecto de una democracia plural puede enlazarse en la lógica del liberalismo. No es el liberalismo en cuanto tal el que debe ser puesto en cuestión… De lo que se trata es de la producción de otro individuo, un individuo que ya no sea más construido a partir de la matriz de individualismo posesivo. La idea de “derechos naturales” anteriores a la sociedad, y en verdad, el conjunto de la falsa dicotomía individuo-sociedad, deben ser abandonados y sustituidos por otra manera de plantear el problema de los derechos. No es posible nunca tener derechos individuales definidos de manera aislada, sino solamente en contextos de relaciones sociales que definen posiciones determinadas de sujeto. Se tratará siempre, por consiguiente, de derechos que involucran a otros sujetos que participan de la misma relación social. Es en este sentido que es preciso entender la noción de “Derechos democráticos”, que éstos son derechos que sólo pueden ejercerse colectivamente y que suponen la existencia de derechos iguales para los otros. Los espacios constitutivos de las diferentes relaciones sociales pueden variar enormemente, según se trate de relaciones de producción, de ciudadanía, de vecindad, de pareja, etc. Las formas de democracia deberán ser por tanto plurales –la democracia directa no puede ser la única forma organizaciones, pues solo se adapta a espacios sociales reducidos.”

-Chantal Mouffe, Ernesto Laclau. (Hegemonía y radicalización de la democracia).

A propósito de la protesta y la "presión indebida".

Que hay lugares donde resulta incómoda la protesta, por supuesto. Que hay lugares más propicios que otros, de acuerdo. Que en la protesta se enfrentan dos derechos entre los cuales precisa que se haga una adecuación, sin duda. Pero la protesta no se puede despachar con la amenaza de que a quien protesta se le tirará encima "todo el peso de la ley" o con la idea de que hay que suprimirla porque es "una presión indebida". Un buen gobernante, un buen administrador, quien se preocupe por quienes protestan, va a la raíz de la protesta, a sus razones, a entender lo que la motiva, escucha. Porque los ciudadanos no protestan porque sí, siempre hay razones y ahí una tendría que hacer un esfuerzo por llegar a las razones que mueven a un grupo de ciudadanos a presionar, sí, a presionar, porque de eso precisamente se trata la protesta. Se presiona porque quien lo hace no ha sido escuchado, por lo general no tiene medios para hacerse escuchar. 

Habría que escuchar los méritos de la protesta antes de descartarla; habría que propiciar una gestión conciliadora. Siempre va a haber intereses en conflicto, pero eso no nos dice nada, ni nos lleva a ninguna parte que no sea a la arbitrariedad, si no aquilatamos los méritos de esos intereses. La pregunta que interesa al Derecho es qué derechos queremos proteger y porqué. Quienes protestan no hacen solo performance, también buscan acceso.
Eso.

14.11.11

El derecho en América Latina (publicación)


colección derecho y política

el derecho en américa latina

un mapa para el pensamiento jurídico del siglo xxi
Siglo XXI.
Las leyes, como los mapas, son representaciones simplificadas que ordenan las relaciones humanas para luego leerlas bajo un prisma legal. Para ser eficaces, tanto el cartógrafo como el jurista deben recortar algunos detalles del terreno distorsionando la realidad desde una perspectiva altamente selectiva. Cualquier mapeo de la producción y las disciplinas jurídicas en la región muestra que han enclavado su centro de visión en Europa y Estados Unidos. Los efectos de esta mirada subordinada son tan profundos como palpables en la práctica diaria y nos obligan a cuestionarnos: ¿cómo construir una perspectiva arraigada en nuestro entorno que, a la vez, ingrese en un diálogo cosmopolita? Y, más radicalmente, ¿qué significa pensar el derecho desde América Latina?
Desde la mirada subalterna, los autores de este libro reflexionan sobre las condiciones que atraviesa la práctica jurídica, en un esfuerzo que combina el análisis sociojurídico con experiencias de seguimiento a las reformas judiciales, el funcionamiento de la justicia y los procesos de constitucionalismo social de las dos últimas décadas. En todos los casos, se trata de académicos y académicas que han acompañado la producción de ideas con el activismo por la igualdad, la democracia y los derechos humanos. En sus países, cada uno de ellos ha contribuido, además, a la creación de nuevas instituciones para la enseñanza, la investigación y la lucha por el derecho, y ahora proyecta nuevos espacios de construcción transnacional.
Producto de un esfuerzo concertado por desarrollar un diagnóstico crítico e impulsar a la vez la representación del territorio jurídico desde perspectivas distintas a las dominantes, aunque sin darle la espalda al pensamiento internacional, la contracartografía que este libro propone traza un diálogo horizontal entre distintas tradiciones intelectuales y legales. El derecho en América Latina constituye, así, una fuente especialmente propicia para repensar el paradigma de análisis, enseñanza y acción legales latinoamericanos e influir, desde esa perspectiva, en el debate jurídico global.

11.11.11

Latinoamerica

"Este pueblo no se ahoga en los marullos... y si se derrumba, yo lo reconstruyo...."

Calle 13 y la Orquesta Sinfónica Juvenil Simón Bolívar.

9.11.11

Los archivos del Mandril: Juan Pablo Mañalich: "el problema que tenemos es q...

Los archivos del Mandril: Juan Pablo Mañalich: "el problema que tenemos es q...: Nota del Mandril: Compartimos una entrevista al profesor de Derecho de la Universidad de Chile, Juan Pablo Mañalich, sobre algunos...

El trabajo doméstico y la feminización de la Inmigración

Como parte de la Jornada de conferencias en conmemoración del 25 de noviembre, Día Internacional de No Más Violencia contra la Mujer, te invitamos a la 

Conferencia: El trabajo doméstico y la feminización de la Inmigración. 


Contaremos con la participación de 
la Profa. Glenda Labadie Jackson de la Escuela de Derecho UPR 
y de 
Romelinda Grullón, Directora/Fundadora del Centro de la Mujer Dominicana (CEMUD)

Co-auspician: 

La Coordinadora Paz para la Mujer, OPDEM y el Pro bono de Servicios de Orientación al Inmigrante (SOI)

Se llevará a cabo en el salón L-3 de la Escuela de Derecho UPR 

Conversatorio: El Rol de la Profesión Jurídica en la Erradicación de la Violencia de Género

Jornada de Conferencias en Conmemoración del 25 de noviembre: Dia Internacional de No Mas Violencia contra la Mujer 

Conversatorio: El Rol de la Profesión Jurídica en la Erradicación de la Violencia de Género

Auspiciado por: 
Coordinadora Paz para la Mujer
Organización Pro Derechos de la Mujer (OPDEM)
Pro Bono Servicios de Orientación al Inmigrante (SOI)

Contará con la intervención de la Lcda. Verónica Rivera Torres, 
Presidenta de la Comisión de la Mujer del Colegio de Abogados de Puerto Rico

Miércoles, 16 de noviembre de 2011

6:00 a 7:30 pm

Salón L-2 Escuela de Derecho, Universidad de Puerto Rico 

8.11.11

Cierre de Puertas del Supremo

Hace un tiempo vaticinábamos un "Acceso controlado" al Tribunal Supremo. Hoy al parecer nos enfrentamos al "Cierre de sus puertas". En estos tiempos, vemos que no solo se cierran los hemiciclos para 'lo político', sino que se cierran las puertas para 'lo jurídico' y 'los derechos'. ¿Cuántas puertas más habrá que tocar, cuáles y dónde? Quienes gobiernan y dirigen nuestras instituciones están creando una bomba de tiempo. Todas las puertas se cierran.

Me refiero a la nota que anuncia que el Tribunal Supremo, la institución que fue creada como garante de los derechos de los ciudadanos, nuevamente le cierra las puertas a los individuos y grupos que buscan remedios y persiguen vindicar derechos. En esta ocasión se trata de los y las ciudadanas afectadas precisamente por el proyecto de gobierno que esta administración más mercadea, el Gasoducto. No es poca cosa. En su momento comentaremos las opiniones. Por ahora, llamo la atención a dos expresiones que me saltan a la vista y me resultan interesantes meramente al ver la nota periodística.

La primera es que quien escribe la nota expone: "Y es que los demandantes, que llegaron al Supremo por petición de la Autoridad de Energía Eléctrica y la Junta de Calidad Ambiental, trataron de rebatir argumentos de las agencias fuera del tiempo conocido para hacerlo, alegaron los jueces."

Me llama la atención el uso de la frase "alegaron los jueces". La frase es iluminadora. Una institución como el poder judicial o, más específicamente, las cortes supremas, suelen "resolver", "decidir", "adjudicar" y la ciudadanía le reconoce su pronunciamiento como uno legítimo, por lo tanto, no "alegan". Cuando en una nota y en la profesión se llega al punto de decir sobre una determinación del Supremo: "alegaron los jueces", algo anda mal y no necesariamente con quien lo dice, sino algo anda mal desde el poder que se ejerce sin salvaguardar su legitimidad. 

Los abogados de cada parte, es decir, quienes representan a uno de los intereses en pugna, "alegan", pero los jueces -bajo el palio y la ficción de la neutralidad- "deciden". Y deciden "conforme a Derecho", no alegan. Si los nuestros "alegan", es porque la percepción de la ciudadanía pone en cuestionamiento su legitimidad. La frase pone en tela de juicio la corrección y legitimación de su pronunciamiento. 

No es la primera vez que lo decimos. Creo que, así como nuestras instituciones están en serio desmantelamiento estructural y la ciudadanía ha perdido la confianza en éstas, para gran parte del país el Tribunal Supremo no hará sino "alegar", con lo que eso significa, si no rescata su legitimidad en el proceso de adjudicación.

El segundo asunto sobre el que llamo la atención, preliminarmente, es esta excelente cita de la Jueza Anabelle Rodríguez, en su opinión disidente:  ‘la discreción es el más poderoso instrumento reservado a los jueces… la discreción es una forma de razonabilidad aplicada al discernimiento judicial para llegar a una conclusión justiciera”. Eso. De eso se trata.

7.11.11

En el fondo del Caño...

Hay una lucha ambiental... Artículo de nuestra querida Jessabeth Vivas Capó, abogada de ANDA Inc. y exalumna maravillosa de la Escuela de Derecho de la UPR. Jessa reseña la excepcional iniciativa de las ocho comunidades del Caño Martin Peña y nos recuerda que su día a día continúa, contra viento y marea!. (Original publicado en Prensa Comunitaria).


salud!
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En el fondo del Caño hay una lucha ambiental

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“Luego miró hacia arriba, hacia el puente y la carretera. Automóviles, guaguas y camiones pasaban en un desfile interminable. El hombre observó cómo desde casi todos los vehículos alguien miraba con extrañeza hacia la casucha enclavada en medio de aquel brazo de mar: el “caño” sobre cuyas márgenes pantanosas había ido creciendo hacía años el arrabal”.
-En el fondo del caño hay un negrito
de José Luis González

cano2
Las imágenes del Caño Martín Peña abundan en la literatura, la música y la plástica puertorriqueña. Pero estas imágenes no son las de un Caño solitario y natural, sino las de uno poblado por gente pobre que en sus márgenes y en la superficie de sus aguas construyeron viviendas de las que nacieron comunidades. Este escrito atiende la relación entre el ambiente y la comunidad, tomando como referencia la lucha comunitaria que en los últimos años ha intentado reconciliar su permanencia en los márgenes del Caño con la recuperación ambiental del mismo y las contrastantes respuestas del Gobierno a esta lucha.

Hace apenas 7 años, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico de modo unánime aprobó una ley cuya Exposición de Motivos declaraba la importancia social, cultural y laboral de ciertas comunidades de escasos recursos económicos para el quehacer cotidiano del País. En dicha ley, se establecía que la política pública del Estado Libre Asociado hacia estas comunidades giraría en torno a “fomentar una relación saludable entre el ambiente natural y la ciudad y las comunidades que le rodean, con una visión integral del desarrollo y sobre la base del apoderamiento comunitario”. Asimismo, la ley en cuestión reconocía que si bien “[d]urante más de 40 años, ha desfilado un sinnúmero de propuestas dirigidas a desplazar a estas comunidades de su ubicación estratégica”, basadas en gran medida en argumentos de índole ambiental y salubrista, ahora el modelo de intervención del Estado con las comunidades aludidas descansaría en un “enfoque integral al problema de la pobreza propiciando procesos de desarrollo […] en conjunto con los procesos de rehabilitación física y ambiental”.

El nombre de la ley citada es “Ley para el Desarrollo Integral del Distrito de Planificación Especial del Caño Martín Peña”, Ley Núm. 489 del 24 de septiembre de 2004 (en adelante “Ley 489”). La Ley 489 creó la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña, el Fideicomiso de la Tierra y le ordenó al Estado, las agencias y al Municipio de San Juan traspasarle a la Corporación ENLACE la titularidad de los terrenos que estuviesen dentro de lo que había sido designado por la Junta de Planificación como Distrito de Planificación Especial del Caño Martín Peña. Ambos entes, la Corporación y el Fideicomiso, fueron creados con el propósito de fomentar la autogestión y el desarrollo integral de las comunidades del Caño y asegurar la permanencia de las aproximadamente 27,000 personas que componen sus comunidades en el espacio que les ha servido de hogar, todo esto “de forma ágil, transparente y libre de interferencias de índole político partidistas”. Tanto las disposiciones de la ley, como la creación de la Corporación y del Fideicomiso de la Tierra fueron fruto de años de trabajo organizativo y de cabildeo por parte de miembros de las 8 comunidades que componen el Caño Martín Peña (Barrio Obrero, Barrio Obrero-Marina, Buena Vista-Santurce, Parada 27, Las Monjas, Buena Vista Hato Rey, Israel-Bitumul y Cantera). Incluso, personas no vecinas de las comunidades solidariamente ofrecieron sus conocimientos y colaboraron en la gesta con enorme respeto por la participación ciudadana y la ecología de saberes.
La decisión de los miembros de las ocho comunidades del Caño Martín Peña de crear el Fideicomiso de la Tierra como herramienta para asegurar la propiedad colectiva de la vivienda y la permanencia de sus comunidades, fue producto de la discusión extensa y profunda que en sobre 700 asambleas y reuniones comunitarias se dieron sobre la gama de modelos jurídicos disponibles para organizar la propiedad. Así pues, la decisión de establecer un fideicomiso como herramienta para asegurar una vivienda digna y la continuidad de las comunidades existentes, surgió de las comunidades afectadas y no de personas o entidades externas que impusieron su criterio sobre qué tipo de propiedad, u organización de la propiedad, es mejor. Por otro lado, además de la comúnmente presente amenaza de desplazamiento y del dragado del Caño, las comunidades discutieron en sus asambleas y reuniones estrategias para hacer frente y superar problemas ambientales, de educación, drogas, violencia, seguridad, salud, planificación urbana, infraestructura, economía, ausencia de iniciativas culturales y de esparcimiento, entre otras. La amplitud de iniciativas deportivas, recreativas, educativas, de preservación ambiental urbana, salubridad, de habitabilidad de la ciudad y microempresarismo, entre otras, son muestra del grado de compromiso y seriedad con que las comunidades del Caño Martín Peña han asumido los retos para superar la pobreza y trabajar en el desarrollo integral de sus personas y sus espacios.

Las estrategias que la Corporación del Proyecto ENLACE y las comunidades que lo componen han estado implantando son obras totalmente cónsonas con las ideas de modernización, crecimiento empresarial, desarrollo tecnológico e independencia del aparato gubernamental que impregnan los discursos de la administración de turno, además de que el ente en sí es un ejemplo idóneo de los modelos de alianza público-privada que tanto promueven. No obstante, el 23 de junio de 2009 la Asamblea Legislativa que anteriormente se había desbordado en elogios a la capacidad de las comunidades para atender y solucionar sus problemas ante la marginación, aprobó mediante descargue y sin celebrar ni una vista pública la Ley Núm. 32 que le arrebata a la Corporación la titularidad de los terrenos que el Estado y sus instrumentalidades le habían traspasado. Esta acción por parte de la rama legislativa y la ejecutiva, tiene como fin el desmantelamiento del modelo de fideicomiso que las comunidades eligieron en procesos participativos y verdaderamente democráticos. Asimismo, la imposición de criterios individualistas y conservadores sobre la propiedad y lo que es “justo” por parte del Gobierno a las comunidades del Caño Martín Peña implica un desprecio total ante la capacidad deliberativa de las comunidades y de su creatividad a la hora de buscar mecanismos jurídicos que realmente las proteja y las haga dueñas de su presente y futuro.

La razón para escoger la situación de las ocho comunidades del Caño Martín Peña para hablar sobre la relación ambiente-comunidad, es que éstas ejemplifican la injusticia social que continuamente atraviesan las comunidades al ser desplazadas mediante la expropiación o el desahucio. Ocurriendo que en muchas instancias, estos desplazamientos los fundamentan en argumentos medioambientales sea ya para proteger un recurso cercano a la comunidad o para supuestamente proteger a la comunidad de las consecuencias que puede tener el vivir cerca del recurso. Sin embargo, la realidad es que los espacios que habitan y en los que formaron una comunidad que les brinda apoyo en medio de la marginación y la desigualdad, eran áreas anteriormente ignoradas y no valoradas por aquellos que están en el poder pero ahora que dichos terrenos han adquirido valor en el mercado, si les importa lo que allí acontece. Así también, el descaro con que el Gobierno está desmantelando el Fideicomiso de la Tierra es un claro ejemplo de cómo los políticos continuamente faltan a su palabra y a su compromiso con el pueblo para dar paso al amiguismo y al interés puramente económico.

Por todo esto es que como parte de las iniciativas para la protección de los recursos naturales tenemos que incluir la protección de las comunidades que habitan el ambiente que defendemos y no podemos callar ante el uso por parte del Estado de argumentos conservacionistas para despojar a las personas pobres de sus comunidades. Las comunidades del Caño Martín Peña, así como tantas otras comunidades en situaciones similares de desplazamiento, han demostrado estar capacitadas e interesadas en trabajar por la protección ambiental del espacio que les ofrece una vivienda. La gente del Caño no sólo trabaja en impulsar su dragado y buscar mecanismos de financiamiento para el mismo, sino que además han creado un sinnúmero de programas culturales para educar sobre la importancia ambiental de su hábitat comunitario. Los esfuerzos que han realizado y los planes de trabajo pendientes, demuestran que estas comunidades están preparadas y sensibilizadas para luchar contra la contaminación y el deterioro ambiental a la vez que aseguran su permanencia en un espacio que les brinda felicidad y sentimiento de pertenencia. El movimiento ambiental tiene que solidarizarse con el movimiento comunitario porque al final, ambos deseamos lo mismo: vivir en un País digno y con calidad de vida para TODOS sus habitantes.

* Abogada, miembro fundadora de la Asociación Nacional de Derecho Ambiental (ANDA), Inc. y gestora cultural.

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