El Tribunal Supremo de Puerto Rico, en una decisión 5-4, avaló mayoritariamente la ley que privó a un grupo sustancial de trabajadoras y trabajadores de sus derechos adquiridos respecto a su pensión y circunstancias de retiro. Pero contrario a lo que habíamos visto en los últimos años, los cinco de mayoría en esta ocasión no tienen el perfil tradicional, su alineación no es de una mayoría azul contra una minoría roja.
Para comenzar, el gobierno cambió: gobierna otro partido aunque implanta políticas públicas muy similares a las anteriores -sobre todo en materia laboral y socio-económica. Siendo así, más allá de que el gobierno sea azul o rojo, si las políticas socio-económicas son las mismas, los del rojo que antes se opusieron tenaz y vocalmente a la famosa Ley 7 -que en el gobierno de los azules provocó el despido de miles de empleados públicos,-hoy directa o indirectamente dan su anuencia a la Reforma de Retiro. Pero reforma por reforma, roja o azul, lo cierto es que el impacto recae sobre los más vulnerables, en este caso otra gran parte de empleados del servicio público justo al final de su carrera. Los vulnerables, que frente al gobierno azul fueron demandantes y ahora frente al gobierno rojo son demandantes también, pierden en ambos casos. Y, como era de esperarse, desde el Tribunal Supremo hoy ese aval cuenta con una mayoría distinta, que incluye tanto a los jueces nombrados por el gobierno del partido azul como jueces nombrados por el partido ahora en el poder, los rojos (y aquí rojo nada tiene que ver con su acepción en el Siglo XX).
No, la nueva-nueva-mayoría que hoy avala la "reforma de retiro" (laboral), no se trata de una 'mayoría' nombrada por el Partido Nuevo Progresista (PNP) versus una 'minoría' nombrada por el Partido Popular Democrático (PPD). Las líneas esta vez cambian significativamente ante un gobierno que repite lo que el PNP en la toma de decisiones y opta, una vez más, por afectar a los más vulnerables. La diferencia es que quienes antes criticaron la política pública del PNP que afectó a los empleados y empleadas, hoy no la critican con la misma vehemencia y quienes antes disintieron, hoy se convierten en novísima mayoría. Por eso, ya antes, y en más de una ocasión, he sido enfática en que cualquier análisis sobre el comportamiento decisional del Tribunal Supremo debe abarcar criterios más allá de los tradicionalmente partidistas. Cito de esta columna del 2010:
"Al igual que la discusión en el resto de los temas en el país, en el análisis del poder que tiene el Tribunal Supremo urge salir de la dicotomía PNP v PPD. Evidentemente, lo ocurrido en estos días hay que denunciarlo vigorosamente como un acto reprochable del partido en el poder y, peor aún, de los propios jueces que con su actuación asumen una identidad ‘estadista’ en su ubicación desde el Tribunal Supremo. No obstante, si bien las pujas de poder evidentes ante nuestros ojos nos indican disputas y diferencias partidistas éstas, ni remotamente son las únicas.
En el ámbito de la política, también se podría describir personajes de uno y otro partido en términos de ideologías, visiones de mundo, discursos, creencias y no encontraría diferencia alguna. Falta complejizar, ir a los detalles de las diferencias, cuál es su filosofía política, cómo conciben al Estado, qué políticas libertarias o igualitarias proponen, qué políticas públicas guiarán su gestión política. Lo mismo sucede con el Tribunal Supremo. Podríamos decir que son pocos los casos que se atienden en clave partidista. Para quienes acuden al Tribunal a reivindicar derechos hay otros asuntos que urge conocer sobre cómo piensan estos jueces y para los cuales quizás no hay distinciones entre ellos, o muy pocas, o quizás con un debate robusto en esa dirección podamos comenzar a romper los bloques partidistas.
Piénsese en los temas de familia: ¿cómo conciben la familia? ¿cuán conservadores son en términos de concebir al matrimonio como único arreglo institucional constitucionalmente válido? ¿qué lectura constitucional privilegian en términos de los derechos al matrimonio igualitario? ¿qué interpretación están dispuestos o dispuestas a adoptar respecto al derecho a la intimidad? ¿respecto al derecho al divorcio no contencioso? ¿cuál es su respuesta adjudicativa cuando un demandante va al Tribunal a exigir que se le reconozca la libertad de hacer un cambio de nombre porque ha cambiado su sexo?
En muchos de estos temas no habrá diferencia o habrá muy poca si los jueces o juezas pertenecen a uno u otro partido, pero estas diferencias pasan desapercibidas porque a la hora de los nombramientos o de hablarse públicamente sobre el Supremo no se hacen estas distinciones. Estos temas se invisibilizan y el Tribunal adopta, cómodamente y sin ruido, decisiones sumamente conservadoras, restrictivas de derechos fundamentales importantes, incluso en cruces de líneas partidistas. Lo mismo con respecto a su visión sobre los derechos sociales, la protección al propietario con poder económico, la protección del individuo frente al Estado en casos criminales, los derechos laborales, la separación de Iglesia y Estado." (Rasgar las paredes del Poder Judicial, Revista 80grados, 12 de noviembre de 2010).
Los disidentes de hoy son cuatro jueces nombrados por el PNP. Quienes fueron disidentes en la Opinión de la Ley 7, hoy son parte de la nueva-nueva-mayoría. Por los criterios que esboza en su opinión, destaco entre los disidentes la opinión del Juez asociado Estrella Martínez, disponible aquí, y de la cual cito un fragmento que vale la pena destacar. Me parece importante seguirle la pista a las opiniones de este Juez en controversias futuras, particularmente en temas como el de este caso, pues ha demostrado hasta ahora un temperamento judicial interesante, con independencia de criterio (al menos en lo que va desde su nombramiento) y cierta sensibilidad hacia los reclamos de los más vulnerables. Cito de la opinión disidente del Juez asociado Estrella Martínez:
"Hoy todos los trabajadores peticionarios se enfrentan a una ley que menoscaba sustancialmente las obligaciones sustraídas por el Estado.
Además, se enfrentan a la realidad que revela el antiguo proverbio de que la cuerda triple no se corta fácilmente. En efecto, el hilo del ejecutivo, el hilo del legislativo y el hilo de una mayoría de este tribunal se ha entrelazado para crear una soga que, lejos de cortarse, ha estrangulado los derechos de los empleados públicos del Gobierno de Puerto Rico. Ciertamente, la soga no cortó por los más finos, cortó por los más humildes: los asalariados, los trabajadores, los que subsisten de quincena en quincena. Con ello, queda acreditado que las acciones de los componentes de esa cuerda triple, han convertido en chatarra las obligaciones contractuales del Estado con los trabajadores y han degradado las garantías constitucionales del Pueblo...
...
De tal manera, (la mayoría del Tribunal) permite(n) que el Estado cancele su compromiso laboral con los servidores públicos, … “pretendiendo
amoldazar al Poder Judicial” en el proceso. En efecto, dos hilos se han
entrelazado armoniozamente con un hilo de la mayoría de este Tribunal y el
resultado irremediable es que la cuerda triple amordazó la justicia.
Al así obrar, la opinion mayoritaria le da
la espalda al trabajador puertorriqueño, permitiendo que el Estado le imponga
la carga de sus errores a los servidores públicos que confiaron en él.” (énfasis mío).
Seguiremos atentas desde aquí al desarrollo de la adjudicación de este Juez, y como hasta ahora, al comportamiento en la adjudicación y fundamentación de cada uno de los miembros del Tribunal, con la complejidad que merece y más allá de la tradicional óptica de la línea partidista. Sigo con la metáfora del Juez Estrella: observamos atentas los hilos -visibles e invisibles- que estrangulan la justicia.