En Puerto Rico estamos justo en el medio del proceso que ya en otras sociedades como la argentina y recientemente en Inglaterra, pasaron respecto a la discusión sobre el matrimonio igualitario y los derechos plenos para la comunidad LGBTT. Una escucha en esencia los mismos argumentos que ya antes se presentaron y se discutieron y que nos toca a nosotros ahora enfrentar con toda la fuerza. A pesar de la marcha multitudinaria de ayer, mi impresión es que estamos justo avanzando hacia una sociedad en la que este tema y sus resistencia al cambio sea cosa del pasado y que este gobierno no tiene razones públicas (no se trata de lo que el Gobernador en su fuero interno quiera creer) para negar una reforma hacia la igualdad de derechos. Vaticino que lo próximo será decir que se reconocerán derechos, sí, pero que el matrimonio no es un derecho fundamental. Esa respuesta no es aceptable, también es reciclada y para ella también hay una contraparte.
En este ánimo y en el de seguir de cerca cómo se desarrolla por ahora la discusión en Puerto Rico par aelaborar nuestros argumentos, he estado revisitando aquellos debates en otros lugares en los que los sectores más fundamentalistas se han opuesto antes al matrimonio igualitario y las respuestas de las voces de la razón pública que los han debatido. Comparto ahora un breve y básico escrito del constitucionalista Roberto Gargarella cuando en su momento fue a la Legislatura a debatir a favor del matrimonio igualitario. Aquí refuta los argumentos de la oposición contra quienes apoyan la igualdad de derechos. Sustituiré cuando utiliza la palabra 'argentina' por 'puertorriqueña' porque en realidad sus argumentos son igual de válidos para el caso nuestro y porque los de la oposición no hacen sino reciclar prejuicios y preconcepciones ya superadas en otros lugares. Después de todo, no hay marcha atrás, se trata de un asunto principalísimo en lo que es la pretensión de una sociedad democrática.
El post completo aquí:http://seminariogargarella.blogspot.co.uk/2009/11/critica-de-la-critica-del-matrimonio.html
Crítica de la crítica del matrimonio gay
Publicadas por rg
Algunos argumentos contra los muy malos argumentos dados por los críticos del matrimonio gay, en la sesión del jueves pasado en Diputados:
-El matrimonio gay va contra las tradiciones (puertorriqueñas). Éste es uno de los argumentos más difundidos, pero a la vez más endebles, en contra de los proyectos bajo análisis. En primer lugar, este tipo de afirmaciones son problemáticas por querer asignar la etiqueta de “tradición” a prácticas que –normalmente- no es fácil describir como tales. Pero aún si concediéramos que el matrimonio heterosexual constituye una “tradición (puertorriqueña),” cuál sería el problema de desafiar dicha tradición? Tal vez, la violencia marital o la infidelidad sean prácticas tradicionales en la familia (puertorriqueña), pero ello no dice absolutamente nada a favor de las mismas, o acerca de nuetro deber de preservarlas.
-Desvirtúa el concepto de matrimonio. Para algunos de los expositores, el matrimonio gay es insostenible porque el concepto de matrimonio está reservado a “hombre y mujer,” y no a parejas del mismo sexo. Este argumento, sin embargo, es muy malo, porque presupone que los conceptos preexisten a nosotros cuando en verdad se trata de creaciones humanas, que elaboramos y precisamos con el tiempo, para comunicarnos y entendernos mejor. Hace algunas décadas, por ejemplo, la idea de “voto” se asociaba con los varones propietarios y hoy, por suerte, dejamos esa vieja definición de lado. Hubiera sido insólito, entonces, que alguien dijera que –al universalizar el sufragio- estábamos “desvirtuando” la naturaleza del concepto de “voto.”
-Socava la finalidad del matrimonio. Algunos de los expositores sostuvieron que el matrimonio gay era inaceptable porque él no permitía asegurar la finalidad del matrimonio, que tiene que ver con la procreación y la preservación de la especie. Este argumento peca por varias razones, y entre otras por ser extraordinariamente sobre-abarcativo. Si el argumento fuera válido debiéramos impedir también, por caso, el matrimonio de parejas imposibilitadas de procrear o decididas a no procrear, algo que nadie está dispuesto a hacer y que demuestra que, en verdad, quienes alegan este argumento lo hacen por razones ajenas al mismo.
-Fomenta un modelo de familia indeseable. Notablemente, algunos profesionales presentes en el debate recurrieron a llamativas estadísitcas que, según ellos, demostraban que las familias de personas del mismo sexo resultaban, comparativamente, y para el Estado, menos atractivas que las familias “tradicionales.” Por ejemplo, en tales familias se reconocía una tasa mayor de divorcios; mayor consumo de alcohol; mayor uso de estupefacientes (sic!!!!). Las estadísticas citadas resultaban muy poco confiables, pero aún concediendo que ellas fueran verdaderas, ellas no dirían nada en contra el matrimonio gay. Por tomar un caso fantasioso, pensemos en el siguiente ejemplo. Pudiera ocurrir que el matrimonio entre "(puertorriqueños/as) y escandinavos/as resultara, conforme a las mismas estadísticas, uno en donde se registra un mayor consumo de alcohol o de estupefacientes .... Nos darían esas estadísticas razones para prohibir tales matrimonios? Por supuesto que no. No incurriríamos, además, en una generalización impermisible, que termina identificando a todo escandinavo con un estereotipo que tal vez no se ajuste en absoluto a la persona del caso? Esto es así, y por eso mismo, el derecho no puede comprometerse con este tipo de categorías sobre-abarcadoras, y mucho menos para restringir los derechos de nadie.
-Las distinciones legales entre los que no son iguales resultan permisibles. Para algunos de los oradores presentes, la prohibición del matrimonio gay no responde a prejuicios ni a discriminaciones. Lo que ocurre es que no se puede tratar igual a los que no son iguales. El derecho discrimina cuando trata de modo desigual a los iguales, pero no cuando trata diferente a los diferentes.
-El argumento del caso apela a lo que denomino una idea “boba” de igualdad, que se utiliza habitualmente para hacerle decir al derecho cualquier cosa. Finalmente, y si no cuidamos nuestra argumentación, todos somos iguales o diferentes a los demás, en alguna dimensión. Juan es igual que María porque los dos son seres humanos, pero Juan es diferente de María porque uno es varón y la otra mujer. No se trata, entonces, de gritar “eureka!” frente a cualquier diferencia que encontramos entre dos personas. Nos interesa ver, primero, si la diferencia que se alega es moralmente relevante para ameritar un trato jurídico diferente, y luego, discutir cómo es que debe reaccionar el derecho en ese caso. Mi sugerencia, en tal sentido, sería la de considerar a blancos, negros, mujeres, varones, heterosexuales y homosexuales como lo que son, es decir, como sujetos iguales en su dignidad. Y si alguna diferencia se quiere afirmar entre ellos, en este caso, propondría que sea una destinada a otorgar compensaciones hacia aquellos a quienes hemos maltratado durante siglos.
Gracias a Roberto Gargarella por compartir su análisis en su blog. Más adelante colgaré otros análisis. Salud!.