"Para constatar qué es el derecho, tanto en su estructura como en sus efectos sociales, es necesario comprender, por tanto, la lógica propia del trabajo jurídico... y comprender los intereses sociales de los agentes formalizadores que se definen, en primer lugar, mediante la competencia al interior del campo jurídico y, en segundo lugar, mediante la relación entre el campo jurídico y el campo del poder en su conjunto. ...
Foto: R. Gargarella |
Es cierto que la práctica de los agentes
encargados de producir el derecho o de aplicarlo debe bastantes a las
afinidades que unen a los detentadores de la forma por excelencia del poder
simbólico con los detentadores del poder temporal, político o económico, y esto
a pesar de los conflictos de competencia que pudieran oponerlos. La proximidad
de los intereses especialmente la afinidad de los hábitos ligados a formaciones
familiares y escolares similares, favorecen el parentesco de las visiones del
mundo. Se deduce de ello que la elección que el cuerpo jurídico tiene que
realizar en cada momento entre intereses, valores y visiones del mundo
diferentes o antagonistas tiene pocas posibilidades de desfavorecer a los
dominadores, en tanto que el ethos de los agentes jurídicos, que está en el
origen de esas visiones y la lógica inmanente de los textos jurídicos, que son invocados
para justificarlos tanto como para inspirarlos, están de acuerdo con los intereses,
los valores y la visión de mundo dominante."
Pierre Bourdieu, LA FUERZA DEL DERECHO, páginas 203-204 (1987); (2000, Siglo del Hombre Editores).