14.6.10

Presupuestos epistemológicos de los diseños democráticos: De los referéndums electrónicos y las asambleas

Desde el año pasado asoma un fetiche por parte del gobierno de que entidades y colectivos particulares sustituyan los procesos de deliberación y toma de decisiones mediante procesos ‘electrónicos’. Así, por ejemplo, planteó el gobierno que no era necesario que los abogados y abogadas colegiados acudieran a asamblea para la elección de quienes los representarían. La votación por correo o por vía electrónica sustituiría cualquier diseño institucional que se ideara para que los miembros de esa colectividad se vieran las caras, se escucharan, argumentaran, debatieran o en todo caso, se convencieran de razones y argumentos en la toma de decisiones que les atañen. (Conocemos bien las razones para esto, ver post relacionado)

Más recientemente, como sabemos, en la controversia de la UPR, mientras los estudiantes han ensayado procesos deliberativos por demás difíciles (y prácticamente ausentes en los ejemplos en el país) y llenos de retos, con premisas teóricas propias de los diseños de democracias deliberativas o participativas, lejos de proponerse ideas para mejorar destrezas y afinar los retos propios de estas nuevas formas de democracia que se ensayan en tantas otras partes del mundo, aquí se activa la famosa idea de los ‘referéndums’ electrónicos. Estas propuestas conllevan que (al igual que como se planteó en el Colegio), la toma de decisiones parta de un proceso en que cada estudiante desde su computadora pueda votar ‘Si o No’ en asuntos de alta importancia sin que le preceda un proceso vivo de encuentro para explicitar las ideas, argumentarlas y debatirlas, es decir, para reflexionarlas colectivamente, para entonces llegar a conclusiones o decisiones.

A raíz de esto he dedicado algo de los últimos días a reflexionar un poco sobre las premisas y (pre)supuestos de estas propuestas, utilizando como fuentes teóricas los trabajos y ensayos de Jurgen Habermas y Carlos Nino y sus propuestas de democracia deliberativa, algunas reflexiones de Ronald Dworkin en su libro ‘Is Democracy Possible?’ y Boaventura de Sousa Santos en Democratizing Democracy: Beyond the Liberal Democratic Canon.

El ejercicio ha ido dirigido a identificar los presupuestos y premisas teóricas de estas propuestas de ‘referéndums electrónicos’ y su oposición que aboga por la necesidad no solo de apostar por procesos amplios de discusión y deliberación sino en todo caso, de poner esfuerzos en mejorarlos y afinarlos y no erradicarlos (Vea entrada sobre esto en derechoalderecho). Espero escribir un ensayo completo sobre este tema, pero mientras, creo que este pasaje del conocido constitucionalista Carlos Nino en su libro “The Constitution of Deliberative Democracy”, explicita tres tesis epistemológicas bases desde las cuales surgen propuestas para el diseño institucional de la toma de decisiones. Estas tres tesis nos permiten ubicar(nos) mejor a la hora de argumentar o (antes) entender los argumentos de uno u otro lado respecto a este debate de asambleas vs. referéndums electrónicos. (disculpen la no-traducción)

Tres tesis epistemológicas:

E1. Knowledge of Moral truth is attained solely by individual reflection. Discussion with others is a useful auxiliary on individual reflection, but in the end we must inescapably act according to the final results of the latter.

E2. Intersubjective discussion and decision is the most reliable procedure for having access to moral truth, since the Exchange of ideas and the need to justify oneself before others not only broaden one’s knowledge and reveal defects in reasoning but help satisfy the requirement of impartial attention to the interests of everybody concerned. This does not, however, exclude the possibility that through individual reflection somebody may have access to the knowledge of correct solutions, though it must be admitted that this method is far less reliable than the collective one, because of the difficulty of faithfully representing the interests of others and being impartial.

E3. The method of collective discussion and decision is the only avenue of access to moral truth, since monologic reflection is always distorted by biases of the individual in favor of himself or of the people closet o him due to contextual conditioning and the insurmountable difficulty of putting oneself in another’s shoes. Only actual consensus achieved after a broad debate with few exclusions, manipulations, and inequalities provides a reliable access to the demands of morality. (Carlos Nino, supra, Capítulo The Foundations of Deliberative Democracy, página 113).

Es claro que quienes abogan por la sustitución de las asambleas y deliberaciones con procesos de votación electrónica se ubican o al menos parten de la premisa de la propuesta E1. Quienes se ubican en las propuestas de la democracia deliberativa fluctúan entre E2 y E3. Habermas, por ejemplo, adopta la tercera de las alternativas como la premisa epistemológica correcta, premisa desde la cual surge en todo caso su propuesta de democracia deliberativa. Carlos Nino defendió en su libro la tesis E2, lo que llamó un intermedio entre Rawls y Habermas. Habría entonces que debatir sobre estos presupuestos, como mínimo, estar conscientes de que existen y que acompañan las propuestas que se están intentando implantar.

En todo caso, lo que me interesa es sacar a flote los presupuestos de estas propuestas, que en estos días provienen del gobierno, no solo en el caso de la UPR sino que están dirigidas hacia instituciones, comunidades y proyectos en los que en los últimos años se ha empezado a diseñar y ensayar con éxito otro país posible, otra (¿?) democracia posible.

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