5.8.09

Villas del Sol y el reclamo a la obediencia a la ley y el orden

Se dice en la radio que, en tanto los vecinos de Villas del Sol están ahí ilegalmente, no se puede condonar su ilegalidad y que poco importa o nada tiene que ver el argumento de que hay otras situaciones evidentes de ilegalidad en terrenos inundables o de dominio público que no se atienden porque se trata de gente con poder económico o político. Tampoco importa para ellos las razones por las que están ahí ni sus reclamos de vivienda, repito, están ahí ilegalmente. Es decir, sí, se decía en la radio esta mañana, hay gente con casas de veraneo ilegalmente hace años en La Parguera o se construyen centros comerciales y complejos lujosos en otras áreas inundables, pero eso -dicen los que apoyan el desalojo- no justifica el que no se desaloje a las familias de Villas del Sol, pese a su necesidad evidente de vivienda, pues una ilegalidad es una ilegalidad

Hay tela para cortar en este argumento, pero por aquí solo quiero exponer que, distinto a esa línea de argumentación, entiendo que sí eso importa, importa para un sistema político que requiere de legitimidad más allá de lo que diga la ley. Y es que para los ciudadanos la implantación de la ley por medios violentos en este caso carece de legitimidad cuando ven que se aplica selectivamente contra un sector que está irrumpiendo el ordenamiento porque carece de un derecho básico y se le vuelca contra sí toda la violencia y el poder del estado, mientras otros irrumpen la ley para el lujo de casas de verano y permanecen impunes. 

No es poca cosa decir que el Estado ha fallado en garantizar a los cuidadanos las posibilidades y circunstancias para satisfacer sus necesidades básicas, se muestra ausente y cegato ante esas necesidades pero no empece, invoca su violencia y legitimidad para imponer contra éstos la "ley y orden" y el peso del derecho penal. Esto provoca una crisis de legitimidad y de aceptación en su nivel más básico, ¿porqué debo obedecer incondicionalmente una ley cuando su peso recae solamente sobre los más vulnerables, con menos o ningún poder, faltos de necesidades básicas para ejercer sus derechos y ser libres, cuando el poder de la ley es selectivo? ¿cómo justifica el Estado su poder criminalizador cuando es ciego para proveer remedios a necesidades básicas? ¿cuándo la obediencia a la ley es incondicional y cuando es cualificada

Habermas aborda esta última pregunta en muchos de sus trabajos y sobre esta pregunta explica:

"... el Estado democrático de derecho está constituido por dos ideas en igual medida: tanto la garantía estatal de la paz interior y la seguridad jurídica de todos los ciudadanos, como la aspiración de que ese orden estatal sea reconocido como legítimo por los ciudadanos, esto es, reconocido libremente y por convicción. En lo que hace a la obediencia al derecho, las dos ideas pueden entrar en una tensa relación. De una de las ideas, la que Hobbes ha expuesto, se sigue a la exigencia de una obediencia al derecho incondicionada; de la otra, una obediencia cualificada. De un lado, el Estado, apoyado en el monopolio de la violencia, tiene que garantizar el respeto a las leyes si todas las personas han de moverse dentro de su marco con igual libertad y autonomía

De otro lado, la aspiración a la legitimación del Estado democrático de derecho no queda satisfecha por el hecho de que las leyes, sentencias o medidas se dicten, pronuncien o adopten según el procedimiento prescrito. En cuestiones fundamentales no es suficientela legitimidad procedimiental: el propio procedimiento y la totalidad del ordenamiento jurídico han de poder justificarse fundamentándose en principios. Estos fundamentos que legitiman a la propia Constitución han de contar con reconocimiento por lo demás con independencia de que el derecho positivo coincida con ellos o no. Si ambos órdenes estan escindidos ya no cabe exigir una obediencia incondicional frente a las leyes".

(En Ensayos Políticos (Península), pág. 83) 

"At the post traditional level of justification, as we would say today, the only law that counts as legitimate is one that could be rationally accepted by all citizens in a discursive process of opinion- and - will formation". 

(En Between Facts and Norms, pág. 135).  

No hago aquí un llamado a la desobediencia civil en todo caso (desobediencia que justifica Habermas en cualquier estado democrático de Derecho), por supuesto que no, pero sí despejo el mito de que la obediencia a la ley es incondicionada, eso lo debimos haber aprendido hace tiempo y me parecía que había quedado claro con Vieques. Lo que sí me interesa es dejar claro que la incosistencia y selectividad en la aplicación de la ley sí importa y sí se materializa. Si es cada vez más evidente que no todos somos iguales ante la ley, ¿de qué "orden social" y "convivencia social" hablamos? ¿Cuál (des)orden social se invoca para justificar la violencia del Estado contra unos sí y otros igualmente ilegales no? ¿De la convivencia social armoniosa de los que están igualmente ilegales con casas de verano en bienes de dominio público o que construyen 'formalmente' en los mismos terrenos inundables que quienes 'informalmente' reclaman un derecho a la vivienda? ¿Cómo concilian esas disparidades quienes justifican la fuerza y la obediencia a la ley, más allá de invocar que "la ley es la ley"?

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