Ya está disponible la Revista 80grados. No se pierda esta primera e interesante edición. Dejo abajo mi contribución y el enlace a la Revista:
Criminalizar la protesta: una forma de censura
Hay censura directa. Lo sabemos. Pero también hay censura que usa camuflaje, que se presenta camaleónica tras el poder de la legalidad o de la manoteada crisis presupuestaria, con el fin de silenciar la disidencia, excluir a grupos particulares de la toma de decisiones o castigar a individuos por su voz, reprimir a los y las diferentes.
En los pasados meses ha sido evidente cómo el gobierno ha restringido de manera significativa parte de los elementos principales del ser ciudadano. Esto, no sólo mediante la restricción de la participación activa de la minoría partidista en los foros tradicionales como la Asamblea Legislativa (e.g. uso desmedido de los mecanismos de descargue y el apagarle los micrófonos a la minoría en los debates legislativos), sino, y sobre todo, en las restricciones que se imponen a ciudadanos y ciudadanas en los espacios públicos, y la restricción del ejercicio de los derechos constitucionales como la libertad de expresión y de reunión (e.g. despliegue de la policía en las calles universitarias y en el Viejo San Juan para ‘romper corillos’ de jóvenes); la restricción al ejercicio efectivo de la libertad de prensa (e.g. el cierre de las gradas públicas en el hemiciclo del Senado, la restricción del acceso a la información pública), y el uso del derecho penal para criminalizar la protesta y la gesta ciudadana (e.g. el proyecto de ley “Tito Kayak” y la eliminación de un mural hecho por el Movimiento Amplio de Mujeres junto a las multas de $1,000 impuestas).
Estos asuntos, vistos en su conjunto, merecen atención. Hace unos años señalaba en mi blog cierta tendencia al repudio a la protesta, sobre todo a aquella que conllevara algún tipo de modificación de ‘la normalidad’ cotidiana y que produjera la incomodidad que, a mi juicio, debe conllevar la protesta para que sea efectiva en llevar su mensaje y llamar la atención para los asuntos desde el punto de vista sustantivo. Parecía, en ese entonces decía, que las formas de protesta no-incómodas se habían normalizado hasta tal punto en el paisaje de la cotidianeidad, que no sólo perdían eficacia, sino que además, cuando a alguien se le ocurría que su protesta alteraría un poco (sólo un poco), la inercia mañanera, obtenía el repudio generalizado y la indignación de la opinión pública y sus promotores merecerían en todo caso el destierro (tómese por caso las protestas de los camioneros, los estudiantes universitarios en el Teatro, el propio Tito Kayak en la grúa)
Pero aquella actitud de desdén hacia la protesta ingeniosa o capaz de jamaquear las rutinas, manifestada en la radio mañanera, de pronto dejó de ser meramente cosa de mera opinión pública para convertirse en actos concretos de censura, represión y violencia por parte del Estado contra aquellos y aquellas que se atrevan a desafiar la tranquilidad caótica del día a día puertorriqueño, el país de “ley y orden”. Ahora, la protesta, sobre todo aquella que signifique un cuestionamiento directo a las visiones de vida de los rulers, o que implique alterar los planes fast track, es criminalizada y su criminalización no es sino una forma de censura contraria a los postulados básicos de un estado democrático de Derecho. En lo que sigue expondré brevemente algunas formas de censura solapada que utilizan los gobiernos para vestir de legalidad o invisibilizar las formas de censura y ejemplificaré una de ellas mediante el análisis del proyecto de ley que se ha venido a conocer como la ‘Enmienda Tito Kayak’, en la que se convierte en delito de cuarto grado el protestar en los predios de proyectos de construcción.
Las formas que asume la censura
En una conferencia reciente, Catalina Botero, relatora especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, explicaba las amenazas más comunes al derecho fundamental a la libertad de expresión. Nos decía Botero que además de la censura directa, fácil de identificar y de denunciar, las amenazas más difíciles son aquellas indirectas, en las que mediante el uso del Derecho se silencia la disidencia, se privilegia a unos pocos con poder y como consecuencia, se excluye y se margina a tantos otros. Uno de los ejemplos de censuras indirectas es mediante la eliminación de entidades gubernamentales que se dedican a velar por los derechos de los ciudadanos, organismos independientes o el castigo a los medios de comunicación por parte del gobierno al quitarle las pautas de anuncios (recuérdese el caso de Rosselló). Un ejemplo muy reciente de censura indirecta de este tipo es la aprobación de la ley que eliminó la colegiación de los abogados y abogadas. Es evidente que la eliminación de la colegiación compulsoria y el castigo a la estabilidad del Colegio de Abogados como institución es una forma de censura indirecta debido al papel fundamental que esta institución ha tenido en el país en la defensa del estado de derecho, los derechos civiles, sus posturas igualitaristas y la defensa de los sectores menos privilegiados. En cambio, el Estado prefiere una profesión legal débil, híper-individualizada, mercantilizada y desentendida de su rol social en la consecución de un estado democrático de derecho justo.
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