Para aquellos y aquellas que no han seguido de cerca el caso (¿cómo es posible?!! ;-) ), aquí les va un resumen de las tres controversias principales:
¿Cómo se clasifica el terreno en que ubica el proyecto Paseo Caribe?
El planteamiento principal en Paseo Caribe es que gran parte del lugar donde está el proyecto es un terreno de dominio público. ¿Porqué? Porque gran parte de estos terrenos eran terrenos sumergidos (bajo el mar) y fueron rellenados por obra humana. A los terrenos sumergidos que se rellenan se les conoce como “terrenos ganados al mar”. En la Opinión del Secretario de Justicia de diciembre de 2007, éste analizó a profundidad la legislación española, norteamericana y puertorriqueña y concluyó que los “terrenos ganados al mar” también son bienes de dominio público. Por lo tanto, los contratos mediante los cuales se vendieron estos terrenos a corporaciones privadas son contratos nulos que carecen de toda validez y por lo tanto no le pueden pertenecer. Tampoco, puesto que se trata de un bien dominio público, ningún particular puede construir allí para fines privados.
Esta determinación del Secretario de Justicia, aunque es una opinión, fue acogida por la Rama Ejecutiva, lo que implica que las agencias pueden ordenar la paralización de las actividades allí llevadas a cabo, mediante procesos administrativos. La paralización de las obras es una medida preventiva, mientras los tribunales dilucidan finalmente la controversia sobre la clasificación del terreno. La paralización de las obras es absolutamente válida y necesaria porque si continuara la construcción mientras se dilucida este punto en los tribunales, el daño ocasionado sobre lo que es de todos los puertorriqueños sería irreparable y se estarían permitiendo acciones ilegales sobre bienes de todos nosotros. ARPE, luego de celebrar una vista pública, paralizó las obras. Esta paralización fue impugnada por el dueño del proyecto en el Tribunal de Apelaciones. En cuanto a la clasificación de los terrenos, el Tribunal de Primera Instancia es quien tiene ante su atención la controversia y el proponente ha solicitado ya en dos ocasiones, pero sin éxito, que el Tribunal Supremo atienda la controversia sin que el asunto tenga que pasar por los tribunales inferiores. El Departamento de Justicia está defendiendo la posición de que se trata de bienes de dominio público y el proponente está argumentando que no lo son y que él está protegido porque inscribió en el Registro de Propiedad. Una arquitecta y la organización Iniciativa ara el Desarrollo Sustentable solicitaron intervenir en el pleito y el Tribunal no se los permitió.
Sobre los argumentos del dueño de Paseo Caribe, habría que decir que aún cuando éste alegue que tiene permisos, no puede alegar titularidad sobre el terreno puesto que el gobierno no podía venderlo. Por lo tanto, sus permisos también son nulos porque se dieron sobre un bien de dominio público. Tampoco procede alegar que porque tuviera inscrito su supuesto derecho en el Registro de la Propiedad es dueño, pues la inscripción en el Registro no puede otorgar derechos sobre un bien de dominio público. En todo caso, en el futuro se determinará si tuviera algún remedio de quien le vendió.
¿Qué sucede con los permisos que alega tener el dueño de Paseo Caribe?
El segundo aspecto importante en este caso son las irregularidades de los permisos. Aún cuando el terreno fuera privado (que a mi entender no lo es), cualquier dueño de un terreno tiene que cumplir con los reglamentos de planificación, ambientales y de protección de patrimonio arqueológico y cultural. En este caso se plantean serias irregularidades y violaciones de ley en la consulta de ubicación del proyecto tal como fue aprobada por la Junta de Planificación, craso incumplimiento con los requisitos de la Ley de Política Pública Ambiental (no se hizo una Declaración de impacto ambiental) y el Instituto de Cultura no evaluó atendió el asunto (no existen permisos o evaluaciones de esta institución encargada de velar y salvaguardar el Fortín San Jerónimo, sino del Consejo de Arqueología, entidad distinta y con funciones distintas).