18.4.15

Derecho penal y exclusión social (Luis A. Zambrana)


» Derecho penal y exclusión social
:

… cualquier explicación del castigo que
pretenda darle un lugar central a la
reflexión sobre la justicia de la pena
que se le impone al ofensor debe
enfrentar el problema de si podemos
castigar de modo justo a sujetos cuyas
ofensas se encuentran íntimamente
asociadas con injusticias sociales
serias que ellos han sufrido.
(Duff, 1998, p. 197)

....¿En realidad el Derecho penal en nuestras sociedades contemporáneas se encuentra dirigido a toda la ciudadanía? Así debería serlo en una sociedad efectivamente democrática, ¿pero lo es así en una sociedad altamente violenta y peligrosamente desigual como es la puertorriqueña?¿Cuán legítimo es que el Estado castigue a una persona que poco o nada tuvo que ver con la creación de ese difícil entramado de normas que caracterizan el Derecho penal?
Screen-Shot-2013-06-10-at-12.30.27-PMEstas, entre tantas otras, son preguntas básicas que debemos hacernos en una sociedad puertorriqueña que por décadas se ha encontrado inmersa en un patrón de sobre-utilización del Derecho penal como paliativo ante las graves contradicciones que nuestra sociedad crea, desarrolla y perpetúa. De esta manera, seguimos viendo cómo asuntos estructurales tan importantes como es la constatación de una enorme y creciente desigualdad socio-económica en la Isla son sustituidos por discursos propios de un populismo penal irresponsable, contraproducente y radicalmente injusto. Continuamos padeciendo los insufribles programas de aumento de penas, de delitos, de peores condiciones de cumplimiento de sentencia, de más severidad en las formas de infligir castigo y de un peligroso simplismo institucional que contribuye al error garrafal de pensar que, mientras más ámbitos y actividades del ser humano colonice el Derecho penal, tendremos una sociedad menos violenta y más segura.
Ante este panorama, es ingenuo pensar que ese Derecho penal cada vez más voluminoso y draconiano se dirige de forma general a todos los sectores sociales en Puerto Rico. Esto nos lleva necesariamente a reflexionar brevemente sobre tres asuntos medulares en materia de Derecho penal y justicia social: (1) a quiénes –o a qué sectores sociales- efectivamente se dirige el Derecho penal como forma estatal de reproche y castigo altamente severo; (2) qué proceso político se utiliza para la creación y desarrollo de normas penales, así como el modelo de democracia que lo inspira, y (3) a raíz de las conclusiones que hayamos realizado en virtud de las primeras reflexiones, ¿es legítimo que nuestro Estado castigue?


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