Nuevamente se equivoca la mayoría del Tribunal Supremo de Puerto Rico. Pésimamente razonada y mediante un ejercicio de lógica y fundamentación jurídica palmariamente equivocada, la decisión mayoritaria resuelve el caso del Movimiento Amplio de Mujeres (MAMPR) en el que éstas pintaron un mural contra la violencia de género y fueron multadas por el Municipio (el Municipio es una criatura de ESTADO, por si a alguien le cabe duda) , y éste mismo Municipio (reiteramos, el ESTADO), borró el mural. (El énfasis lo entenderá cuando lea la decisión).
Recordemos que estas mujeres multadas acuden al poder judicial para vindicar temporal, y eventualmente, permanentemente, su derecho fundamental a la libertad de expresión. Recordemos también que van al Tribunal en esta etapa para la obtención de un entredicho provisional e interdicto preliminar contra la acción del gobierno municipal. El Tribunal de Instancia les concede preliminarmente un interdicto que les garantizará -al menos preliminarmente- que no se les prive de un derecho fundamental, lo que el Supremo revoca a favor del Municipio, colocándolo en el lugar de "perjudicado" por el interdicto emitido (Ay!. rayos!) y exigiendo prueba de la titularidad del mural para la emisión del interdicto.
La decisión es 5-4. Hay una opinión disidente de la Jueza Rodríguez Rodríguez, que muestra claramente la inverosimilitud del razonamiento mayoritario, opinión a la que se unen los Jueces Hernández Denton, Fiol Matta y Estrella Martínez. La decisión mayoritaria no solo es detrimental a los derechos de libertad de expresión sino que además afecta los elementos de juicio para la otorgación de interdictos para garantizar derechos fundamentales del individuo. El Tribunal abandona su rol más elemental y hasta de concenso en el liberalismo tradicional: el de ejercer como garantes de los derechos individuales.
La decisión es 5-4. Hay una opinión disidente de la Jueza Rodríguez Rodríguez, que muestra claramente la inverosimilitud del razonamiento mayoritario, opinión a la que se unen los Jueces Hernández Denton, Fiol Matta y Estrella Martínez. La decisión mayoritaria no solo es detrimental a los derechos de libertad de expresión sino que además afecta los elementos de juicio para la otorgación de interdictos para garantizar derechos fundamentales del individuo. El Tribunal abandona su rol más elemental y hasta de concenso en el liberalismo tradicional: el de ejercer como garantes de los derechos individuales.
En resumen, increiblemente, en términos de teoría política y constitucional, la implicación es que el Supremo ha colocado al Estado en el lugar de los individuos-sujetos de derechos y viceversa!. No tengo tiempo para más ahora, pero lo comparto y literalmente me lo saco del alma: No hay Derecho!.
Vea la Opinión del caso Josefina Pantojas v. Municipio de San Juan.