30.9.08

y el PIP

Plataforma del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP)

  • Código Ambiental de PR para armonizar la legislación relacionada al tema de protección del ambiente y los recursos naturales.
  • mejorar la infraestructura verde de PR promoviendo el concepto de bosques y zonas verdes para que se le asigne valor económico
  • Parque Metropolitano de Tierra y Mar con los terrenos no desarrollados del Fuerte Buchanan, accesible al 25% de la población, quienes podrán disfrutar, aprender, ejercitarse o simplemente contemplar ecosistemas tan diversos como los mogotes, sumideros y formaciones calizas; playas arenosas; costas con dunas; costas de arenisca y otros tipos de roca; manglares, islotes; lagunas; estuarios; lodazales y humedales herbáceos.
  • asignar recursos económicos adecuados al Departamento de Recursos Naturales para que pueda implantar la Ley de Bosques de Puerto Rico y hacer efectiva la adquisición y la protección adecuada de todo tipo de bosques, teniendo como meta que para el año 2010 tengamos el 15% de nuestro territorio protegido como Bosques, Santuarios o Reservas;
  • duplicar el Fondo de Adquisición de Terrenos, manejado por el Departamento de Recursos Naturales, de $20 a $40 millones.
  • revisar la legislación y reglamentación para estimular usos compatibles y restringir aquellos que no lo sean en los terrenos que comprenden los núcleos de las principales cuencas hidrográficas
  • reserva ecológica que abarque los municipios ubicados en la cuenca hidrográfica del acuífero del norte para que a través de este mecanismo se proteja y conserve el área de captación de nuestro mayor acuífero, armonizando las actividades económicas con la conservación de los recursos.
  • convertir en prioridad del DRNA la restauración y conservación de los acuíferos del sur; y utilizar todos los mecanismos disponibles, tales como moratorias en la construcción de desarrollos extensos y cambios de zonificación, para evitar aumentar la sobreexplotación de los acuíferos.
  • enmendar la Ley de Política Pública Ambiental "de tal forma que podamos fortalecer más la protección del ambiente y los recursos naturales a través de esta legislación".
  • Aumento a no menos de un 3% (actualmente es menos de 1%) el presupuesto del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y la Junta de Calidad Ambiental.
  • Integración del sistema de distribución de agua potable en las zonas metropolitanas, de forma científica y sin sobreexplotar el recurso, los abastos provenientes de los acuíferos, que en buena medida sólo se utilizan en momentos de emergencia.
  • programas pilotos por medio de legislación para construir cisternas comunales, que permitan recoger el agua de lluvia de los techos de las casas, almacenándola de esta forma para su utilización en necesidades de agua no potable.
  • en suspenso los planes de construcción de más superacueductos, por entender que los mismos van principalmente dirigidos a servir la continua expansión y desparramamiento de las áreas urbanas a través de nuevos desarrollos urbanos.
  • integrar y mejorar la legislación existente dirigida a proteger las cuencas hidrográficas que nos suplen -actual y potencialmente- el agua potable, de tal forma que se logre mantener, conservar y restaurar la calidad y cantidad del recurso agua en las nacientes de la red hidrográfica.
  • a través de legislación, que para el año 2010 todas las aguas servidas en Puerto Rico tengan al menos tratamiento secundario; y para el 2015, tratamiento terciario.
  • Transformar la política de construir plantas regionales de tratamiento de aguas usadas, favoreciendo la construcción de plantas locales, por ser éstas más fáciles de manejar, potencialmente menos contaminantes y más económicas.
  • Ley de Costas para Puerto Rico que específicamente atienda el uso, aprovechamiento y conservación de las costas de Puerto Rico y de sus recursos, con el objetivo de definir claramente los bienes de dominio público de nuestras costas.
  • “Reserva Agrícola” de aquellos terrenos clasificados como de alto potencial agrícola.
  • Ley de Protección de Humedales de Puerto Rico que defina la política pública para la protección de estos recursos naturales, que asigne autoridad y responsabilidad al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y a la Junta de Planificación (JP) para instrumentar reglamentos y procedimientos que protejan estos recursos naturales.
  • Ley para la Protección de Mogotes de Puerto Rico que defina una expresión de política pública y que asigne funciones y responsabilidades al DRNA y a la JP para la protección y manejo de estos recursos.
  • Enmienda de la Ley de Cuevas, Cavernas y Sumideros para requerir el desarrollo de una reglamentación adecuada.
  • desperdicios domésticos, el PIP propone implantar un programa agresivo y compulsorio en todo el país dirigido a resolver la situación de los desperdicios sólidos que envuelva todas las fases del tratamiento adecuado de los mismos: re-uso, reducción, reciclaje, composta.
  • Excluyen la incineración como alternativa de manejo- nuevas tecnologías como la pirólisis y electroplasmía sólo deben ser consideradas una vez se implanten y rindan frutos las alternativas que tratan a los desperdicios como materiales recuperables y reciclables potencialmente valiosos y no como basura. En este contexto, las instalaciones para el relleno sanitario, a nivel municipal, serán la alternativa para disponer aquellos materiales que no sean re-usables, compostables o reciclables.
  • por vía de legislación del Fideicomiso de Reciclaje con representación de todos los sectores: gobierno, empresas, comercio, banca, universidades y comunidades.
  • Plan Maestro de Energía, revisable periódicamente según avance la tecnología, en el cual se evalúen las alternativas disponibles, sus ventajas, los problemas de contaminación que presenten y las tecnologías de control disponibles que garanticen la eficiencia de los procesos y el minimizar la contaminación.
  • legislación para establecer servicios financieros razonables, así como exenciones contributivas adecuadas, que permitan a grupos comunitarios -debidamente reconocidos como organizaciones sin fines de lucro- la compra, instalación, operación y mantenimiento de equipos eficientes para la producción de energía limpia y renovable
  • El PIP legislará para "castigar directamente al culpable de cometer acciones de contaminación que pongan en peligro la vida, la propiedad y el acervo de recursos de la sociedad. Las penas deben contemplar no sólo las multas, sino además la encarcelación de aquellas personas que tomen decisiones resultantes en incidentes graves de contaminación".
  • un programa para la AAA por vía de legislación para lograr la sustitución del sistema de tubería de distribución de agua potable en 5 años; con el propósito de renovarlo y así reducir las pérdidas de 50% a 15%.
  • Implantar un programa agresivo y compulsorio en todo el país dirigido a resolver la situación de los desperdicios sólidos que involucre todas las fases del tratamiento adecuado de los mismos: re-uso, reducción, reciclaje, composta.
  • extender la vida útil de los vertederos por años, puesto que las instalaciones para el relleno sanitario, a nivel municipal, serán la alternativa para disponer sólo aquellos materiales que no sean re-usables, compostables o reciclables.
  • Estimular por vía de legislación y reglamentación un uso mayor de asfalto reciclado en la reparación y mantenimiento de carreteras; incentivar a los centros universitarios a experimentar con materiales nuevos o combinaciones nuevas de materiales conocidos para el mantenimiento de las vías de rodaje.

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