18.10.13

Cats

The Big New Yorker Book of Cats.



De lo individual a lo colectivo: Reflexiones sobre la responsabilidad social como compromiso para atajar la desigualdad (Amaris Torres)

Comparto la ponencia 'De lo individual a lo colectivo: Reflexiones sobre la responsabilidad social como compromiso para atajar la desigualdad' por Amaris Torres, abogada, profesora de sociología del Derecho, admirada exalumna, y mentora del Programa ProBono. Salud!

Publicado en su blog, Conciencia Crítica: sociedad.democracia.justicia


Primera Jornada de Debates Sociológicos: Desigualdad, Violencia y Criminalidad
Universidad Interamericana de Puerto Rico, Recinto Metro
Segundo día, 9 de octubre de 2013
Proyectos vinculantes de acción comunitaria 

Ponencia
De lo individual a lo colectivo:  Reflexiones sobre la responsabilidad social como compromiso para atajar la desigualdad

I.              Inquietudes sobre el Derecho

Cuando comencé a estudiar Derecho, me sentaba a escuchar a los profesores con mucho detenimiento. Dentro de las aulas universitarias, junto a otros compañeros y compañeras, pasé largas horas aprendiendo sobre el Derecho Constitucional, el Derecho de Familia, el Derecho de Obligaciones y Contratos, entre otras ramas del Derecho. Y mientras más estudiaba, aprendía y conocía sobre el  Derecho, comenzaba a sentir una profunda inquietud.

Esta inquietud se agudizaba a medida que estudiaba leyes antiquísimas, obsoletas e injustas. Estudiaba las opiniones de los jueces del Tribunal, que cada vez le cerraban las puertas a distintos sectores que intentaban vindicar sus derechos democráticos, tales como  la clase trabajadora,  estudiantes universitarios,  defensores del medioambiente, comunidades pobres… (en fin, la  lista es larga).
La inquietud que sentía se profundizaba aún más, cuando leía premisas jurídicas tales como el Artículo  2 del Código Civil y cito: La ignorancia de las leyes no exime de su cumplimiento. Es decir, que quien incumpla alguna ley por que desconoce que existe, será penalizado, sancionado o permanecerá con sus derechos violentados por el simple hecho de que no conoce la ley ni el derecho.  Y ante esto, me preguntaba, ¿cómo es posible que el Código Civil comience estableciendo una premisa cómo esta?  ¿Acaso no se han enterado que los únicos que conocemos las leyes y el derecho a cabalidad somos los abogados y abogadas? ¿Cómo es posible que el sistema penalice al resto de la población que desconoce sus derechos y desconoce las leyes que vinculan su cotidianeidad?
Era terrible. Como estudiante de derecho, me encontraba en un momento muy difícil. Era un momento de introspección, donde en una auto-reflexión, me cuestionaba verdaderamente si valía la pena seguir estudiando Derecho. Me sentía testigo de tantos atropellos e injusticias sustentadas en las leyes y el Derecho que me sentía, de una forma u otra, cómplice. Me era imposible actuar con tanta naturalidad entre mis profesores y compañeros de derecho, cuando lo que estudiaba, a mi modo de ver, era un saber tan opresivo, ejerciendo una violencia sistémica contra sus propios ciudadanos, invisibilizando comunidades y sectores sociales empobrecidos, marginados, y vulnerables.
Mis ojos habían logrado ver que el Derecho era(es) un sistema que invisibilizaba el problema de la desigualdad social, pretendiendo que todas las personas tuvieran conocimiento de las leyes y el Derecho. Y peor aún, que sepan cuándo y cómo acudir a un Tribunal como alternativa a una violación de derechos o para resolver una controversia.
El asunto se tornaba grave cuando observaba que el Derecho pretendía resolver las controversias en un análisis híper-simplista entre lo legal y lo ilegal.  No hacía ningún sentido que el Derecho analizara los problemas sociales como unos legales –o- ilegales, dejando fuera todo tipo de discusión sobre las complejidades sociales de las situaciones que tenía ante sí.
Y resulta interesante como el Derecho se sustenta en este discurso de lo legal v. lo ilegal en sus análisis jurídicos, porque recuerdo lo ocurrido en Alemania, bajo el régimen Nazi de Adolfo Hilter, donde lo legal implicaba mantener el Estado de Derecho que permitía matar a todos los judíos en campos de concentración.

II.            Una forma alterna de concebir el Derecho
Como una luz al final del túnel, encontré un refugio, un espacio como estudiante de derecho que me dio las fuerzas para continuar estudiando y hacerme abogada. Espacios como los cursos de teoría del derecho, teoría de la democracia, teoría de la justicia, derecho y pobreza, y derecho y cambio social, porque en esos cursos sí se problematizaba el derecho desde una óptica distinta, no simplista. Sin embargo, tomar estos cursos de análisis jurídico crítico no fue suficiente. Continuaba con muchísima preocupación hasta que tuve un maravilloso encuentro con un programa llamado Programa Pro Bono de la Escuela de Derecho. Y este programa, como parte del currículo académico, consistía en que las y los estudiantes de derecho realizaran servicio legal y comunitario para fomentar el acceso a la justicia. Y ustedes se preguntaran, ¿qué es eso de acceso a la justicia? Bueno, pues el acceso a la justicia implica que todas las personas, puedan acceder equitativamente a un conocimiento de sus derechos, o que puedan acceder a un representación legal digna, o que puedan acceder a los tribunales o agencias administrativas para buscar un remedio a su situación o a alguna violación de derechos.
Al enfrentarme a la existencia de este programa, emocionadísima, pensé: Aquí está, lo he encontrado.  He encontrado la forma de canalizar todas mis inquietudes y frustraciones sobre el Derecho porque este programa pro bono parte de la premisa de que existen unos sectores invisibilizados, que no tienen acceso a la justicia y que ni tan si quiera tienen acceso a ejercer plena y efectivamente sus derechos más básicos. Y así, comprendiendo que este programa atendía un aspecto importantísimo de lo que el Derecho debe ser, comencé a trabajar, siendo estudiante, en distintas secciones del Programa.
Comencé a trabajar en la sección de Comunidades en Riesgo de Desplazamiento, la cual literalmente me sacó de las aulas universitarias y me llevó a trabajar con dos comunidades pobres y muy vulnerables: el Barrio Boca en Barceloneta y Villa Cañona en Loíza. Estar allí físicamente en ambas comunidades, escuchar los problemas que aquejaban los residentes de esas comunidades y ver la pobreza, me hizo sentir una frustración enorme por lo que estaban viviendo estas comunidades, pero  a la misma vez me sentía que había llegado al lugar correcto, porque estas comunidades no conocían sus derechos, no tenían los recursos económicos para pagar un abogado o abogada y no tenían los recursos para pagar los altísimos costos de procesos judiciales.
No obstante, sentía una enorme preocupación porque estas dos comunidades estaban recibiendo un servicio de educación en derechos y de asesoría legal gratuita, pero ¿y todas las otras comunidades pobres, vulnerables e históricamente excluidas que no tienen acceso a recibir estos servicios legales? ¿Cómo estas comunidades atienden sus situaciones cuando el Estado violenta sus derechos? Y ante esas interrogantes, me contestaba: pues simplemente no se atienden. El resultado lamentable ha sido que vivimos en una sociedad donde se les violenta diariamente derechos fundamentales a estas personas o comunidades, y no solo carecen de acceso a servicios legales, sino que desconocen que se les están violando derechos humanos o derechos civiles porque, simplemente han asumido esa violación crasa de derechos como algo normal, algo parte inherente de sus vidas por haber nacido en una situación de marginación y pobreza.
Sin duda, ante este panorama, me sentí convocada a continuar sirviendo al programa pro bono y continuar trabajando, en atender necesidades legales gratuitamente, pero desde un abordaje educativo, transformador y como herramienta de apoderamiento y autogestión comunitaria.
Continué mi servicio en el programa pro bono, ahora a través de una sección llamada ENLACE con escuelas públicas. Esta sección partía de la premisa de la falta de acceso a una educación pública superior de estudiantes de escuelas públicas. Y lo que pretende esta sección es ofrecer talleres a estudiantes de escuelas públicas sobre temas de derechos como herramienta de conocimiento para fomentar un apoderamiento ciudadano, desde los 15, 16 y 17 años de edad. Además, esta sección del pro bono ofrece talleres sobre la universidad como un mundo que es posible, y talleres sobre los exámenes de admisión a la universidad como el College Board, y otros exámenes a nivel graduado (LSATEXADEP). Ciertamente, la labor aquí realizada es cuesta arriba porque sabemos que problemas, tales como la deserción escolar o la falta de acceso a la educación pública superior son problemas muy complejos de carácter estructural y sistémico. Sin embargo, les confieso que fue una labor muy enriquecedora porque, justamente antes de graduarme como abogada, logré ver a dos estudiantes de escuela pública a quienes les ofrecí talleres, entrar a la Universidad de Puerto Rico.
Y así, continué mi servicio en el programa pro bono, pero esta vez de forma distinta porque había tomado la decisión de fundar una nueva sección del programa pro bono, gracias a la mentoría de una grandísima profesora de derecho, Érika Fontánez Torres. Esta sección la quise llamar Democracia y Participación Ciudadana. Acá en esta sección pude canalizar muchas de mis frustraciones con el Derecho y con la profesión de la abogacía porque esta sección lo que pretendía (y pretende)  es fomentar una democracia participativa, es decir, darle poder a los ciudadanos, a las comunidades, a los sectores de mayor vulnerabilidad social. Darle poder, ¿cómo? Bueno, pues darle poder a través del conocimiento de sus derechos y de los espacios que existen y que se pueden crear para insertarse en procesos de toma de decisiones en la gestión/administración pública (y así ser protagonistas en cambiar su realidad social, incidiendo efectivamente en problemas de falta de acceso a vivienda, salud, educación, etc). Esto implica, necesariamente, un rompimiento con la concepción de estas comunidades de que las violaciones de derechos fundamentales que sufren día a día son parte inherente de sus vidas, sino que estas situaciones de carencia NO son la norma, no están justificadas y deben ser inminentemente cambiadas. Desde una mirada sociológica, esto constituye un rompimiento muy fuerte, porque crea, como dice Niklas Luhmann, muchísima irritación en el sistema jurídico y el sistema político, entrando así en el acoplamiento estructural.
Y ha sido así, en esta reflexión que he compartido con ustedes, como me he formado como abogada. Pero una abogada que no quiso ser cómplice de las injusticias provenientes del propio sistema de derecho. Porque comprendí que no hacía sentido tener un monopolio de un saber jurídico y de un conocimiento de los derechos cuando prácticamente TODA la población se encuentra desprovista de dicho conocimiento y de posibilidades reales a un acceso a la justicia. Ante esa premisa de desigualdad, es que he ejercido la profesión en función pedagógica, es decir, educando sobre los derechos, la participación ciudadana, la organización comunitaria y la efectiva democracia,  a través de talleres y encuentros en diversas comunidades, residenciales, y escuelas públicas.
Lamentablemente, la profesión jurídica se ha convertido en obstáculo para acceder a la justicia, en vez de ser herramienta para posibilitarla. Y me parece que ha llegado un momento en donde la profesión jurídica debe replantearse cuál debe ser su rol en la sociedad. Si debemos continuar asumiendo una monopolización y dominio exclusivo del saber jurídico (a un altísimo costo) o debemos asumir una responsabilidad social tomando en consideración que el derecho simplemente no es efectivo si existen problemas de desigualdad social, es decir, el derecho como instrumento para perpetuar las desigualdades.

III.           Cambiar paradigmas: de lo individual a lo colectivo
Con lo expresado anteriormente, aprovecho para citar el primer canon de los Cánones de Ética Profesional que nos rigen a todos los abogados y abogadas en Puerto Rico, y que debemos cumplir a cabalidad, y cito:
Constituye una obligación fundamental de todo abogado luchar continuamente para garantizar que toda persona tenga acceso a la representación capacitada, íntegra y diligente de un miembro de la profesión legal.
En la consecución de este objetivo el abogado debe aceptar y llevar a cabo toda encomienda razonable de rendir servicios legales gratuitos a indigentes, especialmente en lo que se refiere a la defensa de acusados y a la representación legal de personas insolventes. La ausencia de compensación económica en tales casos no releva al abogado de su obligación de prestar servicios legales competentes, diligentes y entusiastas.

También es obligación del abogado ayudar a establecer medios apropiados para suministrar servicios legales adecuados a todas las personas que no pueden pagarlos. Esta obligación incluye la de apoyar los programas existentes y la de contribuir positivamente a extenderlos y mejorarlos.

Penosamente, podemos inferir con bastante certeza que este canon no se cumple. Si se cumpliera, créanme que no viviríamos la crisis de acceso a la justicia que actualmente existe en el país. Ahora bien, ¿dónde está esa responsabilidad social de los abogados y abogadas del país ante el reconocimiento de que existen demasiadas personas y comunidades empobrecidas que necesitan urgentemente servicios legales gratuitos, que necesitan urgentemente ser visibilizados, que necesitan urgentemente articular efectivamente la violación crasa de derechos humanos?
Claro, al hablar de responsabilidad social nos obligamos a cambiar de paradigmas porque nos obliga a plantear los problemas, no desde una perspectiva individual, sino desde una mirada colectiva. Es el reconocimiento de que la causa de la desigualdad no está adscrita al individuo. No es decir, el pobre es pobre porque quiere, sino que la desigualdad y la pobreza es un asunto colectivo. Por ejemplo, al hablar sobre el asunto de la criminalidad y la violencia en Puerto Rico, escuchamos el discurso del Estado y asumido por muchos ciudadanos  de que quien cometió el delito debe pagar en la cárcel porque así se hace justicia. Y yo pregunto: ¿realmente se hace justicia al encarcelar al individuo, y luego al otro individuo y luego al otro y así sucesivamente…? o hacemos verdaderamente justicia cuando atendemos colectivamente la multiplicidad de problemas sociales que llevaron y continúan llevando a los individuos a cometer actos delictivos? Estas interrogantes nos redirigen, forzosamente, a la premisa de la desigualdad social como factor detonante de la violencia y la criminalidad.
El acercamiento, desde una mirada colectiva, a los problemas de desigualdad social es muy difícil porque vivimos en una sociedad de mercado donde, desde sus inicios, se desarrolló la concepción de libertades y derechos individuales. De manera que este pensamiento, que vino con la llegada del sistema económico capitalista, nos ha llevado en cierta manera a la autodestrucción de nociones colectivas y solidarias. Por lo tanto, un sistema económico que fomenta la competencia, el consumerismo y la acumulación de riqueza, socava profundamente los planteamientos y abordajes de carácter colectivo, pues se centra demasiado en el individuo-sujeto como la causa de los problemas sociales existentes, excluyendo todo análisis sistémico, estructural o institucional.
Romper con estas nociones individualistas no es fácil pues nos lleva muchas veces a un proceso de deconstrucción y de replanteamiento de paradigmas.  No obstante, esto no debe ser razón para continuar reproduciendo discursos que perpetuán la desigualdad social, porque eso nos hace cómplices del sufrimiento humano, de la pobreza,  y del continuo desarrollo de la violencia y la criminalidad. Les propongo, a través de esta ponencia, a concebirnos como gestores de cambio social, como instrumentos para posibilitar esas irritaciones en los múltiples sistemas que nos gobiernan.
A los estudiantes que están presentes les digo, que no importa lo que estén estudiando o a lo que se vayan a dedicar, pueden hacer de su trabajo o profesión algo distinto, algo que fomente la equidad y la solidaridad. Habrá un momento donde todas las profesiones se enfrentan, de una forma u otra, a la desigualdad social.  Inclusive, antes graduarse, pueden comenzar a crear, fomentar o participar de algún proyecto de vinculación comunitaria. Les lanzo esa propuesta y espero que sea bien recibida.

14.10.13

Apuntes sobre el voto de los y las privadas de libertad


El P. de la C. 1296 presentado por dos legisladores de los dos partidos políticos principales, tiene la intención de privar a las personas privadas de libertad, del derecho al voto. La  propuesta parecería tener acogida, incluso entre personas que en el pasado o aún hoy día suelen defender los derechos civiles, utilizan el discurso de los derechos humanos y denuncian los fallos del sistema de justicia y las políticas de mano dura y sobre-criminalización de la vida diaria. La liviandad con que se ha acogido la propuesta podría arrojar luz sobre los procesos de transformación de la sociedad puertorriqueña hacia un conservadurismo que no solo proviene de los partidos políticos y de los administradores del gobierno sino que como toda impregnación ideológica, va adentrándose y normalizándose en el tránsito cotidiano.

Comparo la visceral reacción de estar de acuerdo con privarle de derechos políticos y civiles a los presos con la misma visceral reacción que percibo contra el reclamo de los Testigos de Jehová de que las calles sean públicas para ellos poder ejercer su derecho de expresión. Aunque casos distintos, lo que me eriza en ambos casos es que en poco tiempo se ha normalizado una actitud poco reflexiva que condena y avala la exclusión y borradura violenta del Otro y de su voz, a quien  no se le quiere reconocer, a quien no se le quiere ver y si es posible, a quien se persigue eliminar de la cotidianeidad.  Esta reacción es, pues, mucho más fácil que lidiar con una sociedad plural, en crisis, desigual, desbandada, pero es una reacción peligrosa y que solo lleva a empeorar aún más el estado de cosas. Hace pocos años hubiera sido impensable imaginarse tanto consenso entre sectores medios profesionales en contra del voto de los presos y a favor del cierre de calles. Siempre puede aludirse como razón al fenómeno de la creciente criminalidad pero visto que las políticas públicas que se han implantado han sido erradas y que la no atención del gobierno a los problemas estructurales sigue siendo el estado de cosas, una se pregunta si esto es reflejo de la resignación, el hiper-individualismo y el abandono a la idea de un proyecto político de lo común, y la entronización de los estereotipos y prejuicios que no nos permiten hacer juicios con mayor claridad y mirando el largo plazo.

Pero lo anterior lo dejo en paréntesis para otro momento. Por ahora me interesa esbozar algunas respuestas a los argumentos que he escuchado para apoyar privarle a las personas privadas de libertad, de su derecho a participar de la vida política mediante el derecho al voto. En lo que sigue expondré algunas de las razones que tradicionalmente se exponen y comentaré brevemente por qué no me parecen razones de peso ni suficientes para un paso de la envergadura que conlleva este proyecto.

-       El derecho al voto es un privilegio, no un derecho

No. No se trata de un privilegio, antes bien se trata de una condición fundacional y posibilitadora del esquema democrático-representativo. En ese esquema el voto es el ejercicio para la delegación del poder que servirá para darle autoridad a unos representantes a ejercerlo y de ahí, se dice, emana la legitimidad y validez del estado de derecho que a todos cobija.  La pertenencia a una comunidad política de la cual participar, expresarse y tener un decir sobre quién legítimamente adoptará leyes que sean de aplicación a todos y todas, qué normas sociales, políticas y económicas nos regirán y cómo se ejercerá el poder, son parte sine qua non de un sistema democrático de gobierno. En una democracia representativa en la que existe sufragio universal y se presume que todos y todas somos iguales, la universalidad del voto no es un privilegio, ni siquiera un derecho que “se adquiere”, es si se quiere, un meta derecho que aunque puede ser regulado, la premisa de su existencia y de que cobija a todos, es condición pre-política para las que componen esa comunidad. Por lo tanto, no puede discutirse su limitación a partir de la premisa de que estamos ante un privilegio y que se ampare en que el derecho a elegir a los gobernantes y a delegar el poder soberano es algo que se gana.
Si bien los derechos se pueden regular, no puede haber razones arbitrarias para privar a ciertos sujetos de ellos. Más aún si se trata de un derecho que forma parte de las premisas democráticas constitutivas de esa comunidad, como lo es el derecho al voto. Por lo que eliminar un meta-derecho o el derecho a tener derechos implicaría excluir de la comunidad política a ese a quien se le priva participar de la vida cívica y política. Sería una especie de ostracismo, de enviar al exilio a quien ha delinquido, sin importar el delito, ni si la pena impuesta guarda relación con el derecho a elegir a los representantes del gobierno.

(Véase la sentencia de la Corte Europea de Derechos Humanos de marzo de 2004, que prohibió la eliminación total del derecho al voto a los privados de libertad; otras sentencias relevantes son la de 1999 de la Corte Constitucional de Sudáfrica y la de octubre de 2002 del Supremo de Canadá) (Nota aparte: el proyecto de ley hace alusión a que solo en PR los confinados votan pero cuestionaría esa información pues en algunas fuentes que he consultado y luego compartiré, solo en 16 estados se les niega el derecho al voto en EEUU).

-       Los privados de libertad no merecen elegir a quien gobierne; es parte del castigo

Vale señalar que el Código Penal cuenta con más de 300 artículos, entre los que se encuentra infinita cantidad de delitos que podrían conllevar la privación de libertad y para los que -de acuerdo al delito cometido- se estableció ya una pena que en principio persigue estar acorde con el acto criminal. Si a un sujeto se le priva de libertad por cualquiera de esos cientos de actos delictivos que están en el Código Penal (ni hablar de leyes especiales) y además, se le expulsa de la participación cívica y política del país, en realidad lo que se está haciendo es imponer un castigo arbitrariamente y sin servir a un propósito válido para el Derecho penal; es avalar la ‘muerte civil’ de cualquiera que delinque, sin importar la falla cometida. Con esa acción los y las estaríamos declarando enemigos y enemigas de la sociedad y no sujetos políticos que han delinquido pero que tienen derecho a rehabilitarse y a reintegrarse en la sociedad de la cual forman parte. Estaríamos retirando de la vida política y del ejercicio de los derechos civiles –sin distinción alguna- a quienes pasan por el proceso penal y son hallados culpablesSin embargo, ese castigo de retirada absoluta de la vida política no tiene por que necesariamente relacionarse con lo cometido criminalmente por esta persona.

Por otro lado, en esta etapa del proceso, tratar a las personas que delinquen como sujetos criminales-en-el-absoluto, sin tomar en cuenta ningún otro aspecto de su vida (sin un antes ni un después) como no merecedor(a) de manifestar su voz en el proceso político, presume varias cosas: que este castigo de exclusión de la vida política va acorde con el acto cometido; que estamos ante un sistema de justicia penal que funciona y es infalible; que es eficiente para atender la criminalidad pues hay un efecto disuasivo entre quienes delinquen; y que estamos ante individuos en una sociedad en la que las condiciones socio-políticas son tales que convertirse en sujetos criminales es completamente un acto de voluntad. Todas sabemos que ninguna de estas premisas es correcta. Cada una de ellas es cuestionada a diario, incluso por quienes apoyan el proyecto.

Además, privarle de la participación política a los y las privadas de libertad es equivalente a socavar los derechos que las personas tienen y mantienen mientras estén en custodia del Estado, pues aunque se les prive de su libertad continuarán teniendo su derecho a la salud, a visitas, a su integridad física y su dignidad, a estar libres de torturas y coerción. Cualquier legislación y política pública vigente y propuesta, cualquier cambio en el estado de derecho, les afecta y les seguirá afectando, más aún mientras están bajo la custodia del Estado. ¿Cómo sino mediante el reclamo de sus intereses, ejerciendo el derecho a elegir sus representantes, dejarse escuchar participando de la vida política, pueden salvaguardar esos otros derechos?
Asimismo, el excluirlos de la comunidad política implica que éstos no fueron partícipes de la delegación y el reconocimiento de autoridad de quienes establecen el estado de derecho. ¿Qué autoridad y legitimidad luego puede invocársele para aplicarle las leyes y decisiones que les afectan si éstas y éstos no participaron de la elección de ese gobierno que las impone? ¿Cómo invocar luego la reinserción en la sociedad y la rehabilitación si se les expulsó de la sociedad de la cual forman parte aún cuando delinquen e independientemente del delito cometido?

-Los presos le fallaron al resto de la sociedad, incumplieron el contrato social

En cuanto a fallarle a la sociedad e incumplir el contrato social, habría que comenzar por una mirada a las condiciones de esa sociedad que interesa defenderse del ‘criminal’ y a las condiciones de ‘cumplimiento’ del llamado contrato social. En una sociedad de desigualdad rampante, de corrupción institucional evidente, en que gobernantes y políticos roban los recursos que posibilitarían a miles de personas y comunidades el derecho a la educación, a la salud, a mejorar sus expectativas de vida, ciertamente hablar de que quienes delinquen han faltado al contrato social, parecería un argumento traído de una sociedad imaginaria y en negación con la cantidad de problemas que nos aquejan.

Antes convendría hacer un análisis de la población carcelaria, sus perfiles, los delitos que más se cometen, las condiciones en las cárceles, los perfiles de clase, raciales y de identidad que conforman a esa población que en el corto y en el largo plazo, se propone, será excluida de participar políticamente en la selección del gobierno. No hay que conocer mucho del sistema criminal para sospechar, incluso aseverar, que esa población es bastante homogénea en perfil. Habría que cuestionarse antes por qué. No somos tan inocentes como para pensar en casualidades. Estaríamos ante un perfil al que se le estaría sistemáticamente privando de participar reiteradamente en los procesos políticos del país. Sería un subterfugio más para continuar las exclusiones y discriminaciones solapadas que en el día a día sufren ciertas comunidades, esta vez, mediante el silenciamiento de estos sectores.

-       Los políticos le compran el voto a los presos

La llamada compra de votos no es exclusiva de las poblaciones privadas de libertad. Si lo que se quiere es evitar que los confinados, como grupo, puedan hacer reclamos, organizarse conforme a sus intereses y dejar salir su voz y poder de negociación en un proceso democrático-representativo, entonces tendría que haber una justificación para tal aislamiento anti-democrático, que lo que promueve es la muerte del sujeto jurídico que está encarcelado. ¿Lo que se propone es que quien está encarcelado cese de ser sujeto capaz de expresarse, que se le prive de sus derechos humanos, que se le cese de considerarse persona? Si es así, estamos ante un problema mayor. No veo por qué los presos no puedan organizarse y políticamente hacer sus reclamos como parte de la sociedad en que vivimos. ¿Hay temor a que sus reclamos definan el proceso electoral? Entonces la contraparte es que el resto de la sociedad se organice, con los medios que sí tienen y las ventajas que tienen frente a éstos, para hacer lo mismo. Eliminar su poder de negociación es eliminarlos y hacer como si no existieran, es extinguirlos.

-       Las condiciones de encarcelamiento no son propicias para un voto libre pues se presta al 
fraude

Esta razón no merece mucha atención. El fraude se da en Guaynabo, en San Juan y en muchos otros sitios y sería impensable hablar de eliminar el derecho al voto. Con un sistema de observadores, como en otros tiempos y el monitoreo y la transparencia, reconociendo el problema de corrupción que es parte de todo el sistema, esto puede atenderse.

Por último, si el verdadero temor es que la población carcelaria se identifica más con un partido que con otro, es aún más injustificable usar este mecanismo de privarle del derecho al voto para atender un asunto que es parte del escenario político. Quien(es) tenga(n) otros principios y alternativas de políticas que ofrecer, otra visión de mundo, deben contrarrestar en todo caso esto en la arena política y no mediante mecanismos que laceran la forma misma y los mecanismos para avanzar hacia una sociedad más democrática y menos excluyente. De ahí a otras actitudes tiránicas no hay muchos pasos.

Hay otros asuntos que aquilatar. Estos son unos breves apuntes que adelanto.
14.oct.2013.
éft

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